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Sentencia por homicidio de Juan Alegría Mundaca

El Mostrador - 19 de Julio del 2000

Texto completo del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago

La siguiente es la versión textual del fallo emitido por la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a cadena perpetua a Alvaro Corbalán Castilla, Carlos Herrera Jiménez y el suboficial de Ejército Armando Cabrera Aguilar, como autores del crimen del carpintero Juan Alegría Mondaca.

Tratándose de un documento extenso, para facilitar su lectura hemos seccionado el fallo en ocho partes. En ellas se entrega la redacción final de este, que estuvo a cargo de la magistrada Gabriela Pérez Paredes. El texto reproduce la sentencia del tribunal de alzada con ciertas modificaciones formuladas por los ministros, tanto de forma como de fondo. Asismismo, se exponen en detalle los argumentos que sustentan la sentencia contra cada uno de los condenados. Incluso se hace mención "a la posible participación criminal que en estos hechos pudo caber a Humberto Alfredo Guillermo Gordon Rubio". Habida cuenta del reciente deceso de este último, el fallo señala: "emita el tribunal de primer grado la resolución que a su respecto resulta menester".

El fallo por el crimen de Juan Alegría Mundaca

Santiago, diecinueve julio de dos mil. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con las siguientes modificaciones: A.- En cuanto a las tachas. En el fundamento segundo se elimina la frase "y del cual ha tenido o ha sabido antecedente o información alguna" que se lee entre las palabras "ellos" y cuya", y se agrega al final de este motivo, a continuación del punto (.), la oración "Esa suma la recibió, según su decir, a la salida de la audiencia y le fue entregada por funcionarios de Investigaciones". En el considerando cuarto, se sustituye la oración que empieza con la expresión "la que se acogerá", hasta su término, por la siguiente: "la que se rechaza por estimar que no se encuentran acreditados en autos los fundamentos en que se apoya, siendo insuficiente para desvirtuar su valor el informe psiquiátrico y la declaración de quien lo emitió para acreditar la falta de veracidad de los testigos". En el motivo séptimo se elimina la frase final, que se inicia con el vocablo "además", hasta su término. B.- En cuanto al fondo: En el considerando décimo se elimina las letras a), b), d), e), i), ñ), o), p), q), r), s), u), v), z), aa), bb), cc), o-1), p-1), q-1), r-1), ii), pp). Se reemplaza el vocablo "vasculares" que se lee en la letra a) del motivo décimo, por la locución "vascular". En dicho considerando, letra ff) se intercala a continuación del verbo "cenar" la frase "siendo la última vez el viernes.", y al final del párrafo se agrega la siguiente oración: "Agrega que su hijo trabajo en 1981 en San Felipe y luego en Valparaíso, incorporándose en 1983 al PAC de la Municipalidad de Valparaíso y que con respecto a la linterna que encontró era de color plomizo con unas rayas rojas verticales, de tamaño mediano, gruesa y estaba usada". En las letras hh) del mismo, se elimina el guarismo "1642" que se lee en la parte final y se agrega a continuación de la expresión "Se ratifica a fojas 2067." la siguiente frase: "pero se precisa que la muerte era sospechosa por la profundidad de las heridas y el tipo de corte, netos y profundos señalando, además, que mandó buscar un perito pero no recuerda si estaba presente o no el cadáver cuando fueron tomadas las fotografías, reconociendo las acompañadas al informe respectivo. Aclara que en sus informes se habló de suicidio por el antecedente telefónico que obtuvo en el Servicio Médico Legal sobre el particular". En las letras nn) se agrega lo siguiente "y en el reconocimiento en rueda de personas de fojas 670 reconoce al acompañante de Alvaro Corbalán, resultando ser Hugo Enrique Alarcón Vergara". En las letras rr) a continuación del sustantivo "Luego" con que termina el acápite, se agrega la siguiente oración: "En la diligencia de reconocimiento en rueda de presos de fojas 618, reconoce al individuo a que alude en su declaración." En las letras ss), al final del acápite, a continuación de la palabra "declaraciones", se agrega la frase: "pues como trabaja en el Departamento de Análisis de la Unidad que era como el "cerebro" de las operaciones, ahí se sabía todo y se producía todo y se informaba al escalafón superior. Señalando, además, que Ricardo Muñoz trabajaba en forma directa con Alvaro Corbalán, por eso la información es fidedigna.". En las letras vv) se agrega a continuación de la expresión "se le exhibe en el acto", el siguiente párrafo: "Precisa que comprobó la información proporcionada por el informe que le entregó sobre Lech Walescka y su abortado viaje a Chile, además, señaló que quiso intervenir la CNI para sacar "la pata" de lo que había hecho la DINE en el asesinato de Tucapel Jiménez y que contactaron a Alegría, al que un individuo de apellido Pincetti había hipnotizado y hecho hacer una declaración por la cual se atribuía el crimen de Tucapel Jiménez, le relató que a Alegría lo tenían en una pieza y que Corbalán estaba en la puerta y que le increparon que ahora le tocaba "mojarse el ..." y éste entró y había sido quien le hizo las heridas en las muñecas" En la letra F-1 se agrega a continuación del guarismo 2157 lo siguiente: "señala que se retiró en junio de 1983 de la CNI pasando a prestar servicios exteriores y precisa a fojas 871 que en la División Metropolitana de la CNI no había grupos formados para tal o cual cosa, sino que cuando se recepcionaba una orden sobre misiones específicas de búsqueda emanada del Estado Mayor de la CNI, se organizaba un grupo del personal disponible para trabajar dicha orden. Señala que Alvaro Corbalán o Julio Corbalán estaba especializado en la parte antisubversiva y le dio varias misiones y era Comandante de la Unidad de Búsqueda de Información de Materias Subversivas en la Región Metropolitana. Indica que él controlaba, fiscalizaba y conocía todas las acciones desarrolladas por los integrantes de la División y cuando lo subrogaba Canales le comunicaba las actividades. La Brigada que comandaba Corbalán dependía de la División Metropolitana. "Precisa que en la época que se desempeñó en la División Metropolitana, el subdirector de la CNI era don Marco Orrego y que el personal que se le asignaba a Alvaro Corbalán era dispuesto directamente por la Oficina de Personal de la CNI y la información se obtenía de fuentes abiertas y cerradas que eran informantes". A continuación de la letra H-1 se agrega la siguiente oración "Carlos Herrera como jefe operativo tenía plenas facultades para elegir al personal con el que iba a actuar en tal o cual misión y el equipo con que frecuentemente actuaba era, entre otros, el "Viejo Charlie" cuyo nombre era Armando Cabrera. Agrega que es poco probable que hubiera realizado alguna misión sin que se le comunicara. Expresa que conoció una vez a Corbalán en 1982, en la época del Festival de Viña del Mar, debió presentarse, pero como no lo hizo acudió a ubicarlo en el Hotel O"Higgins y pedirle antecedentes acerca de la seguridad dispuesta para el interior del recinto de aquel y para la TV. Le indico que se dedicara a lo suyo y que si tenía problemas hablara con el Director o Vice Director de la CNI. Supo que Corbalán y Herrera fueron compañeros en Artillería". Se elimina los fundamentos undécimo y duodécimo.

continuacion

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