Héctor Heraldo Velásquez Mardones

Rut : 4.862.237-2
Fecha Detención : 16-05-1977
Comuna Detención : Argentina
Fecha Nacimiento : 14-08-1941
Edad : 35
Lugar Nacimiento : Cunco
Partido Político : Partido Comunista (PC)
Estado Civil e Hijos : casado 4 hijos
Oficio o Profesión : Obrero de la construcción
Nacionalidad : Chilena

Antecedentes del Caso

Héctor Heraldo VELASQUEZ MARDONES

El 16 de mayo de 1977 fue arrestado en Buenos Aires el estudiante chileno-suizo, Alexei Vladimir JACCARD SIEGLER, quien había llegado a ese país el día anterior, en escala del viaje que debía continuar hacia Chile el día siguiente.

Según antecedentes proporcionados a la Comisión, Alexei Jaccard traía consigo dinero que debía ingresar a Chile.

En el mismo operativo fueron detenidos Ricardo Ignacio RAMIREZ HERRERA, encargado de organización y finanzas del Partido Comunista de Chile en Buenos Aires, y Héctor Heraldo VELASQUEZ MARDONES, también militante comunista chileno. Los agentes chilenos y argentinos capturaron en un mismo día a los tres ciudadanos chilenos y a cinco argentinos miembros del Comité de Solidaridad con Chile en Argentina, los que albergaban a los detenidos. Los ocho están hasta hoy desaparecidos.

La Comisión pudo llegar a la convicción de que Alexei Jaccard había sido detenido en la vía pública y trasladado a un recinto de la Policía Federal argentina donde fue interrogado y luego transferido a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) de Buenos Aires.

El rol esencialmente activo que jugaron la DINA y el Gobierno de Chile en este caso comienza con el triple arresto ilegal en territorio extranjero bajo la complicidad de los servicios de seguridad argentinos, y termina con la entrega de falsa información a los diplomáticos suizos abocados a la búsqueda de un nacional helvético.

En cuanto a Ricardo Ramírez, la Policía Internacional de Chile informó falsamente al Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino sobre los supuestos viajes de la víctima, en los años 1977 a 1983. Tal información había sido solicitada a dicha repartición por los Tribunales de la República Argentina. Otro informe enviado por la Policía a esta Comisión, concordante con los hechos reales, muestra que la víctima solo viajó desde Santiago a Alemania en marzo de 1976, fecha en que logró salir en calidad de exiliado político para radicarse en Hungría.

A la luz de estos y otros antecedentes se logró establecer que posteriormente a la triple detención en Buenos Aires de los militantes comunistas chilenos, los organismos de seguridad chilenos y argentinos desplegaron un arsenal de falsos documentos e informaciones para encubrirse mutuamente frente a la presión del Gobierno helvético quién insistía en conocer lo sucedido a un nacional en tránsito.

Por lo tanto la Comisión consideró que Ricardo Ramírez y Héctor Velásquez, al igual que Alexei Jaccard, son víctimas de violaciones a los derechos humanos, en las que agentes del Estado de Chile tuvieron participación, en un país extranjero.

 

 

Fuente :(Informe Rettig)

Prensa

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 a la hija de Héctor Velásquez Mardones, quien fue detenido el 16 de mayo de 1977 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en el marco de la denominada Operación Cóndor.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a la hija de Héctor Velásquez Mardones, quien fue detenido el 16 de mayo de 1977 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en el marco de la denominada Operación Cóndor.

En fallo unánime (causa rol 2.782-2022), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jenny Book, Lidia Poza y el abogado (i) Cristián Lepín– confirmó en todas sus partes el fallo de primera instancia.

“Atendido el mérito de los antecedentes, se confirma la sentencia apelada de fecha veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° 6945-2021”, consigna el fallo.

El fallo de primera instancia ratificado rechazó la excepción de prescripción y estableció el daño moral provocado a la recurrente.

“Que, en añadidura a lo expuesto, resulta reñido con la lógica y alejado a un principio de razonabilidad asentar que, si se ha estimado por el Derecho Internacional la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, tal como se aseveró pretéritamente, pueda concluirse que a la acción civil que emane del mismo se le otorgue un trato distinto, toda vez que las normas previamente transcritas han asentado lo contrario”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que, además, resulta necesario agregar que supeditar la prescripción de la acción de marras a las normas entregadas al respecto por la normativa del derecho común nacional conllevaría establecer un distingo arbitrario e incoherente con la regulación internacional de los crímenes de guerra y de lesa humanidad, por cuanto no resulta razonable otorgar a la acción de autos un tratamiento disímil a la acción penal derivada de comportamientos descritos en la ley como crímenes en contra de la humanidad, siendo el hecho de que la normativa internacional no lo ha efectuado, sino que, por el contrario ha propugnado lo contrario, como se ha dicho; efectuar una distinción como la descrita en donde la misma regulación internacional no lo ha efectuado, aplicando, al efecto, normas de derecho privado no atingentes a un caso como el de marras, significaría deslizarse al terreno de lo arbitrario o efectuar una decisión, a lo menos, antojadiza sobre el caso, lo que no puede ser avalado por la infrascrita”.

“Que –prosigue– en correlato con lo reflexionado anteriormente y las consideraciones atinentes a la aplicación del Derecho Internacional y principios rectores del mismo conforme a la situación de autos y por considerar que el hecho de la aplicación de la prescripción contemplada por el derecho privado supondría la vulneración de aquellas y dejar sin aplicación la responsabilidad del Estado conforme lo dispone el artículo 38 inciso segundo de la Carta Fundamental y 4 de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, solo cabe rechazar la excepción de prescripción planteada por el Fisco en todas sus partes”.

“Que, en consecuencia, encontrándose comprobada la comisión del delito de lesa humanidad cometido por agentes del Estado en contra de Héctor Velásquez Mardones, la circunstancia de los detrimentos morales que la actora, hija de aquel, han sufrido por la comisión de dicho ilícito y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 38 inciso segundo de la Constitución Política de la República y 4° de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, ha nacido la obligación del Estado respecto a indemnizar los referidos menoscabos”, concluye.

Fuente :pjud.cl 13/5/2022

Fecha :13-05-2022

El Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza procesó a cinco agentes de la DINA por secuestros de siete personas, en el marco de la Operación Cóndor.

El Ministro Carroza procesó a los ex agentes de la DINA Hernán Sovino, Jorge Escobar, Federico Chaigneau, Gladys Calderón y Miguel Riveros, por el caso del secuestro calificado de Héctor Velásquez, Alexei Vladimir Jaccard, Ricardo Ignacio Ramírez, Ruiter Enrique Correa, Matilde Pessa, Jacobo Stoulman y Hernán Soto, en el marco de la Operación Cóndor.

Alexei Wladimir Jaccard Siegler fue detenido el 17 de mayo de 1977 en Buenos Aires. Alexei era militante del Partido Comunista y había viajado al exterior para buscar fondos para la ayuda a la lucha contra la dictadura y la mantención del partido en la clandestinidad. Su detención fue realizada por la Policía Federal de Argentina, en el hotel donde se alojaba y fue trasladado a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) uno de los principales centros de exterminio de la dictadura en Argentina. Además de Alexei fueron detenidos Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, también militantes del partido, además de otras cinco personas que pertenecían al Comité de Solidaridad con Chile en Argentina y que estaban colaborando con los militantes comunistas. Los ocho pasaron a engrosar las listas de detenidos desaparecidos.

Casi a fines de mayo de ese mismo año, fueron detenidos Matilde Pessa Mois y Jacobo Stoulman Boertnik en Argentina. En Chile, Hernán Soto Gálvez fue detenido el 7 de junio de 1977, había sido secretario de la Cámara de Diputados y era militante del Partido Comunista. Según testigos fue detenido por tres personas en Santiago, para luego ser trasladado sin rumbo conocido. Su nombre se relaciona con la desaparición de los militantes comunistas en Argentina, producto de la colaboración de organismos de seguridad de ambos países para desarticular al PC. Algo similar ocurrió con Ruiter Enrique Correa Arce, quién fue detenido a fines de mayo de 1977 en Santiago, donde tenía un kiosko, lugar que era utilizado como lugar de enlace e intercambio del PC y apareció varios días después asesinado en el río Mapocho en el Puente Manuel Rodríguez.

Para realizar estas detenciones los agentes y militares de Argentina se contactaron con sus pares de Chile, en el marco de los acuerdos entre las dictaduras militares de varios países de América Latina, para coordinar la represión interna, entre otras cosas, esto significó que la dictadura chilena entregara falsa información sobre viajes de Jaccard hasta 1983, para intentar ocultar su desaparición, en Chile y Argentina.
Restos de Ricardo Ramírez, Jacobo Stoulman Bortnik y Matilde Pessa Mois fueron encontrados en Chile, en la Cuesta Barriga.

Documental “Archivos del Horror” se presenta en Cineteca Nacional

El documental de Pedro Chaskel, indaga en los Archivos del Horror encontrados en Paraguay en 1992, relacionados con la Operación Cóndor. El documental también trabaja con testimonios realizados a víctimas y sobrevivientes de la dictadura. El documental se presenta en la Cineteca Nacional del 6 al 31 de agosto a las 19 horas.

Fuente :laizquierdadiario.cl 9/8/2015

Fecha :09-08-2015

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Riuter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Riuter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.

En la causa, fueron sometidos a proceso los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo y Cristoph Willike Floel, como responsable de los cuatro delitos.

En su resolución adujo el Magistrado que a raíz de la necesidad de canalizar ayuda financiera externa para el Partido Comunista, habría viajado desde Europa a Buenos Aires un integrante de nombre Alexis Vladimir Jaccard Siegler, quien debía contactarse con los militantes Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, un acercamiento que jamás pudo concretarse, ya que los tres fueron detenidos y desaparecieron el día 16 de mayo de 1977, en virtud de una acción coordinada de los servicios de inteligencia de Argentina y Chile.

En el mismo sentido y probablemente con el mismo fin, prosigue, el matrimonio de Jacobo Stoulman Brtnik y Matilde Pessa Mois emprende viaje a Buenos Aires desde Santiago el día 29 de mayo de 1977, pero antes de materializar su ingreso al país vecino, son detenidos en el Aeropuerto de Ezeiza y desaparecen.

Por último, igualmente en Santiago de Chile, el 7 de junio de 1977, se consuma el secuestro del militante de esa entidad, Hernán Soto Gálvez, integrante de la Comisión Nacional de Finanzas del Partido y supuesto enlace en este financiamiento externo, encontrándose con los años parte de sus restos en Cuesta Barriga, concluye así el Ministro Carroza.

Fuente :diarioconstitucional.cl 25/3/2014

Fecha :25-03-2014

El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Ruiter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.

En la causa, el magistrado sometió a proceso los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo y Cristoph Willike Floel, como responsables de los cuatro delitos.

De acuerdo a los antecedentes recopilados, se tienen por acreditados los siguientes hechos:

“Que a raíz de la necesidad de canalizar ayuda financiera externa para el Partido Comunista, habría viajado desde Europa a Buenos Aires un integrante de nombre Alexis Vladimir Jaccard Siegler, quien debía contactarse con los militantes Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, un acercamiento que jamás pudo concretarse, ya que los tres fueron detenidos y desaparecieron el día 16 de mayo de 1977, en virtud de una acción coordinada de los servicios de inteligencia de Argentina y Chile”, señala el fallo.

A ello agrega que en el mismo sentido y probablemente con el mismo fin, el matrimonio de Jacobo Stoulman Brtnik y Matilde Pessa Mois emprende viaje a Buenos Aires desde Santiago el día 29 de mayo de 1977, “pero antes de materializar su ingreso al país vecino, son detenidos en el Aeropuerto de Ezeiza y desaparecen”.

“Por otro lado, en nuestro país, el día anterior al viaje del matrimonio Stoulman, 28 de mayo de 1977, es ejecutado en la ciudad de Santiago, el militante comunista Ruiter Enrique Correa Arce, dueño de un quiosco ubicado en la intersección de calles Amunátegui con Alameda, y punto de contacto del partido. Sus restos son encontrados al día siguiente en el Servicio Médico Legal.

Por último, igualmente en Santiago de Chile, el 7 de junio de 1977, “se consuma el secuestro del militante de esa entidad, Hernán Soto Gálvez, integrante de la Comisión Nacional de Finanzas del Partido y supuesto enlace en este financiamiento externo, encontrándose con los años parte de sus restos en Cuesta Barriga”.

Esta causa forma parte de la serie de investigaciones conocida como “Operación Cóndor”.

Fuente :biobio.cl 24/3/2014

Fecha :24-03-2014

ELIZABETH VELÁSQUEZ MARDONES
HERMANA DE HÉCTOR ERNALDO
DETENIDO DESAPARECIDO EL 3 DE NOVIEMBRE DE 1973, VILLARRICA
Y DE HÉCTOR HERALDO
DETENIDO DESAPARECIDO EL 16 DE MAYO DE 1977, ARGENTINA

Mi familia es oriunda de Villarrica. Somos 6 hermanos, soy la quinta, cuatro hombres y dos mujeres, mis dos hermanos mayores son desaparecidos. Ernesto, mi papá era mueblista y María Audelina, mi mamá, dueña de casa y modista, ambos comunistas de tomo y lomo.

Teníamos una vida linda, no teníamos mayores preocupaciones. En mi casa nunca hubo grandes lujos pero tampoco había un mal pasar. Era una vida sencilla, donde casi todo el mundo se conocía. Mi vida fue feliz hasta el 10 de septiembre de 1973.

Con mis hermanos nos llevábamos cuatro años cada uno. Cuando mi hermano mayor, Héctor Heraldo se casó, yo tenía 7 años. El era reservado y se preocupaba de nosotras.

Era muy discreto, jamás lo escuché hablar del partido. Se casó el 62 y el 64 se fue a la Unión Soviética por un año y mi cuñada se quedó con nosotros. Cuando volvió se fueron a vivir a Temuco, él como funcionario del partido. El 66 se vino a Concepción, primero a Barrio Norte y después a la Villa Nonguén y estuvo hasta el 72, cuando se fue a Chiguayante porque le entregaron su casa. Su chapa era Pedro. Era encargado de Schwager, Coronel y Lota.

El que seguía, Héctor Ernaldo, era mueblista también, mi papá hacía muebles de madera y mi hermano estuvo en Santiago y aprendió otro estilo, así que se combinaban. Cuando  se fue a Santiago se perdió, fueron dos o tres años que no supimos de él, lo atropellaron y estuvo hospitalizado con pérdida de conciencia. Un día llegó una carta diciendo que volvía y al poco tiempo a mi papá le dio una trombosis.

El 11 de septiembre de 1973 nos pilló con los preparativos del matrimonio religioso de mi hermana Silvia que vivía en Concepción, pero en Villarrica no se dimensionó tanto lo que pasaba porque no había regimiento, solo un retén, con unos cuantos pacos a los que conocíamos.

Viajamos en tren a Concepción el 13 y fue terrible, iban los milicos y toda la gente arrinconada. Mi hermana vivía en Villa Nonguén, pero no se pudo hacer el matrimonio religioso. Pasamos el 18 en Chiguayante y fue el último día que vi a Lalo (Héctor Heraldo). Se despidió de nosotros y se fue. Estuvimos dos semanas en Concepción.

A fines de septiembre volvimos a Villarrica. Antes de irnos, mi mamá fue a Carabineros y preguntó si teníamos alguna orden de detención  y le dijeron que no.

Yo llegué a contarle a mis compañeros porque allá no se sabía nada, alguien nos dijo que sintonizáramos Radio Moscú y ahí nos fuimos enterando, lo hacíamos a escondidas. Tampoco pensamos que esto iba a ser por tanto tiempo y tan terrible.

Y así transcurrieron los días  hasta el 3 de noviembre que fueron a la casa y la allanaron, fue algo terrible. Detuvieron a Héctor Ernaldo, fueron como cinco personas, mi hermano alcanzó a ponerse un pantalón y salió con el torso desnudo y descalzo y ahí empezaron a torturarlo, a golpearlo, no le preguntaron nada, no sé cuántos minutos fue, sentíamos que se quejaba y suplicaba que se lo llevaran para que mi papá no escuchara. Hasta que se lo llevaron en una camioneta y ya no dormimos en toda la noche.

Esperamos que se levantara el toque de queda y mi mamá fue a la comisaría y vio que la camioneta en que se lo habían llevado la estaban lavando frente al lugar. Preguntó y le dijeron que ahí no había nadie detenido. Ella fue al puente sobre el río Toltén y ahí vio una poza de sangre en un brazo del puente. Intuyó que lo habían lanzado al río, pero hasta hoy sus restos no sido encontrados.  Hubo un proceso y la sentencia salió el 2008, mi mamá ya había fallecido. Condenaron a los responsables: uno a 10 años y un día y murió en la cárcel, y el otro a 3 años y un día.

Nos vinimos a Concepción el 19 de diciembre de 1973. Llegamos a la casa de mi hermano en Chiguayante y ahí nos acomodamos.

Mi hermano mayor salió del país y nunca supimos cuándo. Estuvo dos años en Hungría, el 76 volvió a Argentina pero nosotros tampoco supimos hasta que desapareció. Mi papá falleció el 15 de mayo de 1977; el 17 veníamos llegando de su funeral cuando nos informaron que Lalo había sido detenido. Supuestamente mi hermano iba a llevar a su familia a donde él estaba a fines de ese año y mi cuñada se estaba preparando para eso.

Con el tiempo supimos que fue víctima de la Operación Cóndor y yo me pregunto qué nivel de responsabilidad tenía él como para que desapareciera en algo tan grave.

Uno trataba de vivir el día con otras cosas, trataba de no pensar, la noche nunca más volvió a ser la de antes, se empieza a oscurecer y aunque no quiera siento la soledad de la noche.

Esa tortura sicológica, era un mundo nuevo, me fui guardando muchas cosas, incluso a mi marido no le conté detalles, solo que tenía dos hermanos desaparecidos. Con mi mamá nos veíamos todos los días. Mi mamá salía todos los sábados a las marchas y yo no podía ir, se me ponía un nudo en la garganta y no podía avanzar, pero sí iba a Villarrica a investigar sobre mi hermano, buscaba, preguntaba.

Yo buscaba testigos, todo el mundo sabía de la historia de mi hermano. El 74 no bajó ningún bote al río porque había muchos cuerpos y los pacos lo prohibieron. Tengo una libreta donde iba anotando cosas.

Lo más cercano que estuve de saber algo fue con una persona que me dijo que sabía dónde habían sacado las osamentas  de mi hermano y lo habían enterrado, pero quería plata y de dónde la íbamos a sacar. Después murió, así que si sabía o no, no supe, se fue con su secreto a la tumba.

Con mi mamá nunca dejamos de estar juntas. La vida nos cambió para siempre. Mi mamá me dejó la vara muy alta, jamás le voy a llegar a los talones. El día que detienen a Pinochet en Londres a mi mamá le dio un accidente vascular. Pero me alcanzó a dar las fotos de mis hermanos y me dijo: “Te toca a ti”.

Con dos hermanos desaparecidos y otro que  murió de cáncer, no sé cómo mi mamá pudo levantar cabeza y seguir adelante, creo que el dolor se transformó en hacer cosas, había que vivir. Esta es una herida que nunca se va a cerrar.

Fuente :museomemoriabiobio.cl

La nómina incluye a un civil, un policía de investigaciones, suboficiales de Carabineros, oficiales de la Armada y del Ejército, e integrantes de la DINA, algunos fugitivos desde 2022.

Cuando se cumplen 53 años del Golpe de Estado en Chile, el Estudio Caucoto Abogados, oficina especializada en derechos humanos, dio a conocer un nuevo listado con 13 condenados por delitos de lesa humanidad que se encuentra prófugos de la justicia, entre los cuales figuran un civil, un policía de investigaciones;  suboficiales de Carabineros, oficiales de la Armada y del Ejército, integrantes de la Dirección Nacional de Inteligencia, DINA. Algunos se encuentran fugitivos desde 2022.

Se trata de condenados como autores y coautores de secuestro calificado, homicidio calificado, asociación ilícita y aplicación de tormentos, entre otros delitos, en causas como la Operación Cóndor, crimen de Reinalda Pereira, el asesinato del diplomático español Carmelo Soria; así como el caso Quemados, entre otros procesos.

El abogado Francisco Bustos, encargado de elaborar el listado, señaló que “seguimos alertando sobre los criminales de la dictadura prófugos, por la importancia del cumplimiento de las sentencias, pues los crímenes contra la humanidad exigen superar la impunidad”.

“Esto resulta todavía más importante en un contexto adverso, donde la autoridad política ha instruido al Programa de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia dejar de intervenir y oponerse a las solicitudes de reducción de condena pedidas por agentes de la dictadura sin cumplir los requisitos legales. Esto es contrario a la normativa interna, a los tratados de derechos humanos, y también a la práctica consistente de los tres últimos gobiernos que cumplieron la ley”, añadió.

En ese sentido, Bustos recuerda los casos y ejemplos de estas “nuevas prácticas”, de César Manríquez de la DINA o de Héctor Osses Yáñez, quien estuvo prófugo y logró evadir a la justicia desde el año 2021 a 2023, pese a su avanzada edad.

“Este último represor, en 2025, comenzó a pedir sustitución de pena por motivos de salud mental, y este año el Programa de DD.HH. desistió de todas las apelaciones que buscaban que se realizarán exámenes adicionales para acreditar cuál es su verdadera situación de salud. Al pedirles la justificación de esto, nos han denegado toda información”, concluyó.

13 prófugos de la justicia

1) Luis Enrique Barrueto Bartning (empresario), condenado a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio como coautor de siete secuestros calificados (desapariciones forzadas) perpetrados en la comuna de Santa Bárbara. Prófugo desde 2022

2) Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda (oficial de Ejército ®, DINA), condenado en el Episodio Conferencia II, a 12 años de presidio mayor en su grado medio por los delitos de secuestro calificado de Fernando Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez, y a 3 años de presidio menor en su grado medio, por los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Berríos Cataldo. Prófugo desde 2022.

Chaigneau tiene además condenas en el proceso Operación Cóndor y por la desaparición forzada de Reinalda Pereira Plaza. En Operación Cóndor está sentenciado a dos penas de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, por los delitos de secuestro calificado reiterados de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velázquez Mardones; y como coautor de los delitos reiterados de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Enrique Correa Arce. Por su parte, fue condenado también a 7 años de presidio mayor en su grado mínimo como coautor de la desaparición forzada de Reinalda Pereira Plaza. Prófugo desde 2023

3) Alberto Roque del Sagrado Corazón Badilla Grillo (oficial Armada ®), sentenciado como autor del delito de homicidio calificado y aplicación de tormentos (torturas) en contra de Enrique López Olmedo, a las penas de 12 años de presidio mayor en su grado medio y de 541 días de presidio menor en su grado medio respectivamente. Prófugo desde 2023

4) Pablo Belmar Labbé (oficial de Ejército ®, DINA), condenado a la pena de 10 años y un día como coautor del homicidio calificado de Carmelo Soria, y también resultó condenado a 541 días de presidio por asociación ilícita.

Además, se decretó en su contra la prisión preventiva en el caso por el crimen del Conservador de Bienes Raíces, Jorge Renato Francisco León Zenteno. Prófugo desde 2023

5) René Patricio Quilhot Palma (oficial del Ejército ®, DINA), condenado como coautor del delito de homicidio calificado de Carmelo Soria Espinoza y autor del delito de asociación ilícita. Por el primer cargo se le impuso una pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio. Por el delito de asociación ilícita se le impuso la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio. En su caso, se decretó también la prisión preventiva por el homicidio calificado de Jorge Renato León Zenteno, Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Prófugo desde 2023

6) Juan de Dios Higueras Álvarez (suboficial de Carabineros ®), condenado en el Episodio Mulchén, como coautor de los homicidios calificados perpetrados en el (i) Fundo Carmen y Maitenes, por siete víctimas: Florencio Rubilar Gutie´rrez, Jose´ Liborio Rubilar Gutie´rrez, Jose´ Lorenzo Rubilar Gutie´rrez, Alejandro Albornoz Gonza´lez, Luis Alberto Godoy Sandoval, Miguel del Carmen Albornoz Acun~a, Daniel Alfonso Albornoz Gonza´lez; (ii) del Fundo Pemehue, por cinco víctimas: Alberto Albornoz Gonza´lez, Felidor Exequiel Albornoz Gonza´lez, Jero´nimo Humberto Sandoval Medina, Juan de Dios Roa Riquelme y Jose´ Fernando Gutie´rrez Ascencio, ocurridos en los di´as 6 y 7 de octubre de 1973; a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo.

También en el mismo episodio fue condenado como coautor de los delitos de secuestro calificado de las siguientes seis personas del (iii) Fundo El Morro: Juan de Dios Laubra Brevis, Jose´ Florencio Ya´n~ez Dura´n, Celsio Nicasio Vivanco Carrasco, Edmundo Jose´ Vidal Aedo, Domingo Sepu´lveda Castillo y Guillermo Jose´ Albornoz Gonza´lez, perpetrados a partir de los di´as 5, 6 y 7 de octubre de 1973, en la comuna de Mulche´n, a la pena de 10 an~os y un di´a de presidio mayor en su grado medio, más accesorias legales. Prófugo desde 2023.

7) Miguel René Riveros Valderrama (oficial de Ejército ®, DINA), sentenciado en el proceso Operación Cóndor, a dos penas de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, por los delitos de secuestro calificado (desapariciones forzadas) de Alexei Jaccard Siegler y Héctor Velázquez Mardones; y como coautor de los delitos reiterados de homicidio calificado de Ricardo Ignacio Ramírez Herrera, Jacobo Stoulman Bortnik, Matilde Pessa Mois, Hernán Soto Gálvez y Ruiter Enrique Correa Arce. Prófugo desde 2023.

8) Jaime Ojeda Torrent (oficial de Ejército ?), condenado en el proceso Caravana de la Muerte, episodio La Serena, sentenciado en calidad de cómplice de 15 homicidios calificados, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio. Las víctimas son Óscar Aedo Herrera, Marcos Barrantes Alcayaga, Mario Ramírez Sepúlveda, Hipólito Cortés Álvarez, Jorge Contreras Godoy, Roberto Santa Cruz, Jorge Jordán Domic, Gabriel Vergara Muñoz, Carlos Alcayaga Varela, Jorge Osorio Zamora, José Araya González, Óscar Cortés Cortés, Manuel Marcarian Jamett, Víctor Escobar Astudillo y Jorge Peña Hen.

9) Andrés Pablo Potin Lailhacar (ingeniero civil – Patria y Libertad – Comando Conjunto), fue condenado en calidad de coautor del delito de secuestro calificado de Luis Emilio Maturana González, a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, y en calidad de coautor del delito de secuestro de Juan René Orellana Catalán, a la pena de 400 días de presidio menor en su grado mínimo. Prófugo desde 2024.

10) Iván Humberto Figueroa Canobra (oficial de Ejército ?), condenado a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo por los delitos de homicidio calificado consumado de Rodrigo Rojas De Negri, y homicidio calificado frustrado de Carmen Gloria Quintana Arancibia. Prófugo desde 2024.

11) Ángel Nicanor Bustos Farías (investigaciones ®), condenado a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por el delito de secuestro con grave daño (desaparición forzada) de José Renato Lazcano Campos. Prófugo desde 2025.

12) Sergio Patricio Chifelle Kirby (oficial de la Armada ® y ex procurador del número Corte de Santiago), condenado a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, por el homicidio calificado de Marcelo Barrios Andrade. Prófugo desde 2025.

13) Gastón Manterola Miranda (oficial de Carabineros ?), condenado en calidad de autor de los homicidios calificados de José Andrés García Lazo y Jorge Rodrigo Muñoz Mella a la pena de 15 años y un día de presidio mayor. Prófugo desde 2026.

Prófugos capturados incluidos en listados anteriores:

  • Nelson Edgardo Hasse Mazzei (oficial del Ejército ®), condenado como coautor de los secuestros calificados y homicidios calificados de Víctor Jara Martínez y Littré Quiroga Carvajal, a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio por los secuestros, y de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo por los homicidios.

Estuvo prófugo desde la sentencia de término en agosto de 2023, siendo detenido en julio de 2026.

  • Alberto Juan Fernández Michell (oficial de Carabineros ®), condenado en el Episodio Laja – San Rosendo como autor de 19 homicidios calificados, a la pena de presidio perpetuo, más accesorias legales.

Estuvo prófugo más de un año, desde marzo de 2024, siendo detenido en julio de 2025.

  • Rubén Aroldo Morales López (oficial de Carabineros ®), condenado a 10 años y un día de presidio mayor como autor del homicidio calificado de Jorge Vásquez Matamala. Fue condenado en diciembre de 2022 y capturado en septiembre de 2024.

Fuente :radio.uchile.cl, 11 de Septiembre 2026

Villarrica, tres de la madrugada del 4 de noviembre de 1973. Fuertes golpes en la puerta despertaron a los Velásquez Mardones. La madre, María Audelina, corrió a ver lo que sucedía. Era el farmacéutico de la ciudad, junto a su hijo, reservista del Ejército, y otros vecinos. “Buscamos a tu cabro, el minino”, dijeron. Ése era el apodo de Héctor Ernaldo Velásquez Mardones (29), el segundo de los seis hijos de los dueños de casa. “Apenas lo dejaron ponerse sus pantalones, lo tomaron, e inmediatamente comenzaron a pegarle; lo hacían caminar un poco, y le volvían a pegar”, rememora su hermana, Elizabeth. Se lo llevaron en una camioneta blanca. Nunca más lo encontraron. Lo habrían lanzado desde el puente Rodrigo de Bastidas al río Toltén. En el 2005 fueron condenados el exoficial de reserva del Regimiento Tucapel, Nelson Thielemann, y el civil Juan Insunza Pobrete, como autor y coautor del secuestro calificado de Héctor Ernaldo. El 2006, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema confirmó esa sentencia de manera unánime. ”Mi hermano era de las Juventudes Comunistas, como yo. Él se había hecho cargo de la mueblería de la familia cuando mi papá quedó postrado. Esa militancia fue su condena a muerte”, dice Elizabeth. Pero sus penurias no finalizaron con esa tragedia; la segunda la conocieron cuatro años después, cuando el hermano mayor, Héctor Heraldo (34), casado, cuatro hijos, fue detenido en Buenos Aires, el 16 de mayo de 1977, junto a Alexei Jaccard y Ricardo Ramírez. Todos eran comunistas y participaban de una operación para ingresar fondos para el PC en Chile. Su aprehensión ocurrió en el marco de la Operación Cóndor. “Recién el 2015 confirmamos que había sido entregado a agentes de la DINA, y que lo trajeron a Chile, al cuartel Simón Bolívar”. Allí fue interrogado bajo tortura, y en fecha indeterminada, desapareció.

Fuente :revistanos.cl sin fecha extracto

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Ultima Actualización : 11/09/2026