Buzio Lorca Jaime Mauricio


usach.cl - homenaje - Santiago

usach.cl – homenaje – Santiago

usach.cl

usach.cl

villagrimaldi.cl

villagrimaldi.cl

uchile.cl

uchile.cl

memoriales.cl

memoriales.cl

Rut : 6.326.315-K

Fecha Detención : 13-09-1974
Lugar Detención : Santiago


Fecha Nacimiento : 08-11-1952 Edad : 21

Lugar Nacimiento : Providencia – RM

Actividad Política : Liga Comunista (LCCH)
Actividad : Estudiante de Mantención Mecánic

Estado Civil e Hijos : Soltero
Nacionalidad : chilena


Relatos de Los Hechos

Fuente :Vicarìa de la Solidaridad

Categoría : Antecedentes del Caso

Jaime Mauricio Buzio Lorca, 21 años de edad, estudiante de Mantención Mecánica en el Instituto Tecnológico de la UTE en Santiago, militante de la Liga Comunista, fue detenido por efectivos de la DINA el 13 de julio de 1974, alrededor de las 12:00 horas, cuando regresaba de clases a su domicilio ubicado en calle República de Israel en la comuna de Ñuñoa. Los aprehensores, todos armados, lo subieron violentamente en uno de los vehículos en que se movilizaban, retirándose de inmediato del lugar. Desde tempranas horas de esa mañana, una camioneta Chevrolet color amarilla, con toldo verde oliva y sin patente había permanecido estacionada frente a su casa, con tres civiles en su interior.
El afectado vivía en casa de doña Amelia Arredondo y sus hijos desde fines del año 1973, después que el marido de ella, Carlos Salazar Contreras, abogado socialista y amigo del ex Presidente Allende, muriera en el Estadio Nacional luego de haber sido detenido en octubre de ese año. 
El joven Buzio fue conducido al recinto de la DINA ubicado en calle Londres 38, siendo sometido de inmediato a interrogatorios bajo fuertes y largas sesiones de tortura, las que le provocaron gran daño físico. Además, le rompieron sus lentes ópticos, sin los cuales podía ver muy poco.
En este lugar fue confrontado con otro prisionero, Cristián Van Yurick quien se encontraba detenido desde hacía un par de días al igual que su hermano Edwin y la cónyuge de éste, Bárbara Uribe. Los hermanos Van Yurick eran dirigentes del MIR y, si bien no militaba en ese partido, Buzio era amigo de ellos, con quienes había sido compañero de colegio en el Liceo Manuel de Salas. Al caer detenido Cristián Van Yurick, la DINA identificó un Jeep color naranja que usaban estos hermanos y también Jaime Buzio . Edwin Van Yurick y su cónyuge se encuentran desaparecidos, al igual que el afectado, en tanto su hermano Cristián permaneció varios meses detenido sin que se reconociera su arresto, siendo finalmente expulsado del país dos y medio años después.
Al día siguiente de su arresto, los agentes de la DINA fueron a detener a su amiga Beatriz Kettlun Maluk, ex compañera en la Escuela de Sociología de la Universidad de Chile, con quien había participado en un grupo de reflexión política llamado "Liga Comunista". Ella también fue llevada a Londres 38, donde fue careada con Jaime sobre los vínculos políticos entre ambos antes y después del Golpe Militar. Según Beatriz, a su amigo lo acusaban de ocupar un alto cargo en el MIR. En un momento que pudieron conversar cuando no eran interrogados, el joven le contó que le imputaban hechos muy graves de los que nada sabía, que había sido sometido a torturas con aplicación de corriente y, previendo que ella sería dejada en libertad antes que él, le pidió le entregara un mensaje a su madre (que se encontraba en Argentina) en la eventualidad de que ella volviera a Chile.
Beatriz Kettlun pudo después identificar como uno de sus aprehensores a Osvaldo Romo Mena, quien dirigió los interrogatorios a que fue sometida y el careo con Buzio. Jaime le contó también que este sujeto había sido amigo suyo y habían trabajado juntos en la población Lo Hermida, antes del Golpe Militar del 11 de septiembre de 1973. Agregó que tenía una actitud doble con él, ya que lo trataba con benevolencia al mismo tiempo que lo torturaba. La testigo fue dejada en libertad tres días después de su arresto y en los días siguientes Osvaldo Romo la llamó por teléfono en varias oportunidades, preguntándole cómo estaba y anunciándole visitas para discutir con ella temas políticos. Cada vez que llamaba, ella le consultaba por Jaime y la última vez que la contactó, a fines del mes de julio de 1974, le respondió que su amigo ya no se encontraba en el lugar donde había estado con él.
Jorge Jaime Flores Durán fue detenido el mismo día que Buzio y también fue llevado a Londres 38. Ambos eran amigos de la infancia y pudieron conversar en los momentos que no eran sometidos a interrogatorios. Flores cuenta que la víctima se encontraba bastante mal físicamente por las torturas a que era sometido, y relata que el 18 de julio Buzio fue llevado durante el día a otro recinto del cual regresó en horas de la noche flagelado a tal punto que le era imposible hablar.
Otro testigo de su reclusión y torturas en este recinto de la DINA fue el ex prisionero Antonio Osorio Olivares, quien señaló que escuchaba los gritos y lamentos del joven Buzio cuando era objeto de tormentos.
Finalmente, también lo vio en ese lugar Oscar Alfaro Córdoba el cual permaneció recluido en Londres 38 durante ocho días. Producto de las torturas a que fue sometido y de la poca y mala alimentación que le suministraban, al joven se le activó una úlcera gástrica que padecía, lo que le provocaba fuertes dolores. Según Antonio Olivares, en una oportunidad Buzio debió ser llevado de urgencia a la Posta por su grave estado de salud.
El 24 de julio de 1974, alrededor de las 11:00 horas, Jaime Buzio fue sacado de esta casa de la DINA junto a otros detenidos. Desde entonces no fue visto nuevamente en ningún otro centro de interrogatorios ni Campamento de Prisioneros, excepto por Cristián Van Yurick que cree haberlo visto en Villa Grimaldi con posterioridad a esta fecha.
Dos días después que fuera detenido, el 15 de julio, Jaime fue conducido por Osvaldo Romo y otros dos agentes de la DINA a su domicilio, los que procedieron a allanar su dormitorio. En la vivienda se encontraba la empleada, María Emérita Navarrete, y el hijo menor de la dueña de casa de sólo 10 años. Jaime le expresó a la señora María que estaba detenido, lo que corroboró Romo agregando que iban a revisar sus cosas.
Uno de los agentes se llevó al niño al patio, en tanto los otros subieron a su pieza. El niño contó que el sujeto que lo custodió en el patio le preguntó si Jaime realizaba reuniones políticas en la casa. El afectado se veía muy mal, sucio, con moretones y despeinado, Romo le permitió cambiarse de ropa y señaló a la señora María que podía darle al joven unos tarros de leche condensada para llevárselos.
Después de permanecer alrededor de media hora en la casa, se retiraron en una camioneta nueva, cerrada. Antes de subirse al vehículo, Jaime alcanzó a decir que se preocuparan de su polola.
En julio de 1975, Jaime Buzio figuró en una nómina de 119 chilenos muertos en Argentina y otros países, algunos en supuestos enfrentamientos con fuerzas de seguridad argentinas y otros entre ellos mismos, debido a rencillas internas del MIR. Esta supuesta noticia fue publicada por el periódico brasilero O'DIA y la revista argentina LEA, ambas desconocidas en sus respectivos países y que fueron editadas sólo una vez, sin duda con el único objetivo de dar a conocer esta falsedad. Esta información fue negada por las autoridades argentinas y brasileñas, las que manifestaron no tener conocimiento de estos hechos. Ante esta evidencia, el gobierno militar chileno debió reconocer oficialmente que no había constancia de estas supuestas muertes, como tampoco que estas personas hubiesen abandonado el país. Los integrantes de esta nómina corresponden a personas detenidas por los servicios de seguridad chilenos, todas las cuales se encuentran desaparecidas desde entonces.
Sus padres regresaron a Chile al conocer la noticia de su detención, e hicieron múltiples intentos para ubicar a su hijo Jaime sin resultados positivos. Su padre falleció años más tarde tras una larga y penosa enfermedad. 

GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS
El 17 de julio de 1974 se interpuso un recurso de amparo en su favor ante la Corte de Apelaciones de Santiago, rol 763?74, el que fue rechazado luego de recibirse respuestas negativas de los Ministros del Interior y Defensa respecto de la detención de Jaime Buzio . No obstante, se remitieron los antecedentes al Juzgado del Crimen correspondiente, para que se investigaran los hechos denunciados.
De esta forma, el 21 de septiembre de 1974, el 8º Juzgado del Crimen de Santiago dio inicio a la causa rol 11.273, Tribunal al cual también se presentó, con igual fecha, una denuncia por presunta desgracia.
Ante el Tribunal prestó declaraciones la madre del afectado, Alicia Lorca, donde dio cuenta de una noticia recibida de otro prisionero el cual habría señalado que su hijo se encontraría en un Campamento de Prisioneros en el Cajón del Maipo.
Además de una orden amplia de Investigar, el Juez resolvió oficiar a la DINA, para confirmar la permanencia de Jaime Buzio en el Campamento de Prisioneros mencionado.
En tanto, se había interpuesto un nuevo recurso de amparo ante la Corte Marcial, rol 3 75. Nuevamente el Ministerio del Interior respondió negativamente al igual que el titular de Defensa, que remitió una fotocopia de SENDET que indicaba que no se registraba la detención de Buzio por algún servicio dependiente de ese Ministerio.
La DINA por su lado respondió, como habitualmente lo hacía, expresando que esas consultas debían dirigirse al Ministerio del Interior o SENDET, organismos encargados de responderlas.
Este amparo fue rechazado por la Corte Marcial, que también resolvió remitir los antecedentes al juzgado correspondiente para que se investigaran los hechos descritos.
El 6 de marzo de 1975, el Juez que instruía la causa por desaparición de Buzio Lorca ordenó acumular estos autos y, doce días después, resolvió, con el mérito de la respuesta de SENDET a la Corte Marcial, prescindir del Oficio ordenado anteriormente a la DINA.
Con igual fecha, ordenó el cierre del sumario y dictó sobreseimiento temporal de la causa "por no encontrarse acreditado el delito".
El 12 de mayo del mismo año, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó esta resolución.
En julio de ese año, la madre de la víctima dio cuenta al Tribunal de la publicación de las nóminas conocidas como "los 119", en que aparecía mencionado su hijo.
Ese mismo mes, el Ministro del Interior respondió una consulta de la señora Lorca sobre la situación de su hijo desaparecido, comunicándole que no registraba antecedentes suyos. Sin embargo, el Ministro agregó que el joven figuraba entre estos 119 chilenos muertos. Esta respuesta fue puesta a disposición también del Tribunal y se solicitó se consultara al Ministerio de Relaciones Exteriores para que aclarara si era o no oficial esta trágica noticia.
La respuesta de la Cancillería fue que esta información había sido desmentida por las autoridades argentinas y brasileñas y que tampoco constaba que estas personas hubiesen salido del país.
El 26 de noviembre de 1975 se solicitó la reapertura del sumario, para lo cual se entregaron nuevos antecedentes, entre ellos una declaración jurada de Jorge Flores Durán, quien había estado recluido con Jaime en el recinto de calle Londres 38. Además, se solicitó se citara a declarar a Cristián Van Yurick, también testigo de reclusión del afectado, quien se encontraba en esa fecha detenido en Puchuncaví.
Recibido el expediente que se encontraba archivado, el Juez resolvió primeramente oficiar al Ministerio del Interior, para que informara la situación de Van Yurick.
El 13 de mayo de 1976, sin que aún se recibiera la respuesta del titular de Interior, ni se le reiterara la consulta, se entregó un nuevo antecedente al Tribunal que consistía en una nueva declaración jurada de Antonio Osorio Olivares, otro testigo de la permanencia de Buzio en la casa de calle Londres.
El 9 de junio de 1976, el Ministro del Interior evacuó recién el informe solicitado respecto de Cristián Van Yurick, en el cual señala que esta persona se encontraba detenida en esos momentos en el Campamento Tres Alamos. Cabe señalar que el Ministro dio como fecha de detención de Cristián Van Yurick (según Decreto Exento de ese Ministerio) el 16 de septiembre de 1974, cuando en realidad éste fue detenido el 11 de julio de ese año.
No obstante haber recibido esta respuesta, nada resolvió el Juez respecto de la comparecencia ante el Tribunal de este importante testigo que había estado junto a Jaime Buzio en Londres 38. Esta diligencia volvió a ser solicitada el 6 de agosto de 1976, oportunidad en que también se pidió fuera citado a declarar el agente de la DINA Osvaldo Romo Mena, que fuera identificado como uno de los aprehensores de la víctima.
Una vez más nada resolvió el Juez respecto de lo solicitado y el 16 de agosto de ese año debió pedirse que se dejara sin efecto la diligencia de citar a declarar a Van Yurick, puesto que estaba a punto de salir del país y la citación en esas circunstancias sería inconveniente para él, dado su largo período de reclusión que sumaba ya más de dos años y medio.
En esta ocasión, el Juez acogió de inmediato lo solicitado, resolviendo además prescindir de la declaración de Romo, por no considerarla estrictamente indispensable. En seguida, ordenó archivar nuevamente la causa, cuyo sumario no se reabrió. El 6 de diciembre de 1976 se solicitó nuevamente la reapertura del sumario, siendo denegada.
El 25 de abril de 1977 se volvió a solicitar la reapertura, a raíz de declaraciones formuladas en una entrevista por el Director de la Comisión Internacional de la Cruz Roja. En ella cuenta que en una reunión sostenida con el General Augusto Pinochet, éste había respondido a una consulta sobre los desaparecidos diciendo que esas personas habían muerto o abandonado el país y encargó al Ministro del Interior preocuparse del asunto.
Con estos antecedentes, el Juez resolvió volver al estado de sumario la causa y decretó se oficiara a los organismos respectivos para establecer si se registraba la defunción de Jaime Buzio o su abandono del país.
El 11 de junio de ese año, luego de recibirse informes negativos respecto de su eventual defunción o salida del país, se cerró nuevamente el sumario y se sobreseyó temporalmente la causa, resolución que fue aprobada por la Corte de Apelaciones.
En marzo del año 1979 se presentó un nuevo escrito solicitando se reabriera el sumario y se citara a declarar a Beatriz Kettlun, quien fuera careada con Buzio en la casa de calle Londres ante la presencia de Osvaldo Romo. El juez resolvió, sin ordenar la reapertura del sumario, citar a declarar a la testigo.
En abril de ese año, la causa pasó a manos del Ministro en Visita Servando Jordán, nominado por la Corte de Apelaciones de Santiago para investigar los procesos por desaparición de personas detenidas por los servicios de seguridad.
De inmediato el Ministro ordenó la citación a declarar a Osvaldo Romo, bajo apercibimiento de arresto, sin embargo, la policía civil, encargada de la diligencia, no pudo ubicarlo.
Ante el Ministro declaró Beatriz Kettlun, quien reconoció a Osvaldo Romo en una fotografía que le fue exhibida. Otros testigos que estuvieron detenidos en el recinto de la calle Londres también declararon y reconocieron al agente Romo como uno de los aprehensores e interrogadores en ese lugar.
El Ministro resolvió constituirse en esta casa, diligencia que llevó a cabo el 22 de junio de 1979, con el apoyo de los peritos de Investigaciones. El Acta que se levantó dejó establecido que la descripción que de este lugar habían hecho los testigos era acertada. Sin embargo, las fotografías tomadas en su interior por los peritos no pudieron ser reveladas pues "el material fotográfico usado en esta oportunidad resultó con defectos de fabricación", según informó el Jefe de la Prefectura de Unidades Especiales.
Cabe señalar que, según consta en el Acta, dos meses antes de que se practicara esa inspección, dos camiones militares concurrieron a esa casa y la limpiaron.
El 20 de julio de 1979 su madre interpuso una querella ante el Ministro Jordán por secuestro agravado, incomunicación prolongada, rigor innecesario y malos tratos, detención arbitraria en lugares no contemplados por la Ley y lesiones graves, dirigida en contra de Osvaldo Romo Mena y demás agentes de la DINA que resultaren responsables. En ella se solicitó se reabriera el sumario, lo cual no se había formalizado. Luego de tomar declaraciones a otros testigos de las circunstancias de detención y reclusión de Jaime Buzio, el 14 de diciembre de 1979 el Ministro Jordán se declaró incompetente y remitió la causa al 2º Juzgado Militar, resolución que fue apelada por la parte querellante.
El 11 de marzo de 1980, la Corte de Apelaciones confirmó la resolución apelada, después de recibirse el informe del Fiscal de esa Corte que pidió la aprobación, debido a que existían fundadas presunciones que el afectado había sido detenido "por efectivos de la DINA o, a lo menos, miembros de alguna fuerza militar aunque vestidos de civil …sin que posteriormente pudiera conocerse su destino".
El 22 de abril de 1980 el Juez Militar aceptó la competencia y resolvió continuar la investigación en la 2ª Fiscalía Militar, bajo el rol 259?80.
Ninguna de las diligencias realizadas por el Fiscal dieron resultados positivos para dar con el paradero de la víctima. El Ministro del Interior, Sergio Fernández Fernández, informó por su parte que las indagaciones ordenadas realizar a Investigaciones tampoco habían dado resultado positivo.
Por otro lado, el Director de la Central Nacional de Informaciones, CNI, sucesora legal de la DINA, respondió que el único antecedente que tenía de Buzio era su inclusión en la nómina de "los 119".
En mayo de 1980 fueron aprehendidas tres personas relacionadas con un fraude al IVA (Impuesto al Valor Agregado), proceso que se relacionó con las investigaciones por los desaparecidos debido a que, según dio a conocer la propia policía civil, uno de los nombres supuestos utilizados para el fraude correspondía a un detenido desaparecido, Alvaro Barrios Duque. A raíz de esta noticia y de que el Ministro Jordán había realizado una serie de diligenciasen relación a estos hechos, se solicitó al Fiscal Militar que oficiara al Ministro para que informara si entre sus indagaciones aparecía Jaime Buzio . Lo mismo se solicitó respecto del Ministro que instruía la causa por el fraude y a la policía civil.
Pese a la importancia de estas diligencias relacionadas con estas noticias que fueron ampliamente publicadas por la prensa nacional y que provocaron conmoción, el titular de la 2ª Fiscalía no dio lugar a lo solicitado.
Nuevamente se intentó ubicar al agente Romo, pero tampoco fue habido y la CNI informó que no figuraba entre los miembros de su personal.
El 7 de agosto de 1981, esta causa fue acumulada a la 553?78 que se instruía en la misma Fiscalía, correspondiente a una querella en contra del General Manuel Contreras Sepúlveda, ex Director de la DINA y otros Oficiales. Esta había sido interpuesta el año 1978 por familiares de víctimas, entre las que se incluía Jaime Buzio Lorca. (Antecedentes completos de la querella en contra de Manuel Contreras, verlos en el caso de Eduardo Alarcón Jara.) 
En este proceso la Fiscalía prácticamente sólo se dedicó a acumular las diversas causas que se instruían por estas víctimas y, sin que se realizaran diligencias durante cuatro años, el 20 de noviembre de 1989, el Teniente Coronel de Ejército Enrique Ibarra Chamorro, Fiscal General Militar, solicitó para esta causa la aplicación del Decreto Ley de Amnistía (D.L. 2.191) porque el proceso había tenido como finalidad exclusiva la investigación de presuntos delitos ocurridos durante el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978 y porque durante los 10 años de tramitación no se había logrado "determinar responsabilidad de persona alguna". El 30 de noviembre de 1989, la solicitud fue acogida por el 2° Juzgado Militar, el que sobreseyó total y definitivamente la causa (la que aún se encontraba en etapa de sumario( por "encontrarse extinguida la responsabilidad penal de las personas presuntamente inculpadas en los hechos denunciados". Las partes querellantes apelaron de dicha resolución a la Corte Marcial, la que confirmó el fallo en enero de 1992. Se interpuso entonces un Recurso de Queja ante la Corte Suprema de Justicia, la que al mes de diciembre de 1992, aún no evacuaba su resolución.
En noviembre de 1991 el ex agente la DINA, Osvaldo Romo Mena, involucrado en la detención, interrogatorios y torturas de Jaime Buzio Lorca, fue detenido a su arribo a Santiago cuando venía expulsado desde Brasil; meses antes personal de Investigaciones, en diligencia encargada por el 3er. Juzgado del Crimen por el desaparecimiento de Alfonso Chanfreau Oyarce, también en el año 1974, lo habían ubicado en Brasil donde residía con identidad falsa. A diciembre de 1992 Romo era interrogado en diversas causas por detenidos desaparecidos. A esa fecha se desconoce si ha aportado antecedentes que pudieran esclarecer la suerte de la víctima. 

 


Corte de Santiago aplica criterios de impunidad en fallo sobre 16 víctimas de Operación Colombo

Fuente :resumen.cl,1 de diciembre de 2020

Categoría : Prensa

La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago redujo al máximo posible las condenas que había aplicado el fallo de primera instancia contra una centena de agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). En un veredicto insólito, la Corte reduce la cantidad de responsables a solo 34 agentes y les aplica penas irrisorias, en una auténtica burla a las víctimas y sus familias que por décadas han buscado los restos de sus familiares asesinados y algo de justicia.

El veredicto de mayo de 2017, dictado por el Ministro especial para causas de Derechos Humanos, Hernán Crisosto Greisse, condenó a 106 agentes de la disuelta DINA por su responsabilidad en la desaparición de 16 prisioneros políticos secuestrados por ese organismo criminal; 14 de las víctimas que fueron incluidas en la fatídica lista de la denominada Operación Colombo. En el fallo de primera instancia fueron sancionados los delitos de secuestro calificado de Francisco Eduardo Aedo Carrasco, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Jaime Mauricio Buzio Lorca, Mario Eduardo Calderón Tapia, Cecilia Gabriela Castro Salvadores, Juan Carlos Rodríguez Araya, Rodolfo Alejandro Espejo Gómez, Albano Agustín Fiorasso Chau, Gregorio Antonio Gaete Farías, Mauricio Edmundo Jorquera Encina, Isidro Miguel Ángel Pizarro Meniconi, Marcos Esteban Quiñones Lembach, Sergio Alfonso Reyes Navarrete, Jilberto Patricio Urbina Chamorro e Ida Amelia Vera Almarza.

Sin embargo, en fallo dividido (causa rol 1.500-2017), la Octava Sala del tribunal de alzada capitalino -integrada por los ministros Juan Cristóbal Mera Muñoz, Mireya López Miranda y el abogado (i) Jaime Guerrero Pavez – rebajó a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, las condenas  a los ex oficiales del Ejército  César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko. En su oportunidad, el ministro Hernán Crisosto había sentenciado a estos criminales a 20 años de cárcel por su responsabilidad como autores de los secuestros de las 16 víctimas.

Te puede interesar| Corte de San Miguel rebaja penas a uniformados condenados por crímenes de 38 campesinos de Paine en 1973

Por otro lado, los ex oficiales del Ejército Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, los ex oficiales de carabineros Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, y los agentes Rosa Humilde Ramos Hernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Nelson Alberto Paz Bustamante, José Alfonso Ojeda Obando, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Enrique Fuentes Torres, Pedro René Alfaro Fernández, Hiro Álvarez Vega, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Daniel Valentín Cancino Varas, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Osvaldo Enrique Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara y Olegario Enrique González Moreno fueron sentenciados a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena. En primera instancia, todos estos inculpados habían sido condenados a 13 años de presidio por su responsabilidad como autores de los delitos.

Finalmente, de una condena inicial de 6 años, los ex agentes Heriberto del Carmen Acevedo Gallardo y Jaime Alfonso Fernández Garrido fueron sentenciados a 541 días de presidio con el beneficio de la remisión condicional. A juicio de los integrantes de esta Corte, todos los demás inculpados condenados (60) fueron declarados absueltos; los 12 restantes condenados fallecieron durante la larga tramitación de la causa.

El fallo dividido se produce porque la resolución de la Octava Sala fue acordada en lo penal con el voto en contra del abogado integrante Guerrero Pavez, quien no estuvo de acuerdo en aplicar los criterios de media prescripción y la prescripción gradual de la pena, que son los artilugios recurrentemente utilizados por Juan Mera para aplicar beneficios e impunidad a los criminales de causas derechos humanos. Además, el mismo ministro Mera estuvo por revocar en lo civil y rechazar el fallo de primera instancia que aceptaba las demandas patrimoniales interpuestas por los querellantes.

 


Universidad entregará títulos de forma póstuma a nuestros estudiantes víctimas de la dictadura

Fuente :USACH.CL 5/7/2013

Categoría : Prensa

  • Este acto de reparación forma parte del programa de actividades de conmemoración de los 40 años del golpe de Estado, y es organizado en conjunto por la U. de Santiago de Chile y la Corporación Solidaria UTE-Usach. La simbólica ceremonia se realizará el 6 de septiembre en el Aula Magna y tiene como objetivo mantener vivo el recuerdo de quienes fueron víctimas de la represión impuesta por el régimen dictatorial del general Augusto Pinochet.

En el marco de las actividades organizadas por la Universidad de Santiago de Chile para conmemorar los 40 años del Golpe de Estado, la Institución entregará de manera póstuma, los diplomas de títulos profesionales a familiares de las decenas de estudiantes de esta Corporación –Universidad Técnica del Estado durante el golpe militar y, más tarde, Universidad de Santiago – asesinados o desaparecidos durante la dictadura militar.

La actividad, programada para el 6 de septiembre, a las 11.30 horas, en el Aula Magna, es organizada en conjunto por la U. de Santiago y la Corporación Solidaria UTE-Usach, con el objetivo de rendir homenaje a la memoria de estos estudiantes y reperar en algo el daño causado a estos jóvenes y sus familias.

Al anunciar las actividades conmemorativas hace unos días (ver nota relacionada), el vicerrector de Vinculación con el Medio, Dr. Sergio González, sostuvo que la Universidad “está  comprometida con su historia, porque este fue un escenario en que la represión, la violencia política, se ensañó con los miembros de su comunidad universitaria”.

En la ocasión, el vicerrector manifestó que “se hace un deber promover la reflexión, desde la academia, para dar sustento desde nuestra memoria reciente a una conmemoración que aporta a la construcción de un futuro con bases sólidas”.

En esta línea, el presidente de la Corporación Solidaria UTE-Usach, Emilio Daroch, se mostró gratificado por la realización de este homenaje y sostuvo que es necesario mantener el recuerdo de una etapa histórica brutal para la comunidad universitaria.

Daroch explicó, además, que se está trabajando fundamentalmente con los jóvenes desaparecidos o asesinados en la sede Santiago de la Universidad Técnica del Estado, posteriormente Universidad de Santiago de Chile.

“Tenemos una base de datos de unos 68 compañeros, pero estamos revisando el listado, por lo que calculamos que alrededor de 40 alumnos serán beneficiados con este título póstumo. Hemos ubicados a familiares de prácticamente todos”, señaló el presidente de la Corporación que agrupa a cientos de estudiantes de esta Universidad que vivieron en sus aulas los años más cruentos de la dictadura.

Esta emotivo acto se suma a una serie de actividades universitarias, tales como la instalación de placas conmemorativas y actos simbólicos al interior del campus; la edición de libros sobre Víctor Jara, Salvador Allende y sobre prisión política, y una ruta de memoria entre la Universidad y el Estadio Víctor Jara, sobre la base de escritos de Luis Vitale, entre muchas otras.

Ex estudiantes valoran la iniciativa

María Angélica Muñoz fue estudiante de la Universidad Técnica del Estado, estuvo presente en los difíciles momentos de esta Casa de Estudios y hoy manifiesta que “este es un acto de reparación diferente a todo lo que se ha hecho”.

“Como me lo manifestó un familiar de un detenido desaparecido -relata la ex estudiante-, esto es la reparación a un sueño. Va más allá de reparación económica o material, es la reparación a un sueño que por el horror, estos alumnos no pudieron realizar”.

En tanto, Alexis Zamorano, ex estudiante de la UTE, se siente aún más comprometido con la misión de mantener viva la memoria dado que su situación en la época fue particular.

“No tengo empacho en reconocer -señaló Zamorano- que me tocó ser el único estudiante de la Universidad Técnica del Estado que tuvo que hacer el servicio militar durante el 11 de septiembre de 1973”.

“Ese día yo estaba en la ciudad de Antofagasta en una unidad de telecomunicaciones. Fui carcelero de mis propios compañeros porque me tocó la circunstancia de encontrarme al otro lado de la alambrada. Fue una experiencia demasiado fuerte”, puntualizó este ex estudiante, que por aquellos tiempos, militaba en las Juventudes Comunistas.

Por su parte, la integrante de la Corporación Solidaria UTE-Usach, Erica Osorio, fue estudiante de Construcción Civil y presidenta de su centro de alumnos durante 1973. “Nos llevaron desde la Universidad hasta el Estadio Chile y fueron momentos muy fuertes donde pensamos que todos íbamos a morir”, comentó.

Para Erica Osorio, “es fundamental que las nuevas generaciones jóvenes mantengan la memoria, porque aquí en la Universidad se dio un proceso en el que estábamos todos comprometidos”.

“Es importantísimo que los estudiantes de hoy se enteren del proceso que vivió este Plantel y cómo se truncó ese sueño. Esto es parte de nuestra historia y sirve para hacer conciencia de que hechos así no deben volver a pasar”, concluyó la ex dirigente estudiantil de la Universidad Técnica del Estado.
 


Fueron acusados de participar en la Operación Colombo Chile condena a 59 exagentes del principal órgano represor de la dictadura de Pinochet

Fuente :pagina12.com.ar 6/3/2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo intentó simular la muerte de 119 personas en supuestos combates internos entre militantes de organizaciones de izquierda.

La Corte Suprema de Chile condenó a la cárcel a 59 responsables y agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), principal institución represora durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990). La justicia los condenó por participar en el secuestro y tortura de 16 militantes de la izquierda en 1974  en un operativo militar conocido como Operación Colombo

El fallo de la justicia chilena publicado por la Segunda Sala Penal del máximo tribunal de justicia revoca una sentencia previa hecha por la Corte de Apelaciones en la que absolvía a una parte de los acusados y a otros les dio penas bajas y sin cárcel.

 

Crímenes de la última dictadura militar

Los exjefes y oficiales de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann, condenados como autores de los delitos de secuestro calificado fueron sentenciados a 15 años y un día de prisión.

 

Con esta sentencia, Miguel Krassnoff, acumula más de 100 años de condena por participar en múltiples causas de crímenes de lesa humanidad que tuvieron lugar durante el último régimen militar.

El tribunal además le dio 10 años y un día de prisión a 51 exagentes que habían sido absueltos por la Corte de Apelaciones de Santiago a pesar de haber sido condenados en primera instancia como autores y cómplices de la Operación Colombo.

La resolución del máximo tribunal es "trascendente en la historia judicial chilena (ya que) restituyó el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, que habían quedado literalmente una situación de impunidad inaceptable", explicó a la prensa local el abogado de los querellantes, Nelson Caucoto.
 

Qué fue la Operación Colombo

"El máximo tribunal desechó una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y acogió los recursos de los querellantes … se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna", agregó el abogado.

"Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”, apostilló.

La Operación Colombo fue un operativo de inteligencia y montaje comunicacional diseñado por la DINA que intentó simular la muerte de 119 personas en supuestos combates internos entre militantes de organizaciones de izquierda como el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).

Todas las víctimas habían sido secuestradas por el organismo represor y luego fueron sometidas a desaparición forzada. El proceso judicial investigó el paradero de 16 de esas 119 víctimas, entre ellas Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro


Corte Suprema manda a la cárcel a 59 ex agentes DINA por la Operación Colombo

Fuente :radio.uchile.cl, 3 de Marzo 2023

Categoría : Prensa

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema revocó sentencia que había absuelto a más de 60 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) y los condenó como responsables de la desaparición de 16 militantes de izquierda, mayoritariamente del MIR, en el proceso conocido como Operación Colombo, y que en este caso fue perpetrado entre el 17 de junio de 1974 y 6 de enero de 1975 durante la dictadura de Augusto Pinochet.

El fallo fue emitido por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier y Diego Simpertigue, y revocaron la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones y condenaron a los ex jefes y oficiales de la DINA César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga Neumann a la pena de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como autores de los delitos de secuestro calificado de las víctimas.

Del mismo modo, el tribunal condenó a 53 ex agentes a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autores del mismo delito, quienes habían sido absueltos anteriormente por el tribunal de alzada capitalino, a pesar de haber estado condenados en primera instancia como cómplices y autores. Además, esta vez todos deberán ingresar a la cárcel, encontrándose alguno de ellos ya en prisión por otros delitos de lesa humanidad.

Se trata de los ex agentes DINA Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic, Rosa Humilde Ramos Hernández, Nelson Alberto Paz Bustamante, Jose Abel Aravena Ruiz, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Rudeslindo Urrutia Jorquera, José Alfonso Ojeda Obando, Manuel Heriberto Avendaño Gonzalez, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Daniel Alberto Galaz Orellana, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Leoncio Enrique Velásquez Guala, José Enrique Fuentes Torres, Julio José Hoyos Zegarra, Pedro René Alfaro Fernández, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hugo Del Tránsito Hernández Valle, Manuel Rivas Diaz, Daniel Valentín Cancino Varas, Juan Evangelista Duarte Gallegos, Víctor Manuel Molina Astete, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Pedro Ariel Aravena Aravena, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza, Juan Carlos Villanueva Alvear, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Rafael De Jesús Riveros Frost, Silvio Antonio Concha González, Luis Fernando Espinace Contreras, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Osvaldo Pulgar Gallardo, José Avelino Yévenes Vergara, Olegario Enrique González Moreno, Werner Zanghellini, Hector Flores Vergara.

Jaime Alfonso Fernández Garrido, recibió una condena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de secuestro calificado de Ida Vera Almarza. Mientras que Samuel Fuenzalida Devia fue condenado a 541 y un día por el mismo delito, mas no cumplirá tiempo en la cárcel.

Se trata de un proceso extenso que tuvo su primera sentencia de primera instancia en 2017 a manos del ministro Hernán Crisosto Greisse. En el transcurso de la investigación han fallecido algunos agentes como Basclay Zapata, Ciro Torré, Manzo Duran, Ricardo Lawrence, entre otros.

Para Nelson Caucoto, abogado querellante, representante de 13 de las 16 víctimas, este es “un fallo trascendente en la historia judicial chilena, puesto que la Corte Suprema ha restituido el sentido de justicia para crímenes de esta naturaleza, los que habían quedado literalmente en una .situación de impunidad inaceptables. El máximo tribunal ha desechado una vez más la media prescripción y los recursos de la defensa de los condenados, y ha acogido los recursos de los querellantes”, señaló.

Caucoto agrega que “se trata de un fallo moderno basado en el derecho internacional y en la legislación interna. Es indudable que la justicia opera en este caso como una sanación para tantos familiares de víctimas que aún sobreviven y es una pena que otros no hayan alcanzo a ver este final”.

La Operación Colombo fue una gran operativo de inteligencia y un montaje comunicacional de la DINA, que intentó hacer aparecer como abatidas en el exterior a 119 personas secuestradas en Chile por la DINA, las que habrían perecido luego de enfrentarse entre ellos.

Este proceso investigó la suerte de 16 de esas 119 víctimas. Se trata de Francisco Aedo Carrasco, Jorge Elías Andrónicos Antequera, Juan Carlos Andrónicos Antequera, Jaime Buzio Lorca, Mario Calderón Tapia, Cecilia Castro Salvadores, Rodolfo Espejo Gómez, Agustín Fioraso Chau, Gregorio Gaete Farías, Mauricio Jorquera Encina, Isidro Pizarro Meniconi, Marcos Quiñones Lembach, Sergio Reyes Navarrete, Ida Vera Almarza, Juan Carlos Rodríguez Araya y Jilberto Urbina Pizarro.