Sepúlveda Contreras Daniel Mauricio


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Rut : 6.171.753-6

Fecha Detención : 20-09-1973
Lugar Detención : Toltén


Fecha Nacimiento : 24-11-1949 Edad : 23

Lugar Nacimiento : Providencia – RM

Actividad Política :
Actividad : Estudiante universitario Técnico Laboratorista

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut                   :            6.171.753-6

F.Nacim.            :            24-11-49,          23 años a la fecha de la detención

Domicilio            :            Los Copihues s/n., Toltén

E.Civil              :             Soltero

Actividad                     : Estudiante de la Carrera Técnico Laboratorista en la Universidad de Chile, Sede Temuco, Profesor de Química

C.Repres.            :            Sin militancia política conocida

F.Detenc.            :            20 de septiembre de 1973

 

    SITUACION REPRESIVA

            Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras, soltero, estudiante de la Universidad de Chile, Sede Temuco, profesor de Química en el Liceo de Nueva Toltén, sin militancia política conocida, fue detenido el 20 de septiembre de 1973, en horas de la noche, en la pensión donde vivía en calle Los Copihues de la localidad de Toltén, por efectivos de Carabineros a cargo del Suboficial Manuel Jesús Verdugo Reyes. Luego de su aprehensión, fue trasladado al Retén de Carabineros del lugar, desde donde se perdió todo rastro de su persona.

            Acerca de la efectividad de su detención, dan cuenta los testimonios de los moradores de la casa donde ocurrió el hecho, y la declaración del propio Suboficial Verdugo. Dichas declaraciones constan en el respectivo proceso judicial instruido por su desaparecimiento. Es así como que doña Teresa Rodríguez Rodríguez, dueña de la pensión de calle Los Copihues, expone que en septiembre de 1973 fue detenido en su domicilio Daniel Sepúlveda Contreras, quien había llegado ese mismo día de Santiago, por Carabineros de Toltén a cargo del Suboficial Verdugo. Agrega la testigo en su testimonio judicial, que horas después de ocurrido el arresto, cerca de las 23:00 horas, volvieron a su casa varios funcionarios de Carabineros a fin de pedir las pertenencias del afectado las que fueron entregadas por su hija Gladys Erices. Al día siguiente, concurrió uno de sus nietos al Retén Policial a consultar si podía llevar alimentos al profesor, informándosele que había sido trasladado en horas de la madrugada a la localidad de Pitrufquén.

            Don Jorge Lito Peña Erices, señala en su declaración que efectivamente concurrió al Cuartel de Carabineros a preguntar por el afectado, siendo informado que en horas de la madrugada había sido trasladado a Pitrufquén. El testigo agrega en su testimonio que fue el propio Suboficial Verdugo quien volvió a la casa a retirar los enseres del profesor Sepúlveda. Don Nelson Isidro Araneda Brun, agricultor, expone en su declaración que al 11 de septiembre de 1973 tenía a su cargo la responsabilidad administrativa del Liceo de Nueva Toltén, y que tenía su domicilio en la misma pensión en donde pernoctaba Daniel Mauricio Sepúlveda. El día de los hechos, se encontraba compartiendo la mesa con la víctima cuando Carabineros irrumpió en la cocina- comedor por las dos puertas de acceso a ella. Agrega en su testimonio desconocer la identidad de los aprehensores y a una pregunta del Tribunal, indica que él no denunció a Daniel Sepúlveda y que la policía actuó por cuenta propia.

            Por su parte, don Manuel Jesús Verdugo Reyes, Suboficial de Carabineros en retiro, expone en su declaración judicial, que en septiembre de 1973 estaba al mando de la dotación de Carabineros de Nueva Toltén y recuerda claramente cómo y por qué procedió a la detención de un joven que no era de Toltén, que trabajaba en el Liceo del lugar cuya dirección estaba a cargo de Nelson Araneda, quien le manifestó que en una conversación sostenida con Daniel Sepúlveda, éste le había contado que había participado en la toma del "Fundo Caupolicán", cuyo propietario era el propio Nelson Araneda. Esto se lo comentó un día de septiembre, alrededor de las 16:00 horas, asegurándole que ese mismo día estaría cenando en compañía de Sepúlveda en la casa de pensión de doña Teresa Rodríguez, donde ambos eran pensionistas. Señala el policía, que esa noche en la hora convenida fueron a practicar la detención de Sepúlveda Contreras haciéndose acompañar por el Sargento Haroldo Hernández y encontraron efectivamente a Daniel Mauricio cenando en compañía de Araneda; procedieron al arresto sin mayor problema por cuanto no hubo resistencia de su parte. Trasladó al detenido a la Tenencia en donde lo interrogó y a las 07:00 horas del día siguiente lo trasladó a Pitrufquén por orden expresa del Comisario de la Comisaría de ese lugar, Capitán Ramón Sergio Callís Soto. Luego de entregar al detenido, el Capitán Callís le ordenó regresar de inmediato y así lo hizo, no volviendo a tener noticias del profesor detenido. Respondiendo a una pregunta que le hace el Tribunal, niega haber retirado especies de la pensión en donde se realizó la detención. Cabe señalar, que los Carabineros Ramón Callís Soto y Haroldo Hernández Reyes se encuentran fallecidos. Asimismo, en el careo judicial realizado entre el Suboficial Verdugo y Nelson Araneda, ambos se mantuvieron en sus dichos.

            En el proceso judicial, también consta las declaraciones de ex obreros de la Municipalidad de Toltén, quienes señalan que los primeros días después del 11 de septiembre de 1973, recibieron la orden de construir una urna y de enterrar en el cementerio local a una persona que estaba en la Morgue del Hospital de Nueva Toltén, cuyas características podrían corresponder a las de la víctima.

            La madre de Daniel Sepúlveda, doña Hilda María Contreras Lara, que a la fecha de los hechos residía en Santiago, viajó los primeros días de octubre de 1973 a la localidad de Toltén a fin de hacer las averiguaciones acerca del paradero de su hijo. En momentos que se encontraba en la pensión de calle Los Copihues, fue detenida por dos Carabineros, y trasladada al Retén local. Allí conversó con un Oficial, que al parecer hacía pocos días había llegado al lugar, quien le dijo desconocer lo sucedido antes de su llegada. Le mostró el Libro de Ingresos de detenidos, constatando que efectivamente había constancia de su ingreso al recinto, pero no así de su egreso o traslado. Posteriormente fue dejada en libertad. Doña Hilda Contreras aún desconoce la suerte que corrió su hijo en manos de los Carabineros que lo aprehendieron.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 14 de noviembre de 1990, doña Hilda Contreras Lara presentó una denuncia por presunta desgracia de su hijo ante el Juzgado del Crimen de Pitrufquén, rol 19.675, en la cual señala las circunstancias en que Daniel Sepúlveda resultó detenido y su posterior desaparecimiento desde el retén de Carabineros de Nueva Toltén. En la tramitación del proceso constan las declaraciones de Nelson Isidro Araneda Brun, Teresa Rodríguez Rodríguez, Jorge Lito Peña Erices, Manuel Jesús Verdugo Reyes, cuyos dichos ya fueron expuestos. Asimismo, comparecieron ante el Tribunal, don Manuel Vielma García, ex-panteonero del Cementerio de Nueva Toltén, don Jorge René Cortes Cruces y don José Belisario Valdebenito Bravo, ambos trabajadores de la Municipalidad local, quienes expresaron que días después del 11 de septiembre de 1973 debieron construir una urna y luego dar sepultura a una persona por orden de la autoridad. El cuerpo se encontraba en la Morgue del Hospital de Nueva Toltén y figura como N.N. Respecto a esta situación, el Suboficial Verdugo señala al Juez Investigador que se trata de un detenido y que posteriormente muriera. Indica que el había salido a recorrer la población y cuando llegó el funcionario Hernández le dijo que un detenido había tratado de huir por lo que tuvo que dispararle; trasladaron al herido hasta el Hospital en donde falleció. El Suboficial dice desconocer la identidad de esta persona, limitándose a señalar que era de la localidad de Cunco.

            La 5a. Comisaría de Carabineros de Pitrufquén informó al Tribunal que los Registros correspondientes al año 1973 se encuentran incinerados de acuerdo al reglamento de la institución. En igual sentido informó la Tenencia de Carabineros de Toltén. En la respectiva orden de investigar diligenciada por la Policía de Investigaciones, se entrevistó a la denunciante y a los testigos de la detención del afectado, y al Suboficial Manuel Verdugo Reyes, quienes confirmaron sus dichos. También se entrevistó al administrador Municipal del Cementerio de Nueva Toltén, quien señaló que en los Registros de Sepultaciones, en el año 1973 no se encuentra registrado ningún N.N.

            La causa 19.675 se encuentra en tramitación, a la emisión de este informe.

 


Ministro Álvaro Mesa dicta acusación contra de Carabineros (r) por homicidio de profesor de química

Fuente :temucotelevision.cl 25/03/2019

Categoría : Prensa

El ministro en visita para causas por violaciones a los derechos humanos de las jurisdicciones Temuco, Valdivia, Puerto Montt y Coyhaique, Álvaro Mesa Latorre, dictó acusación en contra de Carlos Hernán Moreno Mena y Reinaldo Alberto Lukowiak Luppy, como autores del delito de homicidio calificado de Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras. Ilícito perpetrado en Pitrufquén, en septiembre de 1973.

En la resolución, el ministro instructor acusó, además, a Juan Alfonso Prado Ponce, como autor del delito de detención ilegal de Sepúlveda Contreras. Ilícito perpetrado en Toltén, en septiembre de 1973.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro Mesa Latorre logró establecer los siguientes hechos:

A.- Que luego del 11 de septiembre de 1973 producto de una orden emanada en todo el país, las instituciones armadas y de orden, la Tenencia de Carabineros de Toltén aumentó su dotación, al replegarse unidades inferiores a ella, comenzando a ser dependiente la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén. Como consecuencia de lo anterior, hubo una separación de funciones en ambas unidades policiales; quienes al mando de los respectivos oficiales, y junto a su personal de confianza, efectuaron diversos operativos terrestres en los cuales se procedía a detener e interrogar a personas que poseían vinculaciones de carácter político o de relevancia social; como asimismo a aquellas que eran calificadas como extremistas y eran denunciadas ante las autoridades locales; las cuales eran detenidas para finalmente ser conducidas hasta una dependencia especialmente habilitada para los detenidos políticos al interior de la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén, según se detallará en el punto C de esta presentación.

B.- Que en cuanto a la unidad del mando, la Tenencia de Carabineros de Toltén quedó conformada por su jefe, el sargento 1° Manuel Jesús Verdugo Reyes, quien hasta esa fecha se desempeñaba como jefe del Retén de la localidad de Queule, y por otros funcionarios policiales, entre los que se encontraban Juan Alfonso Prado Ponce, conductor de la unidad y el sargento 1° Haroldo Hernández Reyes (fallecido); el primero de los cuales y en compañía del segundo y/o de Manuel Jesús Verdugo Reyes, entre otros, procedían a detener y trasladar a los detenidos políticos hasta las dependencias de la unidad; para posteriormente conducirlos al recinto detallado en el párrafo precedente, al interior de la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén. Todo, por orden del capitán Ramón Sergio Callis Soto (fallecido) de la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén.

C.- Que a su vez, Ramón Sergio Callis Soto, al mando de dicha unidad policial y de sus unidades inferiores, organizó y coordinó al interior de esa comisaría un grupo especial de carabineros compuesto por funcionarios de la unidad, entre los que se encontraba el teniente Carlos Hernán Moreno y el suboficial mayor Reinaldo Alberto Lukowiak Luppy, quienes bajo las órdenes del ya referido oficial procedían a detener, sin orden judicial aparente, a personas consideradas como opositoras al Régimen Militar; las que eran aprehendidas únicamente por su filiación política y conducidas hasta el segundo piso de las caballerías de la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén; lugar donde muchos de estos detenidos fueron torturados físicamente y, al que sólo podían ingresar los miembros de este grupo especial. Desconociéndose hasta la fecha el paradero de muchos de aquellos detenidos.

D.- Que en el mes de septiembre de 1973 y tras el día 11 del mismo mes, Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras, 23 años, estudiante de la Universidad de Chile, profesor de Química del Liceo Nueva Toltén, sin militancia política conocida, fue detenido en horas de la noche por personal de la Tenencia de Carabineros de la misma comuna. Ésta se realizó en la pensión donde residía, ubicada en calle Los Copihues s/n de dicha comuna, en presencia de la dueña de casa doña Teresa Rodríguez, y del inspector del establecimiento donde el desempeñaba, de nombre Nelson Araneda, quien también pagaba pensión en ese lugar. Entre sus aprehensores se encontraba el sargento 1° Manuel Jesús Verdugo Reyes, quien como se dijo, en ese momento dirigía la tenencia de Toltén; el sargento Haroldo Hernández Reyes; y el carabinero Juan Nolberto Caamaño Toledo, de la misma unidad policial. Confirma la detención anterior, una denuncia informal ante Carabineros de Toltén realizada por el inspector ya mencionado, por supuestas vinculaciones políticas de Sepúlveda Contreras.

E.- Que al cabo de unas horas, funcionarios de Carabineros de Toltén se dirigieron nuevamente hasta el inmueble donde pagaba pensión Sepúlveda Contreras, con el objeto de retirar cada una de las pertenencias de aquél. Éstas fueron entregadas por la hija de la dueña de la pensión a los funcionarios de la tenencia ya mencionada, en presencia de un menor de edad, nieto de la sra. Rodríguez, de nombre Jorge Lito Peña Erices.

F.- Que luego de interrogarlo e imputarle un plan para asesinar a los Carabineros de Toltén, Sepúlveda Contreras fue trasladado en una camioneta -que en esa época había sido incautada a un servicio público para las labores de los uniformados- por el único carabinero que sabía conducir en dicha unidad policial, Juan Alfonso Prado Ponce, quien además era designado oficialmente para esas labores, y por el sargento 1° jefe de la Tenencia de Toltén Manuel Jesús Verdugo Retes, quienes trasladaron a la víctima hasta la 5° Comisaría de Carabineros de Pitrufquén.

G.- Que Daniel Sepúlveda fue ingresado a la 5° Comisaría de Pitrufquén y conducido hasta el segundo piso de las caballerizas de dicha unidad, lugar donde, como se dijo, a partir del 11 de septiembre de 1973 mantuvieron en calidad de detenidos a la todas las personas conducidas por motivos políticos. En este lugar Sepúlveda Contreras fue visto por otras personas detenidas, entre ellos un profesor de Inglés de nombre Óscar Seguel Jofré, quien para la fecha de los hechos se desempeñaba como director de la escuela N° 34 “Villa Donguil” y era delegado del gobierno en ese sector, razones por las cuales conocía a Daniel Sepúlveda. Incluso en aquellos momentos en que ambos se encontraban en calidad de detenidos, pudo observar el mal estado físico del estudiante, y oír sus quejas producto de lo mismo; además el joven logró comentarle que estaba haciendo su práctica de profesor en Toltén. Sin embargo, a los pocos minutos Daniel Sepúlveda Contreras dejó de quejarse, pudiendo observar que aquel joven había fallecido a su lado. Que tras lo cual, los carabineros que allí se encontraban, lo envolvieron en una frazada, sacándolo de la dependencia al cabo de media hora y no regresando nuevamente al lugar.

H.- Que a raíz de lo anteriormente expuesto, la madre de Sepúlveda Contreras, doña Hilda Contreras Lara, viajó desde Santiago hasta la comuna de Toltén a fin de averiguar lo ocurrido con su hijo. En dicha comuna, concurrió hasta la Tenencia de Carabineros de Toltén, donde le manifestaron que su hijo había sido trasladado hasta la Comisaría de Pitrufquén. Lugar al que posteriormente concurrió y en donde se le exhibió el libro de detenidos de la época, verificando que efectivamente éste había permanecido detenido en ese lugar, no existiendo una orden de egreso ni un supuesto traslado a otra unidad policial. A pesar de lo anterior realizó averiguaciones en las distintas unidades de Carabineros de la región, no obteniendo una respuesta clara sobre lo acontecido con su hijo.

I.- Que tras los episodios descritos precedentemente, la madre de Daniel Sepúlveda Contreras jamás volvió a tener noticias sobre su destino, manteniéndose en la actualidad sólo el relato existente en el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, el que da cuenta de la desaparición tras la citada detención; pudiéndose comprobar hasta ahora, como se ha dicho, que Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras falleció en presencia de don Óscar Manuel Seguel Jofré.

J.- Por último, hasta la fecha, ningún funcionario público de Carabineros de la 5° Comisaría de Pitrufquén, que se desempeñaban en la época de los hechos, han proporcionado algún antecedente a la autoridad respectiva en razón de lo sucedido con el cuerpo de Daniel Sepúlveda Contreras, manteniendo hasta el día de hoy el ocultamiento de todo tipo de antecedentes sobre su muerte.


Corte de Apelaciones de Temuco revocó auto de procesamiento dictado en contra de ex carabinero en causa de secuestro, perpetrado en Toltén, en septiem

Fuente :tiempo21.cl 2/10/2014

Categoría : Prensa

El Tribunal de alzada revocó el auto de procesamiento dictado en contra de Juan Alfonso Prado Ponce, como autor de delito de secuestro calificado del profesor Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras, ocurrido en el año 1973 en la comuna de Toltén, región de La Araucanía.

Según indica la causa rol 29.883 del ingreso criminal del Juzgado de Letras de Pitrufquén: “Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en audiencia y teniendo en especial consideración que por ahora, no se cumple en la especie, con el actual mérito de la investigación y respecto del procesado Prado Ponce, con el supuesto N° 2 del artículo 274 Código de Procedimiento Penal, por no existir a su respecto presunciones fundadas para estimar que el inculpado ha tenido participación en delito, como autor, cómplice o encubridor, por lo que SE REVOCA, la resolución apelada de fecha once de julio de dos mil catorce, escrita a fojas 520 y siguientes, en cuanto somete a proceso a Juan Alfonso Prado Ponce, dejándose sin efecto dicha imputación y declarándose que no es reo ni procesado en la presente causa”.Esta actuación de la Corte de Apelaciones libera de responsabilidades a Juan Alfonso Prado Ponce sólo en la causa del secuestro calificado de profesor del Liceo de Toltén Daniel Sepúlveda Contreras, ya que en el caso del delito de homicidio calificado de Guillermo Hernández Elgueta, perpetrado en la comuna de Toltén, en octubre de 1973, el ex funcionario de Carabineros continúa sometido a proceso, en causa que instruye el ministro en visita extraordinaria Álvaro Mesa Latorre.


U. de Chile entregará títulos póstumos a ex alumnos asesinados en dictadura

Fuente :t13.cl 9/09/2017

Categoría : Prensa

El reconocimiento simbólico irá en memoria de sus alumnos que perdieron la vida durante el régimen militar.

La Universidad de Chile fue habilitada por la Contraloría de la República para hacer entrega de la distinción de títulos póstumos y simbólicos a los ex alumnos que fueron ejecutados políticos, además de aquellos que se convirtieron en detenidos desaparecidos durante la dictadura militar.

La ceremonia que se realizará el próximo lunes 11 las 12:30 en la Casa Central y estará encabezada por el rector de la universidad, Ennio Vivaldi.  La lista consta de 104 ex estudiantes de la universidad, los que fueron asesinados entre 1973 y 1989. Entre las víctimas se encuentra Jécar Nehgme, quien es conocido por ser el último asesinado de la dictadura y que apareció muerto el 4 de septiembre de 1989 en la calle General Bulnes. (Acá está la lista completa de ex alumnos condecorados:)  extracto

alumno condecorado DANIEL MAURICIO SEPULVEDA CONTRERAS 


En prisión preventiva quedó un carabinero en retiro acusado de secuestrar a un profesor en Toltén el año 1973

Fuente :soychile.cl 04/04/2014

Categoría : Prensa

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa, procesó al ex uniformado identificado como Manuel Jesús Verdugo Reyes, por el delito de secuestro calificado del docente Daniel Mauricio Sepúlveda Reyes.

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Temuco Álvaro Mesa dictó auto de procesamiento en la investigación por el secuestro calificado de Daniel Mauricio Sepúlveda Reyes, ocurrido en septiembre de 1973 en la comuna de Toltén.

En la causa, el magistrado sometió a proceso a Manuel Jesús Verdugo Reyes, como responsable del delito, decretando en su contra la medida de prisión preventiva, la que deberá cumplir en su domicilio.

De acuerdo a la resolución en el mes de septiembre de 1973, luego del día 11 del mismo mes, el profesor del Liceo de Toltén, Daniel Mauricio Sepúlveda Contreras, fue detenido en horas de la noche por personal de la tenencia de Carabineros de la misma comuna al cabo de unas horas funcionarios de Carabineros de Toltén se dirigieron nuevamente hasta la casa donde pagaba pensión Sepúlveda Contreras, a fin de llevarse todas sus pertenencias.

La investigación agrega que "luego de interrogarlo e imputarle un plan para asesinar a los Carabineros de Toltén, Sepúlveda Contreras, fue supuestamente trasladado en un vehículo, que en esa época había sido incautado a un servicio público para las labores de los uniformados, por el único carabinero que sabía conducir en la unidad policial y el sargento que estaba a cargo de esa tenencia, hasta la comisaría de Carabineros de Pitrufquén”.

A raíz de esto, la madre del docente viajó desde Santiago a Toltén para conocer el paradero de su hijo, no encontrando ningún detalle del traslado que habría sido sometido el profesor.

Atendiendo el estado de salud del procesado, el ex uniformado deberá permanecer en su domicilio, bajo la custodia de Carabineros de Queule.


MEMORIA DOCENTE: POR LAS PROFESORAS Y PROFESORES VÍCTIMAS DE LA DICTADURA CÍVICO-MILITAR

Fuente :colegiodeprofesores.cl 11 septiembre, 2020

Categoría : Prensa

136 docentes fueron asesinados por el Terrorismo de Estado iniciado el 11 de Septiembre de 1973. Miles más fueron exonerados, exiliados, perseguidos y torturados. La organización gremial y sindical de los trabajadores de la educación fue suprimida a nivel nacional, se cerraron para siempre las Escuelas Normales que habían formado a maestras y maestros por más de un siglo y unos años después se originó la Deuda Histórica que perjudica hasta hoy a miles de educadores, como un legado permanente de la Dictadura. Así de fuerte fue el impacto del Golpe de Estado en el profesorado.

Por ello, en una nueva conmemoración de esa fatídica fecha, el Colegio de Profesoras y Profesores homenajea a los mártires de la lucha docente y reivindica su legado, recordando también que esta misma organización fue creada por la Dictadura en 1974 pero, unos años después, fue tomada por el profesorado, que la democratizó y convirtió en una herramienta útil para la lucha por la Educación. La misma entidad que el régimen creó para borrar la historia de unidad y acción de las y los trabajadores educativos es hoy una instancia de articulación para construir una nueva enseñanza sin olvidar el legado de quienes nos antecedieron. Es que la memoria está cargada de futuro.