Godoy Godoy José Jaime

Rut: 4.609.773-4

Cargos:

Grado : Suboficial

Rama : Carabineros


Nueve detenidos por secuestros producidos en 1973

Fuente :El Mostrador, 4 de Noviembre 2002 

Categoría : Prensa

El juez con dedicación especial para casos de derechos humanos, Miguel Salgado, sometió a proceso por el delito de secuestro calificado a nueve personas, entre ellos cuatro ex funcionarios de Carabineros y cinco agricultores, a quienes se responsabiliza por la desaparición de 24 personas en el sector de Alto Biobío, entre septiembre y noviembre de 1973.

El magistrado Salgado dijo que la investigación "por secuestro calificado" no ha sido fácil, debido a la escasa colaboración que se le ha prestado, sin descartar someter a proceso a otros dos ex uniformados".

No obstante, el magistrado valoró la investigación preliminar iniciada a partir de 2000 por el titular del Juzgado del Crimen de Santa Bárbara, Waldemar Koch. Salgado asumió como juez especial por resolución de la Corte Suprema, tras los acuerdos de la Mesa Diálogo.

Tras ser notificados de la resolución en su contra por el juez Salgado, los nueve procesados fueron recluidos en la cárcel de Los Ángeles. Cuatro de ellos son ex funcionarios de Carabineros, que en 1973 cumplían funciones en la tenencia de Carabineros de Santa Bárbara.

Estos son Planté Aravena González, José Godoy Godoy, José Pulgar Riquelme y Héctor Echeverría Beltrán. Los civiles, en su mayoría agricultores de la zona, son: José Valdivia Dames, Luis Barrueto Barne, Manuel Barrueto Barne, Jorge Domínguez Larenas y Bernardo Larenas Larenas.


Intensas diligencias por casos de detenidos desaparecidos se realizaron en Santa Bárbara 

Fuente :Tribunadelbiobio, 6 de Septiembre 2005

Categoría : Prensa

Ministro en visita, Carlos Aldana tomó declaraciones, decretó reconstituciones, inspecciones y careos. 

Dos días muy ajetreados se vivieron entre este martes y miércoles en la localidad de Santa Bárbara, región del Bío Bío. También fueron momentos tensos, cargados de sentimientos, de recuerdos dolorosos. Familiares de detenidos desaparecidos de la zona se encontraron cara a cara con sus victimarios,  en el marco de una serie de diligencias decretadas por el ministro en visita, Carlos Aldana, designado por la Corte de Apelaciones de Concepción para conocer quince causas por violaciones a los derechos humanos. 

Dentro de ellas está el proceso por la detención y desaparición de siete personas ocurridas el 20 de septiembre de 1973, donde participó una patrulla integrada por civiles y carabineros a la que se responsabiliza de la desaparición de 24 personas en total. 

Esta causa fue sustanciada por el Juzgado de Santa Bárbara, en primera instancia por el juez Waldemar Koch y después por Miguel Salgado, quien tuvo dedicación exclusiva a este caso y en octubre de 2002 dictó autos de procesamiento por el delito de secuestro calificado en contra de cuatro ex carabineros y cinco civiles. 

Se trata del ex teniente Plante Euclides Aravena Sáez, quien estuvo al mando de la patrulla; junto con José Jaime Godoy Godoy, José Heraldo Pulgar Riquelme y Héctor Echeverría Beltrán. Los civiles procesados fueron Jorge Valdivia Dames, José Valdivia Dames, Luis Barrueto Bartning, Manuel Barrueto Bartning y Jorge Domínguez Larenas. Todo ellos están en libertad provisional. 

Las víctimas son José Domingo Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy y Desiderio Aguilera Solís, detenidos en el fundo “El Huache”, ubicado a unos 8 kilómetros de Santa Bárbara. En esta última ciudad, fueron aprehendidos más tarde Manuel Salamanca Mella, Mariano Godoy Acuña y Miguel Cuevas Pincheira. 

Indagaciones posteriores permitieron establecer que en las detenciones operó un comando que se denominó “Fuerza de colaboración voluntaria con Carabineros de Chile”, creado por el jefe de la tenencia de Santa Bárbara, Plante Aravena, con el objetivo concreto de “buscar extremistas”. 

Este martes y en el marco de una serie de diligencias decretadas por el ministro Aldana, se volvieron a encontrar víctimas y victimarios. Ese día concentró su esfuerzo en tomas declaraciones a una treinta personas para ratificar, aclarar o precisar situaciones. Participaron todos los procesados, salvo Héctor Echeverría quien está hospitalizado, según se informó. 

El miércoles la situación fue más extenuante ya que el juez ordenó algunas reconstituciones como la de la detención de Miguel Cuevas Pincheira, esposo de Norma Panes, ocurrida el 20 de septiembre de 1973. Esto ocurrió en la casa que entonces habitaban y en la que hoy existe un colegio. Por eso la escena se realizó en la calle. Quienes la presenciaron, admiraron el valor de la señora Norma y de dos de sus hijas de 10 y 9 años entonces, que fueron testigos de la detención de su padre. 

“Era impresionante la actitud de los tipos, los llamaban y se paraban al lado de ella y negaban todo”. Hubo careos, preguntas y contra preguntas en una diligencia que fue presenciada por un número importante de vecinos de Santa Bárbara. 

La abogada del Programa de Derechos Humanos, Nelly Navarro confirmó que se trató de una diligencia importante en el marco de este proceso, aunque reconoció que no surgió nada nuevo, salvo las contradicciones habituales ya que mientras unos dicen no haber tenido participación en nada, otros dicen que sólo estuvieron en las detenciones, pero que después no saben qué pasó. 

Igual para la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos se trató de un paso importante que, esperan, conduzca a que pronto el ministro Aldana dicte sentencia en este caso. “Al menos se está avanzando”, dijeron. 

Nelly Navarro dijo, en todo caso, que seguramente se decretarán nuevas diligencias antes de un cierre del sumario y la posterior dictación de sentencias.

 


Santa Bárbara y Quilaco en 1973

Fuente :La Nación, 15 de junio de 2011

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia en la investigación por el secuestro de 29 personas entre septiembre y noviembre de 1973, en el marco de la dictadura militar

El ministro en visita Carlos Aldana de la Corte de Apelaciones de Concepción dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los secuestros de 29 personas, ocurridos en las localidades de Quilaco y Santa Bárbara, Región del Bíobío, entre septiembre y noviembre de 1973.

El magistrado dictó condena en contra de las personas que participaron en los secuestros calificados, ocurridos en Santa Bárbara, de José Rafael Zúñiga Aceldini, José Secundino Zúñiga Aceldini, José Gilberto Araneda, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, José Domingo Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira, Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Elba Burgos Sáez, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, Aliro Oporto Durán, Sergio D'Apollonio Petermann.

En tanto, la sentencia también contempla los secuestros, ocurridos en Quilaco, de Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Félido Pinto, Luis Alberto Cid, Luis Alberto Bastas Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz, Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quejón y José Roberto Molina Quezada.

Los sentenciados por los secuestros de Santa Bárbara son:

Planté Euclide Aravena Sáez: 10 años y 1 día. Sin beneficios.

Héctor Isaías Echeverría Beltrán: 7 años y medio. Sin beneficios.

José Jaime Godoy Godoy: 7 años. Sin beneficios.

José Heraldo Pulgar Riquelme: 7 años. Sin beneficios.

Jorge Denis Domínguez Larenas: 6 años y medio. Sin beneficios.

Sergio Amado Fuentes Valenzuela: 6 años y medio. Sin beneficios.

Jorge Eduardo Valdivia Dames: 6 años y medio. Sin beneficios.

José Roberto Valdivia Dames: 6 años y medio. Sin beneficios.

Luis Enrique Ricardo Barrrueto Barting: 6 años y medio. Sin beneficios.

Manuel Dario Barrueto Barting: 6 años y medio. Sin beneficios.

Pedro Segundo Ruiz Pardo: 541 días. Se concedió el beneficio de la remisión condicional.

En tanto, los condenados por los secuestros de Quilaco son:

Eugenio Villa Urrutia: 7 años. Sin beneficios.

José Eleodoro Burgos Sandoval: 7 años. Sin beneficios.

Juan Carlos Burgos Belauzarán: 7 años. Sin beneficios.

Carlos Santiago Sepúlveda Rivera: 7 años. Sin beneficios.

José Feliciano Gutiérrez Ortiz: 7 años. Sin beneficios.

Exequiel del Carmen Celedón Barrera: 7 años. Sin beneficios.

Además, se acogió la demanda civil planteada en contra del fisco, determinando que se debe cancelar 60 millones de pesos a Gretel del Carmen Godoy Acuña por el secuestro de su hermano Sebastián Campos Díaz; 80 millones de pesos a Jacinta Godoy Acuña por el secuestro de su cónyuge Manuel Salamanca Mella, y 15 millones de pesos por el secuestro de sus hermanos José Domingo, José Nazario y José Mariano Godoy Acuña; 70 millones de pesos a Ana María D' Apollonio Zapata por el secuestro de su padre Sergio D'Apollonio Petermann; 70 millones de pesos a Ana María Zúñiga Beroiza por el secuestro de su padre José Zúñiga Aceldini, y 10 millones de pesos por el secuestro de su tío José Secundino Zuñiga Aceldini.

En tanto, los condenados deberán pagar solidariamente 80 millones de pesos a Norma Panes Panes, cónyuge de Miguel Cuevas Pincheira, y 40 millones de pesos a Maritza Pilar, Fabiola del Carmen, Víctor Hugo, Dorian Inés y Miguel Ángel Cuevas Panes (hijos de Miguel Cuevas Pincheira), ya que este grupo familiar no presentó acción contra el fisco.


Corte de Apelaciones de Concepción dictó condena por crímenes de la dictadura en Santa Bárbara y Quilaco

Fuente :Angelino.cl, 10 de Mayo 2013 

Categoría : Prensa

La ministra en visita de la Corte de Apelaciones de Concepción, Raquel Lermanda,  dictó sentencia de primera instancia en la investigación por los secuestros de 29 personas, ocurridos en las localidades de Quilaco y Santa Bárbara, Región del Bío Bío, entre septiembre y noviembre de 1973.

La magistrado dictó condena en contra de las personas que participaron en los secuestros calificados de José Rafael Zúñiga Aceldini,  José Secundino Zúñiga Aceldini, José Gilberto Araneda, Juan de Dios Rubio Llancao, Julio Rubio Llancao, José María Tranamil Pereira, José Guillermo Purrán Treca, José Domingo Godoy Acuña, Julio César Godoy Godoy, Desiderio Aguilera Solís, José Nazario Godoy Acuña, Manuel Salamanca Mella, José Mariano Godoy Acuña, Miguel Cuevas Pincheira,  Juan de Dios Fuentes Lizama, Juan Francisco Fuentes Lizama, Elba Burgos Sáez, Sebastián Hernaldo Campos Díaz, Aliro Oporto Durán, Sergio D’Apollonio Petermann (todos ellos ocurridos en Santa Bárbara); y de Cristino Humberto Cid Fuentealba, José Félido Pinto, Luis Alberto Cid, Luis Alberto Bastas Sandoval, Raimundo Salazar Muñoz,  Gabriel José Viveros Flores, Segundo Marcial Soto Quejón y José Roberto Molina Quezada (ocurridos en Quilaco).

Las penas determinadas son las siguientes:

Planté Aravena Saez. 14 años.

José Jaime Godoy Godoy. 11 años.

Héctor Isaías Echeverría Beltrán. 11 años.

Jorge Domínguez Larenas.  10 años y un día.

José Heraldo Pulgar Riquelme. 11 años.

Sergio Amado Fuentes Valenzuela. 10 años y un día.

Jorge Eduardo Valdivia Dames. 10 años y un día.

José Roberto Valdivia Dames. 10 años y 1 un día.

Luis Enrique Ricardo Antonio Barrueto Bartnning.  10 años y un día.

Manuel Darío Barrueto Bartnning. 10 años y un día.

José Segundo Ruiz Prado. 5 años y un día de presidio.

Eugenio Villa Urrutia. 10 años y un día.

José Eleodoro Burgos Sandoval.  12 años

Juan Carlos Burgos Belauzarán.  10 años y un día.

Carlos Antonio Sepúlveda Rivera. 11 años.

José Feliciano Gutiérrez Ortiz. 10 años y un día.

Exequiel del Carmen Celedón Rivera. 10 años y un día.

Sergio Alejandro Pino Cabeza. Absuelto.

 En el aspecto civil se  acogieron las demandas planteadas determinando que el Fisco  debe pagar distintas sumas a los familiares de las víctimas por el daño moral provocado por el secuestro de sus familiares.

Además los condenados deberán asumir un pago por diversos montos por el mismo hecho.

Cabe mencionar que en el año 2011 el ministro Carlos Aldana había dictado condena por los mismos hechos, sin embargo la sentencia fue anulada por la Corte de Apelaciones de Concepción por lo que la ministra Lermanda asumió la causa como ministra no inhabilitada.