Augusto Jose Ramon Pinochet Ugarte



El 11 de Septiembre de 1973 Augusto Pinochet dirigió el Golpe de Estado que derrocó el gobierno constitucional dirigido por el Presidente Salvador Allende y estableció una dictadura militar que perduraría hasta 1990. En primera instancia Pinochet fue Jefe de la Junta Militar de Gobierno, al que se sumó el título de Jefe Supremo de la Nación el 27 de junio de 1974, que le confería el poder ejecutivo absoluto.Esta hoy establecido fehacientemente que Pinochet fue directamente responsable por los crímenes cometidos durante este brutal periodo de la historia de Chile. Pinochet falleció el 10 de Diciembre del 2006 sin haber sido jamás juzgado en Chile. Pinochet también jugó un role central en el establecimiento de la llamada "Operación Cóndor", organización creada para la coordinación del trabajo de policias secretas de las dictaduras militares del Cono Sur (incluyendo Argentina, Bolivia, Chile, Brasil, Paraguay y Uruguay) - en la década de 1970 y que se constituiría en una organización clandestina internacional para la práctica del terrorismo de Estado. Esta Operacion tuvo como resultado el asesinato y desaparición de gran número de opositores a las mencionadas dictaduras.

Arriba (izquierda a derecha): Pinochet con el dictador Boliviano
dictator Hugo Banzer Souarez (1975), y con el dictador Argentino Jorge Videla
(1978); (Abajo) con el dictador Paraguayo Alfredo Stroessner (1974)
En 1998, y a petición de la justicia española, Pinochet fue detenido en Londres, donde permanecería detenido por un total de 503 días. Esta fue la única instancia en que Pinochet fue mantenido bajo arresto y aparecería en una Corte Judicial, y donde la comunidad internacional, lograrían, en parte, lo que el Gobierno de la Concertación nunca quiso hacer: llevar Pinochet a la Justicia. Desgraciadamente, la presión del gobierno de la Concertación, en clara interferencia con el derecho internacional, salvo a Pinochet y logró que éste no fuese extraditado a España y regresara a Chile. Posteriormente Pinochet fue desaforado en Chile. Sin embargo el resultado final fue que debido a la falta de voluntad política en Chile Pinochet jamás fuese arrestado y llevado a las Cortes Judiciales para que respondiera por los crímenes lesa humanidad cometidos durante los 17 años de dictadura militar. Esto permitió que Pinochet viviera sus últimos años libre, gozando una vejez en medio del lujo y la tranquilidad.
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Lunes 1 de Julio 2002 El Mostrador
Suprema sobresee definitivamente a Pinochet
La Segunda Sala penal de la Corte Suprema resolvió, por cuatro votos contra uno, sobreseer definitivamente al procesado senador vitalicio Augusto Pinochet en el caso “Caravana de la Muerte”.
Pinochet, procesado criminalmente como encubridor de los múltiples homicidios cometidos por la denominada “Caravana de la Muerte”, no continuará en juicio por entenderse que le afecta una enajenación mental, causal contemplada como demencia o locura en la legislación criminal vigente en la Región Metropolitana (artículo 408 número 6 del Código de Procedimiento Penal), donde aún no rige el nuevo Código Procesal Penal.
En su considerando 34, el fallo señala que “los problemas mentales de Pinochet Ugarte, a juicio de estos magistrados, lo inhabilitan para que se sustancie proceso en su contra. No puede ser sujeto idóneo para sostener una relación procesal penal, pues se encuentra afectada su capacidad procesal de ejercicio”. Esta condición, según los magistrados, es “irreversible”.
Según los peritajes médicos hechos a Pinochet y adjuntados por su abogado defensor, Pablo Rodríguez Grez, el senador vitalicio desaforado sufre una demencia vascular subcortical moderada, la que le provocaría transtornos en la memoria y el pensamiento.
El voto de minoría fue del ministro José Luis Pérez, quien estuvo por un sobreseimiento temporal similar al fallo del 9 de julio de 2001 dictado por la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.
A favor de sobreseer definitivamente al general (R) estuvieron el ministro Alberto Chaigneau, Enrique Cury, Milton Juica y Nibaldo Segura. Respecto de los otros procesados en el caso Pinochet, la causa sigue igual. Estos son el general (R) Sergio Arellano Stark; el ex capitán Armando Fernández Larios; el coronel (R) Sergio Arredondo; el ex brigadier Pedro Espinoza y Daniel Rojas Hidalgo.
Normas a aplicar
Los ministros reafirmaron, en el considerando séptimo del fallo, que no es posible aplicar en la Región Metropolitana las normativas del Nuevo Código Procesal Penal -como el número 10, incluído en el fallo de alzada del 9 de julio- ya que éstas, según establecen distintas normativas legales, “se aplicarán exclusivamente a los hechos acaecidos con anterioridad a la entrada en vigencia de tales disposiciones”.
Y agrega: “No estando estas normas en vigor por expresa orden no sólo de disposiciones procesales tanto funcionales como orgánicas sino, especialmente, por precepto constitucional concreto, no se entiende cómo podrían ser sujetos de interpretación ni sistemática ni teleológica, para los efectos de su aplicación, sin contravenir seriamente la Constitución que nos rige”.
La resolución tanbién desecha la aplicación de los tratados internacionales a los que se refirió la defensa de Pinochet durante los alegatos. Los ministros estimaron que “la actual legislación procesal penal en vigencia en la Región Metropolitana y sobre hechos acaecidos con anterioridad a la nueva preceptiva, contiene suficientes normas que aseguran los derechos de los procesados y su garantía a ser juzgados con un debido proceso de ley. Ejemplo de ello son los artículos 318 bis, 320, 322, 323, 324, 329, 330, 333, 334 y 336 del Código de Procedimiento Penal”.
Los magistrados, tras conocer los exámenes médicos practicados a Augusto Pinochet, resolvieron que “la enajenación (mental que sufre) ha sido adquirida con posterioridad de la comisión de los delitos que se investigan en esta causa, por lo que se hace necesario aplicar las normas que el Código de Procedimiento Penal en su párrafo 2 del título III del libro IV establece para el procesado que cae en enajenación”.
Es decir, los ministros tuvieron en cuenta las normas sobre las garantías del debido proceso. Esto, pues Pinochet no estaría en condiciones de aportar los elementos necesarios para defenderse con éxito y utilizar los derechos que se le deben reconocer, al estar enajenado mentalmente.
Un fallo definitivo
Trascendió en fuentes judiciales que los ministros de la Segunda Sala se reunieron a partir de las 11 de la mañana, reunión que se prolongó hasta las 13:20 horas, donde el ministro Chaigneau, quien era el encargado de redactar el fallo, lo expuso ante los ministros.
La redacción del fallo de Chaigneau fue no sólo jurídica, sino también científica, pues profundizó y analizó el estado de salud mental de Pinochet. Luego los cuatro ministros que escucharon la redacción de Chaigneau llegaron a la convicción de que la salud mental de Pinochet “es irrecuperable”.
Trascendió que el ministro Milton Juica, quien se presumía que iba a ser voto de minoría junto a José Luis Pérez y cuya postura era abrir nuevamente el proceso a Pinochet o terminarlo definitivamente, se convenció de que el procesado Pinochet no tiene posibilidades de mejoría y optó por sumarse al voto de mayoría, que estaba por el sobreseimiento definitivo.
Sentencia
Los ministros de la Segunda Sala, antes de dictar el sobreseimiento definitivo de Pinochet, acogieron el recurso de casación en la forma interpuesto por los querellantes Hugo Gutiérrez y Juan Pavín. Luego de eso, de conformidad a la ley, dictaron de oficio una sentancia de reemplazo.
Este último fallo, de 17 páginas, señala: “Por lo dicho y de acuerdo a lo que dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Penal, esta Corte, procediendo de oficio de conformidad con sus facultades legales, debe resolver que no se continúe el procedimiento en contra de augusto Pinochet Ugarte y, consecuentamente, dictar sobreseimiento definitivo en su favor”.
La resolución también especifica que “no habiendo razones para considerar que su libertad constituya un peligro o en los términos del artículo 688 del Código de Procedimiento Penal, el procesado permanecerá en libertad”

EL MOSTRADOR - Viernes, 1 de Diciembre de 2000
Por Caso Caravana de la Muerte: Juez Guzmán procesó a Pinochet por secuestro y homicidio
El magistrado procesó al desaforado senador vitalicio en calidad de co-autor intelectual del delito de secuestro calificado seguido de homicidio en los casos en que las víctimas no han sido halladas, y por homicidio en el caso de los cuerpos que se han encontrado, lo que hace un total de 74 casos. En una resolución absolutamente inesperada, el ministro de fuero, Juan Guzmán Tapia, notificó a la defensa del general (R) Augusto Pinochet que lo sometió a proceso en calidad de co-autor intelectual de delitos vinculados a la Caravana de la Muerte.
Tras esta decisión es muy difícil que a Guzmán se le quite el caso Pinochet, porque ello sería visto como una presión por sus decisiones judiciales. Otros análisis estiman que "la derecha estiró demasiado la cuerda". La resolución del magistrado, además, amplía estos cargos al ex brigadier Pedro Espinoza; al coronel (R) Marcelo Moren Brito; al general (R) Sergio Arellano Stark y al coronel (R) Sergio Arredondo. Para tomar su decisión, el magistrado debe haber considerado como declaración indagatoria los exhortos que envió a Londres, cuando Pinochet estaba detenido.

Jueves 4 de Julio 2002 Tercera
Pinochet renuncia al Senado
Finalmente, Augusto Pinochet presentó su renuncia a la Cámara Alta, a través de una carta entregada por el cardenal Francisco Javier Errázuriz al presidente de la corporación, Andrés Zaldívar.
Aún no se conoce el contenido del documento que llegó hasta el escritorio del titular de la Cámara Alta. Sólo se sabe que éste tiene dos páginas y que explicita que Pinochet renuncia a su calidad de senador vitalicio porque su estado anímico y de salud ya no le permite ejercer esta función.
El Gobierno, a través del ministro Heraldo Muñoz y del propio Presidente Lagos, manifestaron su conformidad con la decisión del general (r).

28 de Mayo 2004 El Mercurio
Corte acoge desafuero de Pinochet por Operación Cóndor
En un fallo inesperado, por 14 votos contra 9 el Pleno de la Corte de Apelaciones resolvió esta mañana acoger la solicitud de desafuero del ex Comandante en Jefe del Ejército Augusto Pinochet Ugarte, por su vinculación con la denominada Operación Cóndor.
Con la resolución de hoy, el ex gobernante podría ser procesado por su responsabilidad en la desaparición de centenares de víctimas en el marco del mencionado operativo.

13 de Diciembre 2044 El Mostrador
Juez Guzmán procesó a Augusto Pinochet por la Operación Cóndor
El ministro de fuero Juan Guzmán Tapia sometió a proceso al general (R) Augusto Pinochet Ugarte por nueve secuestros calificados y un homicidio calificado perpetrados en el marco de la Operación Cóndor, como fue conocida la coordinación represiva de las dictaduras del Cono Sur de América Latina para eliminar a sus opositores a fines de los setenta y principio de los ochenta.
Ésta es la primera vez que se dicta un procesamiento en toda Sudeamérica en contra de uno de los autores de esta coordinación, en la que también estuvieron involucrados los gobiernos de Uruguay, Argentina, entre otros.
Después de ordenar la realización de exámenes médicos y reunirse en varias oportunidades con los tres peritos a cargo de las diligencias, el magistrado estimó que existen antecedentes respecto a que el ex militar tuvo algún grado de responsabilidad en la desaparición y muerte de ciudadanos chilenos.
La resolución del magistrado se encuentra consignada en dos partes. En la primera, explica que el ex militar no se encuentra demente y, por tanto, puede enfrentar un juicio de reproche, y en la segunda lo somete a proceso.
El juez decretó arresto domiciliario contra el ex militar, el que probablemente se concretará en su residencia de La Dehesa, y anticipó que lo notificará a la brevedad.
Consultado por la dificultad de tomar esta resolución, el magistrado comentó que "cuando estudié bien todas las declaraciones, todos los elementos de juicio que tenía a la vista y las percepciones personales que yo tuve de él no fue difícil, fue bastante fácil".
El juez citó como los principales fundamentos de su determinación, entre otras características de Pinochet, "su coherencia, la comprensión de las preguntas y las respuestas atinadas", tras lo cual negó que el procesamiento responde a la difusión del informe sobre prisión política y tortura.
Actualmente, Pinochet también se encuentra privado de su fuero como ex gobernante por la responsabilidad que le puede caber en el atentado que en 1974 le costó la vida al general Carlos Prats y a la esposa de éste, Sofía Cuthbert, en Buenos Aires, aunque la determinación aún debe ser ratificada por la Corte Suprema.
Asimismo, es investigado por el ministro de fuero Sergio Muñoz por las millonarias cuentas detectadas a su nombre en el Banco Riggs de Estados Unidos, avaluadas entre US$4 millones y US$ 8 millones. En este proceso, se indaga si el origen del dinero es lícito y la evasión tributaria en la que habría incurrido al no pagar los impuestos respectivos por los depósitos.
14 de Diciembre 2004 El Mostrador
Cóndor: Con recurso de amparo suspenden arresto de Pinochet
La defensa del general en retiro Augusto Pinochet Ugarte formalizó la presentación de un recurso de amparo a favor del ex uniformado, con lo que paralizaron, por el momento, el arresto domiciliario decretado en su contra luego que fuera procesado en el marco de la Operación Cóndor.
La orden de detención fue dictada por el ministro de fuero Juan Guzmán, quien estimó que Pinochet se encuentra "apto mentalmente" para enfrentar un proceso por su presunta responsabilidad en nueve secuestros permanentes y un homicidio calificado perpetrados durante esa coordinación represiva.
Sin embargo, con el escrito presentado por la defensa del ex militar la orden de arresto quedó congelada hasta que la Corte de Apelaciones de Santiago tome una decisión al respecto, aunque el proceso en contra de Pinochet sigue su curso.
El ministro Guzmán admitió que antes de decretar la detención domiciliaria de Pinochet, debe esperar la resolución que adopte el tribunal de alzada capitalino.
En tanto, el abogado Eduardo Contreras, querellante del ex militar, precisó que el escrito no tiene ninguna influencia respecto al procesamiento dictado por el magistrado.
"Esto no tiene ninguna repercusión respecto al procesamiento, salvo que el recurso de amparo lo ganara la defensa de Pinochet. A la luz de los antecedentes que hay, teniendo en cuenta que previamente hubo dos pronunciamientos de desafuero, es imposible absolutamente que sea revocado el fallo del juez Guzmán", señaló.
Fijan domicilio en Los Boldos
El magistrado también visó la presentación de la Auditoría General del Ejército, que fijó en la Parcela de Los Boldos el domicilio del general (R) Pinochet.
Guzmán tenía previsto notificar de esa resolución al ex militar en la residencia que éste tiene en La Dehesa, por lo que ahora deberá desplazarse a la finca ubicada en las cercanías de Bucalemu, Quinta Región.
1 de Abril 2005 La Nacion
Caso Prats: Juez Solís sobreseyó a Pinochet
Luego del rechazo de la Corte Suprema a desaforar a Augusto Pinochet, el ministro Alejandro Solís optó por dictar el sobreseimiento definitivo del ex dictador en el caso por el doble homicidio del general (r) Carlos Prats, y su esposa Sofía Cuthbert.
Con la medida el juez cumplió con lo dispuesto por el máximo tribunal que en la práctica al negar el desafuero le impidió seguir investigando la responsabilidad de Pinochet.
El 24 de marzo, el pleno de la Corte Suprema rechazó desaforar a Pinochet, argumentando razones formales, fundamentalmente la existencia de un pronunciamiento anterior. Solís mantiene procesada a toda la plana mayor de la DINA.