Marcelo Luis Manuel Morén BritoJefe de la Brigada Caupolicán de la DINA
Luego de la partida del comandante Pedro Espinoza, quedó como jefe de Villa Grimaldi "El Coronta", también conocido como "El Ronco", pero que en realidad se llama Marcelo Morén Brito. Siempre se ha dudado de la razón porque pusieron en un puesto tan alto de inteligencia a un hombre tan brutal y poco inteligente. Se llega a la conclusión de que se debió a su incondicionalidad con Manuel Contreras, que incluso lo llevó a renunciar a la DINA cuando su jefe se retiró. No tuvo la misma lealtad con su sobrino Alan Bruce Catalán, detenido en febrero de 1975, hoy desaparecido. Morén era del sur, por ello cuando estudiaba en la Escuela Militar salía los fines de semana a la casa de los Bruce. El joven Alan le dejaba su pieza y dormía en el sillón del living. Lo admiraba con su imponente uniforme de cadete y se enorgullecía de servirle de mensajero de cartas y flores que entregaba a sus novias.Morén, que llegó al grado de coronel y fue condecorado por el general Pinochet vivía hasta 1991 en su fundo en Osorno. Le ha ido bien en los negocios y mantiene una empresa de importaciones y exportaciones con su hermano en Santiago. Conocido como el comandante de Villa Grimaldi, el mayor de Ejército e integrante de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (Dina) Marcelo Moren Brito, fue jefe de la Brigada Caupolicán de ese organismo, que dependía del grupo operativo Halcón, comandado por el entonces capitán Miguel Krasnoff Martchenko. A pesar de ser mencionado en varias causas por detenidos desaparecidos, hasta principios de los '90 no fue parte de procesamiento alguno, pues la justicia militar siempre se imponía por sobre la ordinaria, argumentando su calidad de uniformado. fue comandante del centro de detención Villa Grimaldi y la brigada Caupolicán de la Dina. Estaba a su cargo de la agrupación Halcón e la Dina. Ha sido mencionado o investigado en 91 casos de detenidos desparecidos o ejecutados, entre ellos Alfonso Chanfreau, el sacerdote español Antonio Llidó, Carmelo Soria, y Lumi Videla. Fue jefe de estado mayor de la Cuarta División. (Ultima foto suministrada por Comision Funa) Fuentes: Lunes 22 de Julio La Tercera Ministro Guzmán procesó a siete militares (r) El ministro de fuero, Juan Guzmán Tapia, sometió a proceso a siete militares (r) por el delito de secuestro calificado, por la desaparición de 23 personas en el recinto de torturas de Villa Grimaldi, durante el gobierno militar. Los ex uniformados son el ex director de la Dina, Manuel Contreras Sepúlveda; el coronel Marcelo Moren Brito; brigadier Miguel Krasnoff; el suboficial Basclay Zapata; el agente Osvaldo Romo; el oficial en retiro de Carabineros, Conrado Pacheco y al agente Pedro Alfaro. De un abogado de DDHH en Chile, recibimos mas detalles: Manuel Contreras Sepúlveda por : Jacqueline Drouilly, César Negrete Peña, Marta Neira, Alfredo Rojas Castañeda, Jaime Vásquez Sáenz, Juan Molina Mogollones, Alej. Avalos Davidson, Sonia Rios Pacheco, Elías Villar Quijón, María Isabel Gutiérrez Martínez, Horacio Carabantes, Fabián Ibarra Córdova, Carlos Rioseco Espinoza, Alfredo García Vega, Abel Vilches Figueroa, René Acuña Reyes, Carrasco Matus, Hugo Rios Videla,Martín Elgueta Pinto, Agustín Martínez Meza, Juan MacLeod, Julieta Ramírez Castro y Luis Palominos Rojas. Marcelo Moren Brito por todos los anteriores menos Elgueta, Negrete y Neira. Miguel Krassnoff por Negrete, Neira, Drouilly,Rojas, Vásquez, Molina,Avalos, Acuña, Carrasco, Ríos, Elgueta, Martínez y Palominos. Pedro René Alfaro Fernández por: Ríos, Villar, Gutiérrez, Carabantes, Ibarra, Rioseco, García y Vilches. Basclay Zapata por: Rojas, Vásquez, Molina, Acuña, Carrasco, Ríos, Elgueta y Palominos. Conrado Pacheco Cárdenas por: MacLeod y Ramírez. 15 de Mayo 2003 El Mostrador Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó. El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón. Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor. Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krasnov Marchenco, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Brazclay Zapata Reyes. El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR. 12 de Junio 2003 El Mostrador Procesan a cúpula de la DINA por secuestro de decorador El juez especial Alejandro Solís, con dedicación exclusiva para causas de derechos humanos, sometió hoy a proceso a la cúpula de la ex Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por la desaparición de un decorador en 1974. El magistrado encausó al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, al brigadier (r) Miguel Krasnoff, al coronel (r) Marcelo Moren Brito y al suboficial (r) Basclay Zapata. La resolución del magistrado también incluye al civil Osvaldo Romo Mena. Se trata del caso del secuestro del decorador Fernando Silva Camus, arrestado por cuatro agentes de la DINA el 27 noviembre de 1974, un día después de que desapareciera su hijo, Claudio Silva Peralta, quien era militante del MIR. Los aprehensores ingresaron al domicilio del afectado, procediendo a interrogarlo sobre sus actividades laborales y a revisar la documentación relativa a pedidos y datos de clientes, según consigna el sitio Memoriaviva. Al día siguiente fue enviado a Villa Grimaldi, lugar donde fue visto con vida por última vez.
21 de Julio 2003 El Mercurio Guzmán dicta procesamientos caso Caravana de la Muerte El ministro de fuero Juan Guzmán sometió a proceso a tres militares (r) por delitos cometidos por la denominada Caravana de la Muerte en cuatro ciudades al sur del país. Luego de su investigación, Guzmán encargó reos al general (r) Sergio Arellano Stark, por el homicidio calificado de dos personas en la ciudad de Curicó. Además encausó a Arellano y al general (r) Gabriel del Río por los delitos de secuestro y homicidio calificado de Teófilo Arce, Leopoldo González, Segundo Sandoval y José Sepúlveda, todos ellos de la ciudad de San Javier. El magistrado determinó además recalificar desde secuestro a homicidio el procesamiento al general (r) Arellano, al brigadier Pedro Espinoza (r) y el coronel (r) Marcelo Moren Brito, por la muerte y desaparición de dos personas en la ciudad de Cauquenes. Asimismo, Guzmán decidió nuevamente encargar reo a Arellano Stark y al general (r) Héctor Hernán Bravo por el secuestro con homicidio de dos personas en la ciudad de Valdivia. Con la resolución emanada hoy el magistrado estableció que la comitiva militar efectivamente recorrió la zona sur del país en 1973. Luego de notificarse, el abogado de derechos humanos Juan Bustos sostuvo que con la resolución "queda muy patente que en relación a la Caravana de la Muerte faltaba aún mucho más. Ahora esto se ha comprobado y ha quedado claro, y así el ministro dictó procesamientos por los casos de Valdivia, San Javier y Curicó". 15 de Mayo 2003 El Mostrador Justicia chilena procesa por primera vez en Caso Llidó Por primera vez, la justicia chilena dictó autos de procesamientos en contra de personas que participaron en el secuestro calificado del sacerdote español Antonio Llidó. El caso del sacerdote fue uno de los que determinó la detención en Inglaterra del general (R) Augusto Pinochet Ugarte, a raíz de la investigación que llevaba el juez español Baltasar Garzón. Esta mañana fueron sometidos a proceso como autores del secuestro calificado, nueve ex integrantes de la DINA, incluida su plana mayor. Los encausados son Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Miguel Krasnov Marchenco, Osvaldo Romo Mena, Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Lauriani Maturana, Orlando Manzo Durán, Ciro Torré Sáez y Brazclay Zapata Reyes. El sacerdote Llido fue detenido ilegalmente en octubre de 1974 y visto por ultima vez en el centro de reclusión clandestino de Cuatro Álamos. Agentes de la DINA lo torturaron por ayudar y dar protección a militantes del MIR. 04 Agosto 2003 - La Nacion Amnistía y prescripción en los alegatos por la primera condena contra la ex DINA Es como si todo hubiese quedado a la espera de que en los próximos días el gobierno dé a conocer su propuesta en materia de violaciones de los derechos humanos. Incluso en esa senda parece anotarse el excesivo retraso de la vista de la apelación por la primera sentencia del país que condenó a altas penas de prisión a parte de la cúpula de la ex DINA. Su debate en una sala de Corte de Apelaciones de Santiago podrá ser tan decidor, como resolver el corazón mismo de la discusión de fondo en este asunto trascendente: la aplicación o no de la ley de amnistía y la prescripción del delito. La materialización de tal discusión debiera repletar los asientos de la corte cuando ella finalmente se verifique. Será en ese momento cuando, por fin, se llegará al instante en que, por primera vez en la historia de los procesos instruidos por la pasada represión militar, se conocerá una posición oficial de una corte acerca de la resistida ley de amnistía y la figura de la prescripción del delito, tan alegada por las Fuerzas Armadas y Carabineros y por la inmensa mayoría de civiles que sustentaron la pasada dictadura militar. De acuerdo a los abogados querellantes y defensores en las causas, ése es el centro del conflicto jurídico en materia de derechos humanos. El resto pertenece a otras esferas de la discusión. Será en ese momento, entendiendo que luego le tocará decir su palabra a la Sala Penal de la Corte Suprema por la vía del recurso extraordinario de la casación, cuando se sabrá cuánto quedarán conformes o decepcionados los familiares de las víctimas, las Fuerzas Armadas y Carabineros, especialmente el Ejército, el gobierno, y todos quienes tienen intereses y/o opinión en esta cuestión. Esa es, ni más ni menos, la relevancia de esa audiencia que continúa postergándose, sin apreciarse muy claramente por qué el retraso, entendiendo que “hay reos presos”, como se nombra en la jerga de tribunales. Ello apura normalmente la vista de estas apelaciones. En este proceso, el 14 de abril de 2003 el ministro Alejandro Solís condenó a 15 años de presidio al ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras Sepúlveda; a 15 años de la misma pena al ex jefe de varios recintos clandestinos de la DINA, coronel (R) Marcelo Moren Brito; y a 10 años de presidio al también ex jefe de algunos de estos centros de tortura y exterminio, brigadier (R) Miguel Krassnoff Martchenko, quien no hace mucho se atribuyó públicamente el cartel de “analista” y “entrevistador” de la ex DINA. Todos fueron sentenciados por el juez Solís como autores del secuestro calificado y desaparición del militante del MIR, Miguel Angel Sandoval Rodríguez. También fueron sentenciados a 5 años de presidio en calidad de cómplices del mismo delito los ex agentes de la DINA, brigadier (R) Fernando Lauriani Maturana, conocido como el “teniente Pablito” y uno de los más crueles represores de la ex DINA, y el teniente coronel (R) de Carabineros Gerardo Godoy García, alias “El cachete chico”. Será respecto de estas “estrellas” de la ex DINA, donde se producirán los relevantes alegatos acerca de la amnistía y la prescripción del delito que están por venir. En su sentencia condenatoria el ministro Alejandro Solís rechazó aplicar la amnistía y la prescripción del delito a favor de los ex agentes, esgrimiendo el argumento que hasta ahora aparece como insalvable en contra de los militares: que mientras no aparezca el cuerpo de la víctima, el secuestro es un ilícito de carácter permanente que se sigue cometiendo cada día, y por tanto excede ampliamente el período cubierto por la ley de amnistía que se extiende hasta el 10 de marzo de 1978.
4 de Mayo 2004 El Mostrador Juez dictó condenas en tres casos de detenidos desaparecidos El titular del Primer Juzgado de Crimen de Santiago con dedicación exclusiva en causas de derechos humanos, Joaquín Billard, condenó a diez años y un día de presidio al ex jefe operativo de la CNI Álvaro Corbalán Castilla por el secuestro calificado y resultado de muerte de Juan Luis Rivera Matus, registrado en diciembre de 1975. Junto a Corbalán, y por la misma pena, fue condenado el ex miembro de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), Sergio Díaz López. En tanto, en calidad de encubridores, recibieron sentencias el jefe del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea (SIFA), Freddy Ruiz Bunger y Carlos Madrid Hayden, a 600 días de pena remitida. La notificación, para el caso de Corbalán, hecha esta mañana en Punta Peuco. Fuentes allegadas al caso, indicaron que el Ejército habría preferido no trasladado hasta el tribunal, a fin de evitar problemas a raíz de sus últimas salidas. Juan Luis Rivera Matus fue nombrado en el primer informe de la Mesa de Diálogo, como uno de las víctimas de la represión que había sido lanzada al mar, junto a otras 131 personas. Sin embargo, en 2001 sus restos aparecieron en los terrenos del Fuerte “Justo Arteaga Cuevas”, en Peldehue. Para muchos, este dato echó por el suelo la credibilidad de esta instancia. Rivera Matus militaba en el PC y era dirigente sindical de Chilectra. Fue detenido el 6 de noviembre de 1975 en la esquina de Santo Domingo y San Antonio, por cerca de cinco personas de civil que lo subieron a un vehículo tipo station wagon Peugeot de color blanco, sin patente. El mismo día de su secuestro fue interpuesto un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual, como la casi totalidad de las acciones similares interpuestas durante el régimen militar, fue rechazado sin más trámite por el tribunal de alzada, luego de un informe negativo sobre la detención emitido por el Ministerio del Interior. El 26 de mayo de 1976 el proceso había sido sobreseído temporalmente. Otros casos Pero ésta no fue la única sentencia dictada por el magistrado. También condenó al ex agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, por el delito de secuestro calificado en la persona de Jorge Espinoza Méndez, apodado “Abel” o “Juancho”, cuyos últimos rastros se tienen del 18 de junio de 1974. Según el informe Rettig, Espinoza Méndez fue sido visto por testigos en el recinto de detención de Londres 38 y desapareció en poder de la DINA, sin que se hayan vuelto a tener noticias de él. El magistrado también condenó a los ex agentes de la DINA Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata y Osvaldo Romo a diez años y un día por el delito de secuestro calificado en contra de los ex militantes del MIR Elsa Leuthner, María González, Hernán González y Ricardo Troncoso Muñoz. El caso de Troncoso Muñoz es particular. Antes de su detención, había permanecido asilado en la Embajada de México en Santiago, desde el 10 de octubre de 1973, hasta el 1 de marzo de 1974, fecha en que abandonó el asilo, desesperado por la tardanza en otorgársele salvoconducto. Quince días después fue detenido por agentes de la DINA. El magistrado aún investiga el caso de Juan Suil Faúndez, quien fue hecho desaparecer por agentes de la SIFA, a mediados de los setenta. Las otras dos causas que tenía el magistrado, una de ellas por la Operación Colombo, se adjuntaron al expediente que sustancia el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia. Con las condenas en estos tres casos, se abre el camino a que la Corte Suprema unifique el criterio respecto a la aplicación de la ley de Amnistía. En 1997, cambió el criterio de fallo de la Segunda Sala Penal del máximo tribunal, donde se modificó la aplicación de ese cuerpo legal y se instauró la teoría del secuestro permanente. Funa a Marcelo Moren Brito en Las Condes.Oct. 02, 2004 19 de Octobre 2004 El Mostrador Procesan a cúpula de la ex DINA por secuestro de mirista La titular del Noveno Juzgado del Crimen de Santiago, Raquel Lermanda, procesó como autores de secuestro calificado a cuatro ex miembros de la cúpula de la disuelta Dirección Inteligencia Nacional (DINA). La magistrada estimó que existen presunciones fundadas de que miembros de la DINA tienen responsabilidad en la desaparición del mirista Álvaro Barrios Duque, detenido el 15 de agosto de 1974 en su casa, ubicada en la comuna de Conchalí. La resolución afecta al general (R) Manuel Contreras, ex jefe del organismo represivo, al brigadier (R) Miguel Krasnoff, al coronel (R) Marcelo Moren Brito y al civil Osvaldo Romo.
20 de Octubre 2004 La Nacion Dictan acusaciones por secuestro de David Silberman El ministro Jorge Zepeda dictó acusación en el caso por el secuestro del ex funcionario de Cobrechuqui, David Silberman, causa que se acerca ahora a la etapa de sentencia y en que hasta el momento se mantienen los cargos contra los cuatro procesados. El magistrado estimó que el ex director de la DINA Manuel Contreras y el brigadier (r) Marcelo Moren Brito son responsables en calidad de autores del secuestro de Silberman, mientras que mantuvo la tipificación de cómplices en el mismo ilícito que compromete a Marcos Derpich Miranda y Carlos Labarca Sanhueza. El 4 de octubre de 1974 miembros de la DINA sacaron a Silbermann de la Penitenciaría en donde permanecía recluido tras ser sometido a Consejo de Guerra en Calama. De acuerdo a testigos el supervisor de la actual Codelco fue visto en cuarteles de la DINA como José Domingo Cañas y Cuatro Alamos. Las partes ahora podrán adscribir o rechazar la acusación y una vez que el ministro recabe todos los antecedentes comenzará la fase final que incluye la dictación de las sentencia de primera instancia. 29 de Octubre 2004 El Mercurio DD.HH.: Juezas procesan a nueve militares (R) por dos secuestros Nueve ex uniformados fueron procesados en las últimas horas como autores de dos secuestros calificados ocurridos entre 1974 y 1975. La primera encargatoria de reo fue dictada por la jueza Colomba Guerrero, del Primer Juzgado del Crimen de Puente Alto, quien investigó la desaparición de Juan Manuel Llanca Robas, quien fue visto por última vez en el Regimiento N°2 de Puente Alto en 1975. En este caso fueron encausados como autores del secuestro el ex comandante del regimiento, Mateo Durruty, y los ex uniformados David Miranda, Pedro Teyssedre, René Cruces y Carlos Canales. Asimismo la jueza del Octavo Juzgado del Crimen de Santiago, María Inés Collins, sometió a proceso a la cúpula de la DINA por la desaparición de el ex mirista Carlos Cubillos Gálvez, a quien se le perdió el rastro en el centro de detención conocido como Londres 38. En este caso fueron encausados el general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Miguel Krassnoff, el brigadier (R) Marcelo Moren Brito y el civil Osvaldo Romo. Estos últimos enfrentan una serie de procesamientos en causas de Derechos Humanos, que están a cargo de distintos jueces. El abogado Sergio Concha, quien lleva las causas, destacó especialmente la labor de la jueza Guerrero puesto que desde que ella llegó a mediados del año pasado al primer Juzgado del Crimen de Puente Alto hubo un cambio en el desarrollo de la causa de Juan Llanca. "La causa había estado aproximadamente 10 años en ese juzgado, había habido por lo menos cuatro magistrados que no se habían interesado mayormente por esta causa (...) todo esto fue solucionado cuando llegó la magistrado Guerrero, quien se dedicó a investigar lo que hasta entonces no había sido investigado", afirmó. 22 de Diciembre 2004 El Mercurio Juez Alejandro Solís dicta condenas en caso Cortez Joo Además de la condena civil, el ministro de fuero Alejandro Solís notificó de las condenas penales por el secuestro calificado de Edgardo Cortez Joo, militante del MIR detenido en 1975 y desaparecido de Villa Grimaldi. Como autores fueron sentenciados en primera instancia Krassnoff, Moren Brito, Romo, Wenderoth y Zapata. A los cuatro primeros se les impuso una pena de 10 años y al último de cinco años. Por este caso nunca fue procesado el ex jefe de la Dina, Manuel Contreras Sepúlveda, quien aún no ingresa a cumplir condena por el caso de Miguel Ángel Sandoval Martínez, pues en la Corte Suprema continúa pendiente un recurso de inaplicabilidad presentado antes de la sentencia pronunciada hace tres semanas por la Segunda Sala Penal, imposibilitando la dictación del "cúmplase". Siguiendo el criterio de la Suprema en la causa Sandoval, en el caso Cortez Joo el juez Solís desestimó aplicar prescripción y el Decreto Ley Amnistía por tratarse de un secuestro calificado, de carácter permanente. El ministro, además, aplicó convenios internacionales. Consignó que "existe unanimidad en la doctrina en cuanto a que la amnistía deberá tener por objeto tan solo delitos políticos o militares, pero limitados a aquellos que no atenten contra los derechos humanos". Según antecedentes de la Vicaría, el nombre de Edgardo Cortez Joo, apodado "el Chino Rony", casado, un hijo, apareció en una lista de 59 chilenos presuntamente muertos, heridos o evadidos en enfrentamientos con servicios de seguridad argentinos, dada a conocer el 24 de julio de 1975. La madre de la víctima sostuvo un breve intercambio epistolar con la entonces primera dama, Lucía Hiriart, quien le contestó que había enviado los antecedentes a la Dina. Responsabilidad civil El abogado querellante, Sergio Concha, fue también quien demandó civilmente a quienes resultaran autores del secuestro. El profesional, que se encuentra estudiando apelar para que se aumente el monto, explicó que optó por incluirlos como "solidariamente responsables" ya que "por la enormidad de los crímenes que se han cometido, corresponde también que ellos cancelen la indemnización". Para condenar civilmente a los victimarios, el ministro invocó el artículo 2324 del Código Civil. Tal disposición es aplicada frecuentemente en casos penales comunes, pero en derechos humanos los abogados han optado por dirigir las acciones civiles únicamente contra el Estado. Concha también incorporó al Estado entre los demandados, pero el ministro Solís se declaró incompetente en esa materia y sostuvo que ella debe ser analizada por tribunales civiles. El juez estableció que la indemnización por daño moral debe ser cancelada entre los cinco condenados (4 millones de pesos cada uno). Como beneficiaria dejó a la madre, Luisa Faustina Joo. 23 de Diciembre 2004 La Nacion Notifican a dos ex DINA “No tengo ningún secuestrado en mi poder”, exclamó ayer el brigadier (R) Marcelo Moren Brito, que fue el martes condenado a diez años y un día de prisión por la desaparición del militante del MIR Manuel Edgardo Cortez Joo, detenido el 14 de febrero de 1975. Tras ser notificado de la nueva condena, Moren Brito aseveró que no conoció al desaparecido y negó haber participado en algún secuestro. “Nunca he participado en secuestros”, recalcó el ex jefe de Villa Grimaldi. Además acusó que la resolución adoptada por el ministro en visita Alejandro Solís “es una ilegalidad”. El ex alto cargo de la DINA señaló estar de acuerdo con el general (R) Manuel Contreras en el sentido de que Solís les ha hecho una persecución: “Nos ha atacado en dos causas en las que yo no he tenido nada que ver”. Ayer también fue notificado el ex agente civil de la DINA Osvaldo Romo. 23 de Diciembre 2004 El Mercurio Ex Dina obligados a pagar indemnización - Moren Brito y condena civil: "De dónde voy a sacar plata" "No tengo plata, de dónde voy a sacar plata. Tampoco voy a estar dispuesto porque mi conciencia está limpia. No tengo nada que ver. Esta es una aberración jurídica de un juez que se ha dedicado a perseguir militares". Así reaccionó el coronel (r) Marcelo Moren Brito a la condena que dictó en primera instancia el ministro de fuero Alejandro Solís en el caso del mirista Edgardo Cortez Joo. Ésta, además de imponerle una pena de cárcel de 10 años, lo sentencia a pagar entre cinco ex funcionarios de la Dina una indemnización de 20 millones de pesos a la madre del desaparecido. Ejemplificando sus problemas económicos, dijo que en el pago de la fianza que se establece tras cada procesamiento en su contra el Ejército "se pone", pero "tarde". Por eso, tienen que "recurrir a los amigos para no estar allá arriba en un lugar infesto".Ofuscado, también descalificó al ministro Solís: "Nunca detuve ni conocí al tal Cortez Joo y me lo achaca a mí un juez que es prevaricato, un gallo de plena izquierda, que inventa un hecho que es absurdo, porque él es el que está obligado a probar que uno tiene en su poder al secuestrado". Agregó que "resulta que ahora nosotros somos los malos, pero antes cuando a los jueces los amenazaban los terroristas, nos pedían ayuda a nosotros", refiriéndose a la época anterior al golpe. Contrarios a la sentencia civil dictada por el ministro Solís se mostraron también los abogados de los victimarios, que esperan revertirla en las apelaciones. Luis Valentín Ferrada, abogado de Miguel Krassnoff, sostuvo que la imposición económica a los ex militares demuestra que "el criterio del juez es que las responsabilidades son individuales, cosa que contrasta con la lógica incluso del Ejército, que reconoce que son institucionales". Por eso, calificó el fallo de "prehistórico" y dijo que será incluido entre los documentos que presentarán, anunció, ante la Corte Interamericana a fin de que ella se pronuncie definiendo si la responsabilidad de los crímenes ocurridos durante el régimen militar es del Estado o de personas individuales. Francisco Piffaut, representante de Marcelo Moren, puso el acento en la prescripción de la acción civil y en la responsabilidad del Estado. "Todos los daños que se causaron a las víctimas, si se acredita que son efectivos, son responsabilidad del Estado. Estos militares ascendieron, Villa Grimaldi se financiaba con recursos estatales. No se trata de un grupo de delincuentes comunes", dijo. Pena EN LOS próximos días debiera ingresar a cumplir condena por el secuestro calificado de Miguel Ángel Sandoval. A la espera del cúmplase, Moren Brito dijo que va a "pensar" si va a la cárcel. 4 de Enero 2004 La Nacion En uno de los procesamientos que terminó por echar abajo uno de los principales montajes de la pasada dictadura, el ministro de fuero Juan Guzmán encausó a diez ex agentes de la DINA, varios de ellos de su plana mayor, incluido el ex jefe Manuel Contreras, por ocho víctimas desaparecidas en la conocida como Operación Colombo. Este es el segundo encausamiento dictado por el juez Guzmán por este montaje acontecido en 1975, siendo el primero el decretado el 2 de septiembre, cuando el magistrado procesó a 16 ex agentes por 37 víctimas de la Colombo. Las resoluciones adoptadas por el juez Guzmán en este episodio, constituyen en conjunto el más masivo procesamiento dictado hasta ahora por este ministro, y uno de las que abarca más cantidad de víctimas y encausados en los juicios que se instruyen por violaciones de los derechos humanos. Los procesados, todos en situación de retiro y declarados reos como autores de secuestro calificado son, además de Contreras, el ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, general César Manríquez Bravo, hermano de Mario, coronel (R) encartado como autor intelectual del crimen de Víctor Jara; el ex segundo hombre de la DINA, brigadier Pedro Espinoza Bravo; el ex jefe de Villa Grimaldi, coronel Marcelo Moren Brito; el ex jefe del recinto DINA Cuatro Alamos, oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán; el ex jefe del grupo Halcón de la DINA, brigadier Miguel Krassnoff Martchenko; el ex jefe del Servicio Secreto de la Dirección de Inteligencia del Ejército y ex miembro de la plana mayor de la DINA, coronel Francisco Ferrer Lima, que cumple condena en Punta Peuco por el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez; el ex jefe del recinto DINA Tres Alamos, oficial de Carabineros Conrado Pacheco Cárdenas; el suboficial de Ejército Basclay Zapata Reyes; y el ex agente civil Osvaldo Romo Mena. Las nuevas ocho víctimas de Colombo son: Aldo Pérez Vargas, Roberto Aranda Romero, Jorge Müller Silva, Modesto Espinoza Pozo, Carlos Pérez Vargas, Carmen Bueno Cifuentes, Rodrigo Ugas Morales y Carlos Gajardo Wolf. Los cinco últimos figuran en la lista de los 119 desaparecidos por este operativo, no así los tres primeros. El montaje La llamada Operación Colombo nació en los primeros meses de 1975, cuando la DINA y el propio ex dictador Augusto Pinochet, así como otros de sus ministros militares, comenzaron a difundir informaciones de que el MIR preparaba “guerrilleros” en distintas ciudades argentinas para hacerlos entrar clandestinamente a Chile por pasos fronterizos a combatir el régimen militar. Los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y el vespertino La Segunda fueron los encargados de publicarlas. La cúspide del montaje ocurrió entre los días 17 y 19 de julio de 1975, cuando primeramente el diario brasileño O Dia, de breve tiempo de circulación, informó El retirado general Manuel Contreras ha sumado otro enjuiciamiento a su expediente en los tribunales chilenos. que 59 chilenos habían sido ejecutados en Argentina por sus propios compañeros de izquierda, atribuyendo las muertes a “ajustes de cuentas” políticas. El día 19, la revista argentina Lea, publicó en su único número que lo mismo había ocurrido con otros 60 chilenos, la mayoría del MIR. En abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo destruido por una explosión con un cartel que decía “dado de baja por el MIR”. Se dijo que era el detenido desaparecido comunista David Silberman. Sin embargo, no era él. El 12 de julio de 1975 aparecieron en Buenos Aires otros dos cuerpos baleados y quemados con una leyenda similar. La dictadura informó que se trataba de quienes habían sido dado por desaparecidos en Chile, Jaime Robotham Bravo y Luis Guendelman Wisnik. Lo que también resultó falso. El 24 de julio de 1975, La Segunda publicó en portada tal vez el titular más representativo del invento: “Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina”. Objetivo y origen de la acción El objetivo de la Operación Colombo fue hacer creer que decenas de personas, que en Chile sus familiares, abogados y las iglesias daban por detenidos desaparecidos, en realidad habían salido clandestinamente a Argentina a prepararse en guerrillas para regresar a Chile a combatir. Y que en el intertanto afuera se habían ajustado cuentas políticas matándose entre ellos o cayendo abatidos por operativos militares en Argentina, país que vivía la convulsión política y militar en los últimos meses antes del golpe de Estado de marzo de 1976. En cuanto al origen del nombre Operación Colombo, éste se remite a declaraciones del ex agente civil de la DINA Enrique Arancibia Clavel, quien admitió en Buenos Aires en 1978 -acusado de “espionaje”- que en 1975 llegó a esa capital el agente Raúl Eduardo Iturriaga Neumann (ex jefe del Departamento Exterior DINA y actual general retirado) para hacer aparecer muerto en Argentina a un “subversivo chileno” de nombre “Simelman o algo parecido”. Se trataba de Silberman. Según Arancibia Clavel, Iturriaga le dijo que se trataba de la Operación Colombo en la cual se contó con la colaboración, entre otros, del civil argentino y miembro de la Triple A (Alianza Argentina Anticomunista) Martín Ciga Correa. 28 de enero 2005 La Nacion UN SASTRE DEL MIR 21 de Junio 2005 La Nacion Procesan por torturas a plana mayor de la DINA Como autores de tormentos y apremios ilegítimos el ministro de fuero, Alejandro Solís, procesó a nueve ex miembros de la plana mayor de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): el otrora director de la general (R) Manuel Contreras, el brigadier (R) Pedro Espinoza, el mayor (R) Miguel Krassnoff, el coronel (R) Marcelo Moren Brito, y los ex agentes Osvaldo Romo, Basclay Zapata, Gerardo Godoy, Fernando Laureani y Francisco Ferrer Lima. A todos ellos Solís los responsabilizó de haber torturado a una veintena de presos políticos que estuvieron ilegalmente detenidos en Villa Grimaldi, -cárcel clandestina emplazada en la comuna de Peñalolén, de la que desaparecieron unos 400 presos políticos- durante los años 1974 y 1975. En el auto de procesamiento, de 50 páginas, se señala que en ese lugar “operaba un grupo de agentes de la DINA (que) aplicaban tormentos (para) recabar información sobre el paradero de otros opositores” a Pinochet. La mayoría de los procesados actualmente están recluidos en el penal Cordillera, instalado al interior de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército, donde cumplen sentencia por otros casos de violaciones de los derechos humanos |
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