Ruben ACEVEDO GUTIERREZ
26 de Noviembre 2004 La Nacion Juez rechaza amnistiar un homicidio El ministro Jorge Zepeda rechazó aplicar la amnistía y la prescripción al delito de homicidio en el caso del campesino ejecutado político Rubén Acevedo Gutiérrez, cuyo cuerpo fue sepultado por la familia en septiembre de 1973, fundamentando que el delito de homicidio, al igual que el de secuestro, son delitos de lesa humanidad que no pueden amnistiarse ni prescriben, pues así lo establece la legislación internacional de derechos humanos. La resolución del magistrado corresponde a un dictamen de formalización de acusación contra los procesados Claudio Lecaros, coronel (R) de Ejército y ex director de la Escuela de Artillería de Linares, y el suboficial (R) de Carabineros José Muñoz Pozo. La decisión del juez Zepeda fue calificada por abogados de derechos humanos como de “enorme relevancia” porque viene a transformarse, después del reciente fallo de la Sala Penal de la Corte Suprema, en la primera que establece que, aún cuando el cuerpo de la víctima haya sido encontrado o devuelto, el delito de homicidio no es amnistiable ni prescribe porque se trata de un ilícito de lesa humanidad. Además, el juez Zepeda aplicó el mismo criterio al delito de secuestro y desaparición de los campesinos Vidal Riquelme y Cesáreo Soto. Las tres víctimas eran dirigentes sindicales campesinos y sus desapariciones y muerte ocurrió el 15 de septiembre de 1973. El abogado Sergio Corbalán dijo a La Nación que “la resolución es muy relevante, porque va en la dirección de resolver en Chile los delitos de homicidio y secuestro, de acuerdo a la ley del derecho internacional”. En su documento, Zepeda dice “en cuanto al homicidio y el secuestro, ambos corresponden a lo que la normativa y conciencia jurídica humana ha denominado crímenes de lesa humanidad”.
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