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Procesan a cuatro ex carabineros por asesinato de alcalde



Diario la Discusion - Chillean - Jueves 13 de marzo de 2003.


A casi treinta años del sangriento asesinato del alcalde de Chillán, Ricardo Lagos Reyes, junto a su esposa embarazada y un hijo de 18 años, el juez especial, Daniel Calvo, sometió a proceso como autores del delito de homicidio calificado, a cuatro ex uniformados, entre ellos un general en retiro, sindicados como los integrantes de la patrulla que participó en el hecho ocurrido el 16 de septiembre de 1973, a pocos días del golpe militar.


El ministro de fuero dictó el autoprocesamiento en contra de los ex carabineros Juan Francisco Opazo Guerrero, Pedro Ernesto Loyola Osorio y Arturo Manuel Alarcón Navarrete, junto al ex teniente Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, todos en retiro. Este último, llegó a ser Jefe de la Zona Metropolitana con el grado de general.


Justamente, en esta dependencia de Carabineros deberá cumplir prisión preventiva Jeldres, mientras que los ex carabineros continuarán en prisión preventiva en dependencias de la capitalina Subcomisaría Pudahuel Norte, donde permanecen desde el lunes.


Una vez conocida la decisión del magistrado, los abogados defensores de los ex uniformados apelaron de inmediato a la Corte de Apelaciones, ya que el dictamen del ministro especial es una resolución de primera instancia. Según fuentes judiciales, ahora comenzarán a intensificarse las acciones judiciales, en tanto la apelación debiera ser vista esta misma semana por el pleno.


SATISFACCION DE FAMILIARES La resolución del magistrado Calvo, fue recibida con inusitada alegría por parte de la familia del ex alcalde. "Estamos muy contentos porque quiere decir que después de tantos años comienza a hacerse justicia", comentó Patricia Paredes, nuera del edil chillanejo y secretaria de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Ñuble.


La dirigente acompañó a cuatro testigos civiles que presenciaron la muerte del edil y que por temor, no se habían atrevido a hablar. Para el abogado querellante en la causa, Eduardo Contreras Mella, el dictamen del magistrado es histórico en Ñuble, especialmente porque se encuentra entre los procesados un general retirado.


"Más que satisfacción, estoy muy emocionado por los lazos de amistad que me unían a Ricardo y su familia. Pese a la impunidad durante todos estos años y donde la justicia en Chillán llegó incluso a dejar el caso en manos de los tribunales militares de Concepción, pienso que el juez dio una muestra de que con voluntad es posible hacer justicia", sostuvo el profesional, quien manifestó estar convencido que la Corte de Apelaciones ratificará la resolución en primera instancia, de lo contrario, indicó, la parte querellante recurrirá a la Corte Suprema.


Contreras anunció que los interrogatorios no terminan aquí y destacó que es posible que el juez cite a declarar a más personas e incluso determine más procesamientos.


El profesional confirmó que espera se cite, además, al coronel (R) Guillermo Toro Dávila, quien era el jefe de plaza de Chillán en 1973, por su responsabilidad como la máxima autoridad uniformada en la zona.


EL DICTAMEN DEL MAGISTRADO El texto del magistrado Calvo establece que con los antecedentes de la investigación "el día 16 de septiembre de 1973, en horas de la mañana, un grupo de carabineros fuertemente armado, sin que se encuentre justificado si actuó o no en actos de servicio, rodeó el domicilio del alcalde de la ciudad de Chillán, ubicado en Avenida O'Higgins N° 2313, del sector denominado Chillán Viejo, ingresando la mayoría de los funcionarios a la casa, mientras el resto custodiaba su perímetro.


El grupo que ingresó procedió a su registro, a continuación separaron a la familia Lagos (Ricardo Lagos Reyes, Alba Sonia Ojeda Grandón que se encontraba embarazada y por el hijo de este Carlos Lagos Salinas) de sus dependientes los que fueron encerrados en una bodega, mientras que a la familia Lagos la condujeron al patio donde les ordenaron sentarse en una escalinata y sin mediar provocación alguna, les dispararon causándoles la muerte".


Estos hechos, indica la resolución, constituye la comisión de los delitos de homicidio calificado, ilícitos tipificados y sancionados en el artículo 391 del Código Penal.


De los antecedentes, añade el magistrado, se desprenden presunciones fundadas para estimar que a los ex carabineros les correspondió participación como autor en los ilícitos señalados, "por lo que se les somete a proceso como autores del delito de homicidio calificado".


FOTO: Para el abogado querellante en la causa, Eduardo Contreras Mella, el dictamen del magistrado es histórico en Ñuble, especialmente porque se encuentra entre los procesados un general retirado 


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