Huerta Corvalán Enrique Lelio


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Rut : 3.234.562-k

Fecha Detención : 11-09-1973
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 26-02-1935 Edad : 38

Lugar Nacimiento : Coquimbo

Actividad Política : Partido Socialista (PS)
Actividad : Médico

Estado Civil e Hijos : Casado
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Rut : 3.234.562-K
F.Nacim. : 26-02-35, 38 años de edad a la fecha de su detención
Domicilio : Fraternidad 1662, Villa Atenas, Ñuñoa, Santiago
E.Civil : Casado 
C.Repres. : Intendente de Palacio de la Sede de Gobierno del Presidente Salvador Allende G. Interventor Empresa de Buses LIT.
F.Detenc. : 11 de septiembre de 1973

Enrique Lelio Huerta Corvalán, casado, , Intendente de Palacio, fue detenido el 11 de septiembre de 1973, al salir el último grupo de personas que se encontraban al interior del Palacio de La Moneda, que estaba siendo bombardeado. Fue trasladado al Regimiento Tacna donde permaneció hasta el 13 de septiembre, fecha en que fue conducido en un camión militar con destino desconocido y hasta hoy permanece en calidad de detenido desaparecido.
Enrique Huerta era Intendente de Palacio y el día 11 de septiembre se encontraba cumpliendo sus funciones regulares en ese recinto. Además actuaba como interventor en la empresa de transportes LIT.
El 11 de septiembre, La Moneda, sede del Gobierno, fue tomado por efectivos de Infantería y de tanques del Ejército, dirigidos por el General Javier Palacios, a los que se sumaron más tarde fuerzas de Carabineros. A las 11 de la mañana comenzó el bombardeo de parte de la Fuerza Aérea de Chile, que destruyó gran parte de La Moneda.
Los miembros de la Guardia Presidencial y otras personas permanecieron en el Palacio hasta que recibieron la orden del Presidente Salvador Allende de salir, lo que se hizo por una puerta de calle Morandé 80 del Palacio de La Moneda. Allí fueron encañonados y golpeados por los Militares quienes les ordenaron tenderse en el suelo con las manos en la nuca, estando permanentemente amenazados, incluso de ser aplastados por un tanque que se dirigió hacia ese lugar.
Dos miembros de la Guardia Presidencial, Antonio Aguirre Vásquez y Osvaldo Ramos Rivera fueron hechos prisioneros en el interior de La Moneda y fueron enviados a la Posta de la Asistencia Pública por resultar heridos a bala, algunos días después estas dos personas fueron sacadas desde dicho centro asistencial por una patrulla militar, encontrándose a partir de esa fecha desaparecidos. Otros miembros del GAP que venían de la residencia presidencial de El Cañaveral y Tomás Moro, no alcanzaron a ingresar a La Moneda, siendo detenidos en sus proximidades por carabineros e ingresados en el recinto de la Intendencia de Santiago. Ellos eran, entre otros, Gonzalo Jorquera Leyton, Williams Osvaldo Ramírez Barría, Carlos Cruz Zavala y Domingo Blanco Tarrés, quienes formaban parte de un grupo de aproximadamente 13 personas, algunos de los cuales fueron posteriormente ejecutados y el resto permanece en calidad de detenidos desaparecidos.
Las personas detenidas en La Moneda permanecieron en la calle Morandé hasta las 18 horas. A esa hora, estos prisioneros fueron conducidos en dos vehículos militares al Regimiento Tacna, ubicado a unas 12 cuadras del Palacio de La Moneda, dicho Regimiento estaba a cargo del Coronel Joaquín Ramírez Pineda.
Los sobrevivientes de estos acontecimientos han entregado la información que permite reconstruir los hechos: los prisioneros permanecieron en el mencionado Regimiento hasta el día 13 de septiembre. Mientras estuvieron detenidos en dicha Unidad militar fueron obligados a arrastrarse hincados, estar tendidos, con los brazos sobre la nuca o de pie con los brazos en alto. Durante casi 48 horas debieron permanecer en posiciones dolorosas, en terreno áspero o de huevillo, siendo pisoteados por los militares que corrían sobre ellos y que los golpeaban con las culatas de sus armas o les proferían heridas con sus yataganes, con la permanente vigilancia de guardias armados de ametralladoras, quienes los amenazaban y solicitaban a los Oficiales ejecutarlos de inmediato. Posteriormente permanecieron en un sector denominado de los boxes o antiguas caballerizas; desde allí los prisioneros eran llevados a una oficina ubicada en el segundo piso del Regimiento, donde eran torturados e interrogados por personal del Servicio de Inteligencia Militar, SIM. Posteriormente eran devueltos, en malas condiciones físicas, a reunirse con los otros prisioneros y a continuar en las posiciones dolorosas que les asignaban. Cada cambio de guardia comenzaba con una golpiza a culatazos de los prisioneros.
Estos prisioneros eran 49 personas. De ellas se ordenó liberar, al día siguiente, a los 17 funcionarios de Investigaciones que integraban el equipo de protección presidencial y se separó a algunos otros prisioneros. Finalmente quedaron en calidad de detenidos un grupo de personas, de las cuales se ha identificado a 21 de ellas: diez asesores del Presidente de la República o funcionarios del gobierno, diez miembros de la Guardia Presidencial y un obrero. Los asesores del Presidente eran Jaime Barrios Meza, ingeniero comercial, asesor presidencial y Gerente General del Banco Central de Chile; Sergio Contreras, relacionador público de la Intendencia y periodista; Daniel Escobar Cruz, Jefe del Gabinete del Subsecretario del Interior; Enrique Huerta Corvalán, Intendente de Palacio; Claudio Jimeno Grendi, sociólogo, asesor presidencial; Georges Klein Pipper, médico, asesor presidencial; Eduardo Paredes Barrientos, médico, asesor presidencial y ex Director de Investigaciones; Enrique París Roa, médico psiquiatra, asesor presidencial y miembro de Consejo Superior de la Universidad de Chile; Héctor Ricardo Pincheira Núñez, estudiante de medicina, asesor presidencial; y Arsenio Poupin Oissel, abogado, Subsecretario General de Gobierno y asesor presidencial. Los miembros de la Guardia Presidencial, que han podido ser identificados son los siguientes: José Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio Murúa, Julio Hernán Moreno Pulgar, Luis Rodríguez Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia Martínez, Héctor Urrutia Molina, Oscar Valladares Caroca y Juan Vargas Contreras. Además estaba el obrero Oscar Luis Avilés Jofré, quien había concurrido a La Moneda en apoyo al Gobierno.
Los doctores Carlos Patricio Guijón Klein, Arturo Jirón Vargas y Danilo Bartulín Fodio, que estaban entre los detenidos que sobrevivieron, confirmaron la presencia de Enrique Huerta entre estos detenidos.
Alrededor de las 14 horas del día 13 de septiembre de 1973 estos prisioneros, amarrados de pies y manos fueron arrojados en un camión militar, unos encima de los otros y fueron conducidos fuera del Regimiento con destino desconocido. Casi todos los miembros de la Guardia Presidencial que estuvieron en La Moneda el día 11 de septiembre de 1973 fueron ejecutados o desaparecieron. Sin embargo, uno de los que logró sobrevivir y ha contribuido a reconstruir estos hechos, es Juan Bautista Osses Beltrán, quien fue llevado detenido al Regimiento Tacna, pero fue incorporado a otro grupo de prisioneros, lo que le permitió salir con vida después de estar en prisión en el Estadio Chile y en el Estadio Nacional.
Osses señala en su extensa declaración que un grupo de 13 miembros de la Guardia Presidencial acompañó a Allende a La Moneda y fue detenido en su interior. Posteriormente, junto con los demás prisioneros fue conducido al Regimiento Tacna y allí fueron informados que serían fusilados a las 12 de la noche, después que el fusilamiento sería a las 3:00 horas y más adelante, se señaló a las 6:00 horas. Osses ha reconocido que entre los detenidos en el Tacna se encontraban Héctor Daniel Urrutia, Daniel Gutiérrez, Enrique Huerta, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio, Julio Moreno, Eduardo Paredes, Enrique París, Georges Klein, Héctor Pincheira, Arsenio Poupin, Luis Rodríguez Riquelme y Oscar Valladares.
El testigo fue sacado del Regimiento Tacna en la madrugada del día 13 de septiembre de 1973 y conducido junto a otros detenidos al Estadio Chile.
Beatriz Celsa Parrau Tejos, quien estuvo detenida en el Regimiento Tacna, ha podido brindar algunos antecedentes importantes. Ella estaba en INDUMETAL donde atendía a un herido en su calidad de enfermera. A las 18:00 horas del 11 de septiembre, esta empresa fue ocupada por Carabineros y todos los que allí estaban quedaron detenidos y fueron conducidos a una Comisaría y el mismo día, trasladados al Regimiento Tacna. Allí supo que estaban detenidos los que habían sido apresados en La Moneda y a pesar de estar separada de ese grupo, tuvo la oportunidad de verlos cuando iban al baño o cuando eran conducidos a los interrogatorios. Allí vio a varios médicos, que conocía por sus actividades profesionales y a dirigentes del gobierno, entre ellos a Enrique Huerta. También observó a numerosos grupos de otros prisioneros que ingresaban o salían. El 13 de septiembre, a mediodía, a través de las rendijas del galpón en que estaban encerradas unas 90 mujeres, Celsa Parrau pudo ver salir un camión del Regimiento llevando bultos que parecían cuerpos humanos. Cuando las sacaron del mencionado galpón, a las 14:30 horas, observó que ya no estaban los prisioneros de La Moneda.
La cónyuge de Enrique Huerta fue informada que su marido estaba detenido en ese Regimiento y fue a hacer las consultas pertinentes, allí figuraba en una lista de los detenidos, con indicación de su domicilio. El General de Aviación (en retiro), Evaristo Eugenio Gómez Lindholm, el 13 ó 14 de septiembre, se comunicó con el Regimiento Tacna telefónicamente y después de algunos trámites, un Oficial del Regimiento le informó que Enrique Lelio Huerta Corvalán se encontraba detenido y que incluso había dado una dirección que correspondía a la de su domicilio.
Por su parte, el Jefe de Investigaciones en La Moneda, el detective Juan Seoane, permaneció entre los detenidos de La Moneda y pudo ver, entre otros a Enrique Huerta Corvalán. Seoane permaneció detenido hasta después del mediodía del 13 de septiembre, momento en que pudo presenciar como se llevaban a los prisioneros en un camión militar.
Según testimonios de los sobrevivientes, ellos escucharon de los militares que participaron en la operación, que los habían llevado a los campos militares de Peldehue, ubicados en Colina, donde habrían sido fusilados e inhumados.
Un soldado del Regimiento Tacna, que pudo presenciar parte de los hechos, relató que los prisioneros fueron amarrados con alambre y lanzados a un camión Pegaso del Ejército que integró un convoy que salió del cuartel a las 14:00 horas aproximadamente el día 13 de septiembre de 1973, mientras se ordenaba a todos los conscriptos permanecer en sus cuadras y no transitar por los patios. En la tarde regresó el contingente que había formado parte del convoy y se corrió la voz entre los uniformados que los prisioneros habían sido conducidos al predio que el Regimiento Tacna tiene en los campos militares de Peldehue, en Colina, allí habrían sido ultimados frente a un hoyo o fosa, de un diámetro de unos cinco a seis metros y de varios metros de profundidad, que existía a poca distancia de la vivienda empleada por el personal de guardia del predio. Los prisioneros fueron colocados en grupos de cuatro al borde de la fosa y se les disparaba. Una vez ejecutados y arrojados al fondo del foso, se habrían lanzado granadas en su interior y así continuaron las ejecuciones de cuatro en cuatro. El soldado agrega que le correspondió ir al predio mencionado a fines de septiembre de 1973 y encontró la citada fosa tapada. Allí le confirmaron que se había enterrado a los ejecutados en ese lugar y que éstos eran 26 ó 27, los cuales, antes de ser asesinados gritaron consignas alusivas al gobierno de la Unidad Popular. Sin embargo, esta matanza de prisioneros, no ha sido jamás reconocida oficialmente ni se han entregado los cadáveres, y las personas mencionadas, entre ellas, Enrique Huerta, se encuentran desaparecidas desde el 13 de septiembre de 1973.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 14 de octubre de 1973 se presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago en favor de Enrique Huerta y Enrique París, registrado con el rol N°529-73. El general de Brigada, Herman Brady Roche informó el 14 de octubre de 1973, que estas personas no se encuentran detenidas por los Tribunales Militares de este Juzgado y que practicadas numerosas averiguaciones no se ha establecido que lo hayan sido por orden de autoridad administrativa. La Policía de Investigaciones envió un informe similar el 1° de octubre de 1973. El 18 de octubre de 1973 se declaró sin lugar el recurso mencionado.
El 15 de noviembre de 1973 se presentó un denuncia por presunta desgracia ante el Segundo Juzgado del Crimen de Mayor cuantía de Santiago, número de rol 81.418-16, referida a la desaparición de Enrique Huerta Corvalán y de Enrique París Roa, entregando una nómina de civiles y Militares que vieron a los afectados el 11 de septiembre en el Palacio de La Moneda.
El Registro Civil de Independencia comunicó al tribunal que no aparecían inscritas las defunciones de los afectados.
Tres testigos, los doctores Carlos Patricio Guijón Klein, Arturo Jirón Vargas y Danilo Bartulín Fodio, confirmaron ante el Tribunal la presencia de los afectados en La Moneda y su detención en ese lugar el 11 de septiembre de 1973.
La Policía de Investigaciones informó en Parte 335 del 24 de enero de 1974 que en el Regimiento Tacna no existía ninguna clase de antecedentes sobre Enrique París o Enrique Huerta, debido a que por la situación imperante el 11 de septiembre no se ingresaron en ninguna parte a los detenidos, los que, además, estaban sólo de tránsito hacia otros lugares como el Estadio Chile. Tampoco se obtuvieron antecedentes en el Instituto Médico Legal, Hospitales, relaciones de personas asiladas, cuarteles de Carabineros, Policía Internacional y Cruz Roja. En el mismo parte registran la declaración del General de Aviación (en retiro), Evaristo Eugenio Gómez Lindholm, que el 13 ó 14 de septiembre, quien a instancias de su sobrina Arlette Jousse Gómez, se comunicó con el Regimiento Tacna telefónicamente y que después de algunos trámites, un Oficial del Regimiento le informó que Enrique Lelio Huerta Corvalán se encontraba detenido y que incluso había dado una dirección que correspondía a la de su domicilio.
El 3 de diciembre de 1974 la Titular del Segundo Juzgado del Crimen declaró cerrado el sumario y sobreseyó temporalmente el proceso porque "no se ha comprobado la existencia de un delito en los hechos denunciados". El 26 de diciembre de 1974 el Fiscal de la Corte de Apelaciones recomendó aprobar el sobreseimiento. El 4 de abril de 1975 se aprobó el sobreseimiento temporal por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago.
El 29 de marzo de 1974 se presentó ante la Corte de Apelaciones de Santiago un recurso de amparo por 131 personas desaparecidas a partir del 11 de septiembre de 1973, en el cual se incluye a Enrique Huerta Corvalán. Este recurso se tramitó con el número 289-74 y fue denegado el 28 de diciembre de 1974, lo que fue confirmado por la Corte Suprema el 31 de enero de 1975, la que simultáneamente resolvió recomendar la designación de un Ministro en Visita Extraordinaria. El Tribunal Pleno resolvió el 20 de febrero de 1975, designar al juez Enrique Zurita, quien se constituyó en el Primer Juzgado del Crimen de Mayor Cuantía de Santiago e inició el proceso Rol N°106.657 ordenando remitir la documentación de la querella por presunta desgracia de Enrique Huerta Corvalán y Enrique París Roa del Segundo Juzgado, así como otras querellas y amparos por otros casos.
El 29 de septiembre del mismo año el Ministro en Visita se declaró incompetente en virtud de que en los distintos casos investigados aparecía involucrado en calidad de aprehensores personal militar de Ejército, Fuerza Aérea, Carabineros y Agentes de la DINA. Los antecedentes se enviaron al juez Militar, quien asigna el Rol número 1.382-76 a la causa. El sumario se cerró el 9 de agosto de 1976 y el 14 de septiembre se sobreseyó temporalmente. En otro proceso llevado en la Tercera Fiscalía Militar sobre Enrique París, se acumularon antecedentes que afectan también al caso de Enrique Huerta como a los restantes detenidos desaparecidos de La Moneda.
El 7 de enero de 1980, en Oficio 3550/2, el Teniente Coronel Ricardo Canales, Comandante del regimiento Tacna informó al Tribunal que en la unidad a su mando "…no existen antecedentes que permitan determinar si en la fecha aludida en su Oficio hubo o no personas que fueron detenidas en el Palacio de La Moneda".
El 6 de marzo de 1980, el Coronel Armando Vergara Larraín, Jefe de Estado Mayor de la Comandancia General de Guarnición del Ejército de Santiago, en Oficio reservado N°3550/203 informó al Tribunal que el señor Luis Joaquín Ramírez Pineda era el Comandante del Regimiento Tacna el día 11 de septiembre y que a la fecha, es General de División con el cargo de Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
El 17 de marzo de 1980, en Oficio reservado N°3550/1, el General de División Joaquín Ramírez Pineda, Jefe del Estado Mayor de la Defensa Nacional remitió a la Tercera Fiscalía Militar de Santiago la información siguiente: "Dado el número de personas que ingresó al Regimiento y a la situación que se vivía, en que el máximo de personal estaba cumpliendo labores operativas, lo que permitía dedicar sólo un mínimo de la dotación a tareas de control y administrativas, no fue posible dejar constancia del ingreso y salida de aquellas". Agrega que: "La cantidad de personas ingresadas al cuartel, el largo tiempo transcurrido hasta la fecha y la circunstancia de que el Comandante de la Unidad debía fundamentalmente preocuparse de las tareas operativas de la misma, impiden al suscrito recordar nombres específicos de personas arrestadas o recibidas en el Regimiento".
Este proceso se cierra y sobresee el 28 de marzo de 1980, el abogado es notificado de esta resolución el 8 de mayo de 1980. La detención y posterior desaparición de Enrique Huerta fue denunciada ante la Comisión Interamericana de la Organización de Estados Americanos.
Inmediatamente después de la desaparición del afectado, la familia hizo innumerables consultas en regimientos, postas, hospitales, morgues y centros de detención. Estas gestiones no tuvieron éxito.


Identifican restos óseos en Fuerte Arteaga

Fuente :Tercera 4 de Abril 2002

Categoría : Prensa

La jueza Amanda Valdovinos identificó los restos de ocho detenidos desaparecidos desde el golpe militar de Augusto Pinochet, en 1973, a partir de pequeños fragmentos óseos encontrados en un foso en el Fuerte Arteaga ubicado a unos 20 kilómetros al norte de Santiago.
La información difundida por radio Bío Bío indica que la individualización de las víctimas fue lograda por peritos del Servicio Médico Legal a partir de 400 pequeños fragmentos óseos que incluyeron piezas dentales.
Entre los sujetos señalados se cuentan "el ex intendente del Palacio de La Moneda, Enrique Huerta y el ex jefe del Grupo de Protección Personal del depuesto presidente Salvador Allende, Domingo Blanco", informó la radioemisora.
De acuerdo al informe de la Comisión Verdad y Reconciliación, estos ocho detenidos desaparecidos se contaban en el grupo que fue tomado prisionero en el Palacio de La Moneda y desde allí llevados inicialmente al regimiento Tacna, en la zona norte de Santiago donde se les vio por última vez.
Este hallazgo se suma al caso de Juan Rivera quien figuró entre las víctimas lanzadas al mar según el informe entregado por representantes de las Fuerzas Armadas durante la Mesa de Dialogo convocada por el gobierno del ex presidente Eduardo Frei.


Corresponden a detenidos desaparecidos de La Moneda

Fuente :Primera Linea 4 de Abril 2002

Categoría : Prensa

La ministra en visita Amanda Valdovinos, a cargo de verificar información de la Mesa de Diálogo sobre la ubicación de los restos de unos 20 detenidos desaparecidos al interior del Regimiento Justo Arteaga, de Colina, descubrió el lugar exacto donde fueron inhumados clandestinamente los cuerpos tras el golpe militar del 11 de septiembre de 1973. Una fuente exclusiva confirmó a La Voz que los restos están en un pozo de 15 metros de profundidad.
En enero pasado, los trabajos de excavación en el terreno -que fue donado por la Iglesia Católica al Ejército para prácticas de guerra antes del golpe militar- se concentraron en una fosa de 15 por 13 metros, desde donde se han extraído, hasta la fecha, más de 400 fragmentos óseos esparcidos en una profundidad de cerca de tres metros.
Sin embargo, los estudios del suelo realizados por un botánico y por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) permitieron precisar que los fragmentos corresponden a los restos dejados por la remoción de las osamentas a finales de la década del '70. La precisión de los especialistas es tal, que se determinó que, por su ubicación fueron arrastrados desde uno de los extremos del sitio de excavación mediante el uso de una máquina retroexcavadora, cuyas características, (marca, modelo y propiedad) están acreditadas en el proceso.

Pozo equivalente a seis pisos
Los fragmentos, entre los que se cuentan cráneos, falanges, vértebras, dientes y arcadas, provienen de un pozo de unos cinco metros de diámetro y unos 15 metros de profundidad -equivalente a un edificio de seis pisos- donde fueron arrojados los cuerpos, una vez fusilados los detenidos y dinamitados (mediante granadas) en su interior. En los próximos días, las excavaciones se concentrarán en ese lugar y no se descarta que se verifiquen hallazgos de gran magnitud de osamentas.
Hasta el momento, con las recolecciones efectuadas, el Servicio Médico Legal ha podido aproximar en una decena las personas cuyos restos estaban en el lugar. Sin embargo, con las piezas dentales y los antecedentes con que cuenta el proceso se han podido confirmar cinco identidades, que sólo serán oficializadas una vez agotadas las diligencias.
Los familiares de las presuntas víctimas han sido informadas periódicamente por la jueza Valdovinos El último informe entregado por la ministra a la Corte Suprema confirma, además, los errores en el informe entregado por el Ejército a la Mesa de Diálogo, ya que el lugar ha sido localizado gracias a testimonios de lugareños y ex uniformados que se han acercado voluntariamente al tribunal. Todos los antecedentes reunidos por la ministra Amanda Valdovinos serán derivados a los tribunales del Crimen o militares que correspondan para determinar a los responsables de los homicidios y las inhumaciones y exhumaciones ilegales acreditadas en la investigación.

¿Quiénes son?
Según el Informe Rettig, 21 fueron los detenidos de La Moneda que terminaron trágicamente en Colina. Los asesores del Presidente Allende Eduardo Paredes Barrientos, ex director de Investigaciones; Enrique París Roa, Jaime Barrios Meza, gerente general del Banco Central; Sergio Contreras, Daniel Escobar Cruz, Enrique Huerta Corvalán, Claudio Jimeno Grendi, doctor Georges Klein Pipper, Héctor Pincheira Núñez y Arsenio Poupin Oissel, subsecretario General de Gobierno. Los miembros del GAP José Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Oscar Lagos Ríos, Juan Montiglio Murúa, Julio Moreno Pulgar, Luis Rodríguez Riquelme, Jaime Sotelo Ojeda, Julio Tapia Martínez, Héctor Urrutia Molina, Oscar Valladares Caroca, Juan Vargas Contreras y Oscar Luis Avilés Jofré.


Corte aprueba ampliación de extradición de general (r) Joaquín Ramírez Pineda

Fuente :El Mercurio 20 de Marzo 2009

Categoría : Prensa

El comandante del Regimiento Tacna en 1973 está procesado en Chile por los secuestros calificados en el denominado caso Palacio de La Moneda.

La Corte Suprema amplió la solicitud de extradición a Argentina de Luis Joaquín Ramírez Pineda, comandante del Regimiento Tacna en 1973, quien se encuentra detenido en Buenos Aires.

Ramírez Pineda está procesado en nuestro país por el ministro Juan Eduardo Fuentes Belmar en la investigación por secuestros calificados en el denominado caso Palacio de La Moneda.

En fallo unánime, los ministros de la Segunda Sala Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller, acogieron la solicitud planteada por el ministro Fuentes Belmar en el caso de 9 víctimas que se encuentran desaparecidas desde el 11 de septiembre de 1973.

Se trata de Jaime Gilson Sotelo Ojeda, Sergio Contreras, Héctor Ricardo Pincheira Núñez, José Freire Medina, Juan Eduardo Paredes Barrientos, Egidio Enrique Paris Roa, Manuel Ramón Castro Zamorano, Daniel Antonio Gutiérrez Ayala y Fernando Rodríguez Riquelme.

En 2003, la Corte Suprema decidió remitir una solicitud de extradición del procesado por los casos de secuestro de Jaime Antonio Barrios Meza, Daniel Francisco Escobar Cruz, Enrique Lelio Huerta Corvalán, Claudio Raúl Jimeno Grendi, Jorge Klein Pipper, Óscar Reinaldo Lagos Ríos, Juan José Montiglio Murúa, Julio Hernán Moreno Pulgar, Arsenio Poupin Oissel, Julio Fernando Tapia Martínez, Óscar Enrique Valladares Caroca y Juan Alejandro Vargas Contreras, también ocurridos a partir de 1973 en el Palacio de la Moneda.

Los antecedentes de la ampliación de la solicitud de extradición ya fueron remitidos al Ministerio de Relaciones Exteriores para que los remita a Argentina a su tramitación en ese país.


Corte de Santiago condena a oficiales de Ejército en retiro por secuestros y homicidios de detenidos en Palacio de La Moneda el 11 de septiembre de 19

Fuente :adprensa.cl 4/11/2021

Categoría : Prensa

En la sentencia la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a 6 oficiales por los secuestros y homicidios de 23 colaboradores del gobierno del Presidente Salvador Allende y miembros de GAP detenidos en el Palacio de La Moneda y llevados al Regimiento Tacna y el Fuerte Arteaga.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a seis oficiales en retiro del Ejército por su responsabilidad en los delitos de secuestro y homicidio de 23 colaboradores del Presidente Salvador Allende, detenidos en el Palacio de La Moneda, el 11 de septiembre de 1973.

En la sentencia (rol 3.452-2018) la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Soledad Melo, Gloria Solís e Inelie Durán- confimó la condena a Pedro Octavio Espinoza Bravo a la pena de 20 años de presidio, en calidad de coautor de los delitos de homicidio calificado de: Óscar Luis Avilés Jofré, Jaime Antonio Barrios Meza, Manuel Ramón Castro Zamorano, Claudio Raúl Jimeno Grendi, Georges Klein Pipper, Óscar Reinaldo Lagos Ríos, Julio Hernán Moreno Pulgar, Egidio Enrique Paris Roa, Héctor Ricardo Pincheira Núñez, Luis Fernando Rodríguez Riquelme, Jaime Gilson Sotelo Ojeda, Julio Fernando Tapia Martínez, Héctor Daniel Urrutia Molina, Juan Alejandro Vargas Contreras y Juan José Montiglio Murúa.

En tanto, Servando Elías Maureira Roa y Jorge Iván Herrera López deberán purgar 9 años de presidio; y los ex militares Teobaldo Segundo Mendoza Vicencio, Eliseo Antonio Cornejo Escobedo y Jorge Ismael Gamboa Álvarez,  7 años de presidio, como coautores de los delitos de homicidio calificado.

Además, en el caso de Servando Elías Maureira Roa y  Jorge Iván Herrera López, se ratifica la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, como coautores de los delitos de secuestro calificado de Sergio Contreras, Daniel Francisco Escobar Cruz, José Freire Medina, Daniel Antonio Gutiérrez Ayala, Enrique Lelio Huerta Corvalán, Juan Eduardo Paredes Barrientos, Arsenio Poupin Oissel y Óscar Enrique Valladares Caroca.

“Que, este tribunal comparte el establecimiento de los hechos y la calificación jurídica de los antecedentes fácticos descritos en los motivos tercero, cuarto, quinto y sexto de la sentencia en alzada, en los términos que se consignan en el fallo de primer grado, en orden a que encuentran una adecuada tipificación en el delito de secuestro calificado descrito y sancionado en el artículo 141 del Código Penal, conforme a la redacción vigente a la época de los acontecimientos, al referirse a víctimas que estuvieron en el interior del palacio de la Moneda el día 11 de septiembre de 1973, salieron por la Puerta de Morandé N°80, detenidas y trasladadas al Regimiento Tacna, lugar en donde permanecieron hasta el 13 de septiembre del mismo año, fecha en que fueron sacados del Regimiento Tacna, amarrados de pies y manos con alambres, en un camión Pegaso, desconociéndose hasta el día de hoy, el paradero de Sergio Contreras, Daniel Escobar Cruz, José Freire Medina, Daniel Gutiérrez Ayala, Enrique Huerta Corvalán, Juan Eduardo Paredes Barrientos, Arsenio Poupin Oissel y Oscar Enrique Valladares Caroca.

Por su parte, en cuanto al homicidio calificado, también se concuerda con el Ministro instructor, en el sentido de encontrarse acreditado dicho ilícito, contemplado en el artículo 391 N°1 del Código Penal, respecto de Oscar Luis Avilés Jofré, Jaime Antonio Barrios Meza, Manuel Ramón Castro Zamorano, Claudio Raúl Jimeno Grendi, Georges Klein Pipper, Oscar Reinaldo Lagos Ríos, Julio Hernán Moreno Pulgar, Egidio Enrique Paris Roa, Héctor Ricardo Pincheira Núñez, Luis Fernando Rodríguez Riquelme, Jaime Gilson Sotelo Ojeda, Luis Fernando Tapia Martínez, Héctor Daniel Urrutia Molina, Juan Alejandro Vargas Contreras y Juan José Montiglio Murúa”, dice el fallo.

Agrega: “Que, por otro lado, como acertadamente lo señala el juzgador, se trata de un crimen de lesa humanidad, toda vez que los secuestros calificados -denominadas por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos como “desapariciones forzadas”- y el homicidio calificado, forman parte de un ataque generalizado y sistemático en contra de un grupo determinado de la población civil, conformado, en este caso, por profesionales que trabajaban en el Palacio de La Moneda en calidad de asesores del cesado Presidente Salvador Allende Gossens, condición que tenían a esa época las víctimas; por otro lado, es requisito común para concebir el delito como de lesa humanidad que los autores o cómplices sean agentes del Estado, calidad que a esa época ostentaban los acusados.

Entre las características que distinguen este tipo de transgresiones se destacan la imprescriptibilidad, la imposibilidad de amnistiarlos y de consagrar excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de tan graves violaciones a los derechos esenciales tales como la tortura, las ejecuciones sumarias, extra-legales o arbitrarias, las desapariciones forzadas, y los homicidio, como en el caso de autos, todas ellas prohibidas por el derecho internacional de los derechos humanos”.

En el aspecto civil se rebajó la indemnización a los familiares de las víctimas.

“Que, por aplicación de reglas de experiencia, de aquellas que permiten confirmar que el dolor o padecimiento se relacionan especialmente con el vínculo de parentesco y afectivo que se tiene o que se ha tenido con la víctima directa del o de los delitos cometidos en su persona, se estima adecuado y razonable efectuar las regulaciones que se indican a continuación para determinar el quantum, a más de los aspectos comúnmente aplicados, esto es, grado de parentesco, cercanía y relación con la víctima, por lo que estas sentenciadoras diferencian, por su puesto analizando caso a caso, lo que se otorga a los cónyuges, madre, hijos, hermanos y nietos.

Lo anterior, considerando la circunstancia que la regla general es que el mayor dolor sufrido, se configura en el momento de la detención y presencia en la época de ocurrencia de los hechos, que generalmente lo sufre la madre o cónyuge de la víctima, quien debe continuar con su vida cuidando y protegiendo a sus hijos, llevando en sus hombros el dolor y la angustia de no saber el paradero de su ser amado.

En el caso de los hijos, por supuesto que existe un daño que debe ser reparado, pero su cuantificación monetaria, se estima debe ser menor que la que corresponde a su madre. El mismo análisis cabe para establecer el monto de la indemnización que favores hermanos y nietos”.

Que, de acuerdo a lo anterior, y considerando los parámetros establecidos en la sentencia de primer grado y lo dicho precedentemente, se fija en $100.000.000 (cien millones de pesos) la indemnización que corresponde a cada una de las cónyuges y madres de las víctimas.

Respecto de los hijos, el monto a pagar a cada uno de ellos, se regula en la suma de $80.000.000 (ochenta millones de pesos); y a los hermanos, en la cantidad de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos).

En cuanto a la nieta de don Juan José Montiglio Murúa, se regula el monto de la indemnización en la suma de $5.000.000 (cinco millones de pesos).

De esta forma, se acoge parcialmente la pretensión del Fisco de Chile en cuanto a la rebaja de las sumas fijadas en la sentencia que se recurre”, afirma el fallo.


Colmed realiza homenaje a Médicos asesinados en Dictadura y realiza colegiatura póstuma

Fuente :colegiomedico.cl 12/09/ 2020

Categoría : Prensa

  • La actividad, organizada por el Departamento Nacional de Derechos Humanos de la Orden, entregó el simbólico reconocimiento a la familia del dr. Ramiro González, detenido desaparecido el 15 de septiembre de 1973.

Una emotiva ceremonia virtual desarrolló este jueves el Colegio Médico de Chile para conmemorar a los 29 médicos asesinados durante la Dictadura Cívico-Militar, además de colegiar de forma simbólica al doctor Ramiro González. El estudiante de medicina de la Universidad de Chile fue detenido el 15 de septiembre de 1973 y hasta la fecha se encuentra desaparecido.

En la actividad, organizada por el Departamento Nacional de Derechos Humanos del gremio, participaron las máximas autoridades de la Orden, la doctora Izkia Siches y el dr. Patricio Meza, presidenta y vicepresidente del gremio. A ellos se sumaron familiares del fallecido profesional y de los otros 29 médicos mártires; los integrantes del departamento organizador, participantes de regiones y de otros lugares del mundo, entre otros.

La dra. Siches indicó que “hoy conmemoramos fechas dolorosas para la historia de nuestro país, pero también una serie de reivindicaciones y mensajes en la propia vida de nuestros colegas. Los procesos de reparación que ha realizado nuestro colegio nos enorgullecen y la colegiatura póstuma que hoy vivimos, lo hemos hecho con otros colegas, que si no fueran víctimas estarían trabajando por el país”.

Además, agregó que “hacemos un llamado muy amplio a cada uno a reforzar el compromiso, a trabajar incansablemente por los mismos sueños de los que hoy recordamos, tenemos una oportunidad histórica para transformar nuestro país y el mejor homenaje que le podemos hacer a nuestros colegas, es trabajar incansablemente por esos desafíos”.

La ceremonia contó con un diálogo intergeneracional sobre la medicina social entre  el ex Ministro de Salud, Dr. Carlos Concha y el representante del Movimiento Salud en Resistencia, Dr. Roberto Bermúdez. Además, tuvo las presentaciones artísticas y el saludo del músico argentino Pedro Aznar y del Premio Nacional de Literatura 2020, Elicura Chihuailaf.

El presidente del Depto de DDHH, doctor Enrique Morales, destacó la relevancia de la actividad asegurando que “no es solo recordar, es de alguna manera hacernos cargo de reparar y ayudar en ese proceso. El estado tiene muchas tareas pendientes, pero como Sociedad civil podemos ayudar en eso. La Universidad de Chile tituló a los estudiantes de medicina y el Consejo Nacional del Colegio Médico ha decidido realizar la colegiatura simbólica”.

En la jornada, además, se reconoció la labor de esa unidad de Colmed en el proceso de protesta social que comenzó el 18 de octubre del año pasado, generando informes para organismos nacionales e internacionales, realizando presentaciones en el parlamento, evaluando a víctimas de vulneraciones y dando a conocer graves violaciones a los derechos humanos.

El Dr. Jan Jarab, Representante para América del Sur de la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU, comentó que “queremos recordar a las víctimas de la dictadura cívico militar y a sus familias. La mayoría de las víctimas, más del 75% eran personas jóvenes, con sueños, con la vida por delante, eran estudiantes, hijos e hijas, nietos y nietas que poseían un futuro del cual fueron arrancados por pensar distinto y por oponerse en un régimen que se sustentó en el terror”.