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José Salvador Acuña Yáñez

Rut :         140.276, de Chillán
F.Nacim. : 29 años a la fecha de la detención
Domicilio : Parcela 26, Colonia B. O'Higgins
E.Civil :     Casado, 3 hijos
Actividad : Obrero (Hogar de Cristo), Chillán
C.Repres. :
F.Detenc. : 4 de octubre 1973
 

José Acuña Yáñez era obrero de la institución Hogar de Cristo, instalado en la salida norte de la Carretera Panamericana.

El día 4 de octubre de 1973 aproximadamente a las 21 horas, llegó hasta su domicilio una pareja de Carabineros que lo obligaron a levantarse de su lecho, luego registraron su domicilio buscando, según ellos, armas y propaganda que supuestamente tendría en su casa.  A continuación se lo llevaron detenido hasta el Control Carretero que existe en el Puente Nuble.

Al día siguiente su madre, doña Marta Yáñez Venegas, y su cónyuge, doña Aída del C. Parra, se dirigieron al control policial para llevarle alimentos, pero no se los recibieron, porque sería trasladado al Regimiento de Chillán.  Al entrar al control su cónyuge pudo verlo, sin lograr conversar con él; junto a su esposo estaban otras personas que eran compañeros de trabajo de su esposo; estas personas eran; Jose Padilla, Luis Muñoz, y un Sr de apellido Torres (Ernesto Torres Guzman), que habían sido detenidos el mismo día que Acuña Yáñez; también fueron sacados de sus domicilios.  Luego carabineros las obligaron a retirarse del lugar, ya que los detenidos serían trasladados al Regimiento de Chillán.

Se dirigieron en reiteradas ocasiones al regimiento, sin lograr verlo ni saber noticias de él, ya que se negaban a darles noticias acerca de donde se encontraba detenido.

En su desesperación sus familiares se dirigieron a diferentes recintos en donde se encontraban detenidos políticos, sin lograr nada positivo.

ACCIONES LEGALES

Los familiares, de humilde condición, no realizaron acciones legales y se proponen hacerlo, basados en las declaraciones del Sr Ministro de Interior del día 17 de junio último (1978) que, en su parte pertinente dice: "Cualquiera sea la verdad concreta en cada situación, ella puede ser investigada por los Tribunales de Justicia...".

ACCIONES ADMINISTRATIVAS

Gestiones personales por su madre, doña Marta Yáñez Venegas, y su cónyuge, doña Aída del Carmen Parra, en distintos retenes y comisarías de Carabineros, en el Regimiento de Chillán y en los lugares que existían detenidos, incluso Bulnes, Yungay, Concepción y Talcahuano.

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El 4 de octubre de 1973, en sus respectivos domicilios o en su lugar de trabajo, fueron detenidos seis obreros de la planta de construcción de casas prefabricadas del Hogar de Cristo:
 

José Salvador ACUÑA YAÑEZ, 29 años, obrero, tesorero del Sindicato de la Fábrica.
Luis Alberto MUÑOZ VASQUEZ, 22 años, obrero.
José Remigio PADILLA VILLOUTA, 23 años, obrero.
Ernesto Raúl SALAZAR SALAZAR, 38 años, obrero.
Luis Hernán SAN MARTIN CARES, 22 años, obrero.
Ernesto René TORRES GUZMAN, 22 años, obrero.
 

Sus detenciones fueron practicadas por personal de la dotación de carabineros de la Tenencia de Carretera de Ñuble y por militares. Testigos presenciales de las detenciones señalan que los agentes portaban una lista con los nombres de los detenidos. Tras los arrestos, la presencia de los afectados fue negada a sus familias en todos los recintos de detención de la Región. No obstante ello, algunos aseguran haberlos visto en la Tenencia mencionada. Las diversas investigaciones judiciales efectuadas no tuvieron resultado positivo ya que ante cada requerimiento de información, las autoridades negaron el hecho de las detenciones.
 

La Comisión adquirió la convicción que estas seis personas fueron detenidas y luego forzadas a desaparecer por agentes del Estado, lo que constituye un acto de grave violación de los derechos humanos. El número de los afectados hace totalmente inverosímil cualquier explicación distinta para sus desapariciones, ya que ninguna de las familias tuvo noticias de ellos desde entonces. Las detenciones y reclusiones están acreditadas para cada uno de ellos y los organismos correspondientes han señalado que ninguno registra trámites civiles obligatorios para todo ciudadano chileno, en los últimos diecisiete años.

(Informe Rettig)


Esta pagina fue modificada el 17/07/2010

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