Sagredo Araneda Héctor Manuel


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Rut : 6.535.417-9

Fecha Detención : 28-05-1976
Lugar Detención : Talcahuano


Fecha Nacimiento : 13-10-1951 Edad : 24

Lugar Nacimiento : Concepcion

Actividad Política :
Actividad : Comerciante ambulante

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : Sin antecedentes

F.Nacim. : 13-10-51, 24 años a la fecha de detención

Domicilio : Gibraltar 2419, Hualpencillo, Talcahuano

E.Civil  : Soltero

Actividad : Comerciante ambulante

C.Repres. : Sin militancia política conocida

F.Detenc. : 28 de mayo de 1976

 

    SITUACION REPRESIVA

            Héctor Manuel Sagredo Araneda, soltero, comerciante ambulante, sin militancia política conocida, fue detenido en su domicilio el 28 de mayo de 1976, alrededor de las 2:30 horas de la madrugada por efectivos de Carabineros pertenecientes a la Comisión Civil de la Subcomisaría "Del Canto" de Hualpencillo, Talcahuano. Por esos días se practicaron rondas masivas en el sector de Hualpencillo, una de funcionarios policiales y otra en conjunto con efectivos de la Armada, con el objetivo de detener delincuentes. Estos operativos se realizaron en horas de la madrugada y los detenidos fueron conducidos al Cuartel de la Subcomisaría Del Canto. Entre los policías que participaron en estos procedimientos se individualizó a Juan José Cerna Avila y Francisco Vera Vargas. En la tarde de ese día, alrededor de las 16:00 horas, llegó a la vivienda la conviviente de Sagredo, Lucy Olivares, quien encontró la puerta abierta y la casa toda desordenada, siendo informada por vecinas de lo ocurrido en horas de la noche. De inmediato se dirigió a la Unidad policial mencionada, donde fue informada que Héctor Sagredo se encontraba en la Cárcel de Talcahuano. Sin embargo, en el recinto carcelario le manifestaron que hacía varios meses no caía detenido. Entonces, volvió a dirigirse a Carabineros, esta vez junto a la madre del afectado, Rosario Araneda, pero en esta ocasión les respondieron que nada sabían de su familiar.

            Comenzaron entonces a buscarlo en todos los recintos policiales y hospitales, sin lograr encontrarlo, e incluso publicaron una foto suya en un periódico solicitando noticias de su paradero. Cabe señalar que esta foto fue sacada del Club Deportivo al que pertenecía, ya que en el allanamiento que practicaron en su domicilio al arrestarlo se llevaron todas las que allí había.

            Su madre sospecha que uno de los participantes en estos hechos fue un Cabo de Carabineros, ya que éste tenía rencillas personales con su hijo. También manifiesta la señora Andrade que su hijo le había contado que el carabinero Vera el mismo que participó en la detención, siempre lo vigilaba y amenazaba diciéndole que tenía que "cuidarse".

            Héctor Sagredo tenía ficha de delincuente habitual en la policía civil, calificado como "monrero" y "lanza" y con anterioridad había estado detenido por delito común.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 18 de junio de 1976 se interpuso un recurso de amparo en su favor, ante la Corte de Apelaciones de Concepción, rol 3798. Carabineros informó, por intermedio del Cabo de Guardia de la Subcomisaría Del Canto, que el afectado no se encontraba detenido ni registraba ingreso en ese Cuartel.

            El Ministro del Interior, General César Benavides, informó a la Corte que Sagredo no registraba antecedentes en esa Secretaría ni había resolución alguna que lo afectara.

            Veinte días después de haberse fallado el amparo, el Intendente Regional Subrogante, Contralmirante Christian Storaker informó que esa autoridad no había ordenado su arresto.

            El 6 de julio de 1976 se declaró sin lugar el recurso y se ordenó remitir compulsas al Juzgado del Crimen de Turno de Talcahuano, para que se investigara la comisión de algún delito.

            El 2° Juzgado del Crimen de Talcahuano, cumpliendo la orden de la Corte, acumuló los antecedentes a la causa rol 7219, que se había iniciado el 3 de junio de 1976, por parte de Carabineros de la Subcomisaría Del Canto de Hualpencillo, que daba cuenta de la denuncia formulada por la madre de la víctima, la que se ratificó en el tribunal.

            En esta causa declararon los carabineros aprehensores Cerna y Vera y el Cabo de Carabineros Santander, a quien la madre acusa de haber tenido problemas personales con su hijo. Los dos primeros reconocieron haber participado en los operativos en que se detuvo a varios delincuentes, pero ambos niegan haber arrestado a Sagredo Araneda, a quien ubicaban y conocían además por su apodo "El Vela". Santander por su lado, declaró que cuando se practicaron estos procedimientos, él se encontraba con permiso.

            Los partes de Investigaciones informaron no haber tenido resultado positivo sus indagaciones.

            En este mismo Tribunal, el 16 de julio de 1976 su madre presentó una denuncia por presunta desgracia, la que también fue acumulada a los autos que se investigaban.

            El 18 de agosto de ese año se ordenó el cierre del sumario y se dictó sobreseimiento temporal, por no encontrarse acreditado el delito, resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones de Concepción el 24 de septiembre de 1976.

            No obstante esta investigación, la Corte de Concepción, según resolución del amparo, remitió también compulsas al 1er. Juzgado del Crimen de Talcahuano, Tribunal que paralelamente inició el proceso por presunta desgracia, rol 47.194. En esta causa se diligenciaron declaraciones de la conviviente de la víctima y de su madre y el 24 de noviembre de 1976, se remitieron los antecedentes al 2° Juzgado, Tribunal que resolvió su acumulación a los autos ya sobreseídos, manteniendo dicha resolución.