Yáñez Jiménez Horacio


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Rut : 182.325-6

Fecha Detención : 22-10-1975
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 02-06-1906 Edad : 69

Lugar Nacimiento : San Bernardo

Actividad Política : Partido Socialista (PS)
Actividad : Jubilado

Estado Civil e Hijos : Casado, 11 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 152.961 de San Bernardo

F.Nacim. : 02-06-1906, 69 años a la fecha de su detención

Domicilio : Sector 8, casa Nº9, Población Pedro Aguirre Cerda, San Bernardo, Santiago

E.Civil  : Casado, 11 hijos

Actividad : Jubilado del Servicio de Seguro Social. A su detención trabajaba como obrero

C.Repres. : Militante del Partido Socialista. Ex dirigente poblacional

F.Detenc. : 22 de octubre de 1975

 

 SITUACION REPRESIVA

            Horacio Yáñez Jiménez, casado, once hijos, Jubilado del Servicio de Seguro Social, militante del Partido Socialista, fue detenido en las siguientes circunstancias: el día 22 de octubre de 1975, alrededor de las 02:00 horas de la madrugada, irrumpieron violentamente en su domicilio, 2 sujetos vestidos de civil, portando armas cortas e identificándose -verbalmente- como funcionarios del Servicio de Investigaciones, los que procedieron a detenerlo sin exhibir orden legal alguna para ello.

            Los sujetos, que habían saltado la puerta de reja de la casa y golpeado fuertemente la puerta, profiriendo amenazas de disparar para ingresar al inmueble, no permitieron a sus moradores encender las luces, de manera que sus rostros no pudieron ser apreciados cabalmente.

            Tan pronto los aprehensores hubieron ingresado a la morada, se dirigieron al dormitorio de Horacio Yáñez Jiménez, en el que éste permanecía acostado, le hicieron vestirse e indicando que deseaban conversar con él y que sólo lo llevarían para hacerle "unas preguntas", lo sacaron hacia la calle y lo introdujeron en un vehículo tipo station wagon, color blanco, en el que se divisaba un logo que decía "defensa" conduciéndolo con destino hasta hoy desconocido.

            Fueron testigos presenciales de estos hechos su cónyuge, doña Leontina Muñoz Gómez y dos hijos del matrimonio, Silvia y Juan.

            Inmediatamente de producida la detención del afectado se comunicaron telefónicamente con el Cuartel de la Policía de Investigaciones de San Bernardo, informándoseles que personal de ese servicio no había intervenido en los hechos expuestos.

            Tiempo después, leontina Muñoz señalaría que los agentes que detuvieron a su esposo vestían uniforme de color gris, con beatle azul y botas, vestimenta que coincide con el que usan los efectivos de la Fuerza Aérea.

            En declaración jurada prestada por Marta Yáñez Muñoz, hija del afectado, ésta expresa que el 30 de junio de 1978 concurrieron hasta su domicilio de la Población La Portada de San Bernardo, tres personas bien vestidas, las que identificándose como funcionarios del Servicio de Investigaciones, procedieron a señalar que venían encomendados por el señor Presidente de la República a inquirir datos respecto de la víctima, y a fin de investigar la efectividad de tal situación. En esta oportunidad, se les prestó a los "visitantes" toda la colaboración posible proporcionándoles todos los antecedentes por ellos requeridos, a fin de lograr mejores resultados de investigación.

            Al día siguiente, volvieron dos de las personas mencionadas, a consultar nuevamente a los familiares, respecto de la ubicación de Placilla, lugar de nacimiento de Horacio Yáñez Jiménez.

            Hasta la fecha el afectado permanece en calidad de desaparecido.

           

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 10 de diciembre de 1975, Hernán Yáñez Muñoz interpuso un recurso de amparo en favor de su padre, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que roló bajo el Nº1651-75.

            El 30 de diciembre, el Director de Inteligencia de la Fuerza Aérea, General de Brigada Enrique Ruiz Bunger, informó que el afectado no ha sido detenido por esta Dirección.

            El 7 de enero de 1976 se certificó en autos que el señor Ministro del Interior, por Oficio Nº27-F-389 ha informado que Horacio Yáñez Jiménez no se encuentra detenido por orden de esta Secretaría de Estado.

            Para mejor resolver el recurso, la Corte ordenó el 8 de enero de 1976, citar a primera audiencia al recurrente, quien ratificó las circunstancias que rodearon la detención del afectado, agregando que los sujetos que la practicaron se movilizaban en una camioneta blanca tipo station wagon, con el disco blanco, cuyas características son similares a las que utiliza la Fuerza Aérea.

            Siempre como medida para mejor resolver, y habiéndose oficiado al Comandante en Jefe de la Segunda División de Ejército y al Comandante del Comando de Combate de la Fuerza Aérea, General Mario Viveros Avila, se informó que el afectado no se encuentra detenido ni procesado ante el II Juzgado Militar de Santiago ni ante los Tribunales de Aviación.

            Con los antecedentes expuestos, la Corte rechazó el recurso de amparo interpuesto y ordenó remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente, a fin de que se investigue la existencia de un posible hecho delictuoso en el desaparecimiento de Horacio Yáñez Jiménez, con fecha 9 de marzo de 1976.

            Estando pendiente la tramitación del recurso de amparo rol 1651, la hija del afectado, Marta Yáñez Muñoz, interpuso un nuevo recurso de amparo en favor de su padre el 23 de enero de 1976, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, el que roló bajo el número 98-76.

            En el escrito pertinente la recurrente solicitó se requiera informes al Ministro del Interior, Dirección de Inteligencia Nacional, a la Dirección de Inteligencia de la Fuerza Aérea y al Comandante del Campo de Prisioneros de "Cuatro Alamos", accediendo la Corte sólo a la primera de las diligencias pedidas.

            El 30 de enero de 1976, se acompañó a los autos declaración jurada de doña Silvia Yáñez Muñoz, testigo presencial de la detención del afectado.

            Con fecha 6 de febrero, se certificó en autos que el Ministerio del Interior, por Oficio Nº615 de fecha 2 del corriente, ha informado que Horacio Yáñez Jiménez, no se encuentra detenido por orden de esta Secretaría de Estado.

            Con el sólo mérito del informe transcrito, la Corte rechazó el recurso interpuesto el 9 de febrero de 1976, ordenando remitir los antecedentes al Juzgado del Crimen que corresponda, a fin de que se instruya sumario para investigar la posible comisión de un delito en el desaparecimiento del afectado.

            Apelada la resolución precedente, fue confirmada por la Corte Suprema el 17 de febrero de 1976, sin que el Máximo Tribunal se hiciera cargo de la solicitud contenida en el escrito en que se fundamentó la apelación, de oficiar, con el fin de mejor resolver el recurso interpuesto, al Ministerio del Interior, a la Dirección de Inteligencia Nacional y al Comandante del Campo de Prisioneros de "Cuatro Alamos".

            De esta manera, y por Oficio de la Corte de Apelaciones de Santiago, se inició ante el Juzgado del Crimen de San Bernardo el proceso rol 44.956, con el fin de investigar la presunta desgracia de Horacio Yáñez Jiménez, con fecha 17 de marzo de 1976.

            El 18 de marzo concurren al Tribunal a ratificar los hechos denunciados, Marta y Hernán Yáñez Muñoz.

            El 26 de octubre de 1976 se agregó a los autos la orden de investigar despachada a la Policía de Investigaciones, la que no arrojó antecedentes que permitieran establecer el paradero del afectado. Luego de entrevistar a los recurrentes de los amparos interpuestos, y de dejar constancia de no haberse entrevistado a la cónyuge del afectado, Leontina Muñoz Gómez, a petición de su hijo, y en atención a su delicado estado de salud, se verificaron diligencias infructuosas en la Secretaría Ejecutiva Nacional de Detenidos (Sendet) y en el Instituto Médico Legal.

            El 1º de diciembre de 1976, Marta Yáñez Muñoz interpuso en favor de su padre y ante el Juzgado del Crimen de San Bernardo, una denuncia por el delito de secuestro, la que roló con el Nº45580-H.

            Con fecha once de enero de 1977, prestaron declaración ante el Tribunal los testigos presenciales de la detención del afectado, su cónyuge Leontina Muñoz Gómez y sus hijos Silvia y Juan Yáñez Muñoz, además de la denunciante, todos los cuales confirmaron las circunstancias de la detención de Horacio Yáñez Jiménez.

            Despachada una nueva orden de investigar a la Policía de Investigaciones, ésta tampoco permitió establecer el paradero del afectado. Se verificaron diligencias sin resultado en establecimientos carcelarios y hospitalarios, como asimismo en el Instituto Médico Legal y lugares de detención.

            El 26 de julio de 1977 se ordenó acumular la denuncia por secuestro a la causa rol Nº44.956-1, sustanciada ante el mismo Tribunal y por los mismos hechos, conservando el rol señalado y siguiendo una tramitación conjunta.

            Se debe hacer presente que, durante la tramitación del proceso, la denunciante solicitó la práctica de las siguientes diligencias, todas las cuales fueron debidamente reiteradas y en su mayoría no fueron cumplidas, pese a estar decretadas en el escrito mediante el cual se interpuso la denuncia: se remitieran Oficios al Cuartel de Investigaciones correspondiente, al Instituto Médico Legal y a la Escuela de Infantería de San Bernardo; el 23 de febrero de 1977, se enviaran Oficios a dos hogares de ancianos de la comuna de San Bernardo; el 22 de julio del mismo año, se oficiara a todos y cada uno de los Servicios de Inteligencia del Ejército, Aviación, Investigaciones, Carabineros y a la Dirección de Inteligencia Nacional, por separado; el 12 de agosto de 1977, se despachara Oficio al Gabinete Central de Identificación, a fin de que se remita el extracto de filiación del afectado e informara si el I.M.L. había enviado copia de su ficha dactiloscópica.

            Sólo el último de los Oficios mencionados precedentemente fue informado en forma negativa por el Jefe del Subdepartamento de Dactiloscopia de la Policía de Investigaciones, Laura Silva Cárdenas, remitiéndose, asimismo por el Gabinete Central de Identificación el extracto de filiación de Horacio Yáñez Jiménez.

            El 2 de diciembre de 1977, se acompañó al proceso fotocopia de una publicación de prensa aparecida en el Diario "La Segunda" de 25 de octubre del mismo año, en la cual se hacía alusión a las respuestas dadas por el Gobierno chileno al Informe del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas, que estudió la situación de los Derechos Humanos en nuestro país, poniéndose énfasis en que, en dichas respuestas, el Gobierno chileno señaló haberse practicado una investigación sobre el caso de los desaparecidos, cuyos resultados parciales fueron informados a la Cruz Roja Internacional. Con el mérito de la noticia indicada, se solicitó se oficiara al mencionado Organismo, con el objeto de que informara sobre el particular.

            Estando pendiente la respuesta al Oficio señalado, la denunciante acompañó fotocopia de una nueva publicación de prensa que da cuenta de las declaraciones del entonces Secretario General de Gobierno, René Vidal B., acerca del esclarecimiento de la situación de 1.200 casos de presuntos desaparecimientos, cuyos nombres, en parte, se contienen en las informaciones aludidas. Con su mérito se solicita se remitiera Oficio a la persona nombrada y, posteriormente, se solicita igual diligencia respecto del Ministro de Relaciones Exteriores.

            El 17 de mayo de 1978, el Viceministro de Relaciones Exteriores, General de Brigada Enrique Valdés Puga, informa al Tribunal que los archivos de esta Secretaría de Estado no registran que el señor Horacio Yáñez Jiménez haya abandonado el país por vía de asilo.

            Por su parte, el General de Brigada René Vidal Basauri, Ministro Secretario General de Gobierno, informó el 4 de mayo de 1978, que la información requerida no es de competencia de esta Secretaría.

            Así, el 25 de mayo de 1978, el Tribunal declaró cerrado el sumario, y se sobreseyó definitivamente la causa, en virtud del D.L.2191, que extingue la responsabilidad del o los inculpados por amnistía.

            Consultada la resolución precedente, fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 28 de junio de 1978, reponiendo la causa al estado de sumario, debiendo el Juez practicar todas las diligencias que sean necesarias para el éxito de la investigación, y teniendo presente que entre los delitos denunciados está uno posible de secuestro, el que por su naturaleza es de carácter permanente.

            El 28 de julio de 1978, la denunciante acompañó al proceso fotocopia de resolución de la Corte Suprema de 27 de junio del mismo año, en virtud de la cual se determina que "los jueces del crimen emplearán el mayor celo y acuciosidad en la instrucción de los procesos por desaparición de personas, arrestos ilegales y secuestros, dedicándoles atención preferente, a fin de obtener éxito en la investigación de los hechos denunciados y de sus responsables". En el mismo escrito se solicitó se remitieran Oficios al Servicio de Investigaciones y al Gabinete Central de Identificación, a lo que el Tribunal accedió.

            El 17 de agosto de 1978, se agregó a los autos el Oficio respuesta de la sección Informática de la Policía de Investigaciones, que en lo fundamental expresa que efectuadas las consultas pertinentes, se constató que Horacio Yáñez Jiménez aparece en el listado de presuntos desaparecidos de la Vicaría de la Solidaridad de fecha 22 de octubre de 1975.

            De igual modo, el médico Jefe del Departamento de Tanatología del Instituto Médico Legal, doctor Julio Veas Ovalle, expresó por Oficio que, revisados los libros índice e ingreso de cadáveres, entre el 22 de octubre de 1975 y el 31 de marzo de 1979, no figura el de Horacio Yáñez Jiménez.

            Con el mérito de estos nuevos informes, el magistrado del Primer Juzgado del Crimen de San Bernardo, señor Hernán Cortez Ramírez, declaró cerrado el sumario y sobreseyó temporalmente la causa el 16 de mayo de 1979.

            Consultada la precedente resolución y remitido los antecedentes a la Corte de Apelaciones del Departamento Presidente Aguirre Cerda, recién instalada, fue aprobada por este Tribunal el 30 de noviembre de 1979.

            Marta Yáñez Muñoz, hija del afectado, presentó su caso ante diversos organismos internacionales.

            Así, el 21 de diciembre de 1976 hizo la correspondiente denuncia de la detención y posterior desaparecimiento de Horacio Yáñez Jiménez, a la Comisión Internacional de Juristas, solicitando expresamente tomar conocimiento del caso del afectado; dar cuenta de él a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a la Unesco, Parlamento Europeo y demás organismos internacionales, organizaciones y personalidades jurídicas, a fin que se pronuncien y realicen gestiones tendientes a superar la situación originaria de los hechos denunciados, representar la situación al Gobierno de Chile, para que se comprometa en un plazo determinado a esclarecer la situación descrita, representar a la Corte Suprema de Chile la situación de denegación de justicia, para que se comprometa a instruir a los jueces para que agoten todas las posibilidades y ejerzan todas sus prerrogativas en estos casos.

            Asimismo, los años 1977 y 1978 se denunció la situación que afectó y afecta hasta hoy a Horacio Yáñez Jiménez a las Comisiones de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), y a la Cruz Roja Internacional.

            Todos los esfuerzos por conocer la verdad de lo ocurrido resultaron inútiles; desde aquel día en que el afectado fue sacado de su domicilio en la comuna de San Bernardo, permanece desaparecido.

 


“Ruta por la Memoria” en San Bernardo incluyó memoriales en Cerro Chena y Plaza Guarello

Fuente :elcomunicador.cl 25/7/2022

Categoría : Prensa

SAN BERNARDO.- El fin de semana se llevó a cabo la “Ruta por la Memoria”, organizada por las Agrupaciones de Derechos Humanos “Jenny Barra” y “Ferroviarios Mártires de la Maestranza”, con el objetivo de visibilizar la matanza de los 11 obreros ferroviarios ocurrida el 6 de octubre de 1973. Hasta el cuartel Chena de la Escuela de Infantería llegó la seremi de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, Alejandra Jiménez, quien, en compañía del Delegado Presidencial Provincial, Miguel Ángel Rojas, el diputado (PS) Leonardo Soto y el presidente de la organización “Ferroviarios Mártires de la Maestranza”, Claudio Quintanilla, recorrió el sector conocido como “La Loma”, donde se torturó y ejecutó a 101 civiles, entre ellos 11 obreros de la maestranza de San Bernardo.

En este lugar, donde estaba la “Casa de Techo Colorado”, las agrupaciones quieren erigir un monumento recordando el suceso. Y por lo mismo, la visita de la seremi fue de gran importancia. “Hoy, familiares de las víctimas, nuevas autoridades civiles y militares visitamos juntos esos lugares y analizamos cómo habilitar memoriales que contribuyan a que nunca más chilenos asesinen a otros chilenos por su intolerancia política”, dijo el parlamentario.

Por su parte, Claudio Quintanilla sostuvo que “es muy importante que el Delegado Presidencial haya hecho esta gestión para que vinieran la seremi, porque la empresa con la que íbamos a hacer el memorial lamentablemente quebró, así que el seremi de Bienes Nacionales nos va a ayudar”.

“Estamos trabajando con el seremi de Bienes Nacionales (Germán Pino Maturana) para llevar a cabo un memorial con todas las agrupaciones de la comuna, porque nadie es dueño del cerro. Esperamos también que prontamente se reinstale la cruz que los trabajadores de la Maestranza San Eugenio hicieron en memoria de los compañeros asesinados. De hecho, ya tenemos avanzadas las conversaciones con el Ejército para esa reinstalación”, agregó.

El memorial que se planea construir está inserto en los terrenos donde se construye el Parque Metropolitano Sur (Cerro Chena), y que considera la instalación de una reja de cierre perimetral para marcar el límite con el recinto militar.

La caravana de autoridades también llegó hasta la Plaza Guarello, cuya remodelación (anunciada pero no ejecutada hasta la fecha) incluye la modificación del Memorial en honor a Jenny Barra. “Queremos que sea un espacio que se integre a la plaza, porque con la actual reja la gente piensa que es un espacio aparte. Y la idea es que las personas puedan recorrerlo y utilizarlo para diferentes manifestaciones artísticas y culturales”, dijo Susana, hermana de Jenny, joven sanbernardina, estudiante de enfermería de la Universidad Católica de Chile, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y detenida desaparecida durante la dictadura militar. Tenía 23 años al momento de su detención.