Villagra Astudillo José Caupolicán


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Rut : 3.060.023-1

Fecha Detención : 15-07-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 06-11-1933 Edad : 40

Lugar Nacimiento : San Felipe

Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Obrero Municipal

Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 3.060.023, Santiago

F.Nacim. : 06-11-33, 40 años a la fecha de detención

Domicilio : Luis Infante Cerda 5447, Villa Francia, Maipú, Santiago

E.Civil  : Casado

Actividad : Obrero municipal

C.Repres. : Vinculado al Partido Comunista

F.Detenc. : 15 de julio de 1974

 

 SITUACION REPRESIVA

            José Caupolicán Villagra Astudillo, casado, 3 hijos, obrero municipal, fue detenido el 15 de julio de 1974, alrededor de las 20:30 horas, por agentes de la DINA que se apersonaron en su domicilio y que se movilizaban en una camioneta Chevrolet C-10, de color celeste y crema, sin patente. Entre los agentes se encontraba Osvaldo Romo Mena. Testigos de los hechos fueron su cónyuge, sus hijos, y varios vecinos. Ese mismo día fue detenido Eduardo Lara Petrovich en su lugar de trabajo, la empresa I.R.T. y trasladado por sus captores a su domicilio ubicado en la Población Villa Francia. Posteriormente, tras el arresto de Villagra Astudillo, los dos fueron trasladados a Londres 38.

            Una semana antes había sido detenido en esa misma población Enrique Toro Romero, quien también se encuentra en calidad de detenido-desaparecido. Los tres pertenecían a la Comunidad Cristiana de la población.

            En el recurso de amparo interpuesto en favor de la víctima constan las declaraciones del sacerdote Mariano Puga, de doña Juana de las Mercedes Cabezas Pacheco, y de don Patricio Lara Ugas -hijo de Eduardo Lara- todos con domicilio en la población Villa Francia, quienes fueron testigos del operativo de la DINA en esa población y que culminó con el arresto de José Villagra y de Lara Petrovich. La cónyuge de la víctima, doña Rosa Irene Peñailillo Núñez, expone en el recurso de amparo que el día de los hechos, alrededor de las 17:30 horas, llegaron a su domicilio 5 sujetos de civil y preguntaron por su marido, como no se encontraba presente lo esperaron a que llegara, lo que ocurrió cerca de las 20:30 horas; los civiles le manifestaron que lo llevaban detenido para que "conversara con Eduardo Lara Petrovich", vecino de la misma población y quien también se encontraba detenido. Doña Gladys Susana de Los Angeles, domiciliada en la Villa Francia, también da cuenta en declaración jurada de los mismos hechos.

            El 23 de julio, es detenido por la DINA el sacerdote Mariano Puga Concha. El párroco de la Parroquia Cristo Liberador de Villa Francia, compareció con fecha 7 de junio de 1979 ante el 8° Juzgado del Crimen, proceso rol No.11.273 instruido por la detención y posterior desaparecimiento de Jaime Buzio Lorca. En su testimonio judicial, expone que tras ser detenido fue trasladado amarrado y con la vista vendada a un lugar que supone se trate de Villa Grimaldi en donde permaneció un día y luego fue trasladado a 4 Alamos permaneciendo incomunicado. Allí lo tuvieron alrededor de 3 días para posteriormente ser llevado a Londres 38, desde donde fue sacado para ser puesto en libertad en casa del Cardenal Raúl Silva Henríquez. En Villa Grimaldi fue interrogado intensamente en relación a 3 detenidos de su comunidad, Enrique Toro Romero, Eduardo Lara y José Villagra Astudillo, querían su interrogadores que les dijera la militancia política de estas personas. En 4 Alamos, uno de los detenidos que allí estaban, le manifestó que en una de las celdas en el marco de la ventana estaba escrito los nombres de 4 personas detenidas, los 3 ya individualizados, y el cuarto corresponde a Ramón Rojas, también de Villa Francia, quien luego de permanecer unos 4 meses detenido salió al exilio.

            Doña Rosa Peñailillo realizó numerosas gestiones con el fin de dar con el paradero de su cónyuge. En una de ellas, en carta enviada a la Jefatura de Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Santiago, recibió respuesta del Coronel Hernán Ramírez Ramírez, indicándole que gestionó ante la Secretaría Nacional de Detenidos, SENDET, "la solicitud de levantar la incomunicación a su esposo". Y que esa Jefatura no tiene tuición sobre el SENDET. Con este antecedente, concurrió a dicho organismo, lugar en el cual, tanto el Comandante Correa como con el Teniente Cienfuegos, le informaron luego de revisar un fichero delante suyo, que José Caupolicán Villagra Astudillo lo tenía la DINA y que ellos nada podían hacer por cuanto la DINA era un organismo totalmente ajeno y autónomo, que informaban cuando querían y que ellos no podían exigirle que informaran aún a punta de pistola. Pese a estas informaciones, nunca hubo un reconocimiento oficial de la detención y su familia aún desconoce la suerte que corrió en manos de la DINA.

            Cabe señalar, que en el testimonio del ex-detenido Oscar Armando Alfaro Córdova, se señala que se percató de la presencia de Lara Petrovich y de Toro Romero en Londres 38.

            En julio de 1975, su nombre figuró en una nómina de 119 personas que habrían muerto en la Argentina en enfrentamientos entre grupos de ultraizquierda o en combates con las Fuerzas Armadas Argentinas. Las revistas que publicaron dicha nómina, "LEA" de Argentina y "O'DIA" de Brasil, editaron una sola publicación sin editor responsable y sus direcciones como pie de imprenta resultaron ser falsas. Esta información fue negada por las autoridades argentinas y brasileñas, las que manifestaron no tener conocimiento de los hechos denunciados. Ante esta evidencia el gobierno militar chileno debió reconocer de que no había constancia ni de las muertes ni de que estas personas hubiesen abandonado el país. Los integrantes de esta nómina tienen en común haber sido detenidas por los servicios de seguridad chilenos y en especial la DINA y permanecer en calidad de desaparecidos desde la detención.

           

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            Con fecha 16 de julio de 1974, Doña Rosa Peñailillo Núñez, junto a las cónyuges de los otros detenidos, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, interpuso el recurso de amparo rol No.755-74 en favor de Villagra Astudillo, Lara Petrovich, y de Toro Romero, en el cual exponen la secuencia y circunstancias de las detenciones. El 17 de julio la Corte solicitó el informe correspondiente al Ministerio de Defensa y luego que el Tribunal reiterara en 3 oportunidades los oficios respectivos, esa Secretaría informó con fecha 21 de noviembre, acompañando oficios del SENDET, que los amparados no han sido puestos a disposición de la Justicia Militar y que no registran antecedentes relativos a las personas señaladas. El 15 de enero de 1975, el Juzgado de Aviación respondió en términos semejantes. A fines de enero de 1975, el Ministerio del Interior y la Jefatura de Zona en Estado de Sitio informaron no poseer antecedentes de los amparados.

            El 14 de febrero de 1975 la recurrente Rosa Irene Peñailillo, hizo entrega al Tribunal el original de la respuesta que recibiera de la parte del CRL. Hernán Ramírez Ramírez, Jefe del Estado Mayor de la Jefatura de Zona en Estado de Sitio, en la cual le indica que se dirija al SENDET para gestionar el levantamiento de la incomunicación de su cónyuge, y pone en conocimiento de la Corte la información que recibiera en el SENDET en el sentido que la víctima estaba en poder de la DINA. Asimismo, se agregan al amparo las declaraciones de Mariano Puga Concha, Juana Cabezas Pacheco, Patricio Lara Ugas, Rosa Irene Peñailillo y Gladys de los Angeles, todos testigos del arresto de Villagra Astudillo y de Lara Petrovich. Al tenor de los nuevos antecedentes, la Corte solicita informes a la DINA, organismo que el 10 de marzo de 1975 le dice al Tribunal que los respectivos informes debe solicitarlos al Ministerio del Interior o al SENDET. El 2 de abril, el Ministerio del Interior informa que no tiene antecedentes de los amparados.

            El 4 de abril de 1975, con el solo mérito de los informes de la autoridad administrativa, la Corte de Apelaciones rechazó dicho recurso y no obstante que los afectados llevaban más de 8 meses desaparecidos, la Corte no remitió los antecedentes al Juzgado del Crimen competente a fin de que instruyera sumario al respecto. El 30 de marzo de 1979, la Corte Suprema remitió al Tercer Juzgado del Crimen; de Santiago los antecedentes de personas detenidas-desaparecidas correspondiente a esa jurisdicción, a fin de abrir sumario e investigar los posibles delitos cometidos en el desaparecimiento de las víctimas. Esta resolución fue a raíz de una presentación de los Obispos a la Corte Suprema y al Poder Ejecutivo, y que motivó la designación de varios Ministros en Visita en distintas Cortes del país y la iniciación de sumarios en diversos juzgados. En el caso particular de José Villagra Astudillo, el máximo Tribunal remitió el recurso de amparo 755-74, en el cual se incluyen Toro Romero y Lara Petrovich. El 26 de julio de 1979, el tercer Juzgado del Crimen dio inicio a la causa rol N°130.923. En la orden de investigar diligenciada por la policía de Investigaciones se entrevistó a doña Rosa Peñailillo, quien junto con describir a uno de los aprehensores, lo identifica como Osvaldo Romo Mena, a quien ubicó en una de las fotografías que le exhibió un Ministro que investigó los hechos, cuando concurrió a declarar ante él en abril de 1979. También agrega que un ex-detenido, de nombre Juan Machuca, vio a su hijo en Londres 38. El Servicio de Investigaciones agrega en su informe que otras diligencias realizadas no dieron resultado alguno. Por su parte, el Tribunal solicitó informaciones a los distintos centros asistenciales de salud de la capital y ordenó a las distintas Prefecturas de Investigaciones del país averiguar el paradero de la víctima. Todas estas diligencias fueron infructuosas.

            El 23 de septiembre de 1982, la Jueza Carmen Canales Lavín sobreseyó temporalmente el proceso con el fundamento de que de los antecedentes reunidos en autos no se encuentra acreditado el delito que se investiga. A la fecha José Caupolicán Villagra Astudillo permanece en calidad de detenido desaparecido.

            El 20 de noviembre de 199 su cónyuge interpuso querella por secuestro de José Caupolicán Villagra contra los agentes de la DINA y específicamente contra Osvaldo Romo Mena. Dicha causa fue ingresada al 3er. Juzgado del Crimen de Santiago y se tramita con el rol 130.923, a diciembre de 1992 se encontraba en estado de sumario.

            La interposición de esta nueva querella se relaciona con la detención ese mismo mes del ex agente de la DINA, Osvaldo Romo Mena, quien había sido localizado en Brasil, donde vivía desde 1975 con identidad falsa. Su ubicación por diligencias practicadas por el Servicio de Investigaciones de Chile en la causa por la desaparición de Alfonso Chanfreau Oyarce, tramitada por la jueza Gloria Olivares del 3er. Juzgado del Crimen de Santiago, provocó primero su detención y luego la expulsión del territorio brasilero. A su llegada a Chile fue detenido por la justicia, él estaba requerido en varios procesos por detenidos desaparecidos. A diciembre de 1992 el agente Romo tenía 7 encargatorias de reos, una de ellas estaba dictada el 26 de noviembre en la causa del detenido desaparecido José Caupolicán Villagra Astudillo.

 


"Villa Francia Tres: testimonios sobre sus detenidos desaparecidos" (LIBRO)

Fuente :archivodigital.londres38.cl 4/10/2019

Categoría : Otra Información

"Villa Francia Tres: testimonios sobre sus detenidos desaparecidos" de Luis Morales, entre los que se incluye los casos de Eduardo Lara, Enrique Toro y José Villagra, todos pobladores de Villa Francia y víctimas de Londres 38.

LUIS MORALES HERRERA 


Historia archivística

Fuente :archivodigital.londres38.cl 2007

Categoría : Otra Información

José Caupolicán Villagra Astudillo nació el 6 de noviembre de 1933 en San Felipe. Casado, tres hijos, realizó sus estudios en la Escuela Pública de Hombres N° 1 de la misma ciudad. En 1966 participó en la formación del primer sindicato de la industria textil Jadue donde se desempeñaba como obrero y en 1970 ingresó a trabajar a la Municipalidad de Santiago. Militante del MIR y miembro de la comunidad cristiana de Villa Francia, integró el Grupo Político Militar (GPM) 4, estructura territorial correspondiente a las comunas de Maipú, Cerrillos, Villa Francia y la población José María Caro.
En tiempos de la Unidad Popular, participó en diversas acciones en Villa Francia como la organización del Centro de Abastecimiento Popular y una toma de buses colectivos y, posterior al golpe de Estado, fue parte de la resistencia junto a decenas de otros pobladores.

El 15 de julio de 1974, a los 40 años, fue detenido en su domicilio por agentes de la DINA y llevado forzosamente junto a Eduardo Enrique Lara Petrovich hasta Londres 38. Días antes de lo ocurrido, el 10 de julio, Enrique Segundo Toro Romero ya había sido arrestado. Estas tres personas, todos miembros de la Comunidad Cristiana de Villa Francia, continúan desaparecidas.

En julio de 1975, los tres nombres fueron incorporados en el montaje comunicacional conocido como lista de los 119.
El 9 de agosto de 2008 se inauguró en Villa Francia un memorial en homenaje a 15 pobladores detenidos desaparecidos y ejecutados por la dictadura militar entre los que se incluye a Villagra, Lara y Toro.

Se encuentra desaparecido.

 

Pablo Villagra Peñailillo, Comunicador Social, un hijo de 15 años. Tenía 6 años en julio de 1974, fecha de detención y desaparición del padre: José Villagra Astudillo, militante del MIR. Pablo centra su relato en los cambios provocados en la familia paterna donde se opta por el silencio frente al temor del estigma social. Su madre se aboca por completo a la búsqueda del padre, lo que acrecienta la pérdida. Los recuerdos del padre son difusos. Reconoce en el sacerdote Mariano Puga una imagen paterna por los consejos recibidos durante la adolescencia.


Condenan a 36 exagentes de la dictadura de Pinochet en Chile

Fuente :telesurtv.net 10/12/2018

Categoría : Prensa

Más de 32 exagentes fueron sentenciados a 10 años por su implicación en la desaparición de cientos de integrantes del partido Partido Comunista de Chile. 

La Corte de Apelaciones de Santiago de Chile condenó este lunes a 36 exagentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su participación en la desaparición forzada crímenes de lesa humanidad de cientos de líderes opositores de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). 

Al menos 32 exagentes fueron sentenciados a 10 años y un día de prisión por su implicación en la desaparición cientos de integrantes del partido Partido Comunista, al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y activistas de la comunidad cristiana de Villa Franca de Santiago, capital. 

Los expolicias del DINA, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Pedro Octavio Espinoza Bravo fueron señalados como los autores materiales de torturas y asesinato de los tres activistas, por lo que su pena es superior. 

Ellos fueron condenados a 15 años y un día de cárcel por el secuestro y asesinato de tres líderes opositores a la dictadura de Pinochet, Enrique Segundo Toro Romero, Eduardo Enrique Lara Petrovich y José Caupolicán Villagra Astudillo en 1974. 

Asimismo, la Corte de Chile ordenó la indemnización de unos 800.000 dólares (540.000.000 pesos chilenos) a los familiares de las víctimas del caso.

Romero, Petrovich y Astudillo fueron retenidos por las fuerzas del DIN, posteriormente permanecieron en varios centros de tortura y exterminios dispuestos en el país y finalmente desaparecieron en julio de 1974, de acuerdo al testimonio de prisioneros sobrevivientes de la dictadura. 

En tanto, 68 exagentes del DINA han sido sentenciados en esta últimas semana por su implicación en los delitos de lesa humanidad durante el régimen militar de Pinochet, en la que se estiman murieron unas 3.200 personas. 


Corte Suprema condena a 30 ex agentes DINA por otras tres víctimas de Operación Colombo

Fuente :resumen.cl 22/10/2022

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a 30 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de tres integrantes de comunidad cristiana de Villa Francia cometido en julio de 1974 en las comunas de Estación Central y San Joaquín, en Santiago.

Las tres víctimas de la acción criminal fueron el obrero de Ferrocarriles del Estado Enrique Segundo Toro Romero, de 28 años de edad, el trabajador mecánico Eduardo Enrique Lara Petrovich, de 35 años, y el obrero José Caupolicán Villagra Astudillo, de 40 años, quienes fueron incluidos en la denominada "Operación Colombo".

En fallo unánime (causa rol 3.739-2019), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier- rechazó los recursos de casación interpuesto por los condenados y confirmó la sentencia dictada en diciembre de 2018 por la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó en calidad de autores de los delitos a los ex oficiales de Ejército y ex jerarcas de la DINA César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio.

En tanto, el ex oficial de Carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, el ex oficial de Ejército Manuel Andrés Carevic Cubillos, y los agentes Hermon Helec Alfaro Mundaca, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Alberto Paz Bustamante, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Olegario Enrique González Moreno, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Araneda Araneda, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael de Jesús Riveros Frost, Leonidas Emiliano Méndez Moreno y Hernán Patricio Valenzuela Salas deberán purgar 10 años y un día de presidio.

En la investigación judicial y en la sentencia de primer grado, dictada por el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse, quedó establecido que en horas de la noche del 10 de julio de 1974, Enrique Segundo Toro Romero, afín al Partido Comunista, fue detenido en su domicilio de calle Guillermo Saavedra 5440, en la Villa Francia, de la comuna de Estación Central, por agentes de la DINA quienes lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta y lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado 'Yucatán' o 'Londres 38'. Con posterioridad, fue trasladado al recinto clandestino de detención denominado 'Cuatro Álamos', ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, recintos que eran custodiados por guardias armados y al cual solo tenían acceso los agentes de la DINA.

Así mismo, el secuestro de Eduardo Lara Petovich, también afín al Partido Comunista, ocurrió en horas de la tarde del 15 de julio de 1974, en su lugar de trabajo en la 'Industria IRT', ubicada en Av. Vicuña Mackenna N° 3333, comuna de San Joaquín. Fue detenido por agentes de la DINA quienes lo introdujeron en la parte posterior de una camioneta Chevrolet C-10 y lo trasladaron al ya referido recinto de reclusión clandestino 'Yucatán' o 'Londres 38'. En una fecha posterior, lo trasladaron al recinto clandestino de 'Cuatro Álamos'.

Finalmente, en el caso de José Caupolicán Villagra Astudillo, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), en horas de la tarde del 15 de julio de 1974, fue detenido, en su domicilio en calle Luis Infante Cerda N° 5447, de Villa Francia de la comuna de Estación Central, por agentes de la DINA. De igual modo es trasladado al recinto clandestino de detención y tortura denominado 'Yucatán' o 'Londres 38', y en una fecha posterior, también lo trasladaron al recinto clandestino 'Cuatro Álamos'.

En ambos recintos clandestinos de reclusión los tres detenidos permanecieron en condición de secuestro, sin contacto con el exterior, vendados, amarrados, y siendo continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura con el propósito de obtener información relativa a integrantes de sus grupos políticos y comunidad cristiana.

La última vez que Enrique Toro Romero, Eduardo Lara Petrovich y José Villagra Astudillo fueron vistos con vida por otros prisioneros sobrevivientes, ocurrió un día no determinado del mes de julio o agosto de 1974, siendo detenidos desaparecidos hasta la fecha.

Maniobras de desinformación

En la época, la DINA montó la denominada "Operación Colombo" tendiente a encubrir la detención y destino final de las víctimas secuestradas, haciéndolas aparecer como muertos en el exterior del país producto de rencillas internas entre los miembros de las organizaciones de izquierda que luchaban contra la dictadura. La "Operación Colombo" incluyó los nombres de 119 detenidos secuestrados en publicaciones creadas ex profeso en el exterior y reproducidas con entusiasmo criminal por la prensa chilena de la época.

El nombre de Enrique Segundo Toro Romero y de José Caupolicán Villagra Astudillo, junto a otras 58 personas, aparecieron en una lista publicada en la revista Novo O’Día de Curitiba, Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en que se mencionaba que habían muerto en Argentina.

El nombre de Eduardo Enrique Lara Petrovich apareció en el listado de 119 personas, publicado en la prensa chilena, luego que figurara, junto a otras 59 personas, en una lista publicada en la revista 'LEA' de Argentina, de fecha 25 de junio de 1975, en las que se daba cuenta que había muerto en ese país.

Otro asesinado: Cedomil Lausic

En otra causa criminal de derechos humanos, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a los ex jerarcas de la DINA y ex oficiales de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko y Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo y al agente Claudio Enrique Pacheco Fernández a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad en calidad de autores del delito de homicidio calificado del técnico agrícola Cedomil Lucas Lausic Glasinovic, perpetrado en abril de 1975, en el centro de detención clandestino Villa Grimaldi, en Santiago.

En fallo unánime (causa rol 44.105-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y el abogado (i) Ricardo Abuauad- descartó error de derecho en la sentencia y rechazó el recurso de casación en la forma deducido por la defensa del agente de la DINA y ex carabinero Claudio Enrique Pacheco Fernández, en contra de la sentencia dictada por la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en enero de 2020.

En la investigación judicial quedó acreditado que el técnico agrícola Cedomil Lucas Lausic Glasinovic, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), de 28 años de edad, fue detenido en su domicilio en la calle Carlos Cariola N° 6375, comuna de Cerrillos, el día 3 de abril de 1975, por agentes de la DINA, y luego trasladado al cuartel Villa Grimaldi. En ese recinto es encerrado e interrogado bajo tortura para, según testimonios de sobrevivientes, 'ablandarle', y obligarlo a revelar a sus captores el contacto con un alto dirigente del MIR.

Lausic arguyó la necesidad de salir a la calle para efectuar ese encuentro, cuestión que no llega a concretarse sino que, por el contrario, aprovecha la oportunidad para realizar intentos de escapar. Los intentos de fuga no prosperan y es recapturado. Llevado de regreso al centro clandestino de tortura, es sometido a una brutal e inhumana golpiza con cadenas en el patio del recinto.

La criminal represalia fue liderada por el jerarca Marcelo Morén Brito (ya fallecido) y ejecutada con saña por los ahora condenados. Al término de estas torturas, Cedomil Lausic es llevado en estado agónico hasta una celda, donde permanece durante días, hasta que finalmente fallece. Posteriormente, producto de la incesante búsqueda de sus familiares luego de su detención, sus restos son encontrados en el Servicio Médico Legal de Santiago.