Fernández González Mario


cementerio G. Santiago memoriales.cl

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Museo de la Memoria

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Rut : 5.900.970-2

Fecha Detención : 26-09-1973
Lugar Detención : Torrencilla


Fecha Nacimiento : 25-11-1947 Edad : 25

Lugar Nacimiento : Lota

Actividad Política :
Actividad : Capataz de minas

Estado Civil e Hijos : Casado, 2 hijos
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :informe corporación

Categoría : Antecedentes del Caso

MARIO FERNANDEZ GONZALEZ

Rut     : 65.615, Lota.
F.Nac.   : 25  11  47, 25 años a la fecha de la detención
Domicilio : Sotomayor al Cerro s/n. Lota.
E.Civil : Casado, 2 hijos.
Actividad : Capataz Mina de Cuarzo Antártica de la Empresa Lota Green.
C.Repres. : Sin militancia política conocida
F.Detenc. : 26 de septiembre de 1973

Mario Fernández González, casado, 2 hijos, capataz de la Mina de Cuarzo Antártica de Lota, fue detenido el 26 de septiembre de 1976 en la localidad de Torrecilla, próxima a Ninhue, por efectivos de Carabineros de esa localidad, quienes lo fueron a aprehender a la pensión en donde residía en los períodos en que se encontraba laborando en la Mina de Cuarzo Antártica. Los dueños de la pensión avisaron de su arresto a los jefes de la empresa Refrectarios Green Lota, propietaria de la Mina, y posteriormente la detención fue comunicada a su familia; la que realizó las diligencias pertinentes, averiguando que el afectado habría sido entregado a Carabineros de Curihue y éstos a su vez a personal de Chillán en donde se dijo que había sido trasladado al Regimiento de Los Angeles.
Se dijo que la causa de la detención habría sido el hecho que en la Mina encontraron explosivos; éstos eran mantenidos allí por razones de trabajo con la autorización correspondiente. Pese a haberse consultado en diversos centros de reclusión de la época no fue posible dar con su paradero y se ignora a la fecha la suerte que corrió en manos de sus captores.

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
En noviembre de 1974 su familia interpuso un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Chillán, el que fue rolado con el N° 94023. En él se pidió informes a Carabineros de Ninhue y a la Fiscalía Militar de Chillán, cuyas respuestas fueron negativas por cuanto señalaron no tener registrada la detención del amparado ni poseer antecedentes al respecto. Con el sólo mérito de estos informes el recurso fue rechazado por la Corte, sin ordenarse que los antecedentes fueran remitidos al Juzgado del Crimen correspondiente a fin de instruir sumario por el dasaparecimiento del afectado. Otras presentaciones personales de su cónyuge ante el Jefe de la III división de Ejército, tampoco dieron resultado alguno, por cuanto se le informó que revisados los Libros de Guardia de la 5ta. Comisaría "Quirihue" y Retén Ninhue no aparece registrada la detención del afectado.


Fuente :Extraído del libro Memoria Histórica de los Detenidos  Desaparecidos de Nuble

Categoría : Antecedentes del Caso

Nació el 25 de diciembre de 1947, en Lota, Provincia de Concepcion. Sin militancia politica. Sus padres eran don Manuel Fernández y doña Elena González; formaba parte de una familia numerosa compuesta por diez hermanos, siendo el quinto entre sus hermanos.

Tuvo una infancia feliz y normal como todo niño, rodeado del cariño de sus padres y hermanos. Realizo solamente sus estudios basicos.  Trabajaba en la Empresa Refractarios Lota Green donde se desempeñaba corno capataz Mina de Cuarzo.

Contrajo matrimonio con Digna Silva en 1971 de cuya union nacieron dos hijos. El, como era hijo obediente y muy respetuoso, se llevaba bien con sus hermanos, era un esposo ejemplar, un padre tierno, una persona jovial, le gustaba compartir  y tener amigos. Todos los días domingos se reunía con ellos, en el Club, para jugar rayuela.

Estando en la pensión, en Torrecillas, fue detenido por militares y carabineros de Ninhue, el 26 de septiembre de 1973, a la edad de 26 años. Su cónyuge se entera de la detención de su esposo por un compañero de éste.

Posterormiente, su esposa acompañada del Gerente de la Empresa, hicieron averiguaciones llegando al lugar de detención, siendo los mismos dueños de la pensión quienes le comunicaron los detalles de ésta. Después, su esposa continuó las averiguaciones visitando las cárceles de Chillán, Los Angeles y los lugares de detención de prisioneros políticos, sin resultados.

Se presenta un Recurso de Amparo en la Corte de Apelaciones de Chillan, iniciada el 11 de noviembre de 1974. Se pidio informe a carabineros de Ninhue y a la Fiscalía Militar de Chillan, y con el sólo mérito de las respuestas negativas se rechazó el Amparo por fallo del 13 de noviembre de 1974, sin ordenarse instruccion de sumario por presunta desgracia.

Desde la lecha de detención no se sabe nada de Mario. A comienzos del año 1994, brilló una luz de esperanza para su familia y amigos y en especial, para su esposa e hijos, creyéndose que por fin se le encontraría.

Es demolida la 4a Comisaría de Lota, en la cual se encontraron osamentas humanas, y en donde algunos particulares, como la prensa, decían que uno de esos restos humanos que se encontraron podría corresponder a Mario Fernández Gonzalez pero tras una serie de estudios e investigaciones por parte de Antropólogos. se dijo que el cuerpo de Mario, no se encontraba en ese lugar, frustrándose así. una vez más la esperanza de encontrarlo, por parte de su familia.

 


Corte de Chillán acoge figura del secuestro permanente

Fuente :25 de Marzo 2005 La Discussion

Categoría : Prensa

La Corte de Apelaciones de Chillán revocó la sentencia en
primera instancia del Juzgado del Crimen de Quirihue que había absuelto al ex oficial de Carabineros, Santiago Humberto Fernández Espinoza, y lo condenó a la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio y a la inhabilitación absoluta para ejercer cargos, como autor del delito de secuestro agravado del detenido desaparecido en 1973, Mario Fernández González.
El hecho ocurrió en la comuna de Ninhue, el 26 de septiembre de 1973. Fernández, casado, dos hijos, era trabajador de la empresa Schwager que en esos días realizaba faenas de prospección minera utilizando explosivos, lo que le valió una acusación de tener militancia política y de ejercer actividades atentatorias contra el orden y la seguridad del recién instaurado gobierno militar, situación que fue desvirtuada absolutamente en el proceso, según indicó el abogado del Ministerio del Interior que representa la causa, Ignacio Marín Correa.
“Luego de ser detenido por una patrulla a cargo del entonces comisario de Quirihue, Santiago Fernández, el detenido fue llevado a esa unidad policial donde se pierde el rastro, por lo que el delito de secuestro permanente está acreditado durante el proceso”, explicó el profesional.
Prevalece figura del secuestro.
El abogado Ignacio Marín calificó como “histórica” la sentencia de la Corte de Apelaciones, puesto que es la primera condena que acoge el planteamiento de la Corte Suprema, en cuanto a que el delito de secuestro permanente no es amnistiable ni prescribible.
“Es la primera vez que la corte en Chillán se pronuncia al respecto, antes sólo le había tocado aprobar o rechazar
procesamientos, pero ahora se trata de una sentencia, que reafirma el principio que habíamos defendidos como abogado de derechos humanos”, indicó Marín, quien manifestó su esperanza de que este sea una ventana para que al menos veinte casos similares que están en pleno proceso en diversos tribunales de Ñuble, también reciban sentencias similares.