Recabarren Rojas Manuel Segundo


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Rut : 1.464.283-8

Fecha Detención : 30-04-1976
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 18-09-1925 Edad : 50

Lugar Nacimiento : Atacama

Actividad Política : Partido Comunista (PC)
Actividad : Obrero gráfico

Estado Civil e Hijos : Casado, 6 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :  (Antecedentes completos de la Querella en contra de Manuel Contreras Sepúlveda se encuentran en la ficha de Eduardo Alarcón Jara, 30 de julio de 197

Categoría : Antecedentes del Caso

MANUEL SEGUNDO RECABARREN ROJAS

 

Rut       : 1.464.283 de Santiago

F.Nacim. : 18-09-25, 50 años a la fecha de su detención

Domicilio : "Cantares de Chile" Nº 6271, Paradero 16 de Sta. Rosa, San Miguel, Santiago

E.Civil  : Casado, seis hijos

Actividad            :            Jubilado

C.Repres. : Ex presidente de los sindicatos de Editorial Universitaria y Editorial Nacimiento. Ex dirigente nacional del gremio de Gráficos. Presidente de las Juntas de Abastecimiento y Control de Precios -JAP-de San Miguel. Dirigente del Partido Comunista

F.Detenc. : 30 de abril de 1976

*****************************************************************

 

Nombre : NALVIA ROSA MENA ALVARADO

Rut       : 7.688.548 de Santiago

F.Nacim. : 26-08-55, 20 años a la fecha de su detención

Domicilio : "Cantares de Chile" Nº6271, Paradero 16 de Sta. Rosa, San Miguel, Santiago

E.Civil  : Casada, un hijo, embarazada

Actividad            :            Dueña de casa

C.Repres. : Militante de las Juventudes Comunistas

F.Detenc. : 29 de abril de 1976

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Nombre : LUIS EMILIO RECABARREN GONZALEZ

Rut       : 5.473.525 de Santiago

F.Nacim. : 06-02-47, 29 años a la fecha de su detención

Domicilio : "Cantares de Chile" Nº 6271, Paradero 16 de Sta. Rosa, San Miguel, Santiago

E.Civil  : Casado, un hijo

Actividad            :            Técnico Gráfico. Fotomontajista

C.Repres. : Ex dirigente de la Asociación de Funcionarios de la Universidad Técnica del Estado. Militante del Partido Comunista

F.Detenc. : 29 de abril de 1976

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Nombre : MANUEL GUILLERMO RECABARREN GONZALEZ

Rut       : 7.311.072-6 de Santiago

F.Nacim. : 18-09-53, 22 años a la fecha de su detención

Domicilio : "Cantares de Chile" Nº 6271, Paradero 16 de Sta. Rosa, San Miguel, Santiago

E.Civil  : Casado, dos hijos

Actividad            :            Gásfiter

C.Repres.            :            Militante del Partido Comunista

F.Detenc. : 29 de abril de 1976

                                                                   

SITUACION REPRESIVA

            Nalvia Rosa Mena Alvarado, casada, un hijo, embarazada de tres meses, dueña de casa, militante de las Juventudes Comunistas; su cónyuge Luis Emilio Recabarren González, técnico gráfico, ex dirigente sindical; su cuñado Manuel Guillermo Recabarren González, casado, dos hijos, gásfiter; ambos militantes del Partido Comunista y su suegro Manuel Segundo Recabarren Rojas, casado, seis hijos, jubilado, ex dirigente sindical gráfico, militante del Partido Comunista, fueron detenidos por la DINA, entre el 29 y el 30 de abril de 1976. El día 29 de abril, alrededor de las 21:30 horas, Nalvia Rosa Mena fue detenida -en compañía de su esposo Luis Emilio Recabarren González, del hijo de ambos, Luis Emilio Recabarren Mena, de dos años y medio de edad y de su cuñado Manuel Guillermo Recabarren González- por agentes de la DINA en un operativo montado en el sector de Sebastopol con Santa Rosa.

            Ese día, aproximadamente a las 19.30 horas, Nalvia Rosa junto a su hijo, fue hasta el lugar de trabajo de su esposo, ubicado en calle Nataniel N° 47 para, en compañía de éste y de su cuñado Manuel Guillermo, dirigirse desde ahí hasta su hogar, cosa que hicieron alrededor de las 21:00 horas; sin embargo, no llegaron a su destino.

            El único que llegó, hasta las proximidades del domicilio, fue el pequeño Luis Emilio, quien fue abandonado alrededor de las 23:30 hrs. en el lugar, por un sujeto alto y corpulento que se movilizaba en un taxi.

            Por averiguaciones posteriores e informaciones de vecinos que fueron testigos presenciales de la aprehensión, se supo que Nalvia Rosa -con tres meses de gravidez- había sido golpeada en el vientre con la culata de una metralleta, a pesar de sus gritos y súplicas y, en estado inconsciente, introducida en uno de los vehículos en que se movilizaban los agentes.

            Al día siguiente, Manuel Segundo Recabarren Rojas, padre de los Recabarren González, salió de casa muy temprano, siendo detenido a las 07:10, en los momentos en que se disponía a abordar un bus con el propósito de iniciar gestiones tendientes a ubicar a sus familiares que habían sido detenidos la noche anterior. Desde ahí, Manuel Segundo Recabarren Rojas fue trasladado por sus captores hasta el cuartel denominado Villa Grimaldi, recinto de detención clandestino de la DINA, donde pudo ser visto por otros detenidos. Algunos de ellos, que recobraron su libertad, declararon ante la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, haberle perdido el rastro en agosto de 1976. Se consignó en el informe de esa Comisión que, desde esa fecha, de ninguno de los cuatro detenidos se ha vuelto a tener noticias.

            Cabe señalar que, a pesar que el Gobierno militar negó la detención de los afectados, constan declaraciones del 14 y 17 de julio de 1976 de la División Nacional de Comunicación Social, (DINACOS), a través de las cuales dio a conocer que tras operativos realizados por los servicios de seguridad se había logrado desbaratar treinta y dos casas-buzones del Partido Comunista, que servían de enlace entre la Dirección Nacional de dicho partido y sus Comités Regionales; además de la detención de militantes de dicha colectividad, se agregaba que no se podían entregar más antecedentes a fin de no entorpecer las investigaciones que se realizaban.

            Otro antecedente probatorio de la acción de organismos de seguridad en la desaparición de los afectados, apareció en la edición del 12 de agosto de 1976 del semanario "Qué Pasa", en el que en un artículo bajo el título "Del MIR al PC" se señala que habían sido detenidos militantes y dirigentes del Partido Comunista, tras operativos realizados por los organismos de seguridad. Incluso, se entregaban nombres de algunos de los detenidos.

           

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            El 30 de abril de 1976 se interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago en favor de Luis Emilio Recabarren González, Nalvia Rosa Mena Alvarado, Manuel Guillermo Recabarren González y de Manuel Segundo Recabarren Rojas, el que fue rolado con el N°352-76. Durante la tramitación de éste -y sólo 20 días después de ser presentado- el General de División y Ministro del Interior, Raúl Benavides Escobar, ofició informando que ninguno de los amparados se encontraba detenido por orden de esa Secretaría de Estado, agregando que la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) no registraba en sus kardexs antecedentes relativos a las víctimas, (20 de mayo de 1976). El 26 de mayo del mismo año, el Ministro Benavides reiteró dicha información. El 1° de junio de 1976, y sin otras diligencias, la Corte rechazó el amparo. La Corte Suprema confirmó la resolución el 7 de junio de 1976 ordenando a la Corte de Apelaciones que dispusiera la remisión de los antecedentes al Tribunal del Crimen correspondiente.

            Así, se instruyó, en el 2° Juzgado del Crimen de San Miguel la causa rol N°109.195, el 24 de junio de 1976, la que fue acumulada al proceso rol N°20.027-9 originado en una denuncia por secuestro que había presentado la familia de los afectados, el 18 de junio de 1976, ante el mismo Tribunal.

            El 26 de agosto de 1976, el General de División y Ministro del Interior, Raúl Benavides Escobar, informó que ninguno de los afectados se encontraba detenido por orden de dicho organismo. Ante una orden judicial, Investigaciones señaló haber concurrido a la Cárcel de Santiago, Penitenciaría y Casa Correccional, sin obtener resultados positivos. Asimismo, dijo que en los listados de la Secretaría Nacional de Detenidos (SENDET) no aparecían registradas las víctimas (30 de julio de 1977). Después de que se tomaron declaraciones a familiares, sin otras diligencias, el 30 de septiembre de 1977, se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa porque, no obstante aparecer"comprobado" con los antecedentes de autos la existencia del delito de secuestro denunciado de Nalvia Rosa Mena Alvarado, Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González y Manuel Segundo Recabarren Rojas, no existen indicios suficientes para acusar como autor, cómplice o encubridor del mismo a determinadas personas". El 17 de noviembre de 1977, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución consultada.

            El 7 de diciembre de 1977, Ernestina Elena Alvarado Rivas -madre de Nalvia Rosa Mena- interpuso una querella en contra de Nelson Rivas, funcionario civil del Ministerio de Defensa Nacional, por su calidad de encubridor del delito de secuestro perpetrado en las personas de sus familiares. En la presentación relató las circunstancias que rodearon las detenciones de ellos y agregó que en julio de 1976 había dirigido una carta al General Rolando Garay Cifuentes con el objeto de que éste, en su calidad de Jefe Militar de la Plaza de Santiago, le informara sobre el paradero de los afectados. En los primeros días de agosto, señalaba Ernestina Alvarado, concurrió al Departamento Confidencial del Ministerio de Defensa (6° piso) para inquirir sobre el resultado de la investigación solicitada al General Garay. Allí la atendió un funcionario de civil que le dijo llamarse Nelson Rivas, y quien -en una segunda visita- le comunicó que la investigación tocaba a su fin y que sus familiares se encontraban vivos y ubicados. A fines de agosto de 1976, la testigo volvió a encontrarse, por tercera vez, con Nelson Rivas, quien desmintió lo expresado en la reunión anterior. Ante la insistencia de Ernestina Alvarado, Nelson Rivas respondió "¿Le he entregado algo por escrito? Yo debo cuidar mi pellejo". El Tribunal dio lugar a la querella, reabriendo el proceso rol 20.027-9 el mismo 7 de diciembre de 1977.

            Dos días más tarde, el 9 de diciembre, el Juez impartió una orden de investigar, la que fue respondida el 9 de febrero de 1978. Sin embargo, el 7 de marzo de 1978, se debió dar una nueva orden puesto que el Tribunal verificó que la investigación anterior "no se extendió en absoluto a la persona de Nelson Rivas", sindicado como encubridor del delito de secuestro. El 19 de abril del mismo año, Investigaciones informó que "en relación al funcionario Nelson Rivas, no hay ninguno de ese nombre en el Departamento (Confidencial), ni lo ha habido anteriormente". Se agregaba que en el Departamento del Personal del Ministerio de Defensa "no se obtuvieron informaciones en relación a Nelson Rivas, por desconocerse el apellido materno y el grado que pudiera haber tenido".

            El 28 de abril de 1978, se cerró el sumario y se sobreseyó total y definitivamente la causa en virtud del Decreto Ley de Amnistía 2.191, dictado el 19 de abril de ese mismo año. El dictamen del Fiscal señaló que "acreditado el delito de secuestro investigado en estos autos y no habiéndose hasta ahora reunido antecedentes para acusar como autor, cómplice o encubridor del mismo a determinada persona, este Ministerio es de parecer de dejar sin efecto la resolución que se consulta en cuanto sobresee definitivamente la causa, y ordenar se prosiga la investigación con el objetivo señalado o, en subsidio, se sobresea temporalmente la causa". El 21 de junio de 1978, la Corte de Apelaciones de Santiago dispuso que el sobreseimiento debía tener el carácter de temporal. Se apeló de la resolución y el 4 de octubre de 1978, la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó la reapertura del sumario indicando la necesidad de individualizar al funcionario Nelson Rivas y su citación a comparecer ante el Tribunal.

            Frente a las consultas realizadas por el Tribunal, el Coronel Julio Bravo Valdés, Subsecretario de Guerra, informó, el 8 de noviembre de 1978, que Nelson Rivas no figuraba en los registros de personal del "Organismo que funciona en el 6° piso de este Ministerio". En octubre de 1979 -y después que se realizaran distintas diligencias en orden a ubicar a Nelson Rivas- el Tribunal se constituyó en el Gabinete de Identificación de Santiago, constatando que existía un total de 49 personas que respondían a dicho nombre. Se anexaron entonces al proceso las fichas dactiloscópicas de esas personas y sus respectivas fotografías. Simultáneamente se expedían Oficios tendientes a individualizar al ya mencionado Nelson Rivas. Respecto a él, el Ministro del Interior Subrogante, Enrique Montero Marx, informó el 4 de febrero de 1981, que la Superioridad de la Central Nacional de Informaciones (C.N.I.) había expresado carecer de antecedentes. El 19 de febrero del mismo año, el Coronel Rigoberto Majmud Gallardo, Jefe del Estado Mayor Subrogante de la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de Santiago, ofició diciendo que en su Repartición "no ha existido ni existe funcionario de nombre Nelson Rivas". Por su parte, el Teniente General y Ministro de Defensa Nacional Washington Carrasco Fernández, ante una consulta tendiente a identificar al Jefe de Departamento que funcionaba en el 6° piso de dicha Secretaría de Estado en agosto de 1976, comunicó que era "imposible acceder a lo solicitado" por cuanto la documentación sobre materias de personal había sido destruida por disposiciones internas puesto "que no se cuenta con el espacio suficiente para su archivo".

            El 3 de noviembre de 1982, compareció ante el Tribunal Ernestina Alvarado, la que ratificó todas sus declaraciones anteriores y expuso que ninguna de las fotos que se le exhibieron correspondía al Nelson Rivas que trabajaba en el 6° piso del Ministerio de Defensa. Agregó que, posteriormente, fue atendida en dicho lugar por el Coronel Cruz quien le dijo que efectivamente allí no había ningún Nelson Rivas y que "posiblemente se trataba de alguna persona que estaba con chapa". En un escrito de marzo de 1983, Ernestina Díaz señaló que también se habían entrevistado con el Coronel Cruz, Ana González González -madre de los hermanos Recabarren González y cónyuge de Manuel Recabarren Rojas- y Viviana Díaz Caro, hija del actualmente detenido desaparecido Víctor Díaz López. Al respecto, Ernestina Alvarado solicitó que se individualizara al Coronel Cruz y que se citara a declarar al General Rolando Garay Cifuentes. En relación a estas solicitudes, el Vicealmirante Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional, ofició diciendo que en esa Secretaría de Estado no se desempeñaba ningún Oficial Superior de apellido Cruz (29 de septiembre de 1983) y que el Mayor General Rolando Garay se encontraba en retiro, desempeñándose como Embajador de Chile en la República de Egipto. (12 de septiembre de 1983).

            Viviana Díaz Caro declaró ante el Tribunal el 21 de junio de 1984 exponiendo que efectivamente en el mes de enero de 1979 había acudido al Ministerio de Defensa, junto a la señora Ana González González, con el objeto de pedir autorización para realizar un acto en el Teatro Caupolicán relativo a los detenidos desaparecidos. Para ello, debieron subir al 6° piso de dicha Secretaría de Estado, en donde las atendió un Coronel de Ejército de apellido Cruz. Fue entonces cuando la señora González le preguntó si conocía a Nelson Rivas, a lo que el Oficial respondió positivamente, ofreciendo incluso llamarlo. Sin embargo, cuando llegó a la oficina una persona, el Coronel Cruz le preguntó si él era Nelson Rivas, quien contestó que su nombre era Nelson pero que su apellido no era Rivas. Entonces el Coronel Cruz les manifestó que se había confundido y que allí no trabajaba ningún Nelson Rivas. Por su parte, la señora Ana González agregó que el Coronel Cruz le había dado "su palabra de Militar" de que allí trabajaba Nelson Rivas. Posteriormente se logró identificar al Coronel Cruz como a Marcelo Moren Brito, funcionario de la DINA.

            En virtud de estos últimos antecedentes, el Tribunal solicitó el Extracto de Filiación y Antecedentes de Marcelo Luis Manuel Moren Brito, Rut 3.392.364-3, el que compareció al Tribunal el 27 de junio de 1985. Dio a conocer su curriculum al interior del Ejército, diciendo que había sido llamado a retiro en mayo de 1985 y que había estado asignado a la DINA desde fines de 1973 y hasta 1977, permaneciendo en Villa Grimaldi y en el Cuartel General. Agregó que en 1979 trabajaba en el 6° piso del Ministerio de Defensa, en la Comandancia en Jefe del Ejército y que él era la persona que informaba al General Enrique Morel Donoso sobre "los supuestos desaparecidos". Explicó que en esa época el General Rolando Garay se desempeñaba como Intendente de Santiago y que éste le pedía al General Morel la información relacionada con los "presuntos desaparecidos". Su rol -señaló Moren Brito- era hacer las consultas a Investigaciones, CNI y otros organismos, para informar al General Morel. Agregó que en su repartición no existía ningún Coronel Cruz y que debe haber sido él mismo quien atendió a las mencionadas señoras. Finalizó diciendo que en el 6° piso del Ministerio de Defensa trabajaba un Cabo de apellido Rivas, pero que no se llamaba Nelson y que no recordaba su nombre preciso, el que debiera estar registrado en la Comandancia en Jefe.

            El 25 de julio de 1985, tuvo lugar un careo entre Viviana Díaz Caro y Marcelo Moren Brito. Ella reconoció al agente como el "Coronel Cruz" y reiteró sus declaraciones. Por su parte, Marcelo Moren Brito dijo que nunca se había hecho llamar "Coronel Cruz", que efectivamente había un Cabo de apellido Rivas y que recordaba haber atendido a la testigo en su oficina del 6° piso del Ministerio de Defensa Nacional. También este mismo día, Moren Brito fue careado con al señora Ana González González, quien reconoció en él al "Coronel Cruz", agregando que éste le había dicho que allí había un funcionario de nombre Nelson Rivas, cuestión que después le negó. Moren Brito reiteró los términos anteriores y señaló haber conversado con Ana González en el 6° piso del Ministerio de Defensa.

            A partir de las declaraciones de Moren Brito, el Tribunal inició diligencias tendientes a ubicar al Cabo Rivas. El 19 de diciembre de 1985, el Brigadier General Carlos Ojeda Vargas, Comandante General de la Guarnición de Ejército de Santiago, ofició diciendo que esa repartición no tenía antecedentes que algún Cabo de apellido Rivas hubiese prestado servicios entre los años 1973 y 1974. Se expidió entonces una orden judicial en la que señalaba que el Cabo Rivas trabajaba en el 6° piso del Ministerio de Defensa Nacional, Oficina Confidencial, y que en los años 73-74 estaba en la Comandancia General de la Guarnición de Ejército de Santiago. El 7 de marzo de 1986, Investigaciones informó que en el Ministerio de Defensa no se pudo realizar la diligencia encomendada por no contarse con mayores datos respecto a su nombre. También se hizo presente que en esa Secretaría de Estado les habían manifestado que todo tipo de consultas que requiriera el Tribunal debía hacerlas mediante Oficio.

            El 11 de marzo de 1986, el Tribunal decretó una serie de diligencias. Entre ellas, una nueva citación al Coronel (R) Marcelo Moren Brito; citar a Orlando José Manzo Durán, a raíz de que muchos detenidos fueron recluidos en el Campamento de Cuatro Alamos; solicitar informes por escrito sobre estos hechos a los Generales Rolando Garay y Enrique Morel; y oficiar a la Comandancia en Jefe del Ejército para que informara si era habitual que los funcionarios que se desempeñaban en la Oficina Confidencial del 6° piso del Ministerio de Defensa, usaran nombres distintos a los propios, atendido el carácter de sus funciones.

            El 8 de mayo de 1986 compareció Orlando José Manzo Durán quien declaró que entre 1974 y 1977 estuvo en comisión de servicio en la DINA, desempeñándose como Comandante del Campamento de Cuatro Alamos. En relación a los afectados, dijo no tener antecedentes que proporcionar e ignorar si estuvieron detenidos o no en Cuatro Alamos, aunque era factible que ello hubiera podido ser.

            El 17 de junio de 1986, por Oficio, declaró el Mayor de Ejército Enrique Morel Donoso. Dijo que en 1976 se desempeñaba como Comandante de la II División de Ejército con asiento en Santiago, y que nada tenía que ver con problemas de detenidos o de desaparecidos. Agregó que en 1976 Marcelo Moren Brito no se encontraba en Chile, sino que cumplía comisión de servicio en Brasil. También aclaró que no tenía "el recuerdo ni la sensación de que el señor General Garay como Intendente de Santiago, me haya formulado peticiones de informes sobre presuntos desaparecidos". Más aún, agregó estar seguro de no haber tenido conocimiento que se hubiese practicado alguna investigación ordenada por él.

            El 25 de junio de 1986, se consignaron las declaraciones que por Oficio prestó el Mayor General Rolando Garay Cifuentes. Dijo que durante 1976 se desempeñaba como Comandante de la Guarnición de Ejército de Santiago y Jefe de la Zona en Estado de Emergencia de la Región Metropolitana. Manifestó que en calidad de tal recibía todo tipo de cartas cuyos contenidos no recuerda. En cuanto a Marcelo Moren Brito expresó ubicarlo por su nombre, pero que no lo conocía personalmente. Expresó también que su labor de Intendente de Santiago la desempeñó desde 1977 y hasta 1980.

            El 8 de julio de 1986, compareció, por segunda vez, Marcelo Moren Brito. En esta oportunidad dijo no recordar las características físicas del Cabo de Ejército de apellido Rivas y reiteró que el General Enrique Morel Donoso ordenaba hacer averiguaciones sobre "presuntos desaparecidos". Casi simultáneamente, el 15 de julio de 1986, el Coronel Sergio Moreno Saravia, Subsecretario de Guerra, informaba al Tribunal que en el 6° piso del Ministerio de Defensa Nacional no existía ningún Departamento Confidencial y que su personal no usaba nombres distintos a los verdaderos. En lo referente a Marcelo Moren, se decía que éste se había desempeñado en las dependencias del 6° piso entre fines de 1978 y enero de 1981 y que no existía antecedente alguno respecto a "que le haya correspondido indagar, participar o dirigir las averiguaciones por el desaparecimiento de las personas mencionadas" (Familia Recabarren).

            El 4 de noviembre de 1986 se cerró el sumario y sobreseyó temporalmente la causa por octava vez. En su dictamen el Fiscal señaló "se consulta una vez más a este Ministerio, el dilema de aceptar pasivamente que el Juez se estrelle contra el Muro del Silencio o pedir a SS.Iltmas. que le haga insistir que los obstáculos son para vencerlos; esto requiere un exceso de afán investigatorio que en épocas de normalidad jurídica, cuando el Juez era Juez, sus órdenes, acatadas y respetadas, era una característica sobresaliente". Se finalizaba diciendo "sea cual sea el resultado, el destino de este proceso es posible que no pueda tener su elemento esencial, el reo, pero podríamos, por lo menos, dar una indubitada sensación de que se ha hecho lo imposible para proporcionar la tranquilidad de saber el destino de las personas desaparecidas". Firmaba el dictamen el Fiscal Tomás Dahm Guíñez. El 5 de diciembre de 1986, la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución consultada y ordenó la reapertura del sumario.

            Posteriormente, en marzo de 1987, ante un nuevo sobreseimiento temporal el Fiscal Dahm expresó "al examinar los antecedentes que se agregan a este proceso, para este Ministerio es la sensación de una noche triste, larga, oscura, infecunda, en búsqueda de la verdad". Por último, agregaba "a pesar de los 10 años de tramitación sin resultados positivos, de las trescientas noventa y tres fojas, este Ministerio es de opinión que los efectos de sobreseimiento temporal se suspendan, revocándose la resolución consultada", (6 de marzo de 1987). El 28 de agosto de 1988, la Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución del Juez y ordenó, entre otras cosas, una nueva comparecencia al Tribunal de Marcelo Moren Brito.

            En esta etapa del proceso, el 6 de octubre de 1988, el Brigadier Humberto Leiva Gutiérrez, Vicedirector Nacional de la C.N.I., informó que ninguno de los afectados registraba actividades políticas u órdenes de aprehensión pendientes. El 16 de diciembre del mismo año el Mayor General Enrique Morel Donoso hizo una segunda declaración, por Oficio, en la que reiteró tener la seguridad que el General Garay no le solicitó ninguna investigación relativa a personas desaparecidas. También el Mayor General Rolando Garay Cifuentes, en diciembre de 1988, declaró una vez más por Oficio, señalando que entre los años 1977 y 1980 se desempeñó como Intendente de Santiago y que, en su calidad de tal, no estaba relacionado con situaciones de detenidos. Cuando se encontraba pendiente la citación a Marcelo Moren Brito -sin que hubiese sido posible para el Tribunal su ubicación- el 9 de agosto de 1989, el II Juzgado Militar de Santiago solicitó la inhibitoria del 2° Juzgado del Crimen de San Miguel para seguir conociendo del proceso. De esta manera, la Justicia Ordinaria se declaró incompetente, y los antecedentes fueron remitidos a la Justicia Militar, la que los radicó en la 2a. Fiscalía, siendo acumulados a la causa rol N°553-78 (16 de octubre de 1989), la que se había originado en una querella que familiares de 70 detenidos-desaparecidos presentaron en contra del General Manuel Contreras Sepúlveda, del Coronel Marcelo Moren Brito y del Teniente Coronel Rolf Gonzalo Wenderoth Pozo.

            Sin que se realizara ninguna diligencia en relación al desaparecimiento de Nalvia Rosa Mena, de los dos hermanos Recabarren González y del padre de éstos, Manuel Recabarren Rojas, y ninguna diligencia durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el Teniente Coronel de Ejército Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191), porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque, durante los 10 años de tramitación, no se había logrado "determinar responsabilidad de persona alguna". El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2do. Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa -la que aún se encontraba en etapa de sumario- por "encontrarse extinguida la responsabilidad penal de las personas presuntamente inculpadas en los hechos denunciados". Las partes querellantes apelaron de dicha resolución a la Corte Marcial, la que confirmó el fallo en enero de 1992. Se interpuso entonces un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia, la que al mes de diciembre de 1992, aún no evacuaba su resolución.

          


Juzgado Civil condena al Fisco a pagar indemnización por desaparición de grupo familiar.

Fuente :diarioconstitucional.cl 8/6/2020

Categoría : Prensa

El Tribunal acogió la demanda de indemnización por daño moral, tras establecer que la detención y desaparición de los familiares de Juan Francisco Recabarren Durán, constituye un crimen de lesa humanidad.

El Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $80.000.000 a demandante por la desaparición de su padre, dos hermanos y una cuñada, quienes fueron detenidos por agentes de la Dina en abril de 1976.

La sentencia indica que las conductas descritas dan cuenta indefectiblemente de la comisión de actos ilegales y arbitrarios, que afectan lo más esencial de los seres humanos, como la vida, la libertad y dignidad y que por su extensión y alcance trascienden al propio individuo, afectando a la humanidad toda, y por tanto se encuadran en el concepto de delito de lesa humanidad.

Agrega que seguidamente, pese a tratarse de un hecho no controvertido por la defensa fiscal, esta sentenciadora estima procedente acreditar la relación filial -de padre, hermano y cuñado- existente entre los detenidos desaparecidos y el actor de marras, en especial consideración del daño moral alegado en razón del vínculo familiar existente entre ellos, vínculo que se da por acreditado amén de los certificados de nacimiento y matrimonio acompañados.

Para el Tribunal, en la especie los perjuicios sufridos por el actor se refieren al daño moral, en su más amplia concepción, que comprende ya el dolor o sufrimiento físico o emocional como el que alega aquel, así como también incluye -según el desarrollo doctrinal- las pérdidas de agrado o de goce y aun de oportunidad, como puede colegirse del relato que fluye de la testimonial rendida en autos, donde los tres testigos presentados por el demandante estuvieron contestes en aseverar y describir los padecimientos sufridos por el Sr. Juan Francisco Recabarren Durán, que a la fecha de los sucesos tenía la edad de 18 años, padecimientos que se extendieron por los años al desconocer el paradero y destino final de su padre, hermanos y cuñada, que por supuesto dan cuenta del vínculo causal entre los hechos delictivos acreditados y el daño padecido por la familia del detenido desaparecido, puesto que de no mediar lo primeros jamás se habrían producido los segundos.

Que en efecto –prosigue–, las secuelas que el hecho ilícito primigenio consistente en la desaparición forzada de su padre y familiares, aparecen como consecuencia directa, natural y lógica de lo vivido por un familiar cercano, detención ilegal, tortura física, psíquica, desaparición forzada, todos hechos que indudablemente afectan de sobremanera la vida de cualquier persona, provocando entre otras cosas, trabas para la estabilidad emocional familiar y social, circunstancias acreditadas por los antecedentes tenidos a la vista, en particular los informes sociales acompañados a la carpeta electrónica, el texto de las sentencias reseñadas y de la testimonial aludida.

Por tanto, se resuelve:

«Que se acoge la demanda de fecha 12 de octubre de 2019, en cuanto se declara que el demandado es responsable civilmente por los hechos de que fue víctima por rebote don Juan Francisco Recabarren Durán, consistente en la detención y desaparición de su padre Manuel Segundo Recabarren Rojas, sus hermanos Luis Emilio y Manuel Guillermo, ambos Recabarren González y su cuñada Nalvia Rosa Mena Alvarado, acaecidas en entre abril y agosto del año 1976, y se condena al Fisco a pagar al actor la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral».


Corte de Santiago confirma pago de indemnización por detención y desaparición de padre, hermanos y cuñada del demandante

Fuente :pjud.cl 8/3/2022

Categoría : Prensa

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco pagar una indemnización de $80.000.000 por la desaparición del padre, hermanos y cuñada del demandante, quienes fueron detenidos por agentes de la DINA a fines de abril de 1976, en el sector de la calle Santa Rosa con Sebastopol.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco pagar una indemnización de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) por la desaparición del padre, hermanos y cuñada del demandante, quienes fueron detenidos por agentes de la DINA a fines de abril de 1976, en el sector de la calle Santa Rosa con Sebastopol.

En fallo unánime (causa rol 8.041-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Marisol Rojas, Inelie Durán y María Paula Merino– confirmó en toda sus partes la sentencia impugnada, que acogió la acción.

“Atendido el mérito de los antecedentes, se aprueba la sentencia consultada de veintisiete de mayo de dos mil veinte, dictada por el Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol C-30503-2019”, consigna el fallo.

La sentencia de primera instancia ratificada estableció que: “(…) en relación al primer supuesto, esto es, la existencia de un hecho antijurídico, conforme a la naturaleza de la materia y hechos sobre los que versa la litis, del mérito de probanzas mencionadas en los motivos anteriores, y la testimonial rendida por el actor, se tiene por legalmente acreditado en autos, que tanto el padre, como dos de sus hermanos y una cuñada del demandante, fueron detenidos sin causa jurídica y de forma ilegal por agentes del Estado, trasladados a centros de detención ilegal y de tortura, sin que se sepa detalles de su permanencia en dichos recintos o su traslado o paradero posterior, encontrándose a la fecha desaparecidos”.

“Que las conductas descritas dan cuenta indefectiblemente de la comisión de actos ilegales y arbitrarios, que afectan lo más esencial de los seres humanos, como la vida, la libertad y dignidad y que por su extensión y alcance trascienden al propio individuo, afectando a la humanidad toda, y por tanto se encuadran en el concepto de delito de lesa humanidad”, añadió.

“Que, en efecto, consta en toda la documental ofrecida, la que da pruebas irrefutables de la desaparición forzada y posterior permanencia de los familiares del actor en los centros de tortura conocidos como ‘Villa Grimaldi’, ‘Simón Bolívar’ y ‘Cuatro Álamos’, circunstancias y antecedentes que permiten a esta juez tener por probada la existencia de los hechos antijurídicos que se invocan en los términos expuestos en el motivo 13°”, concluyó.

Por tanto, resolvió: 
“I.- Que se acoge la demanda de fecha 12 de octubre de 2019, en cuanto se declara que el demandado es responsable civilmente por los hechos de que fue víctima por rebote don Juan Francisco Recabarren Durán, consistente en la detención y desaparición de su padre Manuel Segundo Recabarren Rojas, sus hermanos Luis Emilio y Manuel Guillermo, ambos Recabarren González y su cuñada Nalvia Rosa Mena Alvarado, acaecidas en entre abril y agosto del año 1976, y se condena al Fisco a pagar al actor la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) por concepto de indemnización de perjuicios por daño moral;
II.- Que la suma ordenada pagar devengará reajustes e intereses desde que el presente fallo quede ejecutoriado y hasta su pago efectivo”.


ANA GONZÁLEZ: “HAY QUE BUSCAR PARA NO PERDER LA ESPERANZA”

Fuente :lanacion,cl 26/10/2018

Categoría : Prensa

Su imagen es el símbolo de la persistencia de la memoria en nuestro país. Su duelo, interminable e inabarcable, la bandera de lucha que ha encabezado, representando en su cuerpo la historia de las víctimas de los atropellos a los derechos humanos en dictadura. Ana González de Recabarren recuerda su infancia tocopillana, su llegada a Santiago, las juventudes comunistas, las primeras imágenes de su amor, Manuel. Un testimonio que está también contenido en las páginas de su autobiografía, que acaba de terminar.

La fuerza de su rostro en un mural recién inaugurado, el mismo en cada marcha por la justica, la verdad y la memoria. Mujer insurrecta, mujer de una guerrilla especial que ella ni siquiera imaginó, cuando el siglo XX no llegaba ni a su primera mitad, allá, en Tocopilla, en el norte de Chile. Ana González (1925), histórica dirigenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y comunista desde su adolescencia, observa los rostros de los suyos, “los míos”, mientras revisa los anillos en sus manos delgadas, con uñas rojas, impecables. Lo hace para comenzar a recordar, mucho antes de ese día nefasto, cuando la infamia quebró a un Chile que no ha logrado volver a su densidad democrática, republicana; un Chile que no ha logrado recuperar sus vidas. Manuel Guillermo (22), casado, dos hijos, gásfiter; Luis Emilio (29), técnico gráfico, ex dirigente sindical, y su esposa, Nalvia Rosa Mena (20), embarazada de tres meses, dueña de casa, y el hijo de ambos, de dos años y medio, Luis Emilio Recabarren Mena, Puntito, fueron secuestrados por la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) en un operativo que los agentes montaron cerca de su casa familiar, en calle Sebastopol con Santa Rosa. Los hermanos Recabarren González tenían una imprenta en Nataniel 47. Seguían el oficio de su padre, Manuel Segundo Recabarren Rojas, quien salió a buscarlos muy temprano al día siguiente. Tampoco volvió. Dicen que lo vieron en Villa Grimaldi. Su rastro se pierde en agosto de ese año. Puntito, el nieto que los agentes del Estado dejaron a merced de la calle perseguida, fue el único que sobrevivió.

Se los llevaron a todos.

La casa de los Recabarren González, en San Joaquín, es parte de ese país perdido. La reja se cerró a los pocos días de no volver jamás Manuel, quien fue dirigente gremial de los gráficos, presidente de los sindicatos de la Editorial Universitaria y Editorial Nascimento, y presidente de las Juntas de Abastecimiento y Control de Precios (JAP) de San Miguel. Todos, incluida Ana, nunca dejaron de ser militantes del Partido Comunista. Ana, dirigenta de base, presidenta de la junta de vecinos, vivió para organizar y buscar la forma de derribar las desigualdades sociales.Después de ese 30 de abril no quedó nada más que el silencio de afuera, de la calle sin confianza, delante de esa reja que permanece clausurada con una gran cadena. Se cerró así porque el sonido del picaporte hacía temblar a Ana a diario con un ruido falso, el mismo ruido que eternizó a la dictadura.

Una puerta que sólo se abrirá cuando regresen.

UN MAR DE TOCOPILLA A SANTIAGO

Su casa en San Joaquín es bajita y flanqueada por un árbol invernal cubierto de flores de plástico, pequeñas, como en el sur. Es una casa abierta de par en par en su interior, porque su hija Patricia decidió regresar desde Argentina para abrirla a quienes quieran escuchar sobre la tragedia y sobre esa nobleza altiva que significa “luchar con alegría”.

Sting, Joan Manuel Serrat, Gladys Marín, “la Tencha”, José Miguel Varas (“salíamos a almorzar con él y su señora, Iris Largo; yo lo quería mucho”) y tantos más se ubican en las paredes como imágenes sin tiempo, aferrados a esta casa que se niega a ser pasado. Se niega porque negarlo es negar a Chile. Se niega porque hay un libro que espera ser publicado. Las memorias de Ana González ya no desvelan más a su autora. Están ahí, listas para ser publicadas, urdidas una tras otras; poéticas, desgarradas, firmes como hilos recobrados del siglo XX y el XXI. Aquí transcurre la historia de un país de trizaduras y tronaduras, y también se dibuja –como quien sigue los puntos de un croquis- un país de ternuras infinitas que hoy a veces cuesta imaginar.

Yo nací en el norte, en Toco, y luego mis papás vendieron ahí y compraron dos casas en Tocopilla; y creo que compraron en la mejor calle porque a un lado de la cuadra era toda ‘gente de familia’, como se llama, y al frente puras prostitutas. Así que yo crecí jugando con sus hijos. Además, cuando mis hermanos tenían unos 18 años, y como tenía negocio mi mamá, atravesaban para llevarles el vino o la cerveza, y yo, sin que mi mamá supiera, iba detrasito; nunca, nunca vi un mal ejemplo”, recuerda y se ríe mientras reconoce que esos años de inocencia estaban llenos de juegos, cariños, cruces de clases sociales, dialogantes; años duros también. Años de pocas fotografías y ella es de quienes tiene algunas, con sus padres.

Hace muchos años que dejé el cigarro. Un día dije ‘si yo quiero vivir y seguir luchando por los míos y seguir en este país, tengo que dejar el cigarro’ y de la noche a la mañana lo dejé y nunca más volví a fumar. ¿Sabes cuándo me dan ganas? Cuando voy a una asamblea de derechos humanos y la gente sale a fumar, yo salgo y les pido uno para dar una chupadita; y eso es lo que hago, nada más”, dice ella, retratada mil veces con su pelo tomado y su cigarro en la mano, sorteando la ansiedad cubierta por décadas de espera. Cuando hay una manifestación o actividad relacionada con derechos humanos y el tiempo está bueno, Ana sale de su casa y Patricia la lleva. Septiembre de este año fue pesado, frío y en espiral: con un ministro que no duró ni una semana, una masiva revuelta por la memoria viva y la indignación generalizada frente al negacionismo. Ana salió poco durante septiembre, pero leyó, escuchó y vio mucho. Su lucha, que es de tantos y tantas, lo amerita.Hoy se ríe de reojo cuando recorre su infancia nortina: “Con mi hermana Olga hacíamos todas las ‘maldades’; jugábamos a las bolitas, al caballito de bronce; fue una época muy linda. Y a mi mamá le gustaba izar la bandera tocando la vitrola, esas de mueble, con el himno. A medida de que el himno avanzaba ella iba izando la bandera junto a todos los jóvenes del barrio. Por esos años, una tía que vivía en Santiago –por el lado de mi padre, la familia es de Rancagua; incluso sus hermanos socialistas fueron regidor y alcalde- fue al norte a conocernos. Yo estaba en sexto de preparatoria, entonces a mi tía se le ocurre hablar con mi mamá para que me dejara ir con ella a Santiago y pudiera seguir las humanidades; en ese entonces no había en el norte. Y me vine en barco con ella”, recuerda.

Ese viaje en barco marcó esa época. Como si mirara por sobre un mascarón antiguo, cierra los ojos y dice que hasta siente cómo avanza lentamente, como si su cama navegara desde Tocopilla, donde su padre, como miles de hombres de a comienzos del siglo pasado, buscaba oro –era palanquero- y encontró a la madre de Ana, viuda con seis hijos (“eran los Vargas”). Tuvieron dos más y una vida de trabajo arduo y tardes al sol. “Los días más lindos eran aquellos en que todos jugábamos a la chaya; nos tirábamos agua y decíamos ‘¡chayaaa!’. La calle era el patio y sacaban hasta las artesas; la gente adulta, todos, jugábamos. Se subían a los techos y desde ahí se escuchaba ‘¡chayaaa!’ y tiraban el agua mientras se almorzaba; en la noche se seguía en la plaza. Es como si la viera. Ese juego se ha perdido, incluso la chaya de papel de volantín se ve poco”. Eran tiempos de casas y calles abiertas, cuadra tras cuadra.

Ana, ya en Santiago, estudiaba en el liceo y ayudaba a su tía Ana González de Peñaloza. “Era una mujer maravillosa; no he visto otra igual. Cosía los pantalones de medida; un trabajo que luego enviaba a las sastrerías del centro. Tenía cinco máquinas de coser y las operarias que encandelillaban; todo en su casa. Jugando, a los trece años ya sabía hacer el pantalón. Prendían el bracero para tener carbón para las planchas”. Ahí comenzó su vida en la capital.

MANUEL

“Yo tenía como 16 años, y en la población Bulnes –donde vivía con mis tíos, camino a Valparaíso- había una sede del Partido Comunista. Yo qué iba a saber de política en ese tiempo, pero ahí en esa sede bien modesta se hacían bailes todos los sábados; iba harta gente, nunca había un escándalo nada. Ahí mi tía me daba permiso para ir. Yo no hacía nada para no pasar a llevar los consejos que me daba mi tía. En ese tiempo en mi casa había una ventana grande que daba a la calle. Por ahí pasaba un joven que se veía tan correcto. Ese era Manuel, Manuel Recabarren. En ese tiempo él había llegado hasta el pato del silabario, pero era tan inteligente, tan empeñoso. De grande aprendió a leer”. Un día, mientras se anunciaba ‘¡reservado con pasteles!’ y el baile continuaba, Ana y Manuel se encontraron. “En esos bailes aprendí a conocer a los jóvenes comunistas, eran perfectos, y ahí estaba Manuel, el muchacho que yo veía pasar todos los días desde mi ventana cuando él venía del trabajo. Era muy bueno, con 16 años dominaba toda la política de Chile y la del extranjero, habiendo sido de una familia sin recursos. Con ocho años, él ya iba al río a sacar piedras para la construcción. Vivía a la altura de Renca, a la orilla del río; también lustraba. Pero Manuel, con el tiempo, llegó a trabajar en imprentas. Yo se lo recomendaba a mis amigas. Pero él no les hacía caso. Ahí dije ‘es fiel’, fiel al cariño que él me tenía; una sabe cuando un joven se enamora de una. Nunca habíamos conversado, pero yo lo admiraba. Ahí ingreso a las JJCC y luego yo invito a Manuel a la Jota para que fuera a las reuniones, ya que sabía tanto; así era más fácil conversar con la polola que él quería y yo lo admiraba”, recuerda Ana. “La primera vez que me invitaron a la Jota había como quince jóvenes y a mí me llamó la atención ver cómo estaban organizados. Elegían presidenta, secretaría, alguien de finanzas. Eran muy distintos a los jóvenes que una conocía. Eran muy respetuosos. Manuel me conquistó por su hermosa actitud. Yo pololié sólo con Manuel”.

A Ana la cautivó su inteligencia y tesón. “Me fui enamorando de él, porque lo veía muy serio, demasiado serio. Teníamos un taller con mi tía, en Santo Domingo 1240. En esa casa colonial, de tres patios, también un pintor tenía un taller, y al medio se reunían los dirigentes sindicales de bares, fuentes de soda y restaurantes. Se llenaba el día de las reuniones”, recuerda sobre esos primeros días viviendo juntos en esa especie de comunidad, en una pieza de casona antigua. “Mi tía nos dejó vivir juntos; era muy humana.

Él trabajó en El Siglo más adelante. Llegó hasta segundo año en la escuela, pero después daba conferencias en las universidades; fue riguroso con su formación, tenía una responsabilidad ante el partido. Teníamos una línea: organizar gente, dar charlas, salir a pintar a las calles para las elecciones, en brigadas; hacíamos el engrudo en tarros parafineros para pegar propaganda. En esos tiempos, la juventud salía a hacer propaganda, ahora no; hoy son otros tiempos, otras formas. Fue un bonito tiempo ése, de mucha unión y alegría. Con Manuel tuvimos seis hijos… Me emociono cuando hablo de Manuel”.

“PARA LA GENTE DEL PUEBLO”

“Los capitalistas no ponen el capital al servicio de los jóvenes, para que los jóvenes se superen. Sólo los explotan más para pagarles menos”, dice Ana con la convicción que la caracteriza. La misma que la hizo votar siempre por Salvador Allende, a quien conoció en el matrimonio de Francia Palestro, en una casa grande, de patios amplios. “Fuimos invitados por mis vecinos, militantes socialistas, con los que siempre nos llevábamos bien, pese a que había una discordia entre los partidos. A ese casamiento llegó Allende. Imagina lo que era eso. Organizamos una fila para saludar al presidente recién asumido. En eso estábamos cuando me doy cuenta de que Allende saluda y saluda, pero quizás porque tenía tantos dirigentes detrás que le hablaban, ya no miraba a quien tenía al frente. Bueno, en eso llega mi turno y él me estrecha la mano, pero miraba para atrás, pero yo no le doy la mía. Entonces, siente que no le dan la mano y se da vuelta y ahí me miró. Es ahí cuando lo miro y le digo ‘sabe, señor presidente, cuando me dan la mano me gusta que me miren a los ojos’. Y así fue”, recuerda.

Luego vino el golpe de Estado, ese día en que todo se vino abajo, porque “él no tuvo apoyo cuando fue presidente; quedó muy solo, sólo los comunistas le respondieron. Fue muy duro ese día y los que siguieron”. Ana nunca quiso irse de Chile, no quisieron. Horas antes de que estallara su propia tragedia, el 29 de abril de 1976, Ana hacía un volante para repartir el primero de mayo. “Pucha que escribes bonito, me dijo Manuel”, recuerda ahora sobre una de las últimas frases que a veces destellan en los recuerdos de terror en aquellos años, antes de dar paso al vacío y la lucha, sin Manuel, sin dos de sus hijos, sin una de sus nueras y sin el nieto que esperaba. “Un día entré al puerto de los recuerdos, abrí el polvoriento y viejo baúl, entre maravillada y asombrada, cual garugas en el cielo, vi cómo volaban páginas y páginas (…). Así parí este libro que más o menos es la vida misma”, lee Ana al repasar fragmentos de las cientos de páginas que a mano escribió durante años.

Dice que le queda “hilo para rato”, mientras observa el retrato de Manuel frente a su cama, el de sus hijos desaparecidos. “Yo envejecí, mi viejo no; los míos no envejecieron, sólo yo envejecí”.

El libro, subraya, “es para la gente del pueblo, porque porfiadamente sigo viviendo; soy una mujer cautiva por el amor por su pueblo” y lo seguirá siendo mientras busque un Chile más humano y encuentre a los suyos, porque “hay que buscar para no perder la esperanza, aunque sea entre nosotros, entre encuentros sencillos” como aquellos de los tiempos de la chaya.

“Veo hoy –advierte- que los partidos populares han perdido, pero siempre habrá gente comprometida y con nuevas maneras de lucha, aunando gente; no hay que olvidar que los partidos de la burguesía nunca van a ser de izquierda. Por eso creo que Allende fue muy adelantado; faltaba tiempo”.

El 28 de enero de 2004, Ana escribió “Carta de Ana González a Juan Emilio Cheyre”, a quien le decía: “Yo sufro por los mágicos y soñadores 21 años de mi nuera Nalvia, embarazada de tres meses, por mis hijos Luis Emilio y Mañungo, y por mi esposo Manuel. Todos ellos fueron detenidos y ocultados en el fondo de la tierra. Pero yo no sufro sólo por mi dolor de ausencia, muero un poco cada día al pensar lo que mis amados sufrieron, en la más completa indefensión (…). Apelo a su honor militar, a su conciencia, a su amor por la institución. Los porfiados hechos lo llevan a un único camino: la impunidad no puede ser el epílogo de esta tragedia nacional. Sólo entonces, sólo entonces, habrá un nunca más, como usted y yo lo deseamos…”.

Ana espera buenos vientos para octubre mientras mira una imagen del mural que Coas Chile le acaba de dedicar, a pocos días de que la Corte Suprema otorgara libertad condicional a reos de Punta Peuco. Y Ana, quien no abrirá esa reja hasta el día que se sepa la verdad y la justicia alcance, no espera sola.

 


A los 93 años se nos fue Ana González de Recabarren

Fuente :radiosanjoaquin.cl 26/10/2018

Categoría : Prensa

La emblemática vecina de nuestra comuna baluarte de los Derechos Humanos falleció durante esta mañana, la distinguida vecina vivía en Cantares de Chile de San Joaquín

Durante la mañana de este viernes falleció la histórica dirigenta por los derechos humanos Ana González de Recabarren, a los 93 años. La mujer se convirtió en un símbolo de la lucha contra la ferocidad de la dictadura y la impunidad, tras perder a su esposo, a sus dos hijos y a su nuera embarazada en manos de la policía secreta de Pinochet. Nunca dejó de buscar verdad y justicia.

BIOGRAFÍA

Nació en Toco, una oficina salitrera cercana a Tocopilla, en 1925. En la década de 1930 se trasladó con su familia a vivir a esta última ciudad. Posteriormente se trasladó a vivir a la población Bulnes en Renca, Santiago.3? Se casó con Manuel Segundo Recabarren Rojas.

Se hizo militante del Partido Comunista a los 17 años, y cesó su militancia alrededor de los años 2000.

 

En diciembre de 2016, Ana fue internada en el Hospital San José por una insuficiencia respiratoria. Desde entonces su salud decayó considerablemente. El 10 de febrero de 2017, a sus 91 años, la música Ana Tijoux y su banda le brindaron un concierto íntimo, en el que interpretaron la canción «Sacar la voz».

En los primeros años de la dictadura militar perdió a gran parte de su familia a manos de la Dirección de Inteligencia Nacional(DINA). Dos de sus hijos, Luis Emilio (29 años)? y Manuel «Mañungo» Guillermo Recabarren (22),4? y la cónyuge del primero, Nalvia Rosa Mena Alvarado (20) —que estaba embarazada—, fueron detenidos y desaparecidos el 29 de abril de 1976.6? Solo su nieto Luis Emilio «Porotito» Recabarren Mena, de entonces 2 años, regresó vivo. Al día siguiente, el 30 de abril, su marido Manuel (50 años), salió a buscar a sus hijos y a su nuera, y también fue detenido y desaparecido. Según algunos testimonios, se le habría visto con vida en el centro de detención de Villa Grimaldi.

Tras la desaparición de sus familiares se unió a la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), convirtiéndose en una de sus principales dirigentas, junto con Sola Sierra, Mireya García, Viviana Díaz y Clotario Blest. Participó en una huelga de hambre en la sede de la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) y fue representante de la AFDD junto a Gabriela Bravo y Ulda Ortiz en diversas instituciones internacionales como la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos, la Cruz Roja Internacional, la Comisión Internacional de Juristas, la Santa Sede, Amnistía Internacional, entre otras.

Fue la protagonista de un documental filmado en 1996, Quiero llorar a mares, que fue emitido en 2000 como un capítulo de El mirador(Televisión Nacional de Chile), y que al año siguiente obtuvo un Premio Ondas en la categoría iberoamericana de «Mejor programa, profesional o emisora de televisión».? En junio de 2000 interpuso una querella por la desaparición de sus cuatro familiares en contra de Augusto Pinochet.

En 2011 estuvo nominada al Premio Nacional de los Derechos Humanos de Chile, que finalmente recayó en Viviana Díaz. González y Andrés Aylwin fueron homenajeados en un acto de los partidos de la Nueva Mayoría realizado el 9 de septiembre de 2013, por su lucha en defensa de las víctimas de violaciones a los derechos humanos durante el régimen de Pinochet.


Corte Suprema revoca fallo y condena a 14 ex agentes DINA por el crimen de 17 militantes comunistas en 1976

Fuente :resumen.cl, 30 de Julio 2023

Categoría : Prensa

La Corte Suprema condenó a 14 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de Luis Emilio Recabarren González, Manuel Guillermo Recabarren González, Nalvia Rosa Mena Alvarado, Manuel Segundo Recabarren Rojas, Clara Elena Canteros Torres, Alejandro Rodríguez Urzúa, Daniel Palma Robledo, Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, Iván Sergio Insunza Bascuñán, José Eduardo Santander Miranda, Mario Jesús Juica Vega, Víctor Hugo Morales Mazuela, Carlos Mario Vizcarra Cofré, Miguel Nazal Quiroz, Juan Aurelio Villarroel Zárate y Julio Roberto Vega Vega; y el homicidio calificado de Eduardo Canteros Prado. Los delitos fueron cometidos entre abril y agosto de 1976, en la provincia de Santiago.

En fallo unánime (causa rol 71.900-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros y ministras Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, María Cristina Gajardo, María Soledad Melo y Eliana Quezada- revocó la sentencia dictada por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago en abril de 2020, que aplicaba la media prescripción a los acusados.  En sentencia de reemplazo la Corte Suprema condenó a los ex jerarcas DINA y ex oficiales de Ejército Pedro Octavio Espinoza Bravo y Jorge Claudio Andrade Gómez a las penas de 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de 16 secuestro calificado y a 10 años y un día en calidad de autores de un homicidio calificado.

En tanto, Rolf Arnold Wenderoth Pozo fue condenado a sendas penas de 10 años y un día de presidio, como autor de tres secuestros calificados y un homicidio calificado; Juan Hernán Morales Salgado y Gladys de las Mercedes Calderón Carreño a 10 años y un día de presidio, como autores de seis secuestros calificados.

En el caso de los ex agentes Sergio Orlando Escalona Acuña, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Jorge Iván Díaz Radulovich y Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, se les aplicó una pena de 5 años y un día de presidio, como autores de un solo caso de secuestro calificado.

Asimismo, los ex agentes Orlando Jesús Torrejón Gatica, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza y Carlos Eugenio López Inostroza deberán purgar 7 años en calidad de cómplices de los 16 secuestros calificados y 5 años y un día presidio en calidad de cómplices del homicidio calificado.

Finalmente, Hermon Helec Alfaro Mundaca deberá purgar 7 años en calidad de cómplice de 15 secuestros calificados y 5 años y un día de presidio, en calidad de cómplice del homicidio calificado.

Los criminales Carlos José Leonardo López Tapia y Ricardo Víctor Lawrence Mires, que habían sido condenados en el fallo de primera instancia, dictado por el ministro Leopoldo Llanos en julio de 2017, a penas de 20 años de presidio, fallecieron en el curso del proceso. También fallecieron los condenados en primera instancia Ciro Ernesto Torré Sáez y Orlando José Manzo Durán y Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo.

Al desestimar la media prescripción, la Corte Suprema establece que: "(…) resulta preciso tener en consideración que la materia en discusión también debe ser analizada conforme a la normativa internacional de los Derechos Humanos contenida principalmente en los Convenios de Ginebra, que impiden la prescripción, total o gradual, respecto de delitos cometidos en casos de conflictos armados sin carácter internacional".

La resolución agrega que: "A la misma conclusión se llega considerando tanto las normas de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, como las de la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad, por cuanto de conformidad a esa normativa, la prescripción gradual tiene la misma naturaleza que la total".

"Desde otra perspectiva, la doctrina, sobre esta materia ha expresado que sus fundamentos se encuentran en las mismas consideraciones de estabilidad social y certeza jurídica que dieron origen al artículo 93 del Código Penal, pero que está destinada a producir sus efectos en aquellos casos en que la realización de los fines previstos para la prescripción no concurren en forma natural sino al cabo de un proceso gradual, esto es, cuando el lapso necesario para prescribir está por cumplirse, lo que justificaría la atenuación de la pena", añade.

"Sin embargo -prosigue-, es evidente que aquella conclusión es para los casos que no presentan las características de los delitos de lesa humanidad, pues estos son imprescriptibles. En consecuencia, para que dicha atenuación sea procedente es necesario que se trate de un delito en vías de prescribir, lo que no acontece en la especie, de modo que el transcurso del tiempo no produce efecto alguno, debido a que el reproche social no disminuye con el tiempo, lo que solo ocurre en los casos de delitos comunes".

Los hechos

En el fallo de primera instancia, el ministro de fuero Leopoldo Llanos Sagristá dio por establecido que en el marco de la represión sistemática a los opositores al régimen militar, en los meses de abril y agosto de 1976, se produjeron las detenciones de una serie de personas, todos militantes del Partido Comunista.

El día 29 de abril de 1976, en el sector de las calles Santa Rosa y Sebastopol de la comuna de San Miguel, fueron detenidos por agentes de la DINA los hermanos Manuel Guillermo, de 22 años, y Luis Emilio Recabarren González, de 29 años, junto a Nalvia Rosa Mena Alvarado, de 20 años, y el hijo de ésta de dos años de edad. El menor fue abandonado cerca de su domicilio en horas de la noche.

Al día siguiente, 30 de abril, a las 7:00 horas, fue detenido Manuel Segundo Recabarren Rojas, de 50 años de edad, a poco de salir de su domicilio en el mismo sector y cuando se disponía a abordar un bus de locomoción colectiva.

Todos los detenidos fueron conducidos al cuartel clandestino de detención y tortura 'Villa Grimaldi'; a Manuel Guillermo Recabarren González y Manuel Segundo Recabarren Rojas, además, se les vio en el recinto 'Simón Bolívar' y a Luis Emilio Recabarren González en 'Cuatro Álamos'. Desde esos recintos la DINA los hizo desaparecer.

El día 23 de julio de 1976, alrededor de las 20:00 horas, en la intersección de las calles Rojas Magallanes con Panamá de la comuna de La Florida, fue detenida por agentes de la DINA la joven Clara Elena Canteros Torres, de 21 años de edad. Fue reducida al descender de la locomoción colectiva.

Es trasladada hasta 'Villa Grimaldi' donde es vista por testigos, y el día 20 de agosto de 1976, es sacada de ese recinto junto a los también detenidos Mario Juica Vega y "scar Ramos. Desde entonces se les hizo desaparecer.

A las 21:40 horas Eduardo Canteros Prado, 48 años, tío de Clara Elena, constructor civil, es detenido en la vía pública por agentes de la DINA, frente a su domicilio ubicado en calle Panamá, de la comuna de La Florida. Fue trasladado hasta la 'Villa Grimaldi'. En el año 1990 sus restos fueron encontrados en el fundo Las Tórtolas de Colina, recinto que hasta 1980 perteneció al Ejército.

El día 27 de julio de 1976, alrededor de las 17:15 horas, Alejandro Rodríguez Urzúa, de 49 años de edad, fue detenido por agentes DINA desde su oficina ubicada en Mallinkrodt 70, Barrio Bellavista. Lo trasladaron hasta el recinto de 'Villa Grimaldi'.

El día 4 de agosto de 1976, Daniel Palma Robledo, 61 años, empresario, fue detenido en horas de la mañana, en avenida Matta, entre las calles San Diego y Arturo Prat; luego de retirar su correspondencia, compró un diario y al momento de retirarse fue detenido y se lo llevaron con destino desconocido, pero fue visto en el cuartel de exterminio 'Simón Bolívar'.

El mismo 4 de agosto, a las 15:00 horas, fue detenido el médico Carlos Enrique Godoy Lagarrigue, de 39 años. Lo apresaron durante el trayecto que efectuaba entre el Hospital Parroquial de San Bernardo y su consulta particular, ubicada en calle Barros Arana con Arturo Prat. Fue trasladado hasta 'Villa Grimaldi' y, posteriormente, a 'Cuatro Álamos', desde donde se le hace desaparecer.

En horas de la noche del 4 de agosto fue detenido por agentes DINA el médico cirujano Iván Sergio Insunza Bascuñán, de 43 años, mientras conducía su vehículo. Fue trasladado a 'Villa Grimaldi' y luego a 'Cuatro Álamos'.

El día 6 de agosto de 1976, a poco de salir de su domicilio, alrededor de las 9:30 horas, fue detenido por agentes DINA el dirigente estudiantil y de la Central Única de Trabajadores, José Eduardo Santander Miranda, de 29 años; testigos sobrevivientes lo vieron en el recinto de 'Villa Grimaldi'.

El 9 de agosto, Víctor Hugo Morales Mazuela, de 45 años, carpintero y obrero de la construcción, dirigente sindical y encargado de organización de un regional del Partido Comunista, fue detenido en horas de la mañana, en los alrededores de la población 'Villa México' de la comuna de Maipú y fue trasladado hasta 'Villa Grimaldi'. Posteriormente, se le vio en el cuartel 'Simón Bolívar'.

El mismo 9 de agosto, Mario Jesús Juica Vega, 34 años, comerciante, fue detenido alrededor del mediodía, en las inmediaciones de plaza Egaña, en la comuna de 'uñoa, y trasladado a 'Villa Grimaldi', lugar en que fue visto por numerosos testigos. El día 20 de agosto fue sacado desde ese recinto junto a otros dos detenidos y desde entonces la DINA los hace desaparecer.

El 11 de agosto de 1976, a las 9:00 horas, en circunstancias que salía de su domicilio, ubicado en calle Chiloé, entre Santa Rosa y Gran Avenida, en la comuna de San Miguel, fue detenido por agentes DINA el comerciante Miguel Nazal Quiroz, de 44 años. Fue trasladado a' Villa Grimaldi'.

En horas de la noche del mismo 11 de agosto, Carlos Mario Vizcarra Cofré, de 31 años, desabollador, en su domicilio en Quinta Normal fue detenido por agentes que lo trasladaron hasta 'Villa Grimaldi', recinto en que lo vieron testigos hasta el 25 de agosto del mismo año. Posteriormente, fue visto en el recinto 'Simón Bolívar'.

El 13 de agosto, Juan Aurelio Villarroel Zárate, de 55 años, dirigente sindical, fotograbador, alrededor de mediodía, cuando se trasladaba desde su domicilio en Conchalí fue detenido por agentes DINA en las cercanías de la Estación Mapocho. Fue trasladado hasta Villa Grimaldi.

El día 16 de agosto de 1976, a las 11:30 horas, el obrero Julio Roberto Vega Vega fue detenido por agentes DINA en avenida Presidente Balmaceda, entre Cueto y Libertad, de la comuna de Santiago. Varios testigos lo vieron recluido tanto en 'Villa Grimaldi' como en el cuartel 'Simón Bolívar'.

por  Darío Núñez