JUAN ANTONIO ACUÑA CONCHA 
Foto entregada por su hijo. Rut : 3.621.891 F.Nacim. : 26-10-39, 33 años a la fecha de la detención Domicilio : Vallejos 133, San Rosendo E.Civil : Casado, 3 hijos Actividad : Maquinista de FF.CC. del Estado C.Repres. : Militante Partido Socialista. Presidente de la JAP Dirigente Sindical de la Federación Santiago Watts F.Detenc. : 15 de septiembre de 1973
Juan Antonio Acuña Concha, casado, 3 hijos, maquinista de FF.CC. del Estado, dirigente sindical, militante socialista, fue detenido en su domicilio de la localidad de San Rosendo el día 15 de septiembre de 1973, alrededor de las 17:00 horas, por una patrulla de Carabineros al mando del Teniente Alberto Fernández Mitchel y del Sargento Pedro Rodríguez Ceballos, compuesta por otros seis funcionarios, entre los cuales, la familia de Acuña logró identificar a un carabinero de apellido Olivares.
La detención fue practicada en presencia de la cónyuge, los padres, una hermana y los hijos de Juan Antonio, todos los cuales se encontraban en la casa de la víctima.
Todos los Carabineros pertenecían a la dotación de la Subcomisaría de Laja, excepto el carabinero Castillo que lo era de la de San Rosendo, quien se encargaba de indicar los domicilios de las personas de la localidad que figuraran en una lista que portaba la patrulla. Estos funcionarios se movilizaban a pie, debido a que el único medio de comunicación entre San Rosendo y Laja era un puente peatonal.
Ese mismo día, detuvieron en San Rosendo a otras 5 personas, las que, junto a Juan Acuña fueron trasladados hasta la Tenencia de Laja, donde permanecieron recluidos hasta el 17 de septiembre de 1973. En ese recinto, Acuña Concha, fue visitado por su cónyuge, la que lo proveyó de alimentos, vestuario y elementos de primeros auxilios para curar las heridas que, producto de las torturas y de mordeduras de perro, había recibido en la Tenencia.
Según las autoridades de la época, no existe constancia de su orden de detención ni de su reclusión.
El día 18 de septiembre, en la mañana, en circunstancias que la cónyuge de Juan Antonio se hizo presente en la Tenencia de Laja, a objeto de llevarle el desayuno a éste, fue informada por el Sargento Pedro Rodríguez que el detenido había sido trasladado - junto a Luis Araneda Reyes, Manuel Becerra Avello, Rubén Campos López, Dagoberto Garfias Gatica, Fernando Grandón Gálvez, Jack Gutiérrez Rodríguez, José Jara Herrera, Mario Jara Jara, Jorge Lamana Abarzúa, Alfonso Macaya Barrales, Heraldo Muñoz Muñoz, Wuilzon Muñoz Rodríguez, federico Riquelme Concha, Luis Sáez Espinoza, Oscar Sanhueza Contreras, Luis Ulloa Valenzuela, Raúl Urra Parada, Juan Villarroel Espinoza y Jorge Zorrilla Rubio, recluidos en la Tenencia de Laja- al Regimiento de Los Angeles, lugar hasta el cual nunca llegaron, ya que la totalidad de los detenidos fueron ejecutados por sus aprehensores ese mismo día en el Fundo San Juan, ubicado en el camino entre Laja y Yumbel, y enterrados clandestinamente en el mismo lugar. El entierro fue descubierto por lugareños, los que dieron aviso a la autoridad. Carabineros de Yumbel levantaron los cuerpos y al margen de todo procedimiento legal fueron enterrados en la fosa común del cementerio local.
Sus familiares los buscaron intensamente y siempre Carabineros mantuvo la versión del traslado a Los Angeles. Sólo en 1979, como resultado de una investigación judicial, los cuerpos fueron devueltos a sus familias para su sepultación.
GESTIONES JUDICIALES Y/O ADMINISTRATIVAS El 13 de abril de 1977, se interpuso un recurso de Amparo ante la Corte de Apelaciones de Concepción, el que fue rolado con el N°3.964, declarado sin lugar el 2 de junio de 1977, en base a que todas las autoridades administrativas de la época negaban la detención de la víctima y que no existía orden de aprehensión en su contra. Junto con rechazar el amparo, la Corte de Apelaciones ordenó al Juzgado de Letras de Yumbel investigar los hechos. Lo que dio origen a la causa N°22791, iniciada el 22 de junio de 1977, siendo sobreseída el 17 de mayo de 1978.
El 24 de julio de 1979, se presentó una querella por los delitos de secuestro y homicidio de Fernando Grandón Gálvez y otros -entre los que figuraba Juan Acuña- en contra de los funcionarios de Carabineros, pertenecientes a la dotación de la Tenencia de Laja en septiembre de 1973. La causa fue rolada con el N°2770.
A raíz de esta querella, se nombró Ministro en Visita al señor José Martínez Gaensly, quien a través de la investigación pudo establecer que Juan Antonio Acuña Concha fue ejecutado junto a otros 19 detenidos, en el Fundo San Juan, ubicado en la carretera que une Laja con Los Angeles. Los muertos fueron inhumados ilegalmente, por los propios victimarios (Carabineros de la Tenencia de Laja). Posteriormente, fueron trasladados en forma clandestina hasta el Cementerio de Yumbel, por funcionarios de Carabineros de esta última ciudad. Esto, a pesar de haber sido comunicado el hallazgo por Carabineros de Yumbel a la juez del Juzgado del Crimen de esa misma ciudad, quien ordenó a la secretaria del Juzgado, guardar en la caja de fondos el parte, sin iniciar el debido proceso.
El 2 de octubre de 1979, fueron exhumados en el Cementerio de Yumbel los restos de las 19 personas por los cuales se había denunciado su detención y posterior desaparecimiento. Luego de algunas diligencias fue encontrado el cadáver N°20 en el mismo lugar del homicidio, es decir, en el fundo San Juan.
El 27 de noviembre de 1979, los restos fueron entregados a sus familiares y, ese mismo día, se realizaron sus funerales. El 18 de marzo de 1980 el Ministro en Visita declaró su incompetencia y ordenó remitir los antecedentes a la Justicia Militar, los que fueron rolados con el N°323-80 en la Fiscalía Militar Ad Hoc de Concepción. La causa fue sobreseída definitivamente el 9 de junio de 1980 por el Juez del 3er. Juzgado Militar y el fallo aprobado por la Corte Suprema el 3 de diciembre de 1981. Los responsables de los delitos de secuestro y homicidio fueron amnistiados basándose en el Decreto Ley 2.191 de 1978.
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