Comisaría de Carabineros, Coronel


Ubicación:Calle Manuel Montt s/n Coronel VIII Región

Rama:Carabineros

Geolocalización: Google Maps Link


Descripción General

Categoría : Otra Información

Existe evidencia proporcionada por ex presos políticos que la Comisaría de Carabineros (7ma) de Coronel, fue utilizada como centro de detención en las semanas posteriores al golpe militar. Este recinto, junto a al Retén de Schwager y al Retén de Carabineros de Lo Rojas, está relacionado con la detención y subsecuente desaparición de Frank MardonesHernán Quilagaiza Oxa y Zenón Sáez Fuentes, los cuales fueron detenidos por carabineros y militares en octubre de 1973. Mardones fue asesinado cuando, según versión oficial “intentaba huir mientras era trasladado a Concepción”. Su cuerpo fue inhumado clandestinamente en el Cementerio de Coronel. De Quilagaiza y Sáez nunca más se supo.

En Agosto de 1990, los restos de Mardones fueron exhumados y entregados a su familia. No fue posible ubicar los otros dos cuerpos. Esta Comisaría esta también relacionada con la detención de Heriberto Rojas Peña. Testigos han señalado que Heriberto estaba detenido en los calabozos de este recinto donde era brutalmente golpeado por carabineros. Desde ese entonces está desaparecido.

Los calabozos de la Comisaría de Carabineros, Coronel se encontraban en un sótano húmedo y oscuro, con piso de cemento que era mojado frecuentemente. Las torturas se aplicaban en el patio y en una construcción que parecía una mediagua habilitada para estos efectos. Los detenidos fueron victimas de todo tipo de torturas: golpizas, simulacros de fusilamiento, aplicación de electricidad, el submarino, quemaduras con cigarrillos, amenazas. Hay denuncias de que en las detenciones, interrogatorios y torturas, a veces participaban agentes de Civil y personal del Servicio de Inteligencia Militar (SIM). Desde esta comisaría normalmente eran conducidos al Retén Lo Rojas en Coronel, a la 4ª Comisaría de Concepción, a la Cárcel de Concepción, entre otros.

Criminales y Cómplices:

Carabineros: Comandante Mario Cáceres Riquelme, y los sargentos Pedro Catril, Manuel Rioseco Paredes y Jorge Abarzúa

Civiles: Enrique Waugh Rojas (denunció a Zenón Sáez a los servicios de seguridad)

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Rettig; Libros: “No hay dolor inútil”; Informe Valech; Memoriaviva;


Condenan a ex carabinero por secuestros calificados durante dictadura en Concepción

Fuente :biobiochile.cl, 26 de Diciembre 2014

Categoría : Prensa

A dos penas remitidas de 541 días de presidio fue condenado el coronel en retiro de Carabineros, Sergio Arévalo Cid, en calidad de encubridor de los secuestros calificados de Zenón Sáez Fuentes y Hernán Quilagayza Oxa, ilícitos perpetrados en Concepción, en octubre de 1973.

Además, el ministro Aldana impuso al ex oficial las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dura la condena y al pago de las costas de la causa. Asimismo, rechazó la acción civil presentada por los familiares de las víctimas.

De acuerdo a los antecedentes reunidos en la investigación que encabezó el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, fue posible acreditar que: “el 3 de octubre de 1973, patrullas de militares y Carabineros, se constituyeron en el Hospital de Coronel, en donde detuvieron a un grupo de 25 funcionarios, entre los que se encontraba el conductor de la ambulancia y militante socialista, Zenón Sáez Fuentes, siendo trasladado a la Séptima Comisaría de Carabineros de Coronel”.

Desde dicha unidad, continúa, “(…) alrededor de las 21 horas del mismo día, fue sacado conjuntamente con los detenidos Rodemil Galindo, Joel Galindo y Bernardino Espinoza, por funcionarios de Carabineros y trasladados hasta el Retén Lo Rojas, donde se les interrogó bajo apremio, permaneciendo en ese lugar entre 2 a 3 días, pues Carabineros del retén recibía de parte de los familiares de Sáez Fuentes la vianda para él”.

En el fallo se explica que de “ese lugar fue sacado el detenido Zenón Sáez y llevado a la Casa del Huésped de Enacar, lugar donde se encontraba también detenido Hernán Quilagaiza Oxa, que había sido aprehendido alrededor de las 9 horas del 6 de octubre de 1973 en las oficinas de la Maestranza de Schwager de Coronel, por Carabineros”.

Ese mismo día, “Sáez Fuentes, Quilagaiza Oxa y Mardones Garcés, fueron subidos a una patrulla de Carabineros, por orden del teniente coronel de Carabineros Mario Cáceres Riquelme, iniciando su trayecto por el camino de Lota en dirección a Concepción llegando a la Cuarta Comisaría de Carabineros de Concepción, hoy Primera, lugar donde Quilagaiza Oxa y Sáez Fuentes fueron sometidos a interrogatorios por el teniente coronel Cáceres”.

Posteriormente, “ambos fueron derivados al Servicio de Inteligencia, donde nuevamente fueron sometidos a interrogatorios por parte de sus funcionarios”, detalla, la resolución que agrega que “en la unidad policial señalada fue el último lugar desde donde se tuvo noticias ciertas y comprobables de los detenidos Quilagaiza Oxa y Sáez Fuentes y que para evadir su responsabilidad el teniente coronel Cáceres informó falsamente a la prensa que dichas personas habían quedado en libertad ese día”.

En el considerando quinto de la resolución, se detalla que no obstante la negativa del acusado Sergio Arévalo Cid, el sentenciador adquiere convicción de su participación culpable, en base a una serie de pruebas testimoniales y documentales “y que, a la fecha de ocurrencia de los hechos, era el jefe del recién creado Servicio de Inteligencia de Carabineros, Sicar”. Además, en una causa paralela en la que Arévalo Cid se encuentra procesado, reconoce que a la fecha de las detenciones estaba informado de la investigación respecto de la existencia de armas en Lota (en la que se vinculaba a las víctimas).


Procesan a ex jefe de Inteligencia de Carabineros por secuestro de dos coronelinos en 1973

Fuente :resumen.cl, 21 de Noviembre 2013

Categoría : Prensa

Como autor de los delitos de secuestro calificado de Zenón Sáez Fuentes y Hernán Quilagaiza Oxa fue procesado el oficial en retiro de Carabineros, Sergio Arévalo Cid, dictándose su orden de arresto a la Brigada de Homicidios de Concepción de la PDI. La resolución fue emitida por el ministro para causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Concepción, Carlos Aldana.

Los hecho se remontan a los primeros días de octubre de 1973, en la comuna de Coronel. El 3 de octubre, alrededor de las 11:45 horas,  patrullas de militares y carabineros llegaron hasta el Hospital de Coronel donde detuvieron a alrededor de 25 funcionarios del centro asistencial, entre ellos a Zenón Sáez Fuentes, militante socialista, conductor de la ambulancia. Fueron llevados a la Séptima Comisaría de Carabineros de Coronel. Cerca de las 21 horas, el grupo fue sacado del recinto y conducido hasta el retén Lo Rojas, donde Sáez fue interrogado bajo apremios ilegítimos, permaneciendo allí  2 a 3 días.
Posteriormente fue sacado de allí y llevado a la Casa de la Cultura de Enacar, donde también estaba detenido Hernán Quilagaiza, quien había sido aprehendido el 6 de octubre, a las 9:00 horas, en las oficinas de la Maestranza de Schwager, por carabineros.

Ese mismo día, 6 de octubre,  Sáez y Quilagaiza fueron retirados del lugar por una patrulla de Carabineros al mando del teniente coronel, Mario Cáceres Riquelme. Se dirigieron con destino a Concepción hasta la Cuarta Comisaría de Carabineros, hoy Primera,  donde fueron interrogados por el teniente coronel Cáceres y derivados al Servicio de Inteligencia, donde nuevamente fueron sometidos a interrogatorios.

Fue en dicha unidad donde se tuvo noticias ciertas y comprobables de ambos detenidos. Establecido quedó en el proceso que para evadir su responsabilidad, el teniente coronel Cáceres informó falsamente a la prensa que Sáez y Quilagaiza habían quedado en libertad.

En ese tiempo, el capitán Sergio Arévalo Cid era el Jefe del Sicar y aún cuando en el proceso ha negado su participación en los hechos, el ministro Aldana estima que sí existen presunciones fundadas "para estimar que a éste le ha correspondido participación como autor en los delitos de secuestro calificado de Hernán Quilagaiza y Zenón Sáez, en calidad de autor, por cuanto las víctimas estuvieron a cargo de la Unidad de Inteligencia de Carabineros que él comandaba, organismo jerarquizado y respecto del cual tenía la responsabilidad de labor y funcionamiento".

Esto de desprende de los distintos antecedentes recogidos en la causa, por ejemplo, de lo expresado por el teniente coronel Cáceres en la copia autorizada del Informe Confidencial N° 130, donde se indica que se "constituyó en la Casa de Huéspedes de Schwager debido a informaciones proporcionadas por los Servicios de Inteligencia, en busca de armamentos ocultos bajo tierra, deteniendo a tres individuos sindicados como los presuntos autores: Frank Mardones, un chofer de ambulancias (Sáez) y el radio operador de la Compañía de apellido Quilagaiza".

Asimismo, hay antecedentes que indican que la Sección de Inteligencia de creó el 14 de febrero de 1974,  subordinada a la Plana Mayor de la IV Zona de Carabineros, comandada por un Capitán como Jefe de Sección , la que desempeñó el procesado Arévalo Cid desde el 19 de septiembre de 1973.

A ello se suman los dichos del entonces prefecto de Concepción, Benjamín Bustos Lagos y del subprefecto de los Servicios, Fernando Torres Gacitúa, en cuanto a que en los días posteriores al 11 de septiembre de 1973 "todos los detenidos políticos se encontraban a cargo del Sicar, cuyo jefe era el capitán Arévalo Cid, el cual trabajaba con el Comandante Cáceres, que era el tercer hombre de mando en la Prefectura y enteramente operativo".

Junto con emitir orden de aprehensión para el procesado, bajo apercibimiento de declararlo rebelde  si no es habido o no comparece en el plazo de 30 días, el ministro Aldana dispuso también que se le practique al procesado un examen mental.


Asesinatos de Paine: Por Fin Cayó el Camionero Luzoro

Fuente :reddigital.cl, 4 de Febrero 2016

Categoría : Prensa

La Corte Suprema ratificó sendas sentencias en las que se condenó al fisco a pagar indemnizaciones a familiares de víctimas de violaciones a los derechos humanos, causas que fueron analizadas sólo en el aspecto civil por el máximo tribunal del país.

En el primer fallo (causa rol 3975-2016), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción que ordenó pagar $100.000.000 (cien millones de pesos) a Sardy Sáez Sáez, hija de Zenón Sáez Fuentes, detenido desaparecido desde octubre de 1973.

Sáez Fuentes fue detenido, junto a Hernán Quilagaiza Oxa, en octubre de 1973 por personal policial en Coronel y desde esa fecha se desconoce su paradero, según lo estableció la investigación encabezada por el ministro en visita Carlos Aldana, quien logró establecer que:

«(…) alrededor de las 11.45 horas del 3 de octubre de 1973, patrullas de militares y Carabineros, se constituyeron en el Hospital de Coronel, en donde detuvieron a un grupo de 25 funcionarios, entre los que se encontraba el conductor de la ambulancia y militante socialista, Zenón Sáez Fuentes, siendo trasladado a la Séptima Comisaría de Carabineros de Coronel».

Desde dicha unidad, continúa, «(…) alrededor de las 21 horas del mismo día, fue sacado conjuntamente con los detenidos Rodemil Galindo, Joel Galindo y Bernardino Espinoza, por funcionarios de Carabineros y trasladados hasta el Retén Lo Rojas, donde se les interrogó bajo apremio, permaneciendo en ese lugar entre 2 a 3 días, pues Carabineros del retén recibía de parte de los familiares de Sáez Fuentes la vianda para él. Desde ese lugar fue sacado el detenido Zenón Sáez y llevado a la Casa del Huésped de Enacar, lugar donde se encontraba también detenido Hernán Quilagaiza Oxa, que había sido aprehendido alrededor de las 9 horas del 6 de octubre de 1973 en las oficinas de la Maestranza de Schwager de Coronel, por Carabineros».

Ese mismo día, «Sáez Fuentes, Quilagaiza Oxa y Mardones Garcés, fueron subidos a una patrulla de Carabineros, por orden del teniente coronel de Carabineros Mario Cáceres Riquelme, iniciando su trayecto por el camino de Lota en dirección a Concepción llegando a la Cuarta Comisaría de Carabineros de Concepción, hoy Primera, lugar donde Quilagaiza Oxa y Sáez Fuentes fueron sometidos a interrogatorios por el teniente coronel Cáceres. Posteriormente, ambos fueron derivados al Servicio de Inteligencia, donde nuevamente fueron sometidos a interrogatorios por parte de sus funcionarios», detalla, la resolución que agrega que «en la unidad policial señalada fue el último lugar desde donde se tuvo noticias ciertas y comprobables de los detenidos Quilagaiza Oxa y Sáez Fuentes y que para evadir su responsabilidad el teniente coronel Cáceres informó falsamente a la prensa que dichas personas habían quedado en libertad ese día».

En el aspecto penal, no se presentó recurso en contra de la sentencia que condenó a Sergio Arévalo Cid a la pena de 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autor de ambos secuestros.

Músico de la Filarmónica

En el segundo fallo (causa rol 15928-2016), la Sala Penal –con idéntica integración– ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a Héctor y Ciro Arias Coillán, hijos de Isidro Arias Matamala; y $40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a Luis Arias Matamala, hermano de la víctima.

En la etapa de investigación, el ministro Mario Carroza logró determinar la siguiente secuencia de hechos:

«Isidro Segundo Arias Matamala, músico trompetista de la Orquesta Filarmónica de Chile y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, junto a integrantes de un grupo de la zona sur de Santiago, se encontraba realizando acciones de propaganda en la vía pública, cuando el día 2 de abril de 1975 y mientras pintaban consignas en un muro de la comuna de La Granja, fueron interceptados por un funcionario de la Policía de Investigaciones quien, al tratar de detenerlos, fue repelido por un disparo (…) Lo anterior motivo un vasto operativo de la Policía de Investigaciones y de los servicios de seguridad, que concluyó con la detención de un grupo de personas que fueron encausadas por un tribunal militar por su responsabilidad en los hechos;

Mientras se procuraba la detención de Isidro Arias Matamala, este fue ubicado entre los días 3 y 5 de abril de 1975 en un domicilio de la comuna de Santiago, y con la finalidad de evitar su captura se provocó cortes en sus brazos y muñecas, quien de acuerdo a la versión entregada en el parte policial por personal de la Policía de Investigaciones de Chile que participó en el operativo, habría sido retirado con vida desde el interior del inmueble por funcionarios del servicio de inteligencia, quienes posteriormente comunicaron oficialmente que éste habría fallecido al interior de un calabozo producto de las heridas autoinferidas;

Dicha versión oficial no puede tenerse por cierta, por cuanto consta en el proceso abundante prueba que demuestra que Isidro Arias Matamala, luego de su detención habría sido trasladado a un centro asistencial y luego conducido hasta el recinto clandestino de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi o Cuartel Terranova, donde fue visto por otros detenidos que recuperaron su libertad y entregaron su libertad y entregaron su testimonio con posterioridad;

En cambio ha sido posible establecer que Isidro Arias Matamala, el día 6 de abril de 1975, fue interrogado por un oficial de la Policía de Investigaciones y agente de la Dirección de Inteligencia Nacional, en una habitación al interior del Cuartel Villa Grimaldi o Terranova, presentándose en ella un oficial del Ejército y jefe del recinto, quien dio la orden específica a otros dos agentes cuya individualización no ha podido conseguirse, de conducir al detenido al patio del recinto a fin de golpearlo y castigarlo, ocasión en que las heridas de sus brazos y muñecas fueron sometidas a una presión directa que vulneró la cicatrización que tenían y las reabrió, causando una hemorragia y embolia que en definitiva le provocó la muerte por anemia aguda».

En el aspecto penal no se recurrió de casación, debido a que el único condenado en la causa, el agente de la DINA Marcelo Moren Brito falleció tras dictarse la sentencia de primera instancia.


Proceso rol 46.944 y acumulado rol 40.922

Fuente :Poder Judicial, 27 de Diciembre 2014

Categoría : Testimonio

Atestado de Carlos Hinrichs Olivares, que a fs. 152 expone que hasta el 20 de septiembre de 1973 se desempeñó como Director del Hospital de Coronel, siendo detenido días después por Carabineros, llevado primero a la Comisaría de Coronel y luego al Estadio Regional, lugar donde estaba al 3 de octubre de 1973, fecha en que se detuvo masivamente a personal del Hospital de Coronel y al que llegó el personal detenido, siendo echado de menos de inmediato Zenón Sáez Fuentes, que no llegó a ese recinto. Indica que por posteriores informaciones, supo que un hermano de un sargento o suboficial de Carabineros de apellido Galindo Ramírez, hermano de los detenidos y funcionarios del Hospital Rodemil y Joel, habrían visto en el calabozo de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Concepción, en estado grave, a Zenón Sáez Fuentes.

El funcionario policial habría sido avisado por otros compañeros de él, que en dicho calabozo habría un detenido de Coronel y como él andaba en busca de sus hermanos, fue al calabozo a averiguar si éstos eran los detenidos. Posteriormente, obtuvo nuevamente la misma información por una familiar muy cercana del funcionario policial Galindo Ramírez, el cual agregó que este policía conocía muy bien a Zenón Sáez pues habían hecho juntos el servicio militar. Indica que él fue interrogado bajo presión a mediados de diciembre de 1973 en el Estadio Regional sobre las armas que habrían existido en el Hospital de Coronel y cual habría sido el destino de los armamentos que habría transportado Zenón Sáez.

Indica que cuando hizo entrega de la Dirección del Hospital de Coronel al Doctor Enrique Waugh Rojas, éste le mostró una lista hecha de su puño y letra, de los funcionarios que él iba a mandar a detener, señalándole “Carlos, que desagradable es tener que denunciar, esta es lista de los que van a ser detenidos y en ella está Ud. Y otros más, entre ellos Zenón Sáez que usted sabe bien todas las rabias que me ha hecho pasar”, aludiendo, agrega a los problemas de tipo personal que había tenido con él.

A fs. 714 complementa su declaración, en el sentido que él estuvo detenido desde el 20 de septiembre de 1973, siendo llevado la 7ª Comisaría de Coronel y en la noche del mismo día, al Estadio Regional, donde estuvo hasta enero de 1974, cuando fue trasladado, junto otras 60 personas, a Chacabuco, en el norte, entre Antofagasta y Calama, lugar donde permaneció hasta abril de 1974, cuando fue liberado y volvió a Concepción.

Indica que respecto de Zenón Sáez era su chofer y conducía la ambulancia del Hospital; también conoció a los hermanos Galindo, Joel y Rodemil, también funcionarios. Indica que en una oportunidad, días antes del Golpe Militar, llegó una patrulla, comandada por el Dr. Jeria, que también era militar, para obtener que el Hospital se plegara a un paro, lo que no logró. En esa vez, Zenón Sáez intervino activamente evitando la intervención militar y mientras la patrulla se retiraba del lugar, le dio un puntapié a la rueda, lo que estima que lo dejó fichado para los eventos posteriores. Reitera que por lo que le dijeron, cuando ocurrió la detención de Zenón Sáez, fue llevado a la Séptima Comisaria de Carabineros, lo que sabe porque todos los detenidos llegaron después al Estadio Regional y conversó con ellos, salvo con Sáez, que no llegó. Los que si llegaron fueron los hermanos Galindo, Joel y Rodemil, con quienes conversó y no recuerda que ninguno de ellos les haya comentado sobre Zenón.

En abril de 1974, fue liberado de Chacabuco y en ese mismo día llegó Joel Galindo a ese lugar, extrañándole mucho que se diga que Joel pasó por el Fuerte Borgoño, ya que nunca antes había oído hablar de eso y sabe que él vive actualmente en Australia. De Zenón Sáez nunca más se supo, nadie le comentó que había llegado una carta suya y la única noticia que tuvo fue que un hermano de Joel Galindo, que era carabinero y no era Rodemil, sino que un tercer hermano, vio a Zenón Sáez en la Comisaría de carabineros de Concepción, mal herido y que no tenía duda que se trataba de él pues habían hecho el Servicio Militar juntos. Esa información la supo mientras estaba detenido en el Estadio.