WALDO ULISES PIZARRO MOLINA
Rut : 2.951.237-K F.Nacim. : 25-04-34; 42 años a la fecha de su detención Domicilio : Rodrigo de Araya N°4651-B, Dpto.42, Ñuñoa, Stgo. E.Civil : Casado, 3 hijos Actividad : Técnico en Minas C.Repres. : Ex Dirigente Nacional de la Federación Textil; Militante Comunista Ex Candidato a Regidor por el Partido Comunista para el Municipio de San Felipe; Ex Secretario del Comité Regional Aconcagua del Partido Comunista; Ex Secretario en la Cámara de Diputados de los Parlamentarios Comunistas Manuel Canteros y Luis Guastavino; Ex Secretario del Comité Regional San Miguel del Partido Comunista F.Detenc. : 15 de diciembre de 1976 SITUACION REPRESIVA Waldo Ulises Pizarro Molina, 42 años, casado, tres hijos, técnico en minas, ex Dirigente Sindical y ex-Dirigente en diversas estructuras del Partido Comunista, fue detenido el lunes 15 de diciembre de 1976, junto a Fernando Ortiz Letelier, en las inmediaciones de la Plaza Egaña. Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once pertenecientes al Partido Comunista -algunos de ellos miembros de su Comité Central- y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977, versión cuya falsedad quedo establecida judicialmente. La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran desaparecidas. Las 13 personas detenidas, actualmente desaparecidas, son: Santiago Edmundo Araya Cabrera, detenido el 29 de noviembre de 1976; Armando Portilla, detenido el 9 de diciembre de 1976; Fernando Alfredo Navarro Allende, detenido el 13 de diciembre de 1976; Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Juan Fernando Ortiz Letelier, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, Waldo Ulises Pizarro Molina y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 15 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz, Carlos Patricio Durán González, ambos detenidos el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, detenido el 20 de diciembre de 1976. Waldo Pizarro Molina, desde el mismo Golpe Militar de septiembre de 1973, comenzó a ser buscado intensamente por grupos de personas que jamás se identificaron debidamente, y que a lo más expresaron ser de algún Servicio de Seguridad. También a personas que permanecieron detenidas se les preguntó insistentemente sobre este afectado, como ocurrió con Sonia Toro Bravo durante su cautiverio en manos de agentes del Comando Conjunto en julio de 1976, quien es hermana de Nicomedes Toro Bravo, que se encuentra desaparecido desde esa época; asimismo, ocurrió con el detenido Juan Rojas Miranda que permaneció detenido desde octubre a noviembre de 1975, y con el detenido Juan Ramírez Cortez, cuando permaneció en el Regimiento del Ejército de Tejas Verdes, San Antonio. Por otra parte, el domicilio del afectado fue varias veces "visitado" por desconocidos, como igualmente los hogares de otros familiares de amigos y de ex compañeros de trabajo y más de alguno de estos quedaron sometidos a vigilancia. Su búsqueda era intensa y sistemática. Ocurrió que el 15 de diciembre de 1976, como a las 16:30 horas salió de su casa, junto a su hijo menor de edad Waldo Pizarro Sierra. Fueron a una lavandería ubicada en calle Nataniel, en el centro de Santiago a dejar una ropa. Después se dirigieron a una peluquería ubicada en Lo Plaza con Irarrázaval. Padre e hijo se separaron como a las 18:30 horas. Más tarde, el afectado se juntó con su amigo y militante del Partido Comunista, Fernando Ortiz Letelier. Cuando ambos, aproximadamente a las 19:00 horas, caminaban por Avenida Larraín, a pocos metros de la Plaza Egaña, de tres vehículos sin patente, descendieron individuos que por sorpresa golpearon violentamente a Fernando Ortiz y a Waldo Pizarro, causándole lesiones. Por días quedaron impactantes manchas de sangre sobre la acera. Como el afectado trató de defenderse de ese ataque, los sujetos volvieron a golpearlo duramente en la cabeza. Los sujetos portaban capuchas con las que rápidamente cubrieron a ambos apresados, para en seguida introducirlos a uno de los vehículos que utilizaron para esta rápida acción, retirándose del lugar. De las circunstancias de la detención, se enteró un hijo de Fernando Ortiz, quien el día 17 de diciembre de 1976, estando en casa de su hermana, recibió a una persona de unos 30 años que llegó preguntando si ahí vivía algún familiar de Fernando Ortiz; el hijo de Ortiz, llamado Pablo le indicó que él era su hijo, ante lo cual el hombre le manifestó que debía comunicarle que su padre junto a un señor Pizarro habían sido detenidos el 15 de diciembre de 1976, dándole los detalles de los hechos. Indica Pablo Ortiz que a esa persona era primera vez que lo veía y que después nada supo del mismo; y que éste además le señaló que no podía darle su nombre ni más detalles. Por lo anterior, Pablo Ortiz presumió que este desconocido sabedor de los hechos conocía a ambos afectados. Desde esa fecha 15 de diciembre de 1976, nada más se supo de Waldo Pizarro, ni de Fernando Ortiz, encontrándose desaparecidos hasta la fecha. (Ver caso de Fernando Ortiz). Cabe hacer presente que hubo otros testigos quienes por temor no quisieron rendir una declaración jurada sobre los hechos o comparecer ante un Tribunal. Con posterioridad a la detención del afectado, su familia padeció diversas situaciones de hostigamiento; uno de ellas ocurrió el 25 de diciembre de 1976, a sólo diez días del desaparecimiento, cuando su esposa Sola Sierra recibió en su hogar varios llamados telefónicos de voces femeninas y masculinas que no se identificaron, que con voz sarcástica le desearon Feliz Navidad, para luego insultarla. Ya en la investigación criminal a cargo de un Ministro en Visita Extraordinaria, rol 2-77, en que se investigó su caso y el de otros de los detenidos del grupo llamado de los trece, el gobierno dio la información que el afectado había salido del país por el paso Los Libertadores el 21 de diciembre de 1976, según información proporcionada por la Policía de Investigaciones. Esta institución policial, señaló al Tribunal de la causa rol 2-77, en tres ocasiones sucesivas aquel hecho de la salida del país, sin pronunciarse de cómo lo hizo en cuanto al medio de locomoción empleado o si lo hizo sencillamente a pie, como se informó en otros casos de este grupo de detenidos desaparecidos. Con posterioridad, los funcionarios de apellidos Cornejo y Aguirre de esa Policía de Investigaciones, manifestaron que la salida de Waldo Pizarro, conforme a los antecedentes, fue a pie. Esta información de que salió a pie, no coincidía con aquella que dio el Ministerio del Interior argentino, que decía que Waldo Pizarro ingresó a la Argentina en automóvil, sin registrarse datos del vehículo. El Subcomisario de la Policía de Investigaciones, interrogado por el ministro Carlos Cerda en el proceso rol 2-77, señaló: "Reconozco como escritas por mí las menciones siete en adelante (refiérese a las menciones "a pie" y a los nombres y datos del viajero de la línea número 8: Mario Poblete Oyarzún, y la del de la línea número 9: Waldo Pizarro Molina) de la hoja de ruta que en fotocopia corre a fs.271, la que también escribí el mismo día 21 de diciembre de 1976 en que fueron llenadas las líneas que preceden. No sé responder a S.S. por qué en los listados de Policía Internacional no aparecen oportunamente incluidas las dos primeras personas de dicho documento; tampoco puedo responder acerca de por qué la cédula de identidad de la línea ocho no corresponde a quien aparece allí como su titular (se refiere a la persona de Mario Poblete Oyarzún) ...niego enfáticamente haber recibido u obedecido órdenes o influencias, sea de superiores o amistades, para incorporar a hojas de rutas ya confeccionadas, nombres de personas que si bien no salieron del país, de esta forma se simularon su egreso...". Se señala que al menos en el caso de Reinalda Pereira Plaza, este funcionario Infante Lillo de la Policía de Investigaciones, fue encargado reo por el Ministro Cerda como autor del delito de falsificación de instrumento (hoja de ruta). Hasta la fecha Waldo Ulises Pizarro Molina permanece desaparecido. GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS Ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 20 de diciembre de 1976, la cónyuge del afectado Sola Sierra Henríquez recurrió de amparo, el que ingresó a tramitación bajo el rol N°1083-76, solicitando se decretaran diligencias de petición de informes a varias autoridades, entre ellas al Ministerio del Interior, a la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, y a los Servicios de Inteligencia de la Fuerza Aérea de Chile y de la Fuerza Aérea. La Corte sólo accedió a oficiar al Ministerio del Interior, y en cuanto a las demás diligencias resolvió no ha lugar, sin perjuicio de lo que se resuelva en la vista del recurso. Transcurridos más de 20 días de interpuesto el recurso, se certificó la respuesta del Ministerio del Interior: "no se encuentra detenido por orden de ese Ministerio". En la vista del recurso se decretó como medida para mejor resolver, con la opinión en contra del Ministro Hernán Cereceda, pedir informe al Ministro del Interior sobre si el afectado se encontraba detenido por orden de algún organismo público. La respuesta del Ministro del Interior no se ajustó a lo pedido por la Corte, por lo que ésta ordenó despachar nuevo Oficio a ese Secretario de Estado. Finalmente el Ministro del Interior, General de Ejército Raúl Benavides Escobar, informó que el afectado no registra antecedentes en esa Secretaría, y que no se ha dictado ni se mantiene pendiente resolución alguna del mismo Ministerio que le afecte. El 21 de marzo de 1977, la Corte rechazó el recurso, pero como en un escrito previo se dieron más antecedentes por la recurrente de cómo ocurrieron los hechos, en el mismo fallo se ordenó que los antecedentes pasaran al Tribunal Pleno. La Corte de Apelaciones en Pleno con misma fecha, acordó designar al Ministro Aldo Guastavino en Visita Extraordinaria para conocer del caso, y, en consecuencia, pasaron los antecedentes a ese Ministro que ya estaba sustanciado el proceso rol 2-77, por los casos de desaparición de 8 personas, incluyéndose en esa investigación criminal al caso de Waldo Pizarro. Luego que los respectivos recursos de amparo fueran rechazados, familiares de las víctimas solicitaron a la Excma. Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita para que se abocara al conocimiento de los 13 desaparecidos ya nombrados. El Tribunal accedió a lo solicitado, pero limitando el ámbito de investigación a sólo 8 de los casos incluyendo a Waldo Ulises Pizarro, como ya se dijo al poco tiempo de iniciada la investigación se incluyeron dos casos más. La tramitación de esta causa duró cerca de 13 años y se acumularon en ella 21 tomos con más de 9.000 fojas, y la investigación estuvo a cargo de distintos ministros. El máximo Tribunal de la República ordena a la Corte de Apelaciones de Santiago que efectúe tal designación, la que recayó en el Ministro Sr. Guastavino, quien luego de requerir informe al Ministerio del Interior -quien informó que los afectados habían hecho abandono del país por un paso cordillerano, hacia la República Argentina- sobreseyó la causa. Dicha resolución fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al igual que en la segunda oportunidad en que se decretó un nuevo cierre del sumario. Posteriormente el Ministro Carlos Letelier Bobadilla, vino a subrogar al Ministro Guastavino, cerrando el sumario en agosto de 1978, "no pudiendo adelantarse en la investigación". Dicha resolución fue impugnada por los abogados que hicieron ver al Ministro que sí podía adelantar en la investigación, por existir diligencias pendientes solicitadas y porque del estado del proceso surgirían otras por disponer. Fue así como el Ministro Letelier dejó sin efecto su propia resolución, decretando diligencias. Más adelante, reasumiendo sus funciones el Ministro Guastavino, decretó sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L. 2191 en diciembre de 1980. La Corte de Apelaciones, esta vez, revocó la resolución de cierre del sumario, y el propio Ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal. De esta manera continuó la tramitación. Ya en el año 1983 se hizo cargo de continuar la investigación por el "proceso de los trece", el Ministro señor Carlos Cerda Fernández, quien dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones de personas, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otras de vital importancia. En suma, recibió cerca de 200 testimonios de testigos presenciales de las detenciones de los afectados y de su reclusión en recintos clandestinos. Entre estos testimonios también se contaron los de miembros de las Fuerzas Armadas, que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones, y de algunos civiles que colaboraron con los servicios de seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno (El Fanta). En esta etapa se contó con la declaración del soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta Institución, quien mediante su declaración dio cuenta y datos que, a mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado "Comando Conjunto" o "Comando Conjunto Antisubversivo", integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y que luego de ser detenidos por los servicios de inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores. En este grado de investigación, el Ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos valiosos y esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, algunos de ellos de desaparecimiento de personas, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros Tribunales que conocían de causas criminales por ellos. El Ministro Carlos Cerda dictó durante la tramitación que a él le tocó sustanciar 43 encargatorias de reo; en septiembre de 1983, a dos funcionarios de Investigaciones por los delitos de falsificación de instrumento público, constituido por la hoja de ruta que daba cuenta de la salida del país, y de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y de Edras Pinto Arroyo, y, en septiembre de 1985, a Miguel Estay Reyno (El Fanta) como cómplice en los delitos de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y Edras Pinto Arroyo. El 14 de agosto de 1986 el Ministro dicta 40 encargatorias de reos por igual número de personas, entre los que se encuentra el ex miembro de la Junta Militar, General del Aire Gustavo Leigh, otros Generales, Oficiales y Suboficiales de Carabineros, Fuerza Aérea y Marina de Chile, detectives de la Policía de Investigaciones y de algunos civiles. Los uniformados eran algunos en servicio activo y otros en retiro a esa fecha. Cuatro de estos 40 reos presentaron queja por no aplicación de ley de amnistía y la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de septiembre de 1986, deja sin efecto las encargatorias de reo, no sólo de los cuatro reos que apelaron sino que incluye por Oficio a los otros 36 reos. Este fallo fue confirmado por la Corte Suprema el 6 de octubre del mismo año. Ante tal resolución el Ministro Cerda resolvió suspender su cumplimiento y representar a la Corte Suprema un escrito fundamentando las razones de su determinación. Enterada de esta situación la Corte Suprema, en Pleno del 8 de octubre de 1986, resolvió aplicar medida disciplinaria de suspensión del cargo por dos meses, con goce de media remuneración, al Ministro Carlos Cerda Figueroa. Se nombró como suplente al juez Manuel Silva Ibañez quien, el 23 de octubre de 1986 aplicando el D.L.de amnistía, sobreseyó definitivamente el proceso Rol 2-77. Los familiares de las víctimas apelaron y la Corte de Apelaciones el 10 de junio de 1987 confirmó el fallo del juez Silva. Ante esta situación se presentaron recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema, Tribunal que en sentencia del 11 de agosto de 1989 confirmó el sobreseimiento definitivo por amnistía de la causa Rol 2-77 que investigaba la suerte corrida tras la detención de Waldo Pizarro Molina. Para mejores antecedentes del proceso Rol 2-77 que investiga la suerte de detenidos desaparecidos del año 1976 ver ficha de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, detenida el 15 de diciembre de 1976. Al término del año 1992 familiares de Pizarro Molina a raíz de la reciente detención y encargatoria de reo -por el homicidio de otras víctimas- del ex agente del Comando Conjunto Miguel Estay Reyno "El Fanta", estudiaban la interposición de una nueva querella criminal por su secuestro y todos los otros delitos que se hubieren cometido en su contra. Estay Reyno que hasta 1975, fecha en que fue detenido, había militado en el Partido Comunista, había pasado a ser un agente especializado en la represión a comunistas del mencionado organismo de seguridad. Actualidad:TERCERA –20 Febrero 2001
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