Castro Campos Primitivo José

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Cargos:

Grado : Suboficial

Rama : Carabineros


Ratifican Cortes de Apelaciones de Puerto Montt y Talca

Fuente :El Mostrador, 8 de Mayo 2007

Categoría : Prensa

Cortes de apelaciones del Maule y Los Lagos condenaron a ex carabineros por dos casos de homicidios calificados perpetrados durante la dictadura militar. En dos fallos que reflejan que la política de la Corte Suprema de acoger plenamente los tratados internacionales de derechos humanos, las cortes de apelaciones de Talca y Puerto Montt condenaron a carabineros por asesinatos de opositores a la dictadura militar. En un dictamen unánime, la Corte de Apelaciones del Maule sentenció a cinco años y un día de reclusión al ex policía uniformado Primitivo José Castro Campos como responsable del homicidio de Carlos Roberto Fuentealba Herrera, hecho ocurrido el 22 de junio de 1974 en la capital la Séptima Región. El fallo hace expresa mención a que en Chile se debe aplicar los Convenios Internacionales de Ginebra, debido a que el máximo tribunal reconoció su plena vigencia en Chile, pese a que no se encuentran incorporados a nuestra legislación. 'Ha sido la Excma. Corte Suprema en la causa sobre homicidio calificado de los estudiantes y miembros del MIR, Hugo Rivol Vásquez Marínez y Mario Edmundo Superby Jeldres […] la que ha señalado que en la época en que ocurrieron tales hechos el territorio nacional se encontraba jurídicamente en estado de guerra interna, lo que hace aplicable la normativa del Derecho Internacional Humanitario”, señala la resolución redactada por el ministro Eduardo Meins Olivares. El dictamen llama la atención, ya que anteriormente el tribunal de alzada talquino se había negado a aplicar los Convenios de Ginebra en otras dos causas de derechos humanos, aplicando la figura de la prescripción a los responsables de los crímenes.

Condenas en Región de Los Lagos

En tanto, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt ratificó las condenas a los ex carabineros Hernán Escobar Hinostroza, Víctor del Camen Retamal Carrasco, Joel Osorio Morales y Desiderio García Vargas por el homicidio de Nelson Llanquilef Velásquez ocurrido el 8 de octubre de 1973 en Puerto Ramírez, Región de Los Lagos. Los ex uniformados fueron sentenciados a 5 años y un día de reclusión, rebajándose la pena de 10 años de reclusión que había dictado en primera instancia el juez de Letras de Chaitén en octubre de 2005. 'Si bien se trata de agentes de Estado los ejecutores del ilícito, su forma de actuar y circunstancias, no se encuentran dentro del marco de sus funciones públicas, ni son en pro del bien jurídico colectivo, que como tal debían amparar, sino que por el contrario han actuado apartándose claramente de su deber de Carabineros de Chile, procediendo a ejecutar la desaparición forzada y secuestro de una persona”, señala la resolución.


HERIDAS QUE COMIENZAN A CERRAR

Fuente :Diariolatribuna.cl, 29 de Mayo del 2007

Categoría : Prensa

Familia de angelino ejecutado durante Gobierno Militar logra hacer justicia

Responsable del homicidio de Carlos Roberto Fuentealba Herrera, muerto en 1974, deberá pasar 5 años y un día recluido luego de que se determinara que no actuó en legítima defensa, como argumentó. Más de treinta años después. Dicen que la justicia tarda, pero llega y esta afirmación se aplica fielmente en el caso de Carlos Roberto Fuentealba Herrera, angelino ejecutado en Talca el año 1974, meses después de haber abandonado la capital provincial, cuando permanecía sumido en la clandestinidad para evitar que su militancia política significara su detención en aquellos turbulentos días.  Murió implicado en actos terroristas según la versión de la época, pero sus hijos, en ese entonces de cuatro, cinco y seis años de edad, jamás se conformaron con aceptar tal aseveración, pese a que nunca nadie, quiso darles mayores detalles respecto a lo sucedido realmente con su progenitor. Es una historia compleja, pero quizás similar a la sufrida por muchas familias chilenas luego de la intervención militar de 1973. Carlos Fuentealba era militante comunista, y como trabajador de la planta Iansa de Los Ángeles también era dirigente en el sindicato de esta fábrica. Conocedor del destino que muchos de sus compañeros capturados habían corrido, este hombre decidió huir a Talca, capital de la Región del Maule. Su nombre figuraba entre los requeridos por los bandos militares para presentarse en el Regimiento de Los Ángeles y por su filiación política y su calidad de dirigente sindical corría serio riesgo. Así, en esa ciudad estuvo bajo cobijo seguro durante varios meses.  En Los Ángeles, en tanto, quedó su esposa junto a los tres pequeños niños, quienes desde ese momento debieron asimilar esta ausencia, que se extendería por el resto de sus vidas.  Esto, porque su madre, Lidia Cea Filla, les entregó una vez adolescentes sólo algunos detalles de lo acaecido durante esos meses en la clandestinidad, tiempo en el cual el fallecido trabajó en labores campestres, cerca de San Clemente. Les contó, por ejemplo, que ella visitó algunas veces a su marido en aquella localidad y que él, temerariamente, regresó a Los Ángeles para visitar a sus familiares, compañera y descendencia.  Ese relato tuvo una abrupta interrupción una noche de junio de 1974, cuando Fuentealba intentó evadir la acción de los efectivos policiales, y fue herido por un disparo de uno de ellos. El impacto, en pleno corazón, lo dejó tendido en la calle.  Una semana antes de su muerte, su mujer había sido capturada en Talca por la Policía de Investigaciones, que investigaban denuncias por infracción a la Ley de Control de Armas. Ocho días estuvo detenida, después de ser puesta a disposición de la Fiscalía Militar. El día en que fue puesta en libertad incondicional, el 26 de junio, se enteró del deceso de su esposo.  La más triste noticia, con la cual debió cargar desde entonces, y sobre la cual no quiso ahondar con su prole, a la que se dedicó a criar con absoluta dedicación. Sin embargo, y comprensiblemente, algo quedó en el alma de los tres descendientes, algo que se negó a aceptar que el único recuerdo al que podrían recurrir cuando se les preguntara sobre su padre sería el retrato que colgaba en una pared de su casa. 

EL LARGO CAMINO DE LA JUSTICIA 
Así, los tres hijos, encabezados por Ana Fuentealba Cea, algunos años después de la muerte de su madre, ocurrida en 1997, emprendieron su cruzada en busca de la verdad y, por cierto, de la justicia. En concreto, el 2003, enviaron una carta al entonces Presidente Ricardo Lagos para lograr que se iniciara alguna acción, y así poder esclarecer las razones de su muerte.  Esto, porque los reportes oficiales publicados en ese entonces, catalogaron la muerte del angelino como la de un extremista abatido por Carabineros. Según se indicó, este sujeto portaba dinamita de alto poder, además de un capuchón rojo y la fotografía de Lenin al momento de su muerte, la cual fue originada por la reacción de uno de los carabineros, que actuó en legítima defensa. La querella ante el juez exclusivo para casos de derechos humanos, Gerardo Bernales, estableció que el fallecimiento de Fuentealba no fue producto de un enfrentamiento, sino que fue uno más de los crímenes cometidos en ese oscuro periodo de la historia nacional, tal como lo consigna el informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig) y las declaraciones aportadas por familiares de la víctima que estuvieron presentes en la exhumación del cadáver. Según constataron estos testigos, los restos del hombre evidenciaban fracturas en el cráneo y heridas cortantes en distintas partes.  La querella presentada en 2003 por el abogado Roberto Celedón, por parientes de víctimas de otros tres casos ocurridos en la Región del Maule, y dirigentes de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, comenzó a dar los dividendos esperados por este grupo de hermanos angelinos. 

UNA RESOLUCIÓN QUE TRANQUILIZA 
El veredicto dictaminado durante el primer semestre del 2006 por el juez del Tercer Juzgado del Crimen de Talca, Sergio Belmar, estableció la responsabilidad en calidad de autor de homicidio del ex funcionario de Carabineros, Primitivo José Castro Campos.  La decisión fue finalmente confirmada por la Corte de Apelaciones de esa ciudad y por la misma Corte Suprema, sobre la base de que el único implicado en este caso –el otro ya no está vivo- admitió haber tomado parte en la ejecución del ilícito de manera directa e inmediata. 
Según consta en el texto de la resolución, de fecha 30 de abril de 2006, fueron desacreditaron los argumentos planteados por la defensa, que aseguraban que el ex uniformado actuó en legítima defensa.  El documento explicita la intencionalidad del hecho, al señalar que “está comprobado que el fallecido era buscado por agentes del Estado en razón de su opción política, y su muerte, de acuerdo al informe de la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, corresponde a una víctima más de la violación de derechos humanos y de la violencia política”.  Sobre esos argumentos, el deceso de este angelino se enmarca en los crímenes denominados “de lesa humanidad”, es decir, aquellos que, dada su gravedad, implican una lesión para la humanidad entera y que por esa razón, deben recibir castigo. 
Así las cosas, los jueces determinaron que no se aplica en esta causa la prescripción, en virtud de la serie de acuerdos firmados por nuestro país en esta materia, que se superpone al derecho interno.  Del mismo modo, la decisión de la Justicia también descartó la teoría de la “cosa juzgada”, es decir, que un mismo delito no puede ser sometido dos veces a examen. Ello, porque entre los elementos proporcionados por la defensa para sostener que este caso estaba sobreseído, sólo figuraba la identidad de la víctima, no así las circunstancias en que ésta dejó de existir, requisito esencial para ello.  Asimismo, el inculpado tampoco pudo probar que actuó en legítima defensa y los magistrados desvirtuaron la tesis que justificaba su accionar por la circunstancia de haber recibido órdenes superiores pues, según se lee en el documento “ellas no pueden comprender la de cometer delitos”.  De esta manera, Primitivo José Castro Campos ya está cumpliendo su condena en un centro de reclusión talquino, la cual implica un periodo de 5 años y un día.  Para Ana Fuentealba Cea, una de las hijas de este infortunado angelino, el camino recorrido hasta encontrar la verdad “ha sido doloroso, pero ha servido para limpiar el nombre de mi padre y también para tributar el esfuerzo, la dedicación y el sufrimiento que vivió nuestra madre, desde que quedó viuda a los 20 años de edad”.  Hoy de 39 años, a esta mujer le cuesta hablar de perdón para el verdugo de su progenitor, aunque asegura sentir pena por la situación de sus familiares, a quienes sólo vio en una ocasión. Respecto de ellos, puede hacer el ejercicio de ponerse en su lugar, por el hecho de haber vivido en carne propia el quedarse sin padre a tan temprana edad.  “Pero un crimen como el que él cometió, no podía quedar así”, entrega como última reflexión la vocera de esta familia de Los Ángeles, que muchas veces temió que la justicia jamás llegaría. Pero llegó.