|
|
LUIS GREGORIO MUÑOZ RODRIGUEZRut : 7.455.519-7 Santiago F.Nacim. : 14-03-52, 22 años a la fecha de su detención Domicilio : Nueva Extremadura 4356, Quinta Normal, Santiago E.Civil : Soltero Actividad : Ex estudiante de la Universidad Católica de Valparaíso C.Repres. : Militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) F.Detenc. : 20 de enero de 1975 SITUACION REPRESIVA Luis Gregorio Muñoz Rodríguez, 22 años de edad, soltero, ex estudiante de la Universidad Católica, militante del MIR, se había trasladado a Santiago, en busca de trabajo, aproximadamente a fines del año 1973 instalando su domicilio habitual en la casa de unos tíos, Raquel Rodríguez Saavedra y Guillermo Leyton Silva, ubicada en Nueva Extremadura 4356, Comuna de Quinta Normal. El día 20 de enero de 1975, alrededor de las 14:00 hrs., el afectado salió del domicilio indicado, con el objeto de adquirir algunos remedios o conseguir un médico para su primo Cristián, de once años de edad, quien se encontraba enfermo. Permanece, desde entonces, desaparecido. Si bien no existen testigos presenciales de la detención de Luis Muñoz Rodríguez, la certeza de su ocurrencia y la responsabilidad que le cabe en ella a la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), se ve confirmada por acontecimientos posteriores. En efecto, el día 9 de febrero de 1975, aproximadamente a las 19:00 hrs., en casa de una amiga del afectado se recibió una llamada telefónica presurosa, en que el propio Luis Muñoz Rodríguez señalaba que se encontraba detenido en "Villa Grimaldi" (centro secreto de detención y tortura a cargo de la DINA, ubicado en Avda. José Arrieta 8.200, Peñalolén), y que avisaran a su familia para que concurrieran al Campamento de Prisioneros de "Tres Alamos", recinto al cual sería trasladado. Antes de dar mayores explicaciones, el llamado telefónico se interrumpió repentinamente. Alertados frente a esta información, los familiares del afectado comenzaron a visitar regularmente el campo de "Tres Alamos", con el objeto de ubicarlo o de obtener algún dato acerca de su persona. Fue así como en el mes de marzo o abril de 1975, tuvieron la oportunidad de entrevistarse con don Luis Costa del Pozo, quien permanecía recluido en el recinto mencionado. Esta persona, que había sido compañero de estudios del afectado, les manifestó que Luis Gregorio Muñoz había estado detenido junto a él, en el mes de enero de 1975, en Villa Grimaldi, y que sabía que la víctima, aprovechando la posibilidad de usar un teléfono mientras hacía el aseo en la señalada Villa, había efectuado el llamado a que se ha hecho mención. Agregó el testigo, que fue detenido el 21 de enero de 1975 por un agente de la DINA conocido por el apelativo de Teniente "Marcos" (cuya identidad sólo fue conocida a los años después estableciéndose que era el entonces Teniente de Carabineros Gerardo Godoy García), el mismo sujeto que practicó la detención del afectado. Continuó señalando que el mismo día 21 de enero fue sometido a un careo con Luis Muñoz, dirigido por el agente mencionado. Finalmente, señaló el Sr. Costa, que Luis Gregorio Muñoz Rodríguez, fue sacado de Villa Grimaldi el día 20 de febrero de 1975, junto a otros detenidos, con destino desconocido. La permanencia del afectado en el recinto de Villa Grimaldi, en enero y febrero de 1975, fue también confirmada por los dichos de la ex detenida Walkiria Jorquera Iturrieta, quien lo conocía con anterioridad y pudo incluso conversar con él. A pesar de las múltiples gestiones realizadas por su familia, Luis Gregorio Muñoz Rodríguez permanece desaparecido desde que fuera detenido por la DINA en 1975. GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS Luis Darío Muñoz Rodríguez, interpuso ante la Corte de Apelaciones de Santiago, un recurso de amparo en favor de su hermano, el 12 de febrero de 1975, el que fue rolado con el N°226-75. Pedidos informes respectivos al Ministro del Interior, Comandante en Jefe de Zona en Estado de Sitio de la Provincia de Santiago y al Comandante del Comando de Aviación de Combate para Tribunales en Tiempo de Guerra, todos ellos informaron que el afectado no se encontraba detenido ni procesado por Tribunales Militares. Con el sólo mérito de estos informes negativos, y sin remitirse Oficios al Ministro de Defensa, Secretario Ejecutivo Nacional de Detenidos, Comandante del Campo de Prisioneros de "Tres Alamos" y a la Dirección Nacional de Inteligencia, como lo solicitó expresamente el recurrente, la Corte desechó el recurso de amparo interpuesto con fecha 26 de marzo de 1975, ordenando remitir los antecedentes al 9° Juzgado del Crimen de Santiago, a fin de que instruya el correspondiente sumario. En efecto, el 7 de abril de 1975, se inició ante el Tribunal indicado, un proceso por la presunta detención ilegal de Luis Muñoz Rodríguez, el que fue rolado con el N°13.819-6. Diligenciada la correspondiente orden de investigar, se consignó en autos que averiguaciones practicadas en la Secretaría Nacional de Detenidos, no arrojaron resultados positivos. Esta entidad manifestó que el afectado "no se encuentra entre los detenidos controlados por este Organismo". Otras diligencias efectuadas para determinar el paradero de Luis Gregorio Muñoz, resultaron también infructuosas. Habiéndose oficiado al jefe del Campamento de Detenidos de "Tres Alamos", el Coronel Jorge Espinoza Ulloa, en su calidad de Secretario Ejecutivo Nacional de Detenidos (SENDET), informó al Tribunal con fecha 23 de abril de 1975, que el afectado no se encuentra entre los detenidos controlados por este organismo. El 23 de octubre de 1975, el Sr. Juez Titular del 9° Juzgado del Crimen, Luis Villarroel Carvallo, sobreseyó temporalmente la causa, pues del mérito de los antecedentes que rolan en autos se desprende que no se encuentra suficientemente acreditada la existencia del hecho denunciado, y hasta que se presenten nuevos y mejores datos de investigación. Subiendo en consulta a la Corte de Apelaciones de Santiago, la resolución anotada fue aprobada por este Tribunal, el 29 de diciembre de 1975. Rosa Muñoz Rodríguez, hermana del afectado, interpuso el 8 de julio de 1980, ante el Sr. Ministro en Visita Extraordinaria Servando Jordán, una querella por el delito de secuestro, dirigida en contra del entonces Teniente de Carabineros y agente de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), Gerardo Godoy García, apodado "Teniente Marcos". El Ministro Sr. Jordán se declaró incompetente para conocer los hechos denunciados, y ordenó la remisión de los autos a la Justicia Militar, el 22 de agosto de 1980. Apelada la resolución precedente, ésta fue confirmada por la Excma. Corte Suprema en enero de 1981. Se desconocen los detalles y antecedentes del proceso sustanciado ante la Justicia Militar en relación con el secuestro de Luis Gregorio Muñoz Rodríguez. Tal situación no era poco frecuente, y así ha ocurrido con diversos procesos que, sometidos al conocimiento y fallo de los Juzgados Militares, no han sido conocidos en su procedimiento y definición posterior.
Esta pagina fue modificada el 11 Junio, 2007 Si posee cualquier información sobre este caso, nuevas o mejores imágenes, relatos, testimonios, etc., escribanos a hhrr_project@hotmail.com |
Estas paginas han sido preparadas y son mantenidas por: Proyecto Internacional de Derechos Humanos © 1993 - 2010 |