Lejderman Konujowska Bernardo Mario


museodelamemoria.cl

museodelamemoria.cl

museodelamemoria.cl

museodelamemoria.cl

weisfeiler.com

weisfeiler.com

(Ernesto con sus abuelos, foto suministrada por su hijo Ernesto

(Ernesto con sus abuelos, foto suministrada por su hijo Ernesto

villagrimaldi.cl

villagrimaldi.cl

parquememoria.org.ar

parquememoria.org.ar

Rut : 5.876.297-0

Fecha Detención : 08-12-1973
Lugar Detención : Vicuña


Fecha Nacimiento : 24-03-1943 Edad : 30

Actividad Política : Vanguardia Organizada del Pueblo (VOP)
Actividad : Profesor

Estado Civil e Hijos : Casado, 1 hijo
Nacionalidad : Argentina


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut       : 5.876.297-0 Cédula Nacional Extranjeros

Nacional. : Argentina

F.Nacim. : 24-03-43, 30 años a la fecha de su detención

Domicilio : Sector La Aguada, Localidad Gualliguaica, Comuna de Vicuña

E.Civil  : Casado con mexicana, 1 hijo

Actividad : Profesor

C.Repres. : Vinculado a la Vanguardia Organizada del Pueblo (VOP)

F.Detenc. : 8 de diciembre de 1973

 

     SITUACION REPRESIVA

            En la madrugada del 8 de diciembre de 1973, una patrulla militar del Regimiento "Arica" de La Serena al mando de un oficial de apellido Polanco, conducidos por Luis Horacio Ramírez quien había sido detenido el día anterior -irrumpió en la Quebrada de Angostura, posesión Los Perales, sector de Gualliguaica, comuna de Vicuña, donde habían unas cuevas en las que se había refugiado Bernardo Mario Lejderman Konujowska, su cónyuge María del Rosario Avalos Castañeda, (mexicana), y el hijo de ambos, Ernesto Yoliztly, de menos de dos años de edad.

            Según lo relató Luis Horacio Ramírez ante el Tribunal, él fue detenido el 7 de diciembre de 1973 por efectivos del Regimiento "Arica", cuyo comandante era el teniente coronel Ariosto Lapostol. Se le interrogó sobre unas personas que estaban ocultas en Quebrada de Angostura y para las cuales el testigo había conseguido ropa. Una vez obtenido los antecedentes, se formó un piquete integrado por unos 10 militares bajo el mando de un oficial de apellido Polanco. También iba un sargento de baja estatura, gordo, moreno y de unos 30 años. Cuando se acercaron al lugar, los militares dejaron al testigo a unos mil metros del lugar, mientras ellos recorrían solos la distancia que los separaba de los hornos. Al poco rato, Luis Ramírez sintió disparos y luego llegó hasta él el Sargento, quien le dijo que tomara una pala y una picota para hacer una excavación. El militar lo llevó consigo y, a unos 150 metros de las cuevas, el testigo vio el cuerpo de la mujer (María del Rosario Avalos), el que tenía mucha sangre en el tórax. No vio al hombre. Cuando se retiraron del lugar, los uniformados llevaban en brazos al niño.

            Al día siguiente, acompañado por Modesto Pastén (ya fallecido). Luis Ramírez volvió al lugar, y, en una quebrada, donde existe una vertiente, encontró el cadáver de Bernardo Lejderman. Estaba cubierto de sangre. Junto con Modesto Pastén cavaron una fosa y enterraron los restos. Diecisiete años después, el 1° de agosto de 1990, se exhumó el cuerpo.

            El pequeño Ernesto Yoliztly fue llevado por los militares a la Casa de la Providencia de La Serena, en donde fue ingresado a solicitud del Jefe de Plaza e Intendente de la Provincia, Teniente Coronel Ariosto Lapostol. Permaneció allí hasta el 8 de enero de 1974, fecha en que fue sacado para ser llevado a Buenos Aires, donde sus abuelos paternos.

            A María del Rosario Avalos Castañeda, a través de gestiones diplomáticas, se la exhumó en abril de 1974 y sus restos fueron trasladados al Cementerio General de Santiago. Oficialmente, el Ministerio de Relaciones dijo al Encargado de Negocios de México en Chile que ella se había suicidado haciendo estallar un cartucho de dinamita que llevaba consigo. Por su parte, la Embajada Argentina, por medio de su Encargado de Negocios, José Alberto del Carril, hacía trámites y consultas en relación a la suerte corrida por Bernardo Lejderman Konujowska.

            El 3 de enero de 1974, Enrique Carvallo Díaz, Subsecretario de Relaciones Exteriores, respondió que Lejderman era un peligroso activista que estaba siendo buscado por una patrulla militar en la zona cordillerana. Cuando se le encontró, en la localidad de Gualliguaica, y, al verse éste sorprendido, intentó huir. Como no lo lograra -continuaba la respuesta oficial del Gobierno chileno- hizo estallar un cartucho de dinamita que llevaba entre sus ropas. "Dado que su muerte se produjo por su propia voluntad, no procede establecer responsabilidades por el hecho".

            Días después, el 14 de enero de 1974, Relaciones Exteriores amplió la información que había entregado a la Embajada Argentina. En esta oportunidad agregaba que como sus restos quedaron diseminados por el lugar, el piquete debió juntarlos y darles sepultura, sin que fuese posible hacerle una autopsia.

            Diecisiete años más tarde, el 1ro. de agosto de 1990, cuando se exhumó el cuerpo de Bernardo Lejderman, su cuerpo estaba entero. Sepultado a unos 40 centímetros de profundidad. Ninguno de sus huesos presentaba lesiones y las vértebras, aunque ya desarticuladas por el paso del tiempo, estaban completas, al igual que los restos óseos de la cara y cabeza, de las piernas y brazos, del tórax y de la pelvis.

            Bernardo Lejderman, argentino, y su cónyuge María del Rosario Avalos Castañeda, mexicana, habían ingresado a Chile en 1971. El lo hizo en el mes de marzo de ese año y, al poco tiempo, por sus vinculaciones con la Vanguardia Organizada del Pueblo (VOP), fue procesado por Ley de Seguridad Interior del Estado.

            Aunque no se dispone de una información acabada, se sabe que Bernardo Lejderman, junto a su cónyuge e hijo decidieron irse al sector de la Aguda en busca de refugio. Su condición de extranjeros y el hecho de estar siendo procesado en relación a la VOP le hacían temer por su seguridad y la de su familia. Amigos de la víctima relatan que éste esperaba que se dieran las condiciones para poder cruzar la cordillera hacia Argentina cuando fue ejecutado por los militares.

            Hasta la fecha en que fueron encontrados los restos del afectado (año 1990), permaneció en calidad de desaparecido, ya que no se inscribió su defunción en el Registro Civil hasta el año 1991.

 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS

            Organismos de Derechos Humanos de La Serena, presentaron, el 31 de julio de 1990, una denuncia por el delito de Inhumación Ilegal de Bernardo Lejderman en el Juzgado del Crimen Elqui-Vicuña.

            Junto con relatar las circunstancias de la muerte del afectado, su sepultación ilegal y su permanencia en calidad de desaparecido durante diecisiete años, en la presentación se solicitó la exhumación de los restos del afectado.

            El Juez David Salazar Catalán acogió la denuncia rolándola con el N°14090, y el 1ro. de agosto de 1990 se constituyó en la Quebrada de Angostura procediendo -junto a un equipo de peritos- a realizar las excavaciones que culminaron con el hallazgo de las osamentas de Bernardo Lejderman.

            Posteriormente, el 8 de agosto, ante el mismo Tribunal se presentó una querella por los delitos de Homicidio, Inhumación y Exhumación Ilegal cometidos en contra del afectado y su cónyuge, María del Rosario Avalos, la que fue acumulada al proceso 14090.

            Durante la tramitación del proceso no fue posible individualizar al oficial de apellido Polanco ni a los integrantes del piquete militar que intervinieron en la muerte del matrimonio. El 14 de septiembre de 1990, el Mayor General Hugo Salas Wenzel, Jefe del Estado Mayor General del Ejército, respondió a un oficio del Juzgado del Crimen Elqui-Vicuña, "los antecedentes proporcionados por el Tribunal son insuficientes para individualizar a la persona que se menciona (Polanco). Por otra parte, la Institución no cuenta con antecedentes respecto a qué personas integraban la patrulla militar que actuó en el operativo realizado al interior de Gualliguaica, ni por orden de quién se realizó ese operativo".

            Cuando aún estaba pendiente la exhumación del cuerpo de Rosario Avalos, a quien se enterró en 1974 en el Cementerio General de Santiago para realizar la autopsia que definiera las causas de su muerte; determinar la efectividad de la detención y la participación de dos profesores de La Serena (habrían recolectado ropa para el niño); y personalizar al oficial de apellido Polanco y a los miembros de la patrulla; el II Juzgado Militar de Santiago intervino en la investigación solicitando la incompetencia del Juez David Salazar Catalán.

            El 20 de febrero de 1991, el Juez Militar, Brigadier General Guido Riquelme Andaur, pidió la inhibitoria del Juzgado Elqui- Vicuña para continuar sustanciando el proceso porque en los hechos investigados "habría cabido participación a personal del Ejército en acto de servicio". El 18 de marzo del mismo año, el Juez David Salazar no dio lugar a la incompetencia, elevando la causa a la Corte Suprema de Justicia. El 5 de mayo de 1991, ésta resolvió en favor de la Justicia Militar.

            Poco antes de esa resolución, el 14 de marzo de 1991, David Salazar había ordenado al Registro Civil de Vicuña inscribir la defunción de Bernardo Mario Lejderman Konujowska "cuyo fallecimiento ocurrió al interior de la localidad de Gualliguaica, Quebrada de Angostura, el día 8 de diciembre de 1973, en horas de la madrugada, presumiblemente por múltiples heridas".


Juez Guzmán relega causas y abre un nueva investigación

Fuente :Primera Linea 28 de Septiembre 2001

Categoría : Prensa

Cumpliendo con su mandato básico de ayudar a los procesos judiciales que tengan como fin encontrar detenidos desaparecidos, el Programa de Derechos Humanos, conocido anteriormente como Corporación de Reconciliación Nacional, se hará parte coadyuvante en las 22 causas en que el ministro de fuero Juan Guzmán Tapia se declaró incompetente.
El Programa también afina la estrategia para hacerse parte en los procesos que tramita el juez Guzmán sobre detenidos desaparecidos o ejecutados políticos cuyos restos aún no han sido encontrados. El punto aún no resuelto es si presentarán escritos de acuerdo a los episodios ya fijados -Villa Grimaldi, Pisagua, Calle Conferencia, Liquiñe, Operación Cóndor, Operación Colombo- o sólo con respecto a cada una de las víctimas que investiga el magistrado.
A la fecha, Guzmán sólo ha recibido el escrito firmado por el subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, por el caso del pique mina Mapocho y se espera que próximamente la instancia dependiente del gobierno solicite diligencias para apresurar esta causa, que no se encuentra dentro de las prioridades de Guzmán.
Con ello, el Programa persigue que los procesos progresen en forma simultánea y se cumpla con el desafío de hallar el mayor número de restos de detenidos desaparecidos.
Aunque originalmente el juez planteó que era incompetente en 27 procesos, en los últimos días a solicitud de los querellantes ha decidido revocar algunas de sus resoluciones.
Esto fue lo sucedió en el caso de Luis Alberto Gómez Cerda, Claudio Romulo Tognola Ríos y Carlos Miguel Garay Benavides cuya investigación había sido delegada al Juzgado de Letras de Tocopilla y hoy, junto con el resto de causas de detenidos desaparecidos de esa zona, conformarán un nuevo cuaderno de investigación caratulado como Tocopilla y al que en los próximos días se abocará en profundidad el ministro de fuero.
Gómez Cerda fue detenido el 13 de septiembre de 1973, mientras se desempeñaba en la División Chuquicamata de la Corporación del Cobre (Codelco) de Tocopilla (Cobrechuqui), de militancia socialista no hay registros fehacientes que establezcan que sucedió con él.
Distinta es la historia de Tognola Ríos -médico obstetra (PS) que trabajaba en la maternidad del hospital de Tocopilla y en la Sociedad Química de Chile (Soquimich) y de quien se pierde el rastro el 16 de septiembre de 1973- y de Garay Benavides -supervisor de Cobrechuqui (PC), detenido el 12 de septiembre de 1973-, pues de acuerdo a los querellantes sus cuerpos estarían en la mina "La Veleidosa", donde ya se realizaron excavaciones, las que tuvieron como resultado el hallazgo de un gran número de restos óseos, que corresponderían a ellos.
Otro proceso que volverá a manos del Guzmán es la causa de Isidoro Carrillo Tornería y otros, donde actúa como querellante Vasili Carrillo, caso que había sido rechazado por el magistrado y entregado en agosto de este año al juzgado de turno de Concepción.
Pero el logro más trascendental para los querellantes fue que el ministro acogiera nuevamente la desaparición de Cardenio Ancacura Manquian (PS) y Manuel Jesús Hernández Inostroza, pues de acuerdo al informe que entregaron las Fuerzas Armadas al concluir la Mesa de Diálogo sus restos fueron lanzados al Lago Ranco, Décima región.
Debido a los antecedentes aportados por las FF.AA esta causa constituye para los querellantes un aporte significativo a los procesos de derechos humanos, por lo que no debería ser abandonada por el ministro.
Según el jefe del área jurídica del Programa de Derechos Humanos, abogado Roberto Garretón, una vez que conozcan la lista definitiva de causas en que se declaró incompetente Guzmán lo inmediato sería pedir ministros en visita en los casos que corresponda e, independiente de ello, la entidad debe participar en la investigación.
Las causas que Guzmán no revisará
Entre las causas relegadas por Guzmán hasta ahora se estableció que la investigación sobre la ejecución de Mario Alvarado Araya, Faruc Aguad Pérez, Wilfredo Sánchez Silva y Artemio Pizarro Aranda, quienes perdieron la vida a manos de personal del Ejército en el sector de Las Coimas en San Felipe, será vista por la ministra de fuero Gabriela Corti en Valparaíso.
Por su parte, la desaparición el 17 de noviembre de 1975 del militante socialista Miguel Enrique Rodríguez Vergara será investigada por la jueza con dedicación exclusiva Raquel Lermanda, titular del Noveno Juzgado del Crimen de la capital.
Lo mismo sucederá con la ejecución en la vía pública que sufrió el 24 de septiembre de 1973 Arnoldo Camu Veloso, asesor legal del Presidente Salvador Allende, cuyo proceso quedará en manos de la jueza exclusiva María Ines Collins, del Octavo Juzgado del Crimen de Santiago.

Otras causas en las que Guzmán se declaró incompetente :
– Luis Rodríguez Arancibia, Alfredo Moreno Neira, Luis Verdejo Contreras y Jaime Max Bastián Leiva: será enviada al Vigésimo Juzgado del Crimen de Santiago. – Hugo Riveros Gómez: quedará a cargo del 18º Juzgado del Crimen de la capital. – Juan Isaías Heredía Olivares: será vista por el Juzgado de Letras de Los Angeles. – José Esaú Velásquez Velásquez y otros: quedará en manos del Juzgado de Chaitén. – Guillermo Vargas Gallardo:será pesquisa por el Juzgado del Crimen de turno de Copiapó. – Humberto Salas Salas :se revisará en el Juzgado del Crimen de turno de Osorno. – Máximo Astolfo Bermúdez Ballón y Juan Rafael Bermúdez Gaete: será analizada por el 26º Juzgado del Crimen de Santiago. – Tránsito Cabrera Ortiz: será vista por el Juzgado del Crimen de Talcahuano.
– Máximo Segundo Neira Salas: será indagada por el Juzgado de turno de Talcahuano. – Salvador Cautivo Ahumada: será pesquisada por el Juzgado de turno de Arica. – Miguel Vega: será analizada por el Juzgado de turno de Curicó. – José Alfonso Constanzo Vera: quedará a cargo del Juzgado de turno de Talcahuano. – Susana Estrella Obando: será investigada por el Juzgado de turno de Punta Arenas. – Lisandro Salvador Sandoval Fuentes: será revisada por el 14º Juzgado del Crimen de Santiago. – Silvio Francisco Betancourt Bahamondes: será analizada por el Juzgado de turno de Punta Arenas. – Ramón Luis Vivanco Díaz: a cargo del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. – Guillermo Amador Alvarez Cañas: quedará en manos del Juzgado de turno de San Antonio. – Ariel Monsalves Martínez: será vista por el Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. – Bernardo Mario Lejderman y María del Rosario Avalos Castañeda: será investigada por el Juzgado de Letras de Vicuña. Juez Sergio Muñoz interrogó a ex jefe CNI Roberto Schmied por caso Alegría Mundaca;
El ministro en visita Sergio Muñoz interrogó hoy al ex funcionario de la Central Nacional de Informaciones (CNI), brigadier (R) Roberto Schmied Sanzi, para establecer si le cabe responsabilidad en calidad de autor, cómplice o encubridor en el proceso por el homicidio del carpintero Juan Alegría Mundaca, delito conectado al de Tucapel Jiménez.
Alegría Mundaca fue asesinado en 1983 por agentes de la CNI para encubrir el homicidio del dirigente sindical. El 19 de julio del año pasado, la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones condenó a cadena perpetua al ex jefe operativo de la CNI, Alvaro Corbalán, y los ex agentes de ese organismo Carlos Herrera Jiménez y Armando Cabrera, en calidad de autores del crimen, mientras que castigó con diez años de prisión a Osvaldo Pincetti.
Además, está sometido a proceso Hugo Alarcón Vergara, ex chofer de Alvaro Corbalán.
Al momento de cometerse el crimen, Schmied era el subdirector de la disuelta CNI y se le atribuye la calidad de cómplice por ser el oficial superior en la línea de mando de los agentes de ese organismo que ya han sido condenados.
La versión entregada por Schmied en el interrogatorio de Muñoz señala que jamás tuvo conocimiento de la operación porque en esa época se hallaba fuera del país, de acuerdo a su pasaporte que está incluido en el expediente.


Confirman la muerte del matrimonio Argentino-Mexicano durante la dictadura de Pinochet

Fuente :Recibido de AFEPOC el 27/6/03:

Categoría : Prensa

Una investigación a cargo del juez Daniel Calvo corrobora que la mexicana María del Rosario Avalos y su esposo, el argentino Bernardo Lejderman, fueron ejecutados por militares chilenos a fines de 1973, dijo el abogado Héctor Salazar.

El representante legal de Ernesto Lejderman Avalos, hijo de la pareja ejecutada, indicó que las pesquisas judiciales prueban en forma plena que María del Rosario y Bernardo fueron víctimas de la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).

“Desde el punto de vista de la investigación judicial, (el caso) está aclarado. Aquí hubo un crimen, participó una patrulla militar y después se falsearon los hechos”, señaló Salazar, quien recordó que el crimen ocurrió tres meses después del golpe de Estado de Pinochet.
Sostuvo que, según la investigación del juez Calvo, los esposos Lejderman y Avalos fueron ejecutados en diciembre de 1973 por miembros de una patrulla militar.

La comitiva castrense los localizó en una zona montañosa de La Serena, al norte de Santiago, cuando intentaban huir a Argentina a través de la cordillera de Los Andes.
Los militares, sin embargo, presentaron el hecho como si se hubiera tratado de un “suicidio”, al argumentar que los esposos -que se habían refugiado en una cueva con su hijo Ernesto, entonces de dos años y medio- activaron dinamita que portaban en sus cuerpos.

 

Por otro lado el hijo de la pareja, “Ernesto Lejderman” dio con el destino oficial de los restos de su madre “Maria del Rosario Avalos Castañeda”, que se encuentran el un cinerario común del cementerio general de Santiago de Chile. La información le fue suministrada por el juez Daniel Calvo.

 

Los restos de Maria del Rosario, según la información oficial fueron incinerados en diciembre del 98, poco tiempo después en que fuera detenido pinochet en Londres. Ernesto Lejderman desde 1992 estuvo en la búsqueda de los restos de su madre, el cementerio le negó sistemáticamente los restos de su madre, argumentando que desde 1990 ya no estaban disponibles.


Juez Billard aplica "cosa juzgada" en caso de DD.HH.

Fuente :27 de Mayo 2005 La Nacion

Categoría : Prensa

El ministro Joaquín Billard absolvió al coronel (R) Ariosto Lapostol y otros tres ex militares al aplicar "cosa juzgada" en la causa por el homicidio calificado de Bernardo Lejderman y María Avalos, muertos el 8 de diciembre de 1973. La resolución se funda en que el crimen fue ya investigado por la justicia militar, que en 1992 dictó sobreseimiento definitivo de la causa por encontrarse extinguida la responsabilidad penal.

El fallo de Billard pone fin a un proceso que había llegado hasta la etapa de acusación y donde uno de los involucrados admitió su participación en los hechos. La resolución favorece a Lapostol y al brigadier (R) Fernando Polanco, al suboficial (R) Luis Fernández y al suboficial mayor (R) Héctor Vallejos. La aplicación de "cosa juzgada" será apelada por los querellantes, que alegan

vigencia de tratados internacionales.


Sobreseimientos por 'cosa juzgada' : Hijo de matrimonio Lejderman-Ávalos insistirá en condenar a los culpables

Fuente :1 de Junio 2005 La Segunda

Categoría : Prensa

Ernesto Lejderman Ávalos, el otrora niño de dos años que presenció el  asesinato de sus padres a manos de una patrulla militar que los ultimó en los  hornos de carbón del poblado de Guallihuayca, Cuarta Región, manifestó su “profunda decepción” ante la decisión del juez Joaquín Billard que absolvió a los cuatro militares procesados en esta causa, al aplicar la institución de la “cosa juzgada”.

El pasado 25 de mayo, el mencionado magistrado decidió no aplicar ninguna sanción penal al ex comandante del Regimiento Arica, Ariosto Lapostol Orrego; al capitán Fernando Polanco Gallardo, jefe de inteligencia de esa unidad, y a los suboficiales Luis Humberto Fernández Monje y Héctor Vallejos Birtiola, en su calidad de autores de los delitos de homicidio calificado.

Fundamentalmente, Billard justificó su resolución en que estos mismos hechos habían sido investigados por el Segundo Juzgado Militar de Santiago, instancia que en marzo de 1992 determinó sobreseer total y definitivamente este proceso por la supuesta prescripción del delito, decisión que fue confirmada por la Corte Marcial en julio de 1993.

El dictamen del ministro fue bastante cuestionado por abogados de derechos humanos, ya que contraviene todo lo actuado por la justicia chilena en los últimos años, ya que diversas resoluciones han establecido que los delitos de lesa humanidad no son prescriptibles y, por otro lado, que la institución de la “cosa juzgada” sólo es aplicable cuando existe una investigación por los

mismos hechos que haya concluido con la condena o absolución de los imputados, pero no por la extinción de la acción penal.

No hubo investigación previa

En ese sentido, varios profesionales consultados afirmaron que es de común conocimiento que los tribunales castrenses no investigaron ningún hecho relacionado con violaciones a los derechos humanos y que, incluso, los eventuales imputados en esos procesos fueron citados a declarar en calidad de testigos, por lo cual no podían ser obligados a testificar en contra de sí mismos.

Al respecto, Ernesto Lejderman, quien participa en organizaciones de derechos humanos de su país y fue contactado por vía telefónica por El Mostrador.cl, señaló que “estoy profundamente deprimido. Antes del fallo estaba muy entusiasmado con los avances que había logrado el proceso en este último año, por eso no entiendo lo que ocurrió ahora. A través de mi abogado (Héctor Salazar) vamos a apelar de esta resolución, porque todavía hay que determinar quienes fueron todos los autores de este crimen”.

Las palabras del hijo del ciudadano argentino Bernardo Lejderman Konujowska y de su esposa mexicana, María del Rosario Avalos Castañeda, se refieren a que según los dichos del ex oficial de Ejército Pedro Rodríguez Bustos, quien declaró en el cuaderno secreto de la causa “Caravana de la Muerte”, la patrulla que asesinó al matrimonio estuvo formada por seis militares y no cuatro, como lo estableció la investigación de Billard.

 “Respeto a la justicia de Chile y todo lo que ha hecho en los últimos años, lo que no comparto es este fallo que es un grave error y que contraviene todo lo que se ha dado en estos últimos años”, enfatizó al explicar que también se deberían investigar la participación de esos dos militares que nunca fueron procesados.

Cheyre y su reservado testimonio

En mayo de 2003, cuando el proceso estuvo a cargo del ex ministro Daniel Calvo, en una diligencia reservada y llevada a cabo en el living de su residencia particular el comandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, prestó declaración por su participación en este hecho.

Según fuentes consultadas por El Mostrador.cl, el uniformado mostró una muy buena disposición para colaborar con los requerimientos del tribunal. “El general Cheyre, al contrario de muchos uniformados, respondía las preguntas del magistrado mirándolo directamente a los ojos y en una actitud convincente

que aplacó las dudas del juez respecto a la veracidad de sus dichos”, sostuvo. En ese relato, el alto uniformado, que en ese tiempo tenía el rango de teniente, confirmó que a él le correspondió la misión de llevar al hijo de la pareja, de dos años de edad, a un hogar de menores de La Serena a cargo de unas religiosas, lugar en que se contactó a sus parientes en Argentina para que lo vinieran a buscar.

Las mismas fuentes consultadas explicaron que esa situación no reviste ningún tipo de delito, ya que el niño –en ese momento huérfano- fue trasladado a un lugar destinado para tal efecto y, por ejemplo, no fue destinado a una adopción irregular o algo por el estilo.

Sin embargo, el otrora infante, que a la fecha tiene 34 años, considera que esta participación de Cheyre es un claro indicio que él debe manejar más antecedentes sobre la muerte de sus padres –lo que negó en su declaración judicial-, ya que debe estar al tanto de todas las personas que participaron en esa patrulla militar que los ultimó.

Al respecto, Ernesto Lejderman recordó que el año pasado envió una misiva al uniformado para solicitarle su colaboración para esclarecer el caso, sin embargo, esta correspondencia jamás tuvo respuesta por parte del comandante en jefe del Ejército.

El matrimonio Lejderman–Ávalos fue asesinado en un supuesto enfrentamiento con militares, ocurrido el 8 de diciembre de 1973 en la localidad de Guallihuayca, al interior de Vicuña (IV Región).


Corte reabre proceso por homicidio calificado de matrimonio Lejderman-Avalos

Fuente :10 de Enero 2006, El Mostrador.cl

Categoría : Prensa

Sexta Sala del tribunal de alzada capitalino revocó las absoluciones dictadas por el ministro Joaquín Billard a favor de cuatro militares retirados que se desempeñaron en el regimiento ''Arica'' de La Serena, que estaban procesados por su presunta responsabilidad en los crímenes del argentino Bernardo Lejderman y la mexicana María del Rosario Avalos.

En decisión unánime, la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dejó sin efecto el sobreseimiento definitivo del proceso por el homicidio calificado y la inhumación ilegal del matrimonio conformado por el argentino Bernardo Lejderman Konoyoika y la mexicana María del Rosario Avalos Castañeda, acribillados por una patrulla militar el 8 de diciembre de 1973.

La causa había sido cerrada definitivamente el 25 de mayo de 2005 por el ministro Joaquín Billard, que investiga casos de violaciones a los derechos humanos perpetrados en dictadura, bajo el principio de la “cosa juzgada", exculpando a cuatro funcionarios del Ejército que en la época del doble crimen formaban parte del Regimiento "Arica", de La Serena.

En aquella oportunidad, el magistrado –que de paso también había desechado una demanda civil de indemnización- se basó en la existencia de un proceso anterior que investigó los mismos hechos, que fue tramitado y cerrado por la justicia militar sin que se establecieran responsabilidades.

Dicha investigación, rol n°14.090 del Juzgado del Crimen de Elqui-Vicuña- fue terminada con un sobreseimiento definitivo por el Segundo Juzgado Militar, que estimó extinguida la responsabilidad penal de los inculpados, como consecuencia del decreto Ley de Amnistía de 1978. El fallo fue confirmado por la Corte Marcial el 22 de julio de 1993.

Falso enfrentamiento

Lejderman, un profesor de educación física, y su mujer, María del Rosario Avalos, habían llegado a Chile en 1971, atraídos por el proceso político que se vivía en el país con el gobierno de Salvador Allende. Se establecieron en la ciudad de Vicuña, donde tomaron contacto con dirigentes socialistas y del MAPU.

Tras el golpe militar, ambos, junto a su hijo de sólo tres años, decidieron esconderse en las proximidades del pueblo de Huallihuaica -mientras intentaban huir hacia Argentina usando algún paso cordillerano-, lugar donde se habría producido un falso enfrentamiento que terminó con la muerte del matrimonio.

Tras ello, el menor, Ernesto Lejderman Avalos, fue llevado por el entonces capitán de Ejército y actual comandante en jefe de la institución, Juan Emilio Cheyre, a un convento de monjas, donde fue cuidado hasta que fue rescatado por parientes cercanos.

En una entrevista concedida en mayo pasado, Ernesto Lejderman Avalos había anunciado a El Mostrador.cl que apelaría de la decisión del juez Billard, que calificó como "decepcionante", porque "todavía hay que determinar quienes fueron todos los autores de este crimen”.

En la causa estaban procesados el ex comandante del Regimiento Arica Ariosto Lapostol Orrego; al capitán Fernando Polanco Gallardo, jefe de inteligencia de esa unidad; y a los suboficiales Luis Humberto Fernández Monje y Héctor Vallejos Birtiola, en su calidad de autores de homicidio calificado.

Inaplicabilidad

En su fallo, el tribunal de alzada capitalino estimó que “para que pueda aplicarse la cosa juzgada en un proceso penal tiene que producirse una doble identidad: del hecho punible y del actual procesado (por lo cual) no cabe sostener que esa sentencia produzca la excepción de cosa juzgada en el nuevo juicio. Con mayor razón, si en la primera causa no hubo reo”.

“En dicho proceso, si bien se estableció la figura del hecho punible, no ocurrió lo mismo con quien o quienes perpetraron el delito, por lo que el sobreseimiento ejecutoriado que declaró la amnistía no impide proseguir la investigación y que no se dan los presupuestos procesales de la cosa juzgada”, añadió la resolución, adoptada por los ministros Hugo Dolmestch, Haroldo Brito y el abogado integrante Roberto Mayorga.

Por ello, la instancia ordenó volver a la etapa de las excepciones presentadas por las defensas de los imputados, sobre las cuales Billard deberá volver a pronunciarse, quedando eliminada la causal de "cosa juzgada", tras lo cual deberá pronunciarse sobre la situación de los militares y la demanda civil de indemnización de perjuicios.


Aplican prescripción en caso de matrimonio argentino – mexicano

Fuente :21 de Julio 2006 El Mostrador

Categoría : Prensa

El ministro en visita Joaquín Billard sobreseyó el caso de cuatro militares retirados procesados como autores del homicidio del argentino Bernardo Lejderman y su esposa mexicana María del Rosario Avalos Castañeda, dijeron fuentes judiciales.
En su dictamen, el juez aplicó la prescripción de la acción penal a favor del ex comandante del regimiento "Arica" de La Serena Ariosto Lapostol, el brigadier (R) Fernando Polanco Gallardo, y los suboficiales (R) Luis Fernández Monje y Héctor Vallejos Birtiola, todos del Ejército.
El matrimonio Ledjerman-Avalos fue muerto el 8 de diciembre de 1973, cuando intentaba huir hacia Argentina por un paso de la cordillera de los Andes.
El caso se abrió gracias a una querella que interpuso en 2000 el argentino Ernesto Ledjerman, hijo de la pareja, contra el ex dictador Augusto Pinochet y otros seis oficiales de Ejército por el delito de "homicidio, asociación ilícita genocida e inhumación ilegal".
Los padres de Ernesto Ledjerman, que residían en Chile desde 1971 y eran simpatizantes del derrocado gobierno del presidente Salvador Allende (1970- 1973), abandonaron el país por la persecución que desató la dictadura de Pinochet (1973-1990) contra extranjeros, en especial los refugiados argentinos, uruguayos y brasileños.
Según el Informe Rettig, que documentó las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura, una patrulla militar del Regimiento Arica, en el sector de Guallihuayca, mató al matrimonio.
El juez Billard había absuelto en mayo de 2005 a los procesados bajo el argumento de "cosa juzgada", porque la Fiscalía Militar de La Serena investigó y archivó en 1973 el caso.
Pero la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones revocó en abril pasado esa decisión, por estimar que no era aplicable esa figura jurídica.
El querellante, en este caso el hijo de la pareja, que reside en Buenos Aires y es portavoz de la Asociación de Familiares de Argentinos Detenidos- Desaparecidos en Chile, puede apelar la nueva resolución del juez Billard ante el tribunal de alzada.


La historia del niño huérfano que Cheyre entregó a las monjas

Fuente :20 de Diciembre 2007 La Nacion

Categoría : Prensa

Corte de Santiago sentenció a diez años a los autores materiales de los asesinatos en 1973 en la IV Región. El entonces teniente Juan Emilio Cheyre entregó a las monjas al hijo de dos años que sobrevivió, con la versión falsa del suicidio de sus padres.

Ernesto quedó sólo en la mina abandonada en la Quebrada de Gualliguaica, en el valle del Elqui, cerca de la frontera con Argentina. Tenía dos años de edad, y vio morir a sus padres acribillados por los militares del regimiento Arica, de La Serena, el 8 de diciembre de 1973.

No sabe cómo, pero horas después fue entregado al convento de las religiosas de La Providencia, en La Serena, para que se encargaran del huérfano. Llegó en los brazos del teniente Juan Emilio Cheyre.

El destino sentenció que 30 años después, el portador del infante fuera ungido comandante en jefe del Ejército. La falsa versión oficial que también se entregó a las religiosas, fue que los padres de Ernesto "se suicidaron dinamitándose".

Pero el niño del convento creció y hoy, a los 37 años, Ernesto Ledjerman Ávalos, ciudadano argentino residente en Buenos Aires, e incansable buscador de justicia para el crimen de sus padres, se convirtió en el querellante que a partir de ayer dormirá más tranquilo, acompañado por la sensación de que se reparó en parte el daño causado.

Ayer, la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la pena de diez años y un día a los autores materiales de los homicidios calificados del ciudadano argentino Bernardo Ledjerman Konujowska, y la mexicana María Ávalos Castañeda, los padres de Ernesto. Estos son el brigadier (R) que no llegó de ascender a general, Fernando Polanco Gallardo, y los suboficiales (R) Luis Fernández Monje y Héctor Vallejos Birtiola.

El ex jefe del Ejército Juan Emilio Cheyre y el entonces comandante del regimiento Arica, de La Serena, coronel Ariosto Lapostol, del cual Cheyre era su ayudante, no resultaron condenados pues el tribunal consideró que no tuvieron participación en el delito. Sin embargo, ninguno de ellos reveló nunca a la justicia la verdad de cómo murieron los padres de Ernesto, alegando desconocerla.

En calificación de la parte querellante, con su dictamen la sala reparó así "la tremenda injusticia" cometida por el juez Joaquín Billard redactor de la sentencia de primera instancia y último instructor de la causa, que absolvió a los autores del crimen considerando que el delito se encontraba prescrito por el transcurso del tiempo.

Desde hace tiempo Billard es criticado por abogados querellantes y organismos de derechos humanos porque -a su juicio- "no investiga y exculpa a los autores de crímenes de lesa humanidad".

"Estamos muy contentos por esta sentencia", declaró Ernesto Ledjerman a La Nación desde la capital argentina, representado en Santiago por el abogado Héctor Salazar.

Recordó con emoción que, además de la pérdida de sus padres cuando recién se asomaba al borde de la vida, luego de abandonar el convento entregado a las autoridades argentinas, "debí trabajar duro desde los once años porque mis abuelos con los que viví en Argentina recibían una pensión muy baja, Pero luché y me hice técnico electrónico, a pesar de todas las privaciones que enfrenté".

La Novena Sala condenó además al fisco a pagar 300 millones de pesos a Ernesto Ledjerman, como acción reparatoria material por el daño moral y síquico ocasionado.

En opinión de Ernesto, la sala dictó también justicia "porque de manera incomprensible, el Consejo de Defensa del Estado chileno se opuso a esta reparación, aduciendo algo increíble: que la acción civil reparatoria prescribe a los cuatro años, lo que quiere decir que yo, el único hijo, debí interponer esa demanda cuando tenía seis años, y cuando en Chile se vivía el tiempo más duro de la represión".

Ahora las condenas pasarán el filtro de la Sala Penal de la Corte Suprema, que sistemáticamente viene rebajando las penas a los violadores de derechos humanos.


31 años esperando justicia

Fuente : Ernesto Yoliztly Lejderman Avalos

Categoría : Otra Información

 

 El 8 de Diciembre se cumplen 31 años del asesinato de mis padres, Bernardo Mario Lejderman, ciudadano argentino y Maria del Rosario Avalos Castañeda, ciudadana mexicana. Fuimos sorprendidos por una patrulla militar en el norte de Chile cerca de la frontera con Argentina, fueron asesinados a mansalva, yo con dos años salve mi vida milagrosamente. 

Han pasado 31 de espera, de espera helada, de espera de justicia sin pensar en venganza, de espera con ilusión de que algún día acabe la impunidad. Y la espera por momentos también fue muy cruel; los restos de mis padres luego de haber sido asesinados tampoco tuvieron paz.

 El cuerpo de mi padre luego de ser acribillado a balazos en la altura de la montaña, fue abandonado por varios militares que comentaron en aquel entonces lo abandonaron  “para que se lo coman los pájaros”, gracias a un campesino amigo de mi padre, el fue enterrado y sus restos fueron protegidos en secreto durante mas de 17 años.

 Los restos de mi madre no corrieron mejor suerte, si bien ella por pedido de la embajada mexicana fue enterrada en el cementerio en santiago, allá por el año 1992, fecha en que regreso a Chile, lo primero que hice fue ir a buscarla sin tener éxito, así durante múltiples ocasiones intente dar con ella sin resultados positivos. 

Gracias a la investigación judicial, el año pasado el juez Daniel Calvo me informo que los restos de mi madre fueron cremados en diciembre de 1998 y pasados a un cinerario común, dos meses después que pinochet fue detenido en Londres.

Cuando fui al cementerio a pedir que me expliquen por que no me habían consultado y por que no me informaban donde estaba mi madre, me respondieron que esa información era confidencia y que debí pedir información con un abogado. Realmente fue desconcertante para mi como hijo no poder tener a los restos de mi madre como yo hubiese querido, además sino hubieran sido cremados, los mismos servirían como prueba judicial del asesinato perpetrado.

 Por otro lado debo reconocer los importantes avances positivos que ha tenido la investigación judicial, que ya proceso a cuatro militares  y luego los responsabilizó del asesinato de mis padres. También valoro de sobremanera la no aplicación de la “ley de amnistía” por parte de los jueces de Chile, esto marca un principio del fin de la impunidad.

Percibo que hay una conciencia creciente en el pueblo chileno, que de a poco va abriendo los ojos y se va convenciendo de que Pinochet no es mas que un personaje genocida y corrupto en la historia de Chile.

 Como ciudadanos tenemos que entender de que no podemos permanecer pasivos mientras se tortura y se mata, como tampoco podemos permanecer indiferente mientras se pretende aplicar la “ley de amnistía”, pretendiendo hacer borrón y cuenta nueva.

 Quiero rescatar a todos los luchadores populares que son protagonistas y artífices de los importantes avances de la justicia Chilena en materia de Derechos Humanos.

LA IMPUNIDAD TIENE 31 AÑOS PERO NO SERA ETERNA

Ernesto Yoliztly Lejderman Avalos, ernestoprensa@yahoo.es

PD: Les solicito si pueden difundir la siguiente carta que le dirijo al General Juan Emilio Cheyre

Al General Juan Emilio Cheyre

Me dirijo a usted luego de leer detenidamente los mensajes públicos de los últimos meses en lo que califica como importante "encontrar un espacio de reencuentro en la verdad y en la justicia".
No puedo dejar de decir que me ha sorprendido y que acuerdo bastante con muchas frases que usted ha manifestado, por sobre todas las cosas el mensaje de que “nunca mas pueden volver a repetirse las graves violaciones a los derechos humanos que ha pasado el pueblo chileno y la importancia de que chile tenga verdad y justicia para con su historia” , yo le agregaría “justicia con castigo a los culpables”.
No puedo dejar de transmitirle también lo mal que tomamos los familiares de detenidos desaparecidos, la actitud suya de preocupación, cuando los tribunales fallaron en favor de la no aplicación de la ley de amnistía, y esta preocupación se tradujo en una presión que como jefe del ejecito tuvo sobre el presidente de chile, considero que esta actitud atenta contra la justicia imparcial que deben tener los procesos judiciales y además esta actitud contradice a las declaraciones suyas apoyando verdad y la justicia.
Valoro, no obstante la buena actitud que ha tenido como jefe del ejercito de Chile, y me parece que se abre una nueva etapa en la vida de Chile.
Le recuerdo que mi nombre es Ernesto Lejderman Avalos, mi padre Bernardo M. Lejderman y mi madre Maria del Rosario Avalos C. , ellos fueron asesinados el 8 de diciembre de 1973, por una patrulla del Regimiento Arica en la que usted era ayudante del jefe del regimiento. Recordará entonces que usted en persona me ha llevado a un casa de providencia en donde me cuidaron las hermanas del lugar.

General Juan Emilio Cheyre:
Mi petición es que declare a la justicia todo lo que sabe del caso referente al asesinato de mis padres y transmita a la justicia los nombres de todos los militares que formaron ese día dicha patrulla, ya que de los 10 militares que conformaban dicho piquete solo hay 4 procesados.
Estoy seguro que usted conoce exactamente lo que paso aquel 8 de diciembre con mis padres y conmigo.
Si más, saludo con mucho respeto al General Juan Emilio Cheyre que próximamente se presentará en los tribunales y declarará todo lo que sabe y dará todos los nombres del piquete.
Saludo muy atentamente al General Juan Emilio Cheyre que dará contenido a los pronunciamientos teóricos de manifestarse en favor de la justicia y se oponga a la aplicación de la ley de amnistía.
Al otro Juan Emilio Cheyre no.