SARA DE LOURDES DONOSO PALACIOS![]() Foto proporcionada por su hermana Rut : 5.920.612?5 El padre de la víctima, Juan Donoso Oliva, se enteró de los hechos a través de una llamada telefónica recibida el miércoles 16 de julio del mismo año, a través de la cual la enfermera jefe del Consultorio preguntaba por Sara Donoso, quien no se había presentado a trabajar. Posteriormente, el padre confirmaría la detención de su hija por medio de las informaciones que le entregaron compañeros de trabajo de la afectada. Por su parte, Investigaciones, en una respuesta a una orden de investigar del 8 Juzgado del Crimen, señaló que las consultas hechas a alumnos y profesores del Consultorio de calle Independencia "corroboraron lo expresado por el denunciante (Juan Donoso)", (25 agosto 1975). Además, los hechos previos a la desaparición de Sara Donoso, a quien se le había cancelado su matrícula en Enfermería de la Universidad de Chile, no hacen más que confirmar su detención por agentes de la DINA. La afectada vivía en un departamento central junto a Rosa Soliz (también militante socialista y detenida desaparecida). Ambas trabajaban en el mismo Consultorio y realizaban funciones de enlace al interior del Partido Socialista, tanto entre la Directiva central como entre éste y otros partidos políticos. Sara Donoso y Rosa Soliz trabajaban partidariamente bajo las órdenes de Modesta Carolina Wiff, también detenida desaparecida. Es así como su detención y desaparición se inscriben en una acción de la DINA, dirigida en contra de los más altos dirigentes socialistas de la época, miembros de la Comisión Política y de sus enlaces y correos, realizada en los meses de junio y julio de 1975. En junio se efectuaron las detenciones de Michelle Peña, Exequiel Ponce, Mireya Rodríguez, Carlos Lorca, Ricardo Lagos y Modesta Carolina Wiff. En el mes de julio fueron detenidas la afectada y Rosa Soliz. Todos ellos permanecen como detenidos desaparecidos hasta el día de hoy. GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS El 25 de julio de 1975, en la Corte de Apelaciones de Santiago, se interpuso un recurso de amparo por la afectada, el que fue rolado con el N 862?75. Sin una sola gestión, la Corte rechazó la presentación "por cuanto no se imputa a alguna autoridad la privación de libertad de Sara Donoso Palacios". Los antecedentes fueron remitidos al 3er. Juzgado del Crimen de Santiago en donde se abrió el proceso rol N 118.657 5. El 11 de septiembre de 1975, en otra información a la anteriormente señalada, Investigaciones señaló al Tribunal que al consultar a funcionarios del Consultorio, los que se negaron a dar sus nombres, "se logró establecer que Sara Donoso efectivamente fue tomada por unas personas de civil que la subieron a viva fuerza a una camioneta de la que se ignoran mayores antecedentes". Por su parte, las autoridades negaron sistemáticamente la detención de la afectada. Raúl Benavides Escobar, Ministro del Interior y General de División, ofició al Juzgado diciendo que la afectada no se encontraba detenida por orden de esa Secretaría de Estado (11 de noviembre de 1975). Tres días después, el 14 de noviembre del mismo año, el Ministro Benavides agregaba que la DINA no tenía antecedentes relativos a la víctima. El Secretario Ejecutivo Nacional de Detenidos (SENDET), Coronel Jorge Espinoza Ulloa, también informó carecer de datos al respecto. El 5 de diciembre de 1975, se cerró el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa. El fallo fue aprobado por la Corte de Apelaciones el 22 de enero de 1976. El 1 de agosto de 1975 se había abierto una causa por presunta desgracia de la afectada, en el 8? Juzgado del Crimen, la que fue rolada con el N 12.621 3. También durante la tramitación de ésta, las autoridades persistieron en negar la detención de Sara Donoso. Así lo informó el Ministro del Interior Benavides y el Secretario Ejecutivo del SENDET, Coronel Jorge Espinoza. Posteriormente, el 20 de febrero de 1976, por razones jurisdiccionales, el juez se declaró incompetente y envió los antecedentes al 3er. Juzgado del Crimen, en donde fueron acumulados al proceso anterior (rol N 118.657). Como dicha causa se encontraba sobreseída temporalmente, sin diligencias, automáticamente se sobreseyó esta denuncia de presunta desgracia. Por su parte, la familia averiguó en hospitales, postas, Servicio Médico Legal, SENDET, Tres Alamos, Comisarías, etc. Hasta hoy no se logra saber cuál fue la suerte corrida por Sara Donoso Palacios, a partir del momento en que fue detenida por dos agentes de la DINA. Correcciones en negrita del texto anterior, enviadas por su hermana Patricia:
Mensaje recibido por memoriaviva el 26-1-09 Estimados señores de Memoria Viva:
Esta pagina fue modificada el 17/07/2010 Si posee cualquier información sobre este caso, nuevas o mejores imágenes, relatos, testimonios, etc., escribanos a hhrr_project@hotmail.com |
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