Muñoz Cornejo Manuel del Carmen


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Rut : 3.694.511-7

Fecha Detención : 11-09-1973
Lugar Detención : Tocopilla


Fecha Nacimiento : 21-10-1940 Edad : 33

Lugar Nacimiento : Caldera

Actividad Política :
Actividad : Empleado

Estado Civil e Hijos : Casado, 4 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :(Informe corporación)

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 58.189 Copiapó

F.Nacim. : 21-10-40, 33 años a la fecha de su desaparición

Domicilio : Villa Prat N°40, Tocopilla

E.Civil  : Casado, 4 hijos

Actividad : Empleado

C.Repres. : Jefe de Personal de la Sociedad Química y Minera De Chile (SOQUIMICH) en Tocopilla

F.Detenc. : 11 de septiembre de 1973

 

 SITUACION REPRESIVA

            Manuel Muñoz Cornejo, casado, Jefe de Personal de SOQUIMICH,  quien había llegado a Tocopilla hacía sólo seis meses proveniente de Santiago, fue detenido en su hogar por una patrulla militar.

            El mismo martes 11 de septiembre de 1973 fue convocado públicamente a presentarse ante las nuevas autoridades. La radio de la localidad en más de una oportunidad dio su nombre como una de las personas requeridas. El no tuvo tiempo para tomar la decisión de presentarse, pues ese mismo día fue detenido. Llevado a la Cárcel Pública, permaneció allí durante tres días. Durante ese lapso fue visitado por su esposa, Angela Vega, quien le llevó alimentos y ropa. Sin embargo, el 14 de septiembre de 1973, al concurrir al recinto, la cónyuge se enteró que el afectado ya no se encontraba en el lugar, sin que nadie le diera siquiera una explicación de su desaparecimiento.

            A partir de esa fecha se perdieron todos sus rastros. Nada volvería a saberse de él.

            La desaparición de Manuel Muñoz se inscribe en los hechos ocurridos en Tocopilla a partir del 11 de septiembre de 1973, los que se tradujeron en numerosas detenciones, desaparecimientos de los detenidos, ejecuciones y aplicaciones de ley de fuga.

           

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            En junio de 1990 la Comisión de Derechos Humanos de Tocopilla presentó querella por inhumación ilegal ante el Primer Juzgado del Crimen de dicha ciudad, ésta fue rolada con el N°3232. A raíz de esta investigación se realizaron excavaciones en la mina "La Veleidosa", las que tuvieron como resultado el hallazgo de restos de cuatro personas. El nombre de Manuel Muñoz Cornejo fue incluido en la nómina de los 6 detenidos desaparecidos en 1973 en Tocopilla. Finalmente los restos correspondían sólo a 4 de ellos: Luis Segovia Villalobos, Carlos Garay Benavides, Claudio Tognola Ríos y Agustín Villarroel Carmona. Ellos tenían en común haber sido sacados de la Cárcel Pública de Tocopilla los primeros días de octubre de 1973 y que la autoridad había entregado una versión que decía que se habían dado a la fuga. En el lugar no se encontró ningún resto de Manuel Muñoz Cornejo.

            A raíz de esta querella por inhumación ilegal, su cónyuge y la madre de sus tres hijos mayores concurrieron al tribunal a aportar antecedentes.

 


Corte confirma condena contra carabineros y militares por el homicidio y secuestro de víctimas de Tocopilla

Fuente :caucoto.cl 11/9/2021

Categoría : Prensa

La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia definitiva de segunda instancia en la causa llamada Episodio Tocopilla, condenando a miembros del Ejército y Carabineros por el homicidio y secuestro calificado de doce víctimas, ilícitos ocurrido entre septiembre y octubre de 1973, en el norte del país.

De esta manera la Sala, integrada por la ministra Mireya Eugenia López y los ministros(as) Suplentes Rafael Andrade y María Inés Lausen, confirmó lo resuelto por el Ministro de Fuero Mario Carroza Espinosa en su fallo de primera instancia y se condena a 15 años de presidio mayor en su grado medio a Luciano Astete Almendras, Alex Adalberto Cantín Leyton, Gilberto Arturo Santiago Egaña García, como autores de los delitos reiterados de homicidio calificado de Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reynaldo Armando Aguirre Pruneda, Freddy Alex Araya Figueroa, Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Óscar Gallegos Santis. Y por el delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo.

Asimismo, se confirma la sentencia respecto de Raúl Darío Almonacid Valdivia, quien queda condenado como autor de los delitos reiterados de homicidio calificado de seis de las doce víctimas, recibiendo la pena de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo. Y Luis Ramón Guerrero González e Ivar Liborio Muñoz Peña quedan condenados en calidad de autores del delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo a 5 años de presidio menor en su grado máximo.

El abogado querellante Francisco Ugás Tapia, del Estudio Jurídico Caucoto Abogados y quien representa a familiares de Manuel Muñoz Cornejo, Carlos Garay Benavides y de Vicente Ramón Cepeda Soto, destacó de manera positiva “que se haya logrado cambiar la participación de algunos sujetos que habían sido condenados como cómplices y encubridor por sentencia de primer grado, a la de autores (concretamente, respecto de Gilberto Arturo Santiago Egaña García, de Raúl Darío Almonacid Valdivia, de Ivar Liborio Muñoz Peña, pero, por otra parte, es reprochable el que la sala, por mayoría, haya aplicado la media prescripción (motivo Vigésimo), cuya incidencia se observa de manera grosera en las penas fijadas”.

En este sentido, Ugás informó que recurrirán en los próximos días en contra de la sentencia del tribunal de alzada capitalino, tanto por la parte penal y civil.

Los hechos

De acuerdo a la investigación sustanciada por el ministro de fuero Mario Carroza se pudo establecer:

1) Que a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar ordena tomar el control de la ciudad de Tocopilla y para llevarlo a cabo, se instruye a las unidades de la Armada, Carabineros, Policía de Investigaciones y militares, en la jurisdicción, misiones específicas a realizar.

2) Que así las cosas, en un primer momento asume como Gobernador de Tocopilla el Capitán de la Armada Humberto Fuentes Morales, quien en atención a su estado de salud y recursos logísticos, entrega esa responsabilidad al Prefecto de Carabineros Luciano Astete Almendras, y a su vez se designa al subprefecto Juan de Dios Salazar Lantery como Fiscal Militar para el departamento de Tocopilla, estando sus funciones dirigidas a instruir los procesos que tuvieran relación con las actividades políticas y subversivas que se desarrollaran en la provincia.

3) Que para tal cometido, por instrucciones del Prefecto Luciano Astete Almendras, el Fiscal Militar designa una Comisión Civil al mando del entonces Teniente Alex Cantín Leyton, para que se dedique coordinadamente con el personal militar, la Armada e Investigaciones a ejecutar operativos contra la población civil de la ciudad, consistente en allanamientos, privaciones de libertad, interrogatorios, torturas y ejecuciones sumarias, como en los casos que a continuación se indican:

A.- Hechos ocurridos el 18 de septiembre de 1973, que ocasionan la muerte de Iván Florencio Morán Araya y Ernesto Manuel Moreno Díaz.
El día 18 de septiembre de 1973, en horas de la noche, alrededor de las 20:00 horas, efectivos de Carabineros de Tocopilla comandados por Raúl Gaete Cuevas (fallecido), Juan Bonilla Castro (fallecido) y Diocario Contreras Labrín (fallecido), detuvieron en sus domicilios a Iván Florencio Morán Araya y Ernesto Manuel Moreno Díaz para conducirlos hasta la Comisaría de esa ciudad, donde serían interrogados; sin embargo, en la madrugada del día siguiente, ambos fueron ejecutados afuera de la Comisaría por funcionarios policiales que cumplían órdenes de sus superiores bajo el pretexto de haber intentado darse a la fuga, siendo sus cuerpos posteriormente entregados sin vida con heridas de bala en la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla.

B.- Fusilados en la Mina la Veleidosa.

En otra oportunidad, estos mismos funcionarios de la Comisaría de Tocopilla detuvieron durante en el curso de los días 11 de septiembre al 04 de octubre de 1973, a varias personas individualizadas como Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reinaldo Armando Aguirre Pruneda y Freddy Alex Araya Figueroa, y les mantuvieron privadas de libertad en primer término en los calabozos de la Primera Comisaría de Carabineros de esa ciudad y luego, en la Cárcel Pública de dicho puerto, lugar éste último desde donde se les saca para llevarles el día 06 de octubre de ese año, maniatados, hasta el pique minero denominado «Mina La Veleidosa» o «La Descubridora», ubicado a una distancia aproximada a los 30 kilómetros hacia el oriente del centro de la ciudad de Tocopilla, en ese lugar se les ordena bajar y se procede a conformar un pelotón de fusileros integrados por funcionarios de Carabineros, Investigaciones, Armada y Ejército, a los cuales se les ordena dispararles con sus armas de fuego, para quitarles la vida. Con posterioridad, los cuerpos sin vida de Tognola, Garay, Segovia y Villarroel, fueron arrojados al interior del pique ya citado, el cual en esa fecha tenía una profundidad superior a los seiscientos metros, sus restos fueron parcialmente recuperados e identificados en el transcurso del año 1991, sin embargo, los cadáveres de Aguirre y Araya, son trasladados a la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla, argumentándose habérsele muerte durante un intento de fuga, en los momentos en que se realizaba un operativo de búsqueda de armas y explosivos en el sector de una mina sin nombre.

C.- Los hechos que ocasionaron la muerte de Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Oscar Gallegos Santis, en la madrugada del 23 de octubre de ese mismo año.
Que por su parte, Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Oscar Gallegos Santis, fueron detenidos entre los días 16 y 20 de septiembre de 1973 por efectivos dependientes de la misma Prefectura de Carabineros de Tocopilla, trasladados hasta la Primera Comisaria de esa ciudad, donde se les mantuvo en los calabozos hasta la madrugada del 23 de octubre de ese mismo año, ocasión en que a los cuatro se les dio muerte al interior de sus celdas, utilizando para ello fusiles ametralladoras, sus cuerpos posteriormente entregados a la morgue del Hospital Marcos Macuada, y se informa a la ciudadanía que los detenidos le habían arrebatado el fusil SIG a un centinela que los vigilaba, el que no pudieron utilizar por desconocimiento y debido a ello, personal de servicio de la unidad policial tuvo que abrir fuego y provocarles la muerte.

D.- Secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo, ocurrido el 14 de Septiembre de 1973.

Que, como se señaló anteriormente para el 11 de septiembre de 1973, en el contexto de los hechos acaecidos en el país, se le entrega la misión al Prefecto Delegado Luciano Astete Almendras de crear un grupo operativo de represión política en Tocopilla, para lo cual designa como Fiscal Militar Ad-Hoc al Subprefecto de Carabineros Juan de Dios Salazar Lantieri (fallecido), y éste para dar cumplimiento a su tarea procede a designar a determinados funcionarios de la Primera Comisaria de Tocopilla, para que se encargaran de la detención e interrogatorios de las personas conocidas como partidarias del gobierno depuesto por el golpe militar. Este grupo operativo de Carabineros, era dirigido por el Teniente Alexis Cantín Leyton e integrado de manera permanente por los funcionarios policiales tenían pleno conocimiento de la ilicitud de los actos que se cometieron y aun así, cooperaron en su ejecución con actos previos o simultáneos.

Así las cosas, el día 11 de Septiembre de 1973, estos funcionarios de Carabineros se presentaron en la Empresa SOQUIMICH, comandados por el Teniente Alex Cantín Leyton, detuvieron a Manuel del Carmen Muñoz Cornejo, a quien trasladaron hasta la Comisaria de Tocopilla, luego a un calabozo del Centro de Detención Preventiva de Tocopilla, y en ese lugar permaneció durante tres días bajo crueles e inhumanos tormentos.
El 14 de Septiembre de 1973, es sacado desde la cárcel por el mismo Teniente Cantín y sus subalternos, para trasladarlo a un lugar desconocido, donde se pierde su rastro, sin que hasta la fecha se conozca su destino o paradero».


SERPAJ ANTOFAGASTA: “A 44 AÑOS DEL GOLPE ES URGENTE LA VERDAD Y JUSTICIA PARA ENCONTRAR A LOS MILES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS”

Fuente :serpaj.cl 31/8/2017

Categoría : Prensa

En Memoria de: 

Gastón de Jesús Cortés Valdivia
 Luis Alberto Gómez Cerda
 René Andrés Linsambarth Rodríguez
 Manuel del Carmen, Muñoz Cornejo
 Orlando Vitalio Mutarello Soza
 Luis Orozimbo Segovia Villalobos
 Claudio Rómulo Tognola Rios
 René Daniel Vallejos Parra
 Luis Eduardo Contreras
 Elisa Escobar

Y los miles de detenidos desaparecidos de nuestro país…

Hasta el Cementerio General de Antofagasta, llegaron trabajadoras de SERPAJ  para rendir un homenaje y entregar una ofrenda floral  en el memorial que recuerda a los detenidos desaparecidos de la región, acción que se enmarca en una nueva jornada que conmemora el Día Internacional del Detenido Desaparecido.

Alzando el mensaje de #NoMeCalloNiTeOlvido, se busca no sólo reconstruir la memoria fracturada y herida de nuestro país, sino también, exigir verdad y justicia, acompañando a las miles de familia que aún buscan a sus seres queridos, quienes aún no tienen noticias sobre su paradero, formando parte de los más de 3 mil detenidos desaparecidos que dejó la dictadura cívico militar en Chile.

En este sentido, Hanna Goldener, directora regional de SERPAJ Antofagasta destacó que “Hoy a 44 años del Golpe de Estado, se hace más urgente que nunca la necesidad de memoria, verdad justicia y reparación para tantas familias. No olvidemos que en nuestra región hubo 46 centros de detención, y lamentablemente 88 ejecutados políticos y 10 detenidos desaparecidos. Por ello con este homenaje buscamos recordarlos a ellos y a tantos chilenos que entregaron su vida por un proyecto de país basado en la libertad y la justicia”.

CONTRIBUCIÓN EN DICTADURA 

Desde 1977 que SERPAJ Chile tiene presencia en Antofagasta. En plena dictadura militar, su labor se centró en desarrollar diversas acciones en torno a la Educación Popular y los Derechos Humanos, realizando también un trabajo poblacional en el sector Nueva Balmaceda y Población la Bandera. Transcurridos 10 años, es decir en 1989, la labor ya se había extendido a 5 poblaciones en las que trabajaban junto a mujeres, jóvenes y pobladores.

Junto con ello, también se contaba con una sede en el centro de la ciudad, espacio abierto a la comunidad donde se realizaron charlas, seminarios y diversas jornadas que buscaron ser un aporte para combatir la represión y la violencia de la dictadura. Dentro de las tantas acciones que se desarrollaron, se cuentan por ejemplo:

  • Apoyo De Capacitación a la Coordinadora Democrática de Mujeres en Antofagasta.
  • Vigilia a Favor de los Presos Políticos
  • Jornadas, cursos y talleres de Educación Popular en las áreas de Educación para la Democracia, Derechos Humanos, No Violencia y Mujer.
  • Apoyo Educativo a los familiares de Detenidos Desaparecidos
  • Apoyo a la Comisión de DDHH de Tocopilla

En este día, como Servicio Paz y Justicia no podemos dejar que la impunidad entorpezca las acciones en busca de la verdad y la reparación, por ello demandamos:

  • El cierre de la Escuela de las Américas, y el cese de envío de tropas nacionales a capacitarse en este nicho de entrenamiento para la represión dependiente del gobierno de los Estados Unidos.
  •  El cierre definitivo de Punta Peuco y el cese de centros de reclusión con privilegios especiales para criminales condenados por crímenes de lesa
    humanidad
  •  Es urgente la desclasificación de los archivos de la comisión Valech y poner fin a los 50 años de silencio que permitirá otorgar verdad, descanso
    y paz a las familias de ejecutados y detenidos desaparecidos

Ministro Carroza condena a uniformados en retiro por secuestros y homicidios en Tocopilla en 1973

Fuente :gap-chile.org 30/10/2018

Categoría : Prensa

El ministro en visita extraordinaria para causa por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, condenó a seis miembros en retiro de Carabineros y el Ejército por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo; y los homicidios calificados de Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reinaldo Armando Aguirre Pruneda, Freddy Álex Araya Figueroa, Iván Florencio Morán Araya, Ernesto Manuel Moreno Díaz, Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Óscar Gallegos Santis. Ilícitos perpetrados entre septiembre y octubre de 1973, en la ciudad de Tocopilla.

En el fallo (causa rol 2.182-1998 "Tocopilla"), el ministro de fuero condenó a Luciano Astete Almendras y a Álex Adalberto Cantín Leyton a las penas efectivas de 17 años y 15 años y un día de presidio, respectivamente, en calidad de autores de los delitos. En tanto, Gilberto Arturo Santiago Egaña García y Raúl Darío Almonacid Valdivia deberán purgar 7 años y 5 años y un día de presidio, respectivamente, como cómplices.

En el caso de Juan José Rojas Fuentes y Luis Ramón Guerrero González fueron condenados a 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de pena, en calidad de cómplices del delito de secuestro calificado. Misma pena y beneficio a la que fue sentenciado Ivar Liborio Muñoz Peña, como encubridor. En la etapa de investigación de la causa, el ministro Carroza logró establecer los siguientes hechos:

1) Que a raíz de los acontecimientos acaecidos en el país el día 11 de septiembre de 1973, el Gobierno Militar ordena tomar el control de la ciudad de Tocopilla y para llevarlo a cabo, se instruye a las unidades de la Armada, Carabineros, Policía de Investigaciones y militares, en la jurisdicción, misiones específicas a realizar.

2) Que así las cosas, en un primer momento asume como Gobernador de Tocopilla el Capitán de la Armada Humberto Fuentes Morales, quien en atención a su estado de salud y recursos logísticos, entrega esa responsabilidad al Prefecto de Carabineros Luciano Astete Almendras, y a su vez se designa al subprefecto Juan de Dios Salazar Lantery como Fiscal Militar para el departamento de Tocopilla, estando sus funciones dirigidas a instruir los procesos que tuvieran relación con las actividades políticas y subversivas que se desarrollaran en la provincia.

3) Que para tal cometido, por instrucciones del Prefecto Luciano Astete Almendras, el Fiscal Militar designa una Comisión Civil al mando del entonces Teniente Alex Cantín Leyton, para que se dedique coordinadamente con el personal militar, la Armada e Investigaciones a ejecutar operativos contra la población civil de la ciudad, consistente en allanamientos, privaciones de libertad, interrogatorios, torturas y ejecuciones sumarias, como en los casos que a continuación se indican:

A.- Hechos ocurridos el 18 de septiembre de 1973, que ocasionan la muerte de Iván Florencio Morán Araya y Ernesto Manuel Moreno Díaz.

El día 18 de septiembre de 1973, en horas de la noche, alrededor de las 20:00 horas, efectivos de Carabineros de Tocopilla comandados por Raúl Gaete Cuevas (fallecido), Juan Bonilla Castro (fallecido) y Diocario Contreras Labrín (fallecido), detuvieron en sus domicilios a Iván Florencio Morán Araya y Ernesto Manuel Moreno Díaz para conducirlos hasta la Comisaría de esa ciudad, donde serían interrogados; sin embargo, en la madrugada del día siguiente, ambos fueron ejecutados afuera de la Comisaría por funcionarios policiales que cumplían órdenes de sus superiores bajo el pretexto de haber intentado darse a la fuga, siendo sus cuerpos posteriormente entregados sin vida con heridas de bala en la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla.

B.- Fusilados en la Mina la Veleidosa.

En otra oportunidad, estos mismos funcionarios de la Comisaría de Tocopilla detuvieron durante en el curso de los días 11 de septiembre al 04 de octubre de 1973, a varias personas individualizadas como Claudio Rómulo Tognola Ríos, Carlos Miguel Garay Benavides, Luis Orocimbo Segovia Villalobos, Agustín de la Cruz Villarroel Carmona, Reinaldo Armando Aguirre Pruneda y Freddy Alex Araya Figueroa, y les mantuvieron privadas de libertad en primer término en los calabozos de la Primera Comisaría de Carabineros de esa ciudad y luego, en la Cárcel Pública de dicho puerto, lugar éste último desde donde se les saca para llevarles el día 06 de octubre de ese año, maniatados, hasta el pique minero denominado "Mina La Veleidosa" o "La Descubridora", ubicado a una distancia aproximada a los 30 kilómetros hacia el oriente del centro de la ciudad de Tocopilla, en ese lugar se les ordena bajar y se procede a conformar un pelotón de fusileros integrados por funcionarios de Carabineros, Investigaciones, Armada y Ejército, a los cuales se les ordena dispararles con sus armas de fuego, para quitarles la vida. Con posterioridad, los cuerpos sin vida de Tognola, Garay, Segovia y Villarroel, fueron arrojados al interior del pique ya citado, el cual en esa fecha tenía una profundidad superior a los seiscientos metros, sus restos fueron parcialmente recuperados e identificados en el transcurso del año 1991, sin embargo, los cadáveres de Aguirre y Araya, son trasladados a la morgue del Hospital Marcos Macuada de Tocopilla, argumentándose habérsele muerte durante un intento de fuga, en los momentos en que se realizaba un operativo de búsqueda de armas y explosivos en el sector de una mina sin nombre.

C.- Los hechos que ocasionaron la muerte de Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Oscar Gallegos Santis, en la madrugada del 23 de octubre de ese mismo año.

Que por su parte, Julio Enrique Brewe Torres, Breno Benicio Cuevas Díaz, Vicente Ramón Cepeda Soto y Carlos Oscar Gallegos Santis, fueron detenidos entre los días 16 y 20 de septiembre de 1973 por efectivos dependientes de la misma Prefectura de Carabineros de Tocopilla, trasladados hasta la Primera Comisaria de esa ciudad, donde se les mantuvo en los calabozos hasta la madrugada del 23 de octubre de ese mismo año, ocasión en que a los cuatro se les dio muerte al interior de sus celdas, utilizando para ello fusiles ametralladoras, sus cuerpos posteriormente entregados a la morgue del Hospital Marcos Macuada, y se informa a la ciudadanía que los detenidos le habían arrebatado el fusil SIG a un centinela que los vigilaba, el que no pudieron utilizar por desconocimiento y debido a ello, personal de servicio de la unidad policial tuvo que abrir fuego y provocarles la muerte.

D.- Secuestro calificado de Manuel del Carmen Muñoz Cornejo, ocurrido el 14 de Septiembre de 1973.

Que, como se señaló anteriormente para el 11 de septiembre de 1973, en el contexto de los hechos acaecidos en el país, se le entrega la misión al Prefecto Delegado Luciano Astete Almendras de crear un grupo operativo de represión política en Tocopilla, para lo cual designa como Fiscal Militar Ad-Hoc al Subprefecto de Carabineros Juan de Dios Salazar Lantieri (fallecido), y éste para dar cumplimiento a su tarea procede a designar a determinados funcionarios de la Primera Comisaria de Tocopilla, para que se encargaran de la detención e interrogatorios de las personas conocidas como partidarias del gobierno depuesto por el golpe militar. Este grupo operativo de Carabineros, era dirigido por el Teniente Alexis Cantín Leyton e integrado de manera permanente por los funcionarios policiales tenían pleno conocimiento de la ilicitud de los actos que se cometieron y aun así, cooperaron en su ejecución con actos previos o simultáneos.

Así las cosas, el día 11 de Septiembre de 1973, estos funcionarios de Carabineros se presentaron en la Empresa SOQUIMICH, comandados por el Teniente Alex Cantín Leyton, detuvieron a Manuel del Carmen Muñoz Cornejo, a quien trasladaron hasta la Comisaria de Tocopilla, luego a un calabozo del Centro de Detención Preventiva de Tocopilla, y en ese lugar permaneció durante tres días bajo crueles e inhumanos tormentos.

El 14 de Septiembre de 1973, es sacado desde la cárcel por el mismo Teniente Cantín y sus subalternos, para trasladarlo a un lugar desconocido, donde se pierde su rastro, sin que hasta la fecha se conozca su destino o paradero".

En el aspecto civil, el fallo acogió con costas las demandas por daño moral deducidas, ordenado al Estado de Chile a pagar la suma total de $980.000.000 (novecientos ochenta millones de pesos) a familiares de las víctimas.

Asimismo, condenó a Astete Almendras, Cantín Leyton, y Almonacid Valdivia, pagar a Rosa Canales Illesca, Claudia Tognola Canales, Verónica Tognola Canales y Paola Tognola Canales $20.000.000 (veinte millones de pesos) a cada una.

 


Gobierno se querelló por inhumación ilegal para dar con siete detenidos desaparecidos

Fuente :cooperativa.cl 4/1/2023

Categoría : Prensa

En la línea del Plan Nacional de Búsqueda, presentaron acciones contra los responsables del extravío de un grupo secuestrado en Tocopilla en 1973, días después del golpe.

El objetivo es reiniciar diligencias de búsqueda en la mina La Veleidosa, lugar en el cual se presume que se encuentran sus osamentas.

La Subsecretaría de Derechos Humanos presentó este miércoles un grupo de inéditas querellas contra todos quienes resulten responsables por los delitos de inhumación y exhumación ilegal de siete personas secuestradas durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), acción que busca dar con el paradero de las víctimas que a la fecha permanecen en calidad de detenidas desaparecidas.

La querella, presentada ante la Corte de Apelaciones de La Serena, busca conocer el paradero final de las víctimas, todas ellas secuestradas en la ciudad de Tocopilla (Región de Antofagasta), reiniciando diligencias de búsqueda en la Mina "La Veleidosa", lugar en el cual se presume puedan encontrarse osamentas de detenidos desaparecidos, como se logró en el mismo sitio durante la década de 1990.

"La presentación de esta querella va en la línea del Plan Nacional de Búsqueda que, si bien se encuentra en su etapa de elaboración, plantea entre sus ejes la presentación de querellas que tengan por objetivo determinar las circunstancias en que las víctimas fueron desaparecidas, acompañando siempre a los familiares en este un proceso que sana heridas del pasado y el presente", afirmó la subsecretaria de Derechos Humanos, Haydee Oberreuter.

"Es muy relevante para nosotros acompañar a los familiares en esta presentación, considerando el diseño del Plan Nacional de Búsqueda que ha impulsado la Subsecretaría de Derechos Humanos y a 50 años de las conmemoraciones del golpe de Estado, trabajando desde la convicción que enfrentar hoy las deudas pendientes, fortalece nuestra capacidad para avanzar en los desafíos inmensos del presente y del futuro", agregó el seremi de Justicia de Coquimbo, Rubén García.

SIETE SECUESTROS

En particular, la acción judicial pretende dar con el paradero final de Claudio Tognola, Luis Segovia, Carlos Garay, Agustín de la Cruz Villarroel, Luis Gómez, Vitalio Orlando Mutarello Soza y Manuel del Carmen Muñoz, todos detenidos durante la primera ola represiva que marcó inicio de la dictadura pinochetista en Chile, a pocos días de perpetrado el golpe del 11 de septiembre de 1973.

Según el documento, al que accedió Efe, existen diversos testimonios y antecedentes que sitúan a la Mina "La Veleidosa", ubicada a 15 kilómetros de Tocopilla, como una zona vinculada a la muerte y desaparición de las personas individualizadas en la querella. Sin ir más lejos, parte de los restos de algunas de las víctimas ya fueron localizados en ese lugar.

"Sus familiares tienen la fuerte convicción de que ellos fueron secuestrados por agentes del Estado, luego ejecutados posiblemente por militares de la zona e inhumados en la mina ya individualizada. Luego, años después, se habrían realizado diversas acciones destinadas a hacer imposible el ingreso a la mina o dificultar gravemente los intentos de búsqueda", se señala en la querella.

En la misma, se destaca que el "ocultamiento de cuerpos" en esta zona del país, desértica y alejada de la capital, tiene un "carácter temprano" -durante las primeras semanas luego del golpe de Estado-, configurándose un "patrón criminal claro, en tanto que el ocultamiento de cadáveres en minas o piques mineros abandonados fue una práctica frecuente por agentes del estado en esta zona del país".

La querella presentada en esta jornada no es la primera que se enmarca en el plan de búsqueda, en tanto que en agosto pasado la propia ministra de Justicia, Marcela Ríos, presentó 17 demandas criminales por ejecuciones sumarias y desaparición forzada de 25 personas durante la dictadura, en particular hechos que hasta la fecha no habían sido investigados.

Hasta hoy, en Chile sigue habiendo 1.159 víctimas de desaparición forzada durante la dictadura que aún son buscados por sus seres queridos.