Bravo Espinoza Nelson Iván

Rut: 3259835-8

Cargos:

Grado : Coronel

Rama : Carabineros


El dolor y la esperanza de Paine

Fuente :El Siglo 25 de Febrero 2003

Categoría : Prensa

La localidad de Paine posee el triste record de tener el mayor número de ejecutados y detenidos desaparecidos en proporción a sus habitantes. Luego del golpe militar, allí operaron bandas de civiles, policías y militares, que dejaron una reguera de sangre y dolor, asesinado a campesinos de "asentamientos" nacidos con la Reforma Agraria. En Paine aún conviven víctimas y victimarios, bajo el manto de la impunidad y el olvido. En 1979, la Justicia Militar se encargó de sobreseer los procesos abiertos por los hechos de Paine en virtud de la Ley de Amnistía de 1978, aprobada por el propio general Pinochet para cubrir sus crímenes.

Luego de 29 años, la jueza María Estela Elgarrista se acerca a la verdad.

La Reforma Agraria iniciada en los años 1960 y acentuada bajo el gobierno de Salvador Allende y la Unidad Popular, permitió que muchas familias campesinas fueran beneficiadas con la asignación de tierras que, hasta entonces, pertenecían a un puñado de latifundistas. Así, los campesinos dieron vida a los "asentamientos", pero en Paine, como en el resto del campo chileno, el 11 de septiembre de 1973 volvió todo atrás. Bandas de civiles de extrema derecha, policías y militares cobraron "venganza", asesinando a dirigentes sindicales y campesinos "asentados". Los crímenes, la impunidad y el temor se extendieron por las pequeñas localidades de Paine, Hospital, Huelquén, Culitrín, Chada, Rangue, El Vínculo, Pintué y Laguna de Aculeo. Muchos campesinos y sus familias presenciaron cómo civiles de la zona guiaban a los uniformados por los "asentamientos" entregando nombres y, las más de las veces, participando directamente en la represión y crímenes.

Hace dos semanas, y luego de 29 años, la jueza de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Estela Elgarrista, citó a familiares y victimarios a diversos careos. Holanda Vidal, esposa del detenido desaparecido Cristian Cartagena Pérez, señala: "Fui citada con objeto de la querella por el secuestro y asesinato de mi esposo, desaparecido el 18 de septiembre de 1973. Nuestro objetivo es que se procese a los culpables: carabineros de la dotación de la subcomisaría de Paine y civiles, que actuaron en conjunto. Identifiqué a varios de ellos: sargento Retamal, cabo Ortiz, Albornoz y Víctor Sagredo; y a civiles: Darío González Carrasco, hoy comerciante, miembro de Patria y Libertad, y que reconoció que detuvo a mi esposo en la Casa Escuela de Chada donde vivíamos, llevándolo a la subcomisaría, a las seis de la mañana".

Los ex carabineros han negado su participación en los crímenes durante los careos, argumentando que "estaban de guardia". "Eso me produjo un schok con paralización de mis brazos, una crisis de llanto y angustia. Es terrible revivir todo lo que pasó, verlos tan cerca, su cinismo, su osadía de negar la verdad. Verlos tan soberbios, sin aceptar que lo que hicieron fue atroz. Son los primeros careos, luego de 29 años de denuncias, búsquedas y golpear puertas. Este paso se pudo dar por todo nuestro esfuerzo y trabajo como Agrupación. No hemos transado el juicio y castigo a los culpables, y que paguen con cárcel sus crímenes".

Después de los careos debieran venir los procesamientos. La jueza tiene una larga lista de civiles, carabineros y militares del Regimiento de Infantería de San Bernardo. "Uno de los asesinos es el teniente Magaña Baum, y entre los carabineros, el sargento Verdugo, un torturador que ahora se presenta como un anciano que no ha hecho nada", agrega Holanda Vidal.

"Todos los vieron"

Juan Maureira es hijo de René Maureira Gajardo, detenido desaparecido el 16 de octubre de 1973 junto a otros 22 campesinos de los asentamientos Campo Lindo, 24 de abril y Nuevo Sendero. Presidente de la AFDD de Paine, recuerda que en la represión y asesinatos también participaron militares de la Escuela de Infantería de San Bernardo: "La jueza investiga cerca de 40 querellas presentadas ante el juez Guzmán. En Paine hay más de 70 víctimas, de las cuales aún están desaparecidos unas 40. Son los casos recopilados en el informe Rettig, pero otros nunca fueron denunciados. Presumimos que son alrededor de 100 los asesinados en Paine, la mayoría campesinos de asentamientos. La ministra en algún momento va a tener que procesar a los carabineros, civiles y militares implicados. Es lo que esperamos y lo que hemos pedido, que se haga verdadera justicia y podamos encontrar a nuestros familiares… Sabemos que el teniente Magaña tiene antecedentes de qué pasó con mi padre y otros 22 campesinos, entre otros casos. Él mató a nuestro familiares… Los carabineros han negado su participación, pero son los mismos que todavía viven en el pueblo. ¿Cómo lo van a negar si todos los vieron? Lo mismo ocurre con los civiles que actuaron. Paine es un pueblo chico".

Según los familiares jueza ha actuado con rigurosidad, cautela e inteligencia. Confían en los testimonios y declaraciones que ha logrado recopilar. Para ellos, todo apunta a que se procesará a algunos implicados. "A muchos, incluso, se les vio entrando a las casas. Hay un sinnúmero de antecedentes recopilados desde ese tiempo".

Hasta el momento, están conformes con la investigación y las diligencias realizadas por la jueza. Para ellos, es la primera investigación luego de 29 años sin conseguir justicia. Hasta el minuto se ha citado a civiles y carabineros, y se han desarrollado algunos careos: "Lo que nos da un poco de satisfacción porque nunca antes se había logrado hacer. Por el momento no hay procesados, pero la ministra sigue trabajando. Y así lo hemos podido corroborar", dice Juan Maureira. Mientras, la mayoría de los civiles y carabineros que asesinaron a los campesinos de Paine continúan viviendo en la pequeña localidad rural, en completa impunidad. "Hasta donde hemos podido ver, por primera vez se da una investigación como debe ser. Los criminales van a tener entregar información de lo ocurrido. Son los mismos carabineros, civiles y militares los que aparecen mencionados en la mayoría de los casos", concluye.

Asesinos de Paine:

Carabineros

Nelson Bravo Espinoza, capitán; Raúl Ortiz Maluenda, sargento 2º; Carlos Aburto Jaramillo, cabo 1º; José Retamal Burgos, cabo 1º; Víctor Sagredo Aravena, cabo 1º; Reyes, sargento; Luis Jara, teniente de Pintué; y los carabineros Samuel Ahumada Cabello; Raúl Donoso Figueroa; Alamiro Garrido Ubal; Jorge González Quezada; Víctor Labarca Díaz; Eduardo Molina Armijo; José Piñaleo Pérez y Jorge Verdugo, entre otros.

Civiles

Hugo Aguilera, Fernando Aguilera, Francisco Luzoro, Jorge Sepúlveda, Tito Carrasco, Claudio Oregón, Darío González Carrasco, Luis Guerrero, Mario Tagle, Ricardo Tagle, Yule Tagle, Jorge Aguirre.

Militares – Escuela de Infantería de San Bernardo

Leonel Köening Alternatt, Director; Samuel Rojas Pérez, teniente coronel; Mario Morales Durán, conscripto; Andrés Magaña Baum, teniente; Pedro Montalvo Calvo, coronel; Iván de la Fuente Sáez, mayor; Hernán Pizarro Collarte, mayor; Ciro Ahumada Miranda, mayor; Juan Carlos Nielsen Stambuck, capitán; Sergio Rodríguez Rautcher, capitán; Luis Cortés Villa, capitán; Víctor Pinto Pérez, capitán; Marcial Cobos Farías, capitán; Jorge Romero Campos, capitán; Luis Villarroel Contreras, capitán; Héctor Maturana Zúñiga, capitán; Luis Garfias Cabrera, capitán; Eduardo Silva Bravo, capitán; Sergio Valdivia M., capitán; y Julio Cerda Carrasco, capitán, entre otros.


Proceso por 45 víctimas de Paine (Octubre de 1973)

Fuente :Vicariadelasolidaridad.cl 1 de julio 2003

Categoría : Prensa

El 1 de julio de 2003 la ministra de fuero de la Corte de Apelaciones de San Miguel, María Stella Elgarrista, dictó seis procesamientos en el caso que lleva por ejecutados y desaparecidos de Paine.

Los procesados son:

El oficial de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza como autor del delito de secuestro agravado de Cristián Víctor Cartagena Pérez.

El suboficial mayor ® de Carabineros José Floriano Verdugo Espinoza como autor del delito de homicidios calificados de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quintero, Orlando Enrique Pereira Cancino, Pedro Luis Ramírez Torres y como autor del delito de homicidio frustrado de Alejandro del Carmen Bustos González.

El suboficial ® de Carabineros Aníbal Fernando Olguín Maturana, como autor del delito de homicidio calificado de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quintero, Orlando Enrique Pereira Cancino, Pedro Luis Ramírez Torres; y como autor del delito de homicidio calificado frustrado de Alejandro del Carmen Bustos González.

El suboficial ® de Carabineros José Osvaldo Retamal Burgos como autor del delito de secuestro agravado de Cristián Víctor Cartagena Pérez.

El suboficial ® de Carabineros Víctor Manuel Sagredo Aravena como autor del delito de homicidios calificados de Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quintero, Orlando Enrique Pereira Cancino, Pedro Luis Ramírez Torres; como autor del delito de secuestro agravado de Cristián Víctor Cartagena Pérez y como autor del delito de homicidio calificado frustrado de Alejandro del Carmen Bustos González.

El suboficial ® de Carabineros Rogelio Lelan Villarroel Venegas como autor del delito de secuestro agravado de Cristián Víctor Cartagena Pérez.

El 9 de septiembre la ministra de fuero María Stella Elgarrista procesó al brigadier ® del Ejército Víctor Raúl Pinto Pérez, como autor del delito de secuestros seguidos de homicidios calificados de Juan Guillermo Cuadra Espinoza, Carlos Manuel Ortiz Ortiz e Ignacio del Tránsito Santander Albornoz. El brigadier ® quedó con detención preventiva por los delitos de secuestros seguidos de homicidio calificado..

En el mismo fallo quedó en calidad de reo el teniente coronel ® del Ejército Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau, procesado en mayo de este año como autor de los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado según corresponda en la causa, quedó procesado como autor de los delitos de homicidio calificado y secuestro agravado, con excepción de los de: Cristián Víctor Cartagena Pérez, Carlos Chávez Reyes, Raúl del Carmen Lazo Quintero, Orlando Enrique Pereira Cancino, Pedro Luis Ramírez Torres; como autor de los delitos de secuestros seguidos de homicidio calificado de: Juan Guillermo Cuadra Espinoza e Ignacio del Transito Santander Albornoz; y como autor de homicidio calificado frustrado de Alejandro del Carmen Bustos González.


Corte de Apelaciones de San Miguel confirma condenas de 15 años de cárcel a excarabineros por desaparecidos de Paine en 1973

Fuente :resumen.cl, 10 de Junuo 2022

Categoría : Prensa

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, dictó sentencia de segunda instancia, en el caso conocido como Episodio subcomisaría de Paine y condenó a dos excarabineros a 15 años de cárcel por el secuestro calificado del comerciante Luis Nelson Cádiz Molina y del profesor Alberto Leiva Vargas, hechos ocurrido a partir del 14 de septiembre de 1973, en la comuna de Paine.

Los ministros Patricio Esteban Martínez y Marcelo Ignacio Ovalle (s) junto al abogado integrante, Ignacio Castillo Val, confirmaron lo resuelto por la ministra Marianela Cifuentes en julio del 2021, en su fallo de primera instancia, y dejaron a firme las condenas de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, como autores de secuestro calificado de ambas víctimas, a los carabineros José Retamal Burgos y al excoronel Nelson Bravo Espinoza, quien se desempeñaba como jefe de la comisaría de Carabineros de Paine en ese entonces y quien actualmente se encuentra cumpliendo condena en el penal de Punta Peuco por estar vinculado en otras causas de crímenes de lesa humanidad.

Cabe señalar que eran cuatro los acusados en esta causa por los delitos mencionados. Dos de ellos fallecieron antes de ser condenados, mientras que Retamal Burgos falleció en octubre de 2021, meses después de ser condenado en primera instancia por la ministra Cifuentes.

Para el abogado Nelson Caucoto, querellante en este caso, se trata de "una buena noticia para los familiares de estas víctimas, que han esperado 49 años para que el Estado de Chile les haga justicia a sus seres queridos", señaló.

En ese sentido, Caucoto enfatiza en que "se está terminando el juicio, pero queda pendiente lo más importante: aparte de sancionar a los responsable, ubicar los cuerpos de estos dos chilenos desaparecidos. Ésa es y sigue siendo una tarea pendiente, que debemos asumir como sociedad".

Luis Nelson Cádiz Molina y Alberto Leiva Vargas, son dos de las de 70 víctimas que fueron ejecutadas y desaparecidas por la dictadura en Paine, en su mayoría campesinos de la zona, la cual vivió su propio holocausto, convirtiéndose, en proporción a nivel país, como uno de los lugares más golpeados por la represión.

Los hechos

De acuerdo con la investigación sustanciada por la ministra Marianela Cifuentes se pudo establecer que "el día 14 de septiembre de 1973, tras tomar conocimiento de un requerimiento en su contra, Luis Nelson Cédiz Molina, se presentó voluntariamente en la Subcomisaría de Carabineros de Paine, lugar en el que se le mantuvo encerrado, sin derecho y que, en lugar de ser puesto a disposición de la autoridad judicial, se desconoce a la fecha su paradero".

"Que, el mismo día, en horas de la tarde, Alberto Leiva Vargas, empleado auxiliar de Educación Fundamental del Instituto de Educación Rural y estudiante de filosofía de la Universidad Católica de Chile, fue detenido en su domicilio en calle Baquedano 806, en la comuna de Paine y, acto seguido, trasladado a la referida unidad policial, lugar en que se le mantuvo encerrado y hasta la fecha se desconoce su paradero",

"Que en la época de los hechos la Subcomisaría de Carabineros de Paine se encontraba bajo el mando de del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, secundado por los suboficiales José Floriano Verdugo Espinoza y Manuel Antonio Reyes Álvarez, actualmente fallecidos, quienes se turnaban en sus funciones cada 24 horas".

"Que en ese tiempo la guardia de la referida unidad policial estaba a cargo de carabineros José Retamal Burgos Y Víctor Manuel Sagredo Arenas, quienes también se turnaban en sus labores cada 24 horas".


Episodio Paine: Corte de San Miguel confirma condenas a ex coronel y a empresario por homicidio de dos jóvenes del MIR

Fuente :eldesconcierto.cl, 6 de Abril 2021

Categoría : Prensa

“Lo que ocurrió en Paine es que hubo una reacción de la burguesía patronal del campo, que se vio muy perjudicada con la reforma agraria. Muchas de las víctimas son asentados, es decir, gente que había sido favorecida con la entrega de la tierra”, sostuvo en conversación con El Desconcierto el abogado querellante Nelson Caucoto.

La  Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, confirmó la sentencia de primera instancia y mantuvo la condena del ex coronel de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza y del empresario Juan Francisco Luzoro, por los homicidios de dos jóvenes militantes del MIR el 16 de septiembre de 1973, en el fundo Santa Rosa de la localidad de Paine.

La sala integrada por los ministros Diego Simpértigue Limare y Ana Cienfuegos Barros y abogado Integrante señor Carlos Castro Vargas, confirmó lo resuelto por la ministra Marianela Cifuentes, en abril del año pasado, y condenó a Bravo Espinoza a 12 años de presidio mayor en su grado medio como autor de los delitos de homicidio de Saúl Cárcamo Rojas (20) y Ricardo Carrasco Barrios (19).

Mientras que Luzoro quedó condenado a la pena de 8 años como autor del homicidio calificado solo de Carrasco Barrios.

Cabe señalar que este caso, conocido como episodio Paine, comprende la investigación de 70 víctimas en total, en su gran mayoría campesinos de la zona.

El abogado querellante, Nelson Caucoto, conversó con El Desconcierto y sostuvo que “esto trae una cierta tranquilidad a los familiares, que han estado durante tantos años bregando porque se haga justicia y empiezan a conseguirlo después de 48 años”. Sobre esto último afirmó que “es muy tardía la sentencia”.

El profesional, explicó que “los militantes del MIR fueron muy perseguidos y solo eran cuatro o cinco en Paine, eran puros cabros chicos. Esto da cuenta del tipo de represión que se dio en esa localidad, que fue brutal”.

Sobre la gran cantidad de años que transcurrieron entre los hechos y la sentencia, Caucoto entregó un dato: “Aquí habían más procesados. Tres por lo menos de los civiles y esos murieron. Habían carabineros y también murieron, eso demuestra cómo el paso del tiempo perjudica la resolución de estas causas. Porque debió haber terminado con muchos más condenados”.

En este sentido, el fallo también aprobó los sobreseimientos definitivos parciales dispuestos en favor de los procesados civiles Juan Manuel Balcázar Soto, Claudio Antonio Oregón Tudela y Mario Emilio Tagle Román, por encontrarse fallecidos.

“Se cobraron revancha con esta gente”

Caucoto explicó que de las 70 víctimas, casi todos eran campesinos. “Lo que ocurre en Paine es que hubo una reacción de la burguesía patronal del campo, que se vio muy perjudicada con la reforma agraria. Muchas de las víctimas son asentados, es decir, gente que había sido favorecida con la entrega de la tierra”, sostuvo.

“Es la reacción de los dueños de los fundos que han sido expropiados y fue la reacción del sector patronal. Esto es muestra de la fiereza con la que se actuó en contra del gobierno de la Unidad Popular. Aquí se cobraron revancha con esta gente que era de los sectores más vulnerables de la sociedad”, afirmó.

Ahora, las defensas todavía tienen la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema. Al respecto, el abogado querellante aseguró que tiene “las mejores expectativas”, si es que se llega a esa instancia. Además, buscará que se condene a Luzoro por el homicidio de Cárcamo Rojas y no solo por el de Carrasco.

Acribillados por civiles y uniformados

Según la investigación de la ministra Cifuentes, se pudo establecer  que “el día 14 de septiembre de 1973, en horas de la noche, funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza, allanaron el inmueble de calle 18 de Septiembre N° 3.590, del asentamiento campesino ‘Arco Iris’, en búsqueda de Saúl Sabastián Cárcamo Rojas, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, MIR, quien no se encontraba en el lugar desde el día 11 del mismo mes”.

“Que al día siguiente, en horas de la noche, Cárcamo Rojas regresó a su domicilio, haciendo presente a familiares su temor a ser detenido, junto a otros jóvenes del sector, a raíz de su militancia política”.

“Que, el día 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, una caravana compuesta por funcionarios de Carabineros de la Subcomisaría de Paine, unidad policial que, a la fecha, se encontraba a cargo del capitán Nelson Iván Bravo Espinoza y civiles, entre ellos Juan Francisco Luzoro Montenegro, se dirigieron al asentamiento ‘Santa Rosa’ de Paine, lugar en el que se ocultaban, entre otros, Ricardo Eduardo Carrasco Barrios”.

“Que, acto seguido, encontrándose detenido Carrasco Barrios, lo hicieron correr hacia un canal cercano y, en ese instante, le dispararon por la espalda, provocándole la muerte, siendo lanzado su cadáver a dicho canal”.

“Que, tras tomar conocimiento del operativo que se desarrollaba en el asentamiento ‘Santa Rosa’ de Paine, en el que resultó fallecido el militante del MIR Ricardo Carrasco Barrios, Saúl Sebastián Cárcamo Rojas huyó hacia los potreros situados en las inmediaciones de su domicilio”.

“Que, concluido el mencionado operativo, la misma caravana, compuesta por funcionarios de carabineros de la Subcomisaría de Paine y por civiles, entre ellos, Juan Francisco Luzoro Montenegro, previamente concertados, se dirigió hasta el domicilio de Cárcamo Rojas, encontrándolo en las inmediaciones, lugar en el que dispararon en su contra, causándole la muerte a causa de un traumatismo cráneo facial y torácico”.


Corte de San Miguel confirma condenas por crimen de profesor rural de localidad de Chada en 1973

Fuente :resumen.cl, 9 de Mayo 2023

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirmó la sentencia que condenó a dos ex funcionarios de Carabineros (un ex oficial y un ex carabinero) y a dos individuos civiles, por su responsabilidad en el secuestro calificado del profesor rural Cristián Víctor Cartagena Pérez, perpetrado a partir del 18 de septiembre de 1973, en la localidad de Chada, comuna de Paine.

En fallo unánime (causa rol 1968-2022), la Primera Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras María Catalina González Torres, Dora Mondaca Rosales y abogado (i) Ignacio Castillo Val- ratificó la sentencia dictada por la ministra en visita extraordinaria Marianela Cifuentes Alarcón, que condenó al ex oficial de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza, en calidad de autor del delito, a la pena de 12 años de presidio efectivo. Este sujeto, a la época de los hechos, ostentaba el grado de capitán y fungía como jefe de las Subcomisaría de Paine y de la Subcomisaría de Buin.

En tanto que el ex carabinero Rogelio Lelan Villaroel Venegas fue condenado a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor ejecutor. Mientras que los individuos civiles de ultraderecha Juan Francisco Luzoro Montenegro y Rubén Darío González Carrasco fueron condenados a la pena de 8 años de presidio efectivo en calidad de autores ejecutores.

Otros carabineros e individuos civiles implicados en este crimen (y en otros cometidos en esa comuna) han fallecido en el curso del proceso. Por su parte, el condenado ex coronel de Carabineros Nelson Bravo Espinoza se encuentra recluido en el penal Punta Peuco cumpliendo condenas por otros hechos criminales perpetrados en la época posterior inmediata al golpe militar en la comuna de Paine, tales como los episodios de Campo Lindo, Canal Viluco, Panadería El Sol, La Estrella, Díaz Manríquez, Godoy Román, Martínez Vera, y Silva Carreño.

En la investigación judicial se pudo establecer que el profesor y militante del Partido Comunista Cristián Cartagena Pérez, de 30 años de edad, era Director de la Escuela de Chada, lugar donde vivía junto a su cónyuge, también profesora en esa escuela, y a sus hijos pequeños.

Durante la madrugada del 18 de septiembre de 1973, el profesor Cartagena Pérez fue detenido en su lugar de vivienda por funcionarios policiales de la Subcomisaría de Carabineros de Paine, entre ellos, el sargento José Osvaldo Retamal Burgos (ya fallecido) y el carabinero Rogelio Lelan Villarroel Venegas, acompañados por los civiles derechistas Rubén Darío González Carrasco y Juan Francisco Luzoro Montenegro, entre otros.

Acto seguido, lo trasladaron hasta la Subcomisaría de Paine, lugar en que se le mantuvo ilegalmente encerrado, sometido interrogatorios y torturas, y desde donde se le hizo desaparecer, desconociéndose hasta la fecha su paradero

por Darío Núñez