Tenencia de Carabineros, Isla de Maipo


Ubicación:Manuel Rodríguez 988 Isla de Maipo Región Metropolitana

Rama:Carabineros

Geolocalización: Google Maps Link


Descripción General

Categoría : Otra Información

En la Tenencia de Carabineros, Isla de Maipo la mayoría de las detenciones que se registran en este recinto ocurrieron en 1973. Los presos políticos eran habitantes de la zona de Isla de Maipo, la mayoría de ellos de sectores campesinos. Las detenciones se hicieron en operativos realizados por carabineros, que en ocasiones actuaban en conjunto con civiles. Los presos políticos denunciaron que allanaron con violencia domicilios o lugares de trabajo, destruyendo enseres y golpeándolos delante de sus familias. Antes de ser llevados a este recinto algunos de los presos políticos fueron conducidos a la Comisaría de Buin o al Retén de Viluco, y desde allí los trasladaban a la Tenencia de Carabineros, Isla de Maipo. Los presos políticos, mujeres y hombres, que estuvieron en este recinto denunciaron que eran trasladados entre amenazas y golpes. Al llegar los encerraban, les vendaban los ojos, amarrados y rapados a tijeretazos. Los calabozos eran pequeños y los mojaban constantemente para que estuvieran siempre húmedos; los hacinaban, sin condiciones higiénicas, ni alimento ni abrigo. Los detenidos sufrieron golpes y amenazas; fueron arrastrados sobre piedras de cantera en el patio de la tenencia; fueron obligados a escuchar las torturas a otros prisioneros; sufrieron aplicación de electricidad. Se registraron casos de mujeres que sufrieron vejaciones y violación sexual. Varios testimonios coinciden en declarar que fueron trasladados desde aquí al recinto militar de Cerro Chena, al Estadio Nacional; al Polvorín de Talagante, entre otros.

Criminales y Complices

Carabineros: Marcelo Iván Castro Mendoza, David Coliqueo Peralta, Pablo Ñancupil Raquileo, Justo Romo Peralta,
Félix Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro.

 

Fuentes de Información Consultadas: Informe Valech; El Ciudadano; Memoriaviva;


El 'Caso de Lonquen'

Fuente :El Pais, 2001

Categoría : Prensa

¿Qué es el 'caso de Lonquen'?

El caso de Lonquen arranca el 30 de noviembre de 1978 cuando fueron hallados en unos hornos del interior de la cooperativa agrícola El Triunfador, a unos 15 kilómetros de la ciudad de Talagante, los cadáveres de quince hombres desaparecidos el 7 de octubre de 1973 en la comunidad rural de Isla de Maipo. Todos habían sido detenidos por carabineros del acuartelamiento de Isla de Maipo y sus edades oscilaban entre los 17 y los 51 años. Entre los desaparecidos se encontraba un padre y sus cuatro hijos.

¿Por qué tuvo tanta trascendencia?

El hallazgo de Lonquen supuso un hito para los familiares de los centenares de desaparecidos porque acabó con las leves esperanzas de encontrar a muchos de ellos con vida, confirmando lo que ya muchos sospechaban. El régimen ya no podía continuar aseverando que, tal como dijo el 7 de noviembre de 1975 el delegado de Chile ante las Naciones Unidas Sergio Díez, muchos de los presuntos desaparecidos no tenían existencia legal."

¿Cómo se produjo el hallazgo?

Las declaraciones de un anciano, que aseveraba haber encontrado numerosas osamentas humanas en las minas abandonadas de Lonquén destaparon el caso. Una comisión enviada por la Vicaría de la Solidaridad, en ese entonces bajo la dirección del sacerdote Cristián Precht, confirmó el macabro hallazgo. Los hornos estaban tapados por una mezcla de huesos, ropa, cal y piedras.

¿Cómo actuó la comisión?

Presentando una denuncia formal ante la Corte Suprema en cuanto regresó a Santiago. Mientras comenzaba a actuar la justicia, la Vicaría, contrató una empresa constructora para que iniciara las excavaciones, y, en tres días, los restos de los quince cuerpos habían sido sacados de su lugar de entierro. Los análisis del Instituto Médico Legal confirmaron que los restos humanos correspondían a las familias de los desaparecidos de la comunidad rural de Isla de Maipo.

¿En qué concluyó la investigación judicial?

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, don Adolfo Bañados Cuadra, encargado de la investigación, concluyó los quince hombres que hasta ese entonces habían engrosado la lista de desaparecidos, fueron efectivamente detenidos por carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo. Además, estableció la falsedad de las versiones de los ocho funcionarios implicados en las 15 muertes.

¿Qué alegaron los presuntos culpables?

El Capitán de Carabineros, Lautaro Eugenio Castro Mendoza, responsable del acuartelamiento de isla de Maipo, declaró que los quince hombres fueron llevados a Lonquén porque uno de ellos le informó de la existencia de armas ocultas en las minas. Según Castro, al llegar a los hornos, el grupo fue atacado con armas de fuego desde los cerros y sus hombres respondieron a tiros. Siempre según esta versión al finalizar el tiroteo los 15 detenidos habían muerto pero todos los carabineros resultaron totalmente ilesos.

¿Qué concluyó el informe forense?

En ninguno de los quince restos esqueléticos estudiados por el Instituto Médico Legal se comprobaron señales de perforaciones, fracturas u otro tipo de vestigios que pudieran relacionarse con armas de fuego. Es más, en la opinión de algunos expertos, no todas las víctimas fueron enterradas muertas en los hornos. Pero aunque Bañados concluyó que la versión de los inculpados era "intrínsecamente inverosímil" se declaró incompetente y el proceso pasó a la justicia militar.

¿Qué decidió la justicia militar?

El 2 de julio de 1979, el Fiscal Militar dictó prisión contra el Capitán Lautaro Castro Mendoza, y siete carabineros más, todos en calidad de autores del delito de la muerte de los quince detenidos. Sin embargo, el 16 de agosto en virtud del Decreto Ley de Amnistía de 1978, se sobreseyó definitivamente en favor de los reos. Esta resolución fue confirmada por la Corte Marcial el 22 de octubre de 1979.

¿Qué fue de los restos de los detenidos?

Una vez terminada la investigación, los familiares de los quince detenidos pidieron que se les entregaran los cuerpos para sepultarlos. Sin embargo, aunque el Fiscal Militar Gonzalo Salazar ordenó entregar los cadáveres de las víctimas a sus familias, los restos fueron sacados esa noche del Instituto Médico Legal en forma subrepticia y fueron enterrados en una fosa común con el fin de evitar cualquier tipo de comprobación.

¿Qué ha sido las minas de Lonquen?

En marzo de 1980 el nuevo propietario del fundo Lonquén dinamitó los hornos, cambiando para siempre el sitio que se había transformado en un lugar de peregrinaje para parientes y amigos de los muertos. Pero el sitio no fue olvidado, ni las víctimas que allí fueron encontradas. En 1998, la propuesta de la Empresa Metropolitana de Residuos Sólidos de instalar un basural en aquel paraje provocó la indignación y oposición de los familiares y de organismos de derechos humanos.


Los Hornos de Lonquén

Categoría : Otra Información

Un descubrimiento estremecedor

"Trozos de cráneos amarillentos, con huellas de cuero cabelludo; pelos sueltos, negros; ropas desgarradas en las que se reconoce un blue jeans, un chaleco de hombre". (Palabras del subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez, al describir los restos humanos encontrados en los hornos de Lonquén, 30 de noviembre, 1978, Memoria Prohíbida.)

Era lo que quedaba de 15 hombres detenidos en distintas circunstancias el 7 de octubre de 1973 en la comunidad rural de Isla de Maipo, cuyos rastros se perdieron hasta fines de 1978, cuando se descubrieron los hornos de Lonquén.

Este hallazgo, que estremeció la opinión pública, marcó un doloroso hito para los familiares de los centenares de detenidos – desaparecidos, víctimas del régimen militar: confirmó la terrible sospecha de que sus parientes estaban definitivamente muertos. El régimen ya no podía continuar aseverando que – tal como lo dijo el 7 de noviembre de 1975, el delegado de Chile ante las Naciones Unidas Sergio Diez en la Tercera Comisión de la Asamblea General de aquel organismo – "muchos de los presuntos desaparecidos no tienen existencia legal."

Sergio Maureira Lillo y sus cuatro hijos, Rodolfo Antonio, Sergio Miguel, Segundo Armando y José Manuel; Oscar Hernández Flores y sus hermanos Carlos y Nelson; Enrique Astudillo Alvarez y sus dos hijos Omar y Ramón; y los cuatro jóvenes Miguel Brant, Iván Ordóñez, José Herrera y Manuel Navarro fueron detenidos en Octubre de 1973 por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo, a cargo en ese entonces, del teniente Lautaro Castro Mendoza. Ahí, en la Tenencia, fue la última vez que se vio con vida a los quince hombres, cuyas edades fluctuaban entre los 17 y 51 años.

Los familiares, quienes realizaron innumerables gestiones de búsqueda sin obtener resultados, sólo supieron de la suerte que corrieron sus seres queridos en 1978, cuando los restos de los quince hombres fueron hallados en los hornos de las abandonadas minas de cal en Lonquén.

Primera Comisión a Lonquén
El 30 de noviembre de 1978, la Vicaría de la Solidaridad, en ese entonces bajo la dirección del sacerdote Cristián Precht, creó una Comisión encargada de verificar las declaraciones hechas por un anciano, quien aseveraba haber encontrado numerosas osamentas humanas en las minas abandonadas de Lonquén.

Ese día partió rumbo a Lonquén la comisión integrada por Enrique Alvear, el obispo auxiliar de Santiago; los sacerdotes de la Vicaría, Precht y Javier Egaña; el abogado jefe de la Vicaría, Alejandro González; el abogado Máximo Pacheco; el director de la revista Qué Pasa, Jaime Martínez y el subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez.

Romería en los Hornos de Lonquén. 29 de julio de 1979. Foto: L.NavarroLos hornos, ubicados al interior de la cooperativa agrícola El Triunfador, a unos 14 kilómetros de la ciudad de Talagante, eran dos viejas chimeneas de nueve metros de altura previamente utilizadas para la preparación de cal.

"Llegados allí, el abogado González removió los escombros y se introdujo por la bóveda. Comenzó a despejar el camino hacia arriba, partiendo de la base del horno a nivel de la tierra, y un tórax humano le cayó encima. Poco a poco fueron viendo que la chimenea del horno estaba tapada por un amasijo de fierros y enrejados que ocultaban una mezcla de huesos, ropa, cal y piedras." (La Memoria Prohibida.)

La comisión regresó a Santiago y al día siguiente, el primero de diciembre, presentó una denuncia formal ante la Corte Suprema. El presidente de la Corte, Israel Bórquez, encargó a la jueza del crimen de Talagante, Juana Godoy, a que confirmara el hallazgo e investigara el caso. Godoy convocó a Investigaciones y antes de que estos llegaran al sitio partió rumbo a Lonquén con un grupo de la Vicaría encabezado por el sacerdote Gonzalo Aguirre, y el cual además incluía al fotógrafo Luis Navarro. La Vicaría, mientras tanto, había contratado una empresa constructora para que iniciara las excavaciones, y dentro de tres días el doloroso trabajo estaba listo y los restos de los quince cuerpos habían sido sacados de su lugar de entierro.

Falsos testimonios
Los análisis del Instituto Médico Legal confirmaron que los restos humanos correspondían a las familias de los desaparecidos de la comunidad rural de Isla de Maipo. El 6 de diciembre de 1978 el Pleno de la Corte Suprema designó Ministro en Visita Extraordinaria al Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, don Adolfo Bañados Cuadra, encargándolo de proseguir la investigación del hallazgo de Lonquén.

La investigación de Bañados estableció que los quince hombres que hasta ese entonces habían engrosado la lista de desaparecidos, fueron efectivamente detenidos el 7 de octubre de 1973 por carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo.

El Ministro además estableció la falsedad de las versiones de los ocho funcionarios implicados en las 15 muertes, quienes declararon que las víctimas murieron en confusos enfrentamientos nocturnos. Al comparecer ante el juez Bañados, el Capitán de Carabineros, Lautaro Eugenio Castro Mendoza, declaró que los quince hombres fueron llevados a Lonquén después de ser detenidos dado que uno de ellos le informó de la existencia de armas ocultas en las abandonadas minas. Castro agrega que al llegar a los hornos de Lonquén, fueron atacados repentinamente con armas de fuego desde los cerros durante unos quince minutos, durante cual ellos respondieron de la misma forma, disparando. Según la versión de Castro al finalizar el tiroteo, él y sus colegas se dieron cuenta que los 15 detenidos habían muerto, a pesar de que todos los carabineros resultaron totalmente ilesos.
"Una señorita me preguntó qué ropas llevaban cuando fueron detenidos…me hicieron pasar…yo me sentía bien, pero el olor..". (Lea testimonio de Familiares de Desaparecidos)

El 4 de abril de 1979 Bañados se declaró incompetente y el proceso pasó a la justicia militar. Sin embargo, el ministro en visita había llegado a importantes conclusiones. La investigación de Bañados había establecido que las víctimas no murieron durante un enfrentamiento y que la versión del Capitán Lautaro Castro era "intrínsecamente inverosímil". "En ninguno de los quince restos esqueléticos, estudiados por el Instituto Médico Legal, se comprobaron señales de perforaciones, fracturas u otro tipo de vestigios que pudieran relacionarse con proyectiles de arma de fuego impactando un organismo vivo, por lo que la muerte de las quince personas hay que atribuirla a otras causas," señaló la resolución del Ministro Bañados. De hecho, en la opinión de algunos, no todas las víctimas fueron enterradas muertas en los hornos.

Reos Impunes
El 2 de julio de 1979, el Fiscal Militar dictó encargatoria de reo en contra el Capitán Lautaro Castro Mendoza, y a los carabineros, Juan J. Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, Manuel Muñoz Rencoret, Jacinto R. Torres González, David Coliqueo Fuentealba, José Belmar Sepúlveda y Justo Romo Peralta, todos en calidad de autores del delito de la muerte de los quince detenidos el 7 de octubre de 1973. Sin embargo, el 16 de agosto en virtud del Decreto Ley de Amnistía de 1978, se sobreseyó definitivamente en favor de los reos. Esta resolución fue confirmada por la Corte Marcial el 22 de octubre de 1979. Nadie ha contestado por el terrible crimen de Lonquén que como la Comisión de Abogados por la democracia declaró en 1979, "afecta las bases morales de la convivencia nacional."

Los desaparecidos son individualizados
Una vez terminada la investigación, los familiares de los quince pidieron que se les entregaran los cuerpos para sepultarlos. Sin embargo, aunque el Fiscal Militar Gonzalo Salazar ordenó entregar los restos de las víctimas a sus familias, los restos fueron sacados esa noche del Instituto Médico Legal en forma subrepticia y fueron enterrados en una fosa común con el fin de evitar cualquier tipo de demostración contra un régimen que en repetidas ocasiones había declarado que los detenidos – desaparecidos eran un invento de la izquierda. De hecho, seis meses antes del hallazgo de Lonquén, el ministro del Interior, el civil Sergio Fernández, dijo, en respuesta a las presiones por parte de familiares de detenidos – desaparecidos, "es muy factible que la gran mayoría de los presuntos desaparecidos haya pasado a la clandestinidad o haya caído en enfrentamientos bajo las identidades falsas que portaban, impidiendo su individualización." Lonquén, sin embargo, comprobó que al contrario de lo que decían las altas cúpulas del régimen, los detenidos desaparecidos no solamente tenían nombre y apellido, pero en este caso habían muerto bajo circunstancias extrañas y sus cuerpos habían sido ocultados.

Recordando el pasado
En marzo de 1980 el nuevo propietario del fundo Lonquén dinamitó los hornos, cambiando para siempre el sitio que se había transformado en un lugar de peregrinaje para los parientes y amigos de los quince muertos. A pesar de todos los esfuerzos para borrar a Lonquén del mapa de la memoria colectiva, el sitio no ha sido olvidado, ni así las víctimas que ahí fueron encontradas. Este año, 1998, la propuesta de la Empresa Metropolitana de Residuos Sólidos, EMERES, de instalar un basural en Lonquén, ha provocado la indignación y oposición de los familiares de los muertos de Lonquén y de organismos de derechos humanos. "Pretenden cubrir con basura las violaciones a los derechos humanos," declaró en febrero de 1998 José Auth, dirigente del Partido Por la Democracia, quien respalda la solicitud de los familiares de las víctimas quienes exigen la instalación de un memorial en el lugar en vez de un basural. Purísima Muñoz , cuyo marido, Sergio Maureira Lillo, fue asesinado en Lonquén junto a tres de sus hijos, señala que, "instalar un basural en Lonquén sería como tirar basura en un lugar sagrado."


Justicia al fin: 7 carabineros en retiro, acusados por caso Hornos de Lonquén

Fuente :El Ciudadano, 27 de Noviembre 2014

Categoría : Prensa

Adriana Sottovia, ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, dictó acusación en la investigación por secuestro y homicidio calificado de 15 personas que eran vecinos de Isla de Maipo y que fueron detenidos en octubre de 1973. Sus restos fueron inhumados ilegalmente y encontrados en 1979 en el renombrado caso de Los Hornos de Lonquén.

El caso de Los Hornos de Lonquén ha sido emblemático para el país, ya que logró estremecer a la opinión pública y, a su vez, marcó un hito tremendamente doloroso para los familiares de detenidos desaparecidos víctimas de la dictadura, ya que este hallazgo vino a corroborar sus peores temores, confirmando que sus seres queridos estaban muertos. De esta manera, el régimen militar ya no pudo seguir afirmando que “muchos de los presuntos desaparecidos no tienen existencia legal.”, como dijo anterior al hallazgo, el delegado de Chile ante las Naciones Unidas, Sergio Diez, en la Tercera Comisión de la Asamblea General de aquel organismo, el 7 de noviembre de 1975.

Primera Comisión a Lonquén

El 30 de noviembre de 1978, la Vicaría de la Solidaridad, en ese entonces bajo la dirección del sacerdote Cristián Precht, creó una Comisión encargada de verificar las declaraciones hechas por un anciano, quien aseguraba haber encontrado numerosas osamentas humanas en las minas abandonadas de Lonquén.

Ese día partió rumbo a Lonquén la comisión integrada por Enrique Alvear, el obispo auxiliar de Santiago; el Vicario Precht y Javier Egaña, Secretario Ejecutivo de la Vicaría; el abogado jefe de la Vicaría, Alejandro González; el abogado Máximo Pacheco; el director de la revista Qué Pasa, Jaime Martínez y el subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez.

Los hornos, ubicados al interior de la cooperativa agrícola El Triunfador, a unos 14 kilómetros de la ciudad de Talagante, eran dos viejas chimeneas de nueve metros de altura previamente utilizadas para la preparación de cal.

“Llegados allí, el abogado González removió los escombros y se introdujo por la bóveda. Comenzó a despejar el camino hacia arriba, partiendo de la base del horno a nivel de la tierra, y un tórax humano le cayó encima. Poco a poco fueron viendo que la chimenea del horno estaba tapada por un amasijo de fierros y enrejados que ocultaban una mezcla de huesos, ropa, cal y piedras.” (La Memoria Prohibida.)

La comisión regresó a Santiago y al día siguiente, el primero de diciembre, presentó una denuncia formal ante la Corte Suprema. El presidente de la Corte, Israel Bórquez, encargó a la jueza del crimen de Talagante, Juana Godoy, a que confirmara el hallazgo e investigara el caso. Godoy convocó a Investigaciones y antes de que estos llegaran al sitio partió rumbo a Lonquén con un grupo de la Vicaría encabezado por el sacerdote Gonzalo Aguirre, y el cual además incluía al fotógrafo Luis Navarro. La Vicaría, mientras tanto, había contratado una empresa constructora para que iniciara las excavaciones, y dentro de tres días el doloroso trabajo estaba listo y los restos de los quince cuerpos habían sido sacados de su lugar de entierro.

Caso Hornos de Lonquén

Falsos testimonios

Los análisis del Instituto Médico Legal confirmaron que los restos humanos correspondían a las familias de los desaparecidos de la comunidad rural de Isla de Maipo. El 6 de diciembre de 1978 el Pleno de la Corte Suprema designó Ministro en Visita Extraordinaria al Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Adolfo Bañados Cuadra, encargándolo de proseguir la investigación del hallazgo de Lonquén.

La investigación de Bañados estableció que los quince hombres que, hasta ese entonces habían engrosado la lista de desaparecidos, fueron efectivamente detenidos el 7 de octubre de 1973 por carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo.

El Ministro además estableció la falsedad de las versiones de los ocho funcionarios implicados en las 15 muertes, quienes declararon que las víctimas murieron en confusos enfrentamientos nocturnos. Al comparecer ante el juez Bañados, el Capitán de Carabineros, Lautaro Eugenio Castro Mendoza, declaró que los quince hombres fueron llevados a Lonquén después de ser detenidos, dado que uno de ellos le informó de la existencia de armas ocultas en las abandonadas minas. Castro agrega que al llegar a los hornos de Lonquén, fueron atacados repentinamente con armas de fuego desde los cerros durante unos quince minutos, durante lo cual, ellos respondieron de la misma forma, disparando. Según la versión de Castro, al finalizar el tiroteo, él y sus colegas se dieron cuenta que los 15 detenidos habían muerto, a pesar de que todos los carabineros resultaron totalmente ilesos.

El 4 de abril de 1979 Bañados se declaró incompetente y el proceso pasó a la justicia militar. Sin embargo, el ministro en visita había llegado a importantes conclusiones. La investigación de Bañados había establecido que las víctimas no murieron durante un enfrentamiento y que la versión del Capitán Lautaro Castro era “intrínsecamente inverosímil”.

“En ninguno de los quince restos esqueléticos, estudiados por el Instituto Médico Legal, se comprobaron señales de perforaciones, fracturas u otro tipo de vestigios que pudieran relacionarse con proyectiles de arma de fuego impactando un organismo vivo, por lo que la muerte de las quince personas hay que atribuirla a otras causas,” señaló la resolución del Ministro Bañados. De hecho, en la opinión de algunos, no todas las víctimas fueron enterradas muertas en los hornos.

 

Reos Impunes

El 2 de julio de 1979, el Fiscal Militar dictó encargatoria de reo en contra el Capitán Lautaro Castro Mendoza, y a los carabineros, Juan J. Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, Manuel Muñoz Rencoret, Jacinto R. Torres González, David Coliqueo Fuentealba, José Belmar Sepúlveda y Justo Romo Peralta, todos en calidad de autores del delito de la muerte de los quince detenidos el 7 de octubre de 1973. Sin embargo, el 16 de agosto en virtud del Decreto Ley de Amnistía de 1978, se sobreseyó definitivamente en favor de los reos. Esta resolución fue confirmada por la Corte Marcial el 22 de octubre de 1979.

Los desaparecidos son individualizados

Cuando terminó la investigación, los familiares de las víctimas pidieron que se les entregaran los cuerpos para darles sepultura. Sin embargo, aunque el Fiscal Militar Gonzalo Salazar ordenó entregar los restos de las víctimas a sus familias, los restos fueron sacados esa noche del Instituto Médico Legal en forma subrepticia y fueron enterrados en una fosa común con el fin de evitar cualquier tipo de demostración contra un régimen que en repetidas ocasiones había declarado que los detenidos – desaparecidos eran un invento de la izquierda.

De hecho, seis meses antes del hallazgo de Lonquén, el ministro del Interior, el civil Sergio Fernández, dijo, en respuesta a las presiones por parte de familiares de detenidos – desaparecidos, “es muy factible que la gran mayoría de los presuntos desaparecidos haya pasado a la clandestinidad o haya caído en enfrentamientos bajo las identidades falsas que portaban, impidiendo su individualización.” Lonquén, sin embargo, comprobó que, al contrario de lo que decían las altas cúpulas del régimen, los detenidos desaparecidos existían realmente y, en este caso, habían muerto bajo circunstancias extrañas y sus cuerpos habían sido ocultados.

Recordando el pasado

En marzo de 1980 el nuevo propietario del fundo Lonquén dinamitó los hornos, cambiando para siempre el sitio que se había transformado en un lugar de peregrinaje para los parientes y amigos de los quince muertos. A pesar de todos los esfuerzos para borrar a Lonquén del mapa de la memoria colectiva, el sitio no ha sido olvidado, ni así las víctimas que ahí fueron encontradas.

En el año, 1998, la propuesta de la Empresa Metropolitana de Residuos Sólidos, EMERES, de instalar un basural en Lonquén, provocó la indignación y oposición de los familiares de los muertos de Lonquén y de organismos de derechos humanos. “Pretenden cubrir con basura las violaciones a los derechos humanos,” declaró en febrero de 1998 José Auth, dirigente del Partido Por la Democracia, quien respalda la solicitud de los familiares de las víctimas quienes exigen la instalación de un memorial en el lugar en vez de un basural.

Purísima Muñoz, cuyo marido, Sergio Maureira Lillo, fue asesinado en Lonquén, junto a tres de sus hijos, señala que, “instalar un basural en Lonquén sería como tirar basura en un lugar sagrado.”

Afortunadamente eso no sucedió, pero hasta el día de hoy, el caso no había tenido mayores avances en pro de la justicia y la memoria. Por eso, esta es una gran noticia.

La magistrada sindica finalmente como responsables a siete efectivos de Carabineros en retiro, de los delitos de secuestro calificado y homicidio calificado de:

Enrique Astudillo Álvarez

Omar Astudillo Rojas

Ramón Astudillo Rojas

Miguel Brant Benavente

Carlos Hernández Flores

Nelson Hernández Flores

Óscar Hernández Flores

José Manuel Herrera Villegas

José Manuel Maureira Muñoz

Rodolfo Maureira Muñoz

Segundo Maureira Muñoz

Sergio Maureira Lillo

Sergio Maureira Muñoz

Manuel Navarro Salinas

Iván Ordoñez Lama

 

La magistrada señaló que los responsables de diferentes delitos, que en ese momento trabajaban como efectivos de la tenencia de Carabineros de Isla de Maipo son:

 

Marcelo Iván Castro Mendoza

David Coliqueo Peralta

Pablo Ñancupil Raquileo

Justo Romo Peralta

Félix Sagredo Aravena

Jacinto Torres González

Juan José Villegas Navarro

 

De acuerdo a la investigación de la magistrada se ha determinado que:

“El día 7 de octubre de 1973, cuatro jóvenes que se encontraban en la plaza de Isla de Maipo fueron detenidos por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo y trasladados a la misma, sin que se tuviera noticias de sus paraderos, hasta que por medio de una denuncia que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, se estableció que sus restos habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, lográndose posteriormente la identificación de sólo tres de ellos.

Ese mismo día, en horas de la noche, efectivos de Carabineros de la tenencia antes indicada, quienes se movilizaban en una camioneta de propiedad del dueño de la viña Nahuayan, detuvieron en sus respectivos domicilios a once personas pertenecientes a tres familias del sector, siendo éstos posteriormente trasladados a dicha tenencia, sin que sus familiares pudieran tener noticias de ellos, hasta que a raíz de la denuncia anónima que conoció la Iglesia Católica a fines de 1978, estableció que habían sido inhumados en los hornos de Lonquén, identificándose con posterioridad los restos de éstas once víctimas”.

Las sentencias para los carabineros se esperan para el primer semestre de 2015.

Han tenido que pasar 41 años para que estas familias encuentren justicia y nada justifica la tardanza. Sin embargo lo que está sucediendo, en parte, puede compensar el dolor de los familiares y es una buena señal para Chile en materia de Derechos Humanos.

Es de esperar que los asesinos no vayan a cárceles especiales, alegando enfermedades o ancianidad y que la justicia pueda sentar un precedente en cuanto a la criminalización y sentencia de sujetos que fueron partícipes de un proceso histórico que enlutó a toda América Latina y que nos golpeó brutalmente a los chilenos.

Si quieres conocer más sobre este caso, te dejamos el documental “Hornos de Lonquén” de Luis Díaz Bahamondes. Es un documental necesario para comprender parte importante de nuestro pasado reciente.


Hornos de Lonquén: condenan a siete funcionarios (r) de Carabineros por secuestro de 15 personas en 197

Fuente :emol.com, 12 de Septiembre 2016

Categoría : Prensa

La ministra Marianela Cifuentes dictó sentencia contra los responsables de la muerte de un grupo de personas de la localidad de Isla de Maipo. Las penas pordean entre los 15 y 20 años de cárcel.

El viernes, la ministra Marianela Cifuentes dictó condenas en la causa. El Mercurio (Archivo)SANTIAGO.- La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes Alarcón condenó -el viernes 9 de septiembre- a 7 funcionarios (R) de Carabineros de Chile por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de 15 personas de la localidad de Isla de Maipo, hechos ocurrido en octubre de 1973 y cuyos restos fueron encontrados en 1978 en unos hornos en la localidad de Lonquén.

En la resolución, la magistrada condenó como autores de los delitos de secuestro calificado de 15 personas a Marcelo (Lautaro) Iván Castro Mendoza a la pena de 20 años de presidio por su responsabilidad como autor de secuestro calificado. A David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro decretó una pena de 15 años de presidio como autores de secuestro calificado, mientras que a Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 15 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

De acuerdo a la investigación de la magistrada, el día 7 de octubre de 1973 funcionarios policiales detuvieron sin derecho a las 15 víctimas y las trasladaron hasta la Tenencia de Isla de Maipo, donde fueron mantenidas encerradas, interrogadas y sometidas a apremios físicos. Luego, según la sentencia, los detenidos fueron atados de manos, sacados de la unidad policial en un camión y llevados hasta la localidad de Lonquén, a unos metros de unos hornos de cal.

Allí, "un piquete de funcionarios de carabineros de dicha tenencia, al mando del teniente Lautaro Castro Mendoza, les disparó, causándoles la muerte, para luego arrojar sus cuerpos al interior de los hornos con el fin de ocultarlos". En el aspecto civil, en tanto, se condenó al fisco a pagar la suma total de $ 5.540.000.000 a los familiares de las víctimas.


Caso “Hornos de Lonquén”: Corte Suprema confirma condena a carabineros

Fuente :radio.uchile.cl, 19 de Junio 2018

Categoría : Prensa

La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a seis carabineros en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de quince personas en la localidad de Isla de Maipo durante la dictadura cívico- militar en 1973, cuyos restos fueron hallados en 1978 en el interior de los Hornos de Lonquén.

“Trozos de cráneos amarillentos, con huellas de cuero cabelludo; pelos sueltos, negros; ropas desgarradas en las que se reconoce un blue jeans y un chaleco de hombre”. Esta fue la descripción del subdirector de la Revista Hoy, Abraham Santibáñez, luego del  hallazgo de los cuerpos de  quince campesinos detenidos, torturados y asesinados por carabineros en la dictadura cívico- militar en 1978.

En 1973 una patrulla de carabineros detuvo a 15 hombres de entre 17 y 51 años quienes fueron trasladados a la tenencia de Isla de Maipo, lugar donde fueron vistos con vida por última vez. Luego de esto, los policías los llevaron atados de manos y fueron lanzados a los hornos de la mina de cal en Lonquén.

Las declaraciones hechas por un anciano que aseveraba haber encontrado osamentas humanas en las minas abandonadas, dieron origen a una comisión encargada de ir durante ese mismo día a Lonquén y verificar dichas afirmaciones. Sus integrantes fueron Enrique Alvear, obispo auxiliar de Santiago; el Vicario  Cristian Precht,  Javier Egaña, secretario ejecutivo de la Vicaría de la Solidaridad; Alejandro González, abogado jefe de la misma institución; Máximo Pacheco, abogado; el director de la revista Qué Pasa, Jaime Martínez y el subdirector de la revista Hoy, Abraham Santibáñez.

Los más altos funcionarios de la Vicaría de la Solidaridad, junto a Máximo Pacheco y al obispo Alvear, se dirigieron a la Corte Suprema para presentar la denuncia y pedir una investigación.

El 6 de diciembre de 1978, el Pleno de la Corte Suprema designó Ministro en Visita Extraordinaria al Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Adolfo Bañados Cuadra como encargado de proseguir la investigación de Lonquén.

Las informaciones de los órganos de la dictadura señalaron que esos detenidos habían sido conducidos al Estadio Nacional. Esto fue también afirmado por el capitán Lautaro Castro, quien a la fecha de la detención era el jefe de la Tenencia de Isla de Maipo, y sus subalternos.

En abril de 1979 el ministro en visita se declaró incompetente y el proceso pasó a la justicia militar, sin embargo, la investigación había determinado que las víctimas no murieron durante un enfrentamiento y que la versión del Capitán Lautaro era “intrínsecamente inverosímil“.

 “En ninguno de los 15 restos esqueléticos, estudiados por el Instituto Médico Legal se comprobaron señales de perforaciones, fracturas u otro tipo de vestigios que pudieran relacionarse con proyectiles de arma de fuego impactando un organismo vivo, por lo que la muerte de las quince personas hay que atribuirla a otras causas,” señaló la resolución del Ministro Bañados.

El fiscal militar dictó encargatoria de reo en contra del capitán Lautaro Castro Mendoza y los carabineros Juan Villegas Navarro, Félix Sagredo Aravena, David Coliqueo Fuentealba, José Belmar Sepúlveda, Jacinto Torres González, Manuel Muñoz Rencoret y Justo Romo Peralta, como autores de la muerte de las 15 víctimas de Lonquén. Sin embargo, al mes siguiente -el 16 de agosto- se les aplicó la Ley de Amnistía, por lo que quedaron libres y se sobreseyó la causa. Esta resolución fue confirmada por la Corte Marcial el 22 de octubre del mismo año.

Según información del Museo de la Memoria, una vez terminada la investigación, los familiares pidieron que se les entregaran los cuerpos de las víctimas para sepultarlos pero, aunque el Fiscal Militar Gonzalo Salazar ordenó entregar los restos, estos fueron sacados esa noche del Instituto Médico Legal en forma oculta y enterrados en una fosa común en la denominada operación “Retiro de Televisores”.

El 18 de febrero de 2010, el Ministro de fuero (s) de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Héctor Solís, dio a conocer la identificación de 13 de los 15 cuerpos, cuyos restos fueron encontrados en 1978, permitiendo que finalmente se pudiera realizar la sepultura, siendo el 26 de marzo el retiro de osamentas desde el Servicio Médico Legal. El 27 de marzo se realizó un velatorio público en el Patio Cívico de la Municipalidad de Isla de Maipo y el domingo 28, la sepultación solemne de las víctimas en el Cementerio Parroquial de Isla de Maipo.

Carabineros condenados

Esta tarde la Corte Suprema condenó a seis carabineros en retiro por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de quince personas de la localidad de Isla de Maipo.

En un fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia de la ministra Marianela Cifuentes que condenó a David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años y un día de presidio como autores de secuestro calificado.

Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 11 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.

Lorena Pizarro, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos dijo que “resulta tan brutal que, por múltiples asesinatos, familias enteras destruidas, luego de tantos años de impunidad, reciban una condena de este tipo, más cuando hoy son adultos mayores y vivieron toda su vida impune. Nos tenemos que enfrentar a que las condenas no son ejemplificadoras de la magnitud del delito. Qué bueno que se confirmó, pero debería haber sido más que eso, sin duda”.

“En general, el poder judicial ha sido bastante benevolente con los criminales responsables de crímenes de lesa humanidad, la mayoría de las condenas nunca involucran a los civiles, ya que la dictadura fue cívico- militar. Aquí hubo responsabilidades claras de quienes ocupaban puestos en ministerios y servicios públicos. El poder judicial se ha conformado con condenas a veces incluso irrisorias, las que permiten que los criminales salgan en libertad. Entonces la tardanza en las investigaciones, las bajas condenas y que la verdad no es un tema que conocemos se da en los inmensos casos que se investigan en tribunales chilenos. Uno siente que esta justicia, en la medida de lo posible, dictaminada y decretada en el primer gobierno de la transición hasta hoy, es una realidad en el poder judicial”, profundizó Lorena Pizarro.

Por su parte, el abogado Nelson Caucoto dijo que “con la resolución de la justicia estamos satisfechos, porque hemos terminado una causa que data desde 1973 que tuvo un intervalo hasta el 2005 y estuvo sobreseído por la justicia militar. Logramos extraerla de la justicia militar y llevarla a la ordinaria. No sé si hay alguien que pensó que en el caso Lonquén se iba a condenar a los sujetos, cuando habían sido sobreseídos definitivamente por la aplicación de la amnistía. Desde ese punto de vista es un logro importante, el principal logro fue reconocer a las víctimas y entregárselas a sus familiares, porque los restos fueron lanzados a una fosa común y hubo que comenzar por el proceso identificatorio que se logró finalmente para la tranquilidad de las familias”.

“Las penas en otras circunstancias podrían haber sido varios presidios perpetuos, pero es significativa igualmente una pena de quince años para estas personas. Con esto queda culminado un largo proceso indagatorio y eso hay que valorarlo”, finalizó el abogado.

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $2.050.000.000 a los familiares de las víctimas.


Caso Lonquén: CS condena a 6 carabineros en retiro por secuestro de 15 víctimas.

Fuente :diarioconstitucional.cl, 20 de Junio 2018

Categoría : Prensa

El máximo Tribunal condenó a David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años y un día de presidio como autores de secuestro calificado.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a 6 funcionarios en retiro de Carabineros de Chile por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y secuestro simple cometidos en contra de 15 personas de la localidad de Isla de Maipo, hechos ocurrido en octubre de 1973 y cuyos restos fueron encontrados en 1978 en unos hornos en la localidad de Lonquén.
Así, rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia de la Ministra Marianela Cifuentes que condenó a David Coliqueo Fuentealba, Justo Ignacio Romo Peralta, Félix Héctor Sagredo Aravena, Jacinto Torres González, Juan José Villegas Navarro a la pena de 15 años y un día de presidio como autores de secuestro calificado.
Asimismo Pablo Ñancupil Raguileo fue condenado a 11 penas de 60 días de presidio como autor de secuestro simple.
La investigación de la Ministra Cifuentes estableció que:

1. Que el día 7 de octubre de 1973, en circunstancias que los jóvenes Miguel Ángel Arturo Brant Bustamante, José Manuel Herrera Villegas, Manuel Jesús Navarro Salinas e Iván Gerardo Ordóñez Lama, se encontraban en la plaza de Isla de Maipo, fueron detenidos sin derecho por funcionarios de carabineros y, posteriormente, trasladados a la Tenencia de Isla de Maipo.

2.-Que ese mismo día, después de las 22:00 horas, funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo llegaron hasta la casa de Sergio Adrián Maureira Lillo, al interior del fundo Naguayán, lo detuvieron sin derecho y lo subieron a una camioneta.

3.-Que, momentos después, los mismos funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo se dirigieron al inmueble de calle La Ballica N° 12, también al interior del fundo Naguayán, lugar en que detuvieron, sin derecho, a Carlos Segundo Hernández Flores, Nelson Hernández Flores, Oscar Nibaldo Hernández Flores e Ignacio del Carmen Vergara Guajardo, a quienes subieron a la citada camioneta.

4.-Que, luego, los funcionarios policiales se dirigieron hacia los inmuebles de los hermanos Rodolfo Antonio Maureira Muñoz y Sergio Miguel Maureira Muñoz y los detuvieron, sin derecho, en presencia de sus respectivas cónyuges Elicea del Carmen Navarrete Sepúlveda e Hilda María Sepúlveda Garrido, trasladándolos en el referido vehículo a la Tenencia de Isla de Maipo.

5.-Que, media hora después, los mismos funcionarios policiales regresaron a la casa de la familia Maureira en el fundo Naguayán y detuvieron, sin derecho, a José Manuel Maureira Muñoz y Segundo Armando Maureira Muñoz, a quienes trasladaron a la Tenencia de Isla de Maipo.

6.-Que, esa misma noche, funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo detuvieron sin derecho a Enrique Astudillo Álvarez y a sus hijos Omar Astudillo Rojas y Ramón Astudillo Rojas, en su casa, al interior del fundo Naguayán.

7.-Que, una vez en la unidad policial, los detenidos fueron mantenidos encerrados, interrogados y sometidos a apremios físicos.

8.-Que, en horas de la madrugada, Enrique René Astudillo Álvarez, Omar Enrique Astudillo Rojas, Ramón Osvaldo Astudillo Rojas, Miguel Ángel Arturo Brant Bustamante, Carlos Segundo Hernández Flores, Nelson Hernández Flores, Oscar Nibaldo Hernández Flores, José Manuel Herrera Villegas, Sergio Adrián Maureira Lillo, José Manuel Maureira Muñoz, Rodolfo Antonio Maureira Muñoz, Segundo Armando Maureira Muñoz, Sergio Miguel Maureira Muñoz, Manuel Jesús Navarro Salinas e Iván Gerardo Ordóñez Lama fueron atados de manos, sacados de la unidad policial en un camión y llevados hasta la localidad de Lonquén, a unos metros de unos hornos de cal, lugar en que un piquete de funcionarios de carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo, al mando del teniente Lautaro Castro Mendoza, les disparó, causándoles la muerte, para luego arrojar sus cuerpos al interior de los hornos con el fin de ocultarlos.

En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización total de $ 2.050.000.000 a los familiares de las víctima.
Acordada la decisión de rechazar los recursos de casación en el fondo deducidos en representación de la Unidad Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaria de Derechos Humanos y de la parte querellante con el voto en contra del Ministro Blanco y de la Ministra Muñoz, quienes estuvieron por acogerlos y declarar que en la especie no concurren respecto de los acusados Coliqueo Fuentealba, Romo Peralta, Villegas Navarro y Torres González la atenuante contemplada en el artículo 11 N° 9 del Código Penal; ni respecto del acusado Marcelo Castro Mendoza la minorante de irreprochable conducta anterior y de este modo, anulada la sentencia penal, en la de reemplazo considerar que en lo que concierte a Castro Mendoza no concurren modificatorias de responsabilidad penal, y en relación a los restantes acusados, sólo les favorece una atenuante, de manera que procede regular las penas a imponer, sin las modificaciones de marco penal que imponía su consideración. Acordado, asimismo, el rechazo del recurso de casación en la forma deducido por la parte querellante en contra de la decisión civil de la sentencia, con el voto en contra del Ministro Blanco, quien estuvo por acogerlo y, anulada la decisión civil atacada, dictar sentencia de reemplazo confirmatoria de la de primera instancia. 


A 49 años de la masacre de Lonquén

Fuente :elsiglo.cl, 21 de Noviembre 2022

Categoría : Prensa

Una actividad de recuerdo y homenaje a las 15 víctimas de un horroroso acto represivo llevado a cabo por Carabineros.

Carlos Contreras (*). Santiago. 10/2022. Calurosa tarde del domingo 16 de octubre en el Sitio de Memoria Lonquén. En el lugar sólo hay piedras y espinos. De los hornos de la mina de cal ya no queda nada. En el año 1980, el propietario del fundo mandó dinamitar las chimeneas y los hornos. Su objetivo era evitar el “peregrinaje” hacia sus tierras. Estéril y descabellado propósito. Familiares y amigos de las 15 víctimas encontradas en el interior de los hornos, han levantado un Sitio de Memoria donde año a año se conmemora el horrible y cobarde asesinato cometido por Carabineros de la Tenencia de Isla de Maipo.

Este 2022, a 49 años de la masacre de 15 campesinos de la zona, se reunieron nuevamente familiares, amigos, autoridades locales y nacionales y miembros de la Corporación Memoria Lonquén.

En la actividad estuvo presente el fotógrafo Luis Navarro, quien en ese entonces tomó las fotografías que serían utilizadas como medio probatorio del macabro hallazgo. Emocionado recordó la triste jornada que le correspondió vivir como fotógrafo de la Vicaria de la Solidaridad. En el lugar se levantó una exposición con algunas de esas fotografías.

Autoridades presentes entregaron emocionadas palabras, entre otras las diputadas de la Marisela Santibáñez y Lorena Pizarro, y la sub secretaria de Derechos Humanos, Haydee Oberreuter.

Para finalizar, se presentó la Orquesta de Instrumentos Autóctonos y Nuevas Tecnología OIANT de Argentina, una agrupación musical de gran jerarquía, tanto musical como de investigación artística. Ellos interpretan sus obras utilizando instrumentos de origen ancestral y también de nueva generación. Finalmente, Carlos Maureira hijo, sobrino y nieto de algunos de los ejecutados en los Hornos de Lonquén, agradeció a los presentes su concurrencia.